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Documento BOE-A-2000-22641

Orden de 11 de diciembre de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 14 de diciembre de 2000, páginas 43866 a 43874 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-22641

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,

de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para 2000, y con el fin

de atender a las necesidades de personal en la Administración

Pública, esta Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales, en uso

de las competencias que le están atribuidas por delegación

conforme al artículo 2, ocho, a), de la Orden de 21 de mayo de 1996

("Boletín Oficial del Estado" del 27), previo informe favorable de

la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar

pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Superiores

del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con

sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por turno

libre, 10 plazas de la Escala de Titulados Superiores del Instituto

Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, por el sistema

de oposición.

1.2 A las pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984,

de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" del 24), sobre el acceso a determinados

sectores de la función pública de los nacionales de los demás

Estados miembros de la Unión Europea, y lo dispuesto en la

presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición

de cuatro ejercicios con las pruebas y puntuaciones que se

especifican en anexo I.

Con carácter previo a la realización de las pruebas de la

oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española,

y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen,

deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la

realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un

nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El

contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real

Decreto 826/1988, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del castellano como lengua extranjera. La prueba se

calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la valoración

de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la oposición.

En la Resolución de la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos

Sociales, a que hace referencia la base 4.1, se determinará el

lugar y la fecha de realización de la prueba de conocimiento del

castellano.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del Diploma Superior de Español como lengua extranjera

establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio,

modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero,

o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido

por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como anexos II y III de esta Resolución.

1.5 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir

de los tres meses desde la publicación de la convocatoria y la

duración máxima del proceso selectivo será de doce meses. Desde

la conclusión total de un ejercicio o prueba hasta el comienzo

del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos

horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea, nacional del Reino de Noruega o nacional de la

República de Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones del título de Doctor,

Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso

a la función pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "modelo 750"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, así como en

el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las

Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid),

en la Dirección General de la Función Pública (calle María de

Molina, 50, de Madrid), en el Instituto Nacional de la

Administración Pública (calle Atocha, 106, de Madrid), y en las

representaciones consulares o diplomáticas de España en el extranjero.

Será facilitado también en los Servicios Centrales, los Centros

Nacionales y los Gabinetes Técnico-Provinciales del Instituto

Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Los aspirantes que posean la nacionalidad española

acompañarán a la instancia dos fotocopias del documento nacional de

identidad. Los aspirantes extranjeros que residan en España

deberán presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor, o,

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos, deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia, con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, y que

de conformidad con lo dispuesto en la base 1.3 estén exentos

de la realización de la prueba previa de acreditación del

conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia

compulsada del Diploma Superior de Español como lengua

extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros

expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar esta

documentación no podrán ser declarados exentos debiendo en

consecuencia realizar la prueba a que se refiere el apartado 1.3

de esta convocatoria.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Trabajo y

Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a centro gestor se hará

constar "subsecretaría". En el espacio destinado a código que figura

debajo, se cumplimentará el 19001. En el recuadro relativo a

la tasa de derechos de examen, en el espacio destinado a código

se hará constar el 19020, rellenándose sólo los dos primeros

dígitos.

En el recuadro 15 se señalará "Escala de Titulados Superiores

del INSHT", consignándose el código número 6305 en el espacio

reservado para el mismo, que figura a su lado.

En el recuadro número 17, relativo a la forma de acceso, se

consignará la letra L (acceso por el sistema general de acceso

libre).

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid

capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el

recuadro número 20.

En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que

se posee para participar en estas pruebas.

En el recuadro 25.A) se hará constar el idioma elegido por

el aspirante para la realización del cuarto ejercicio de la fase de

oposición.

Los aspirantes con minusvalía podrán indicarlo en la solicitud,

para lo cual se utilizará el recuadro 21 de la misma. Asimismo,

podrán solicitar, expresándolo en el recuadro número 23, las

posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,

"Ejemplar para la Administración", del modelo de solicitud) se hará en

los Servicios Centrales del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales, así como en las Direcciones Provinciales de dicho Ministerio

y en los Servicios Centrales, Centros Nacionales y Gabinetes

Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene

en el Trabajo, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente

al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado", y que se dirigirán al Subsecretario de Trabajo y

Asuntos Sociales.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número

1302/9002/26/00236447145, abierta en la sucursal 9002,

paseo de la Castellana, número 67, de Madrid, de la Caja Postal,

a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el

extranjero. Tasa 19.020. Derechos de examen". El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina de la Caja Postal o

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. A estos

efectos, los importes correspondientes a la tasa por los derechos

de examen son los que se establecen en la base 3.3 de la presente

convocatoria.

3.3 De conformidad con lo establecido por el apartado siete

del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos

de examen será de 4.000 pesetas.

Estarán exentos del pago de la tasa, tal como señala el apartado

cinco del artículo 18 de la citada Ley 66/1997, en su redacción

dada por el artículo 17 de la Ley 50/1998, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social, los aspirantes con

discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acreditar tal

condición junto con la solicitud y las personas que figuren como

demandantes de empleo durante el plazo al menos de un mes

anterior a la fecha de la presente convocatoria, que no hubieren

rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a

participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,

formación o reconversión profesionales, que se acreditará con

certificación de la correspondiente oficina del INEM, y que, asimismo,

carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional, que se acreditará mediante una

declaración jurada o promesa escrita por el solicitante.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El

ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación

de la solicitud, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa

de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma

autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el

Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales dictará Resolución en

el plazo máximo de un mes que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado", y en la que, además de declarar aprobada la lista

de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha del

comienzo del primer ejercicio de la oposición, así como la relación de

aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre

y documento nacional de identidad o pasaporte.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días contados a partir del día siguiente al de la publicación de

la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día

siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente o

bien, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo

de un mes desde su publicación, ante el órgano convocante.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de la tasa por derechos de examen, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo V a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificando al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales

cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, o si hubiesen realizado tareas

de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco

años anteriores a la publicación de esta convoctoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su

caso, de quienes les sustituyan y la de la mitad, al menos, de

sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de

constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de la

designación y mínimo de diez días antes del inicio del primer ejercicio

de la oposición.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución el Tribunal, para actuar

validamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario

o, en su caso, de quienes les sustituyan y la de la mitad, al menos,

de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como aquello que proceda en los casos no previstos.

El Tribunal en su actuación se ajustará en todo momento a

lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas que estime pertinentes,

limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus

especialidades técnicas. La designación deberá comunicarse al

Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Seguridad e

Higiene en el Trabajo, calle Torrelaguna, 73, 28027 Madrid,

teléfono 91 405 99 29.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1888, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado el proceso selectivo un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra B de conformidad con lo

establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de fecha 16 de febrero de 2000.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada fase de la

oposición en único llamamiento, siendo excluidos de ésta quienes

no comparezcan salvo en casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, al que se comunicarán

las posibles inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión o en las pruebas selectivas a los efectos

procedentes.

Contra dicha exclusión se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día

siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, o

bien, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo

de un mes desde el día siguiente a su publicación, ante el órgano

convocante.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizados cada uno de los ejercicios de la oposición,

el Tribunal hará pública en el lugar de celebración de la misma,

así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en

aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes

aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación

del documento nacional de identidad o pasaporte.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de dicha

lista al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales. Dicha lista

se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde que se

publiquen en el "Boletín Oficial del Estado" las relaciones definitivas

de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar en el

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales los siguientes

documentos:

A) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

presentarse la acreditación de su homologación.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura en el anexo IV.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos

a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la función pública, según el modelo que figura como

anexo IV a esta convocatoria.

C) Los aspirantes que no posean nacionalidad española que

no residan en España, deberán presentar fotocopia compulsada

del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia

comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en

el momento de presentar la solicitud de participación.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya aportados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de Trabajo

y Asuntos Sociales, funcionarios de carrera mediante Resolución

del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", en que se indicará

el destino adjudicado.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse en el plazo de diez días naturales, previa

oferta de los mismos. En el caso de que algunos de los puestos

de trabajo ofrecidos como primer destino supongan la

participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en

las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses

generales del Estado, quedan excluidos de la posibilidad de ser

elegidos por los aspirantes que no posean la nacionalidad

española, siendo la Administración la competente para determinar

cuáles serían estos puestos de trabajo.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha

de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de su

nombramiento como funcionarios de carrera.

8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la

Administración Pública, el Ministerio de Administraciones

Públicas, a través del Instituto Nacional de la Administración Pública,

en colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de las lenguas oficiales de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación de los Tribunales podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecida en el título VII,

capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la mencionada Ley.

Madrid, 11 de diciembre de 2000.-P. D. (Orden de 21 de

mayo de 1996), el Subsecretario, Marino Díaz Guerra.

ANEXO I

Pruebas y puntuaciones

El procedimiento de selección constará de una fase de

oposición, con cuatro ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio.-Constará de dos partes:

Primera: Los aspirantes deberán desarrollar por escrito dos

temas, entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con

el contenido de los anexos II-A y II-B de esta convocatoria. El

tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro

horas.

Segunda: Consistirá en la lectura por el aspirante, en sesión

pública ante el Tribunal, del ejercicio realizado. El Tribunal podrá

solicitar aclaraciones sobre el contenido del mismo. Este ejercicio

será calificado atendiendo a los conocimientos, claridad, orden

de ideas y claridad de expresión escrita demostrados por el

aspirante.

La calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder

al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio.-Constará de dos partes:

Primera: Consistirá en la realización por escrito de un supuesto

práctico propuesto por el Tribunal y relacionado con los

contenidos de las materias del programa a que hace referencia el anexo

III. Para la realización del ejercicio los aspirantes dispondrán de

un tiempo máximo de cinco horas, pudiendo emplear cualquier

documentación que estimen pertinente.

Segunda.-Consistirá en la lectura pública o exposición de las

operaciones realizada ante el Tribunal del ejercicio escrito

desarrollado, seguida de un diálogo en el que se le planteará al opositor

cualquier cuestión que el Tribunal considere de interés para un

mejor conocimiento de los argumentos y criterios utilizados por

el aspirante en dicho supuesto.

La puntuación de este segundo ejercicio será única tras la

realización y valoración de las dos partes indicadas. La puntuación

máxima será de 12 puntos, siendo necesario obtener al menos

seis para superarla.

Tercer ejercicio: Consistirá en un examen oral, en el que habrá

que desarrollar cuatro temas de la parte específica del programa,

elegidos al azar por el opositor, de entre cada uno de los apartados

del anexo III. Los aspirantes dispondrán de un período de quince

minutos para la preparación de este ejercicio.

La exposición oral de los cuatro temas habrá de realizarse en

un tiempo máximo de una hora, y durante la misma podrá utilizarse

el guión que, en su caso, se hubiese realizado.

Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el

opositor durante un período máximo de quince minutos sobre

aspectos de los temas que hubiera desarrollado.

En este ejercicio se valorará el equilibrio en el desarrollo de

los temas, así como el volumen y comprensión de los

conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.

Se otorgará una calificación máxima de 12 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de seis para superar el ejercicio.

Cuarto ejercicio.-Consistirá en la realización de una traducción

directa, por escrito, en castellano, de un documento redactado

en inglés, francés o alemán, a elección del aspirante, sin

diccionario. Para la práctica de dicho ejercicio los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de una hora.

Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser

asistido por los asesores especialistas que designe.

La calificación máxima de este ejercicio será de ocho puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de cuatro puntos.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejer

cicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo

a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio; si esto no

fuera suficiente, en el segundo, y de continuar aquél se recurrirá

a la puntuación obtenida en el primer ejercicio. Si persistiera el

empate, éste se dirimirá en base a la puntuación del cuarto

ejercicio.

ANEXOS II y III

TEMARIO

Anexo II-A

Temas jurídicos de carácter general

1. La Constitución Española de 1978, su significado y

características. El Estado. La organización de los poderes en la

Constitución. Estructura del Estado. Las Cortes Generales. La

elaboración de las Leyes. Los Tratados internacionales. El Gobierno

y la Administración. El Poder Judicial.

2. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución

de 1978. Los principios rectores de la política social y económica.

Garantías y suspensión de derechos y libertades. El Defensor del

Pueblo. El Tribunal Constitucional.

3. Organización territorial del Estado. El Estado de las

Autonomías. Los Estatutos de Autonomía. Los niveles competenciales.

Los principios de solidaridad, no discriminación e interdicción de

privilegios en la Constitución Española. La organización

institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración local.

4. La Unión Europea. Los Tratados constitutivos. Naturaleza

jurídica de las Comunidades Europeas. El segundo y tercer pilar:

La política exterior y de seguridad común y la cooperación en

el ámbito de la justicia y los asuntos del interior.

5. Las instituciones de la Unión Europea. El Consejo. La

Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Comité

Económico y Social. El Comité de las Regiones. El Banco Central

Europeo.

6. El Derecho comunitario. Sus fuentes. El Derecho primario.

El Derecho derivado. La eficacia del Derecho comunitario en el

ordenamiento jurídico nacional de los Estados miembros.

7. El ordenamiento y las normas jurídicas. Concepto,

naturaleza, estructura y elementos de las normas. Los diferentes tipos

de normas jurídicas: De Derecho público y de Derecho privado,

de Derecho dispositivo y de Derecho necesario, normales y

especiales, de carácter general y de carácter particular.

8. Las fuentes del Derecho. La Ley y sus clases. Los

Reglamentos y otras disposiciones. La costumbre. Los principios

generales del Derecho. La jurisprudencia. Otras fuentes del Derecho.

La aplicación e interpretación de las normas jurídicas. El Derecho

transitorio. El principio de irretroactividad.

9. El Derecho penal y sus fuentes. Su aplicación e

interpretación. Teoría general del delito. La responsabilidad criminal. La

responsabilidad civil derivada del delito.

10. Delitos contra los derechos de los trabajadores. La

protección penal de la seguridad y la salud en el trabajo. Supuestos

especiales de responsabilidad. Delitos contra la Seguridad Social.

11. El Derecho administrativo, su concepto y contenido. La

Administración Pública y el Derecho administrativo. Tipología de

las Administraciones Públicas.

12. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.

Principios generales. Los recursos administrativos. Naturaleza,

extensión y límites de la jurisdicción contencioso-administrativa.

13. Los funcionarios públicos. Concepto y clases. Situaciones

de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen disciplinario

de los funcionarios públicos.

14. El Derecho del trabajo. Concepto, fines y contenido. Sus

fuentes. Derechos y deberes de los trabajadores.

15. Los Convenios Colectivos de trabajo. Concepto y clases.

Negociación. Legitimación. Contenido. El principio de jerarquía

normativa. Conflicto entre normas labores estatales o pactadas.

El principio de la norma más favorable.

16. Los conflictos colectivos de trabajo. La huelga y el cierre

patronal. Medios de solución de conflictos.

17. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza jurídica.

Modalidades de contratación. Derechos y deberes derivados del

contrato. Las empresas de trabajo temporal y la subcontratación.

18. El salario, su concepto y clases. La composición del

salario. La jornada laboral. Horas extraordinarias. Descanso.

Vacaciones.

19. La suspensión del contrato de trabajo: Causas.

Subrogaciones. Derecho disciplinario laboral. Causas de extinción del

contrato. Prescripción y caducidad de las acciones derivadas del

contrato de trabajo.

20. El sistema español de la Seguridad Social. El Régimen

General: Acción protectora. Contingencias cubiertas. Concepto

y clase de prestaciones. Las entidades gestoras. Las mutuas de

accidentes de trabajo y enfermedad profesionales de la Seguridad

Social.

ANEXO II-B

Temas generales de ciencia y tecnología

21. Introducción a la estadística. Distribuciones de

frecuencias. Números índices. Series temporales. Probabilidad. Variables

aleatorias y sus distribuciones.

22. Estadística empresarial. Muestreo y distribuciones en el

muestreo. Estimación y obtención de estimadores. Estimación por

intervalos de confianza. Contrastes de hipótesis. Contrastes de

la bondad de ajuste y tablas de contingencia.

23. Métodos y modelos operativos de gestión. La

programación lineal. Método del simplex. Teoría de la Dualidad y sus

aplicaciones económicas. Análisis de la sensibilidad y programación

paramétrica.

24. Problemas de transporte y asignación. Problemas en

redes. Flujos en redes. Otros problemas en redes.

25. Teoría de juegos. Conceptos generales. Juegos

bipersonales de suma cero. Cálculo de las estrategias óptimas de un juego

matricial. Teoría de colas. Colas de Poisson con población infinita.

Colas de Poisson con población finita.

26. Programación Dinámica. Programación Dinámica

determinística. Programación Dinámica estocástica.

27. La dirección de empresas. La gerencia y su entorno.

Sistema de objetivos en la empresa. Ética y responsabilidad social

en la empresa. El gobierno de las sociedades cotizadas.

28. Estrategia competitiva. Análisis del entorno general y

específico. Estrategia corporativa y ventaja competitiva. La

planificación en la empresa. Relación entre objetivos y estrategias.

El proceso de toma de decisiones.

29. La función de organización. Estructura organizativa.

Fundamentos de la dirección de personal en las organizaciones.

30. Gestión de calidad y reingeniería de procesos. El control

en la empresa. La comunicación externa de la empresa. Desarrollo

organizacional y gestión del cambio en las organizaciones.

31. Inversión y financiación. Valoración del dinero en el

tiempo y tipos de interés. Valoración de acciones y obligaciones.

Análisis y selección de inversiones. Análisis de los flujos de caja y

comparación de proyectos de diferente duración. El riesgo en las

decisiones de inversión. El coste del capital.

32. Cálculo, construcción y ensayo de máquinas. Materiales

en la construcción de máquinas. Elementos mecánicos y su

resistencia. Ejes y árboles. Uniones de árboles y cubos. Uniones

atornilladas. La lubricación en las máquinas. Cojinetes de

deslizamiento. Rodamientos. Unión de árboles con árboles. Embragues

y frenos de fricción. Resortes.

33. Tecnología mecánica: Fundición. Modelos y cajas de

machos. Moldeo en arena. Defectos de las piezas procedentes

de fundición. Conformado por deformación plástica. Procesos de

estirado. Procesos de extrusión. Procesos de laminación. Procesos

de forja. Conformado de chapa.

34. Conformado por eliminación de material. Teorías de

corte. Potencia de corte. Herramientas de corte. Economía de los

procesos de mecanizado. Torneado. Fresado. Mecanizado de

agujeros. Rectificado. Mecanizado con arranque de viruta. Dinámica

de las máquinas-herramienta.

35. Control numérico. Programación de máquinas de control

numérico. Análisis y preparación del trabajo con control numérico.

Programación manual de centros de torneado y de mecanizado.

Programación automática. Tendencias en control numérico.

Sistemas de fabricación flexible. Tecnologías en sistemas flexibles.

36. Motores de combustión interna alternativos. Ciclos de

trabajo de los motores. Pérdidas de calor y refrigeración en motores.

Pérdidas mecánicas. Lubricación. Renovación de la carga en

moto

res de cuatro y de dos tiempos. Motores de encendido provocado.

Motores de encendido por compresión. Encendido eléctrico de

la mezcla. La contaminación de los motores.

37. Máquinas térmicas. Tendencias del ciclo de Rankine.

Turbinas de gas. Motores de reacción. Contaminación por

instalaciones de potencia con turbina de vapor y turbina de gas.

Turbomáquinas. Turbocompresores. Compresores volumétricos.

38. Tecnología frigorífica. Aplicaciones industriales del frío.

Instalaciones frigoríficas. Refrigeración. Torres de enfriamiento.

Baterías de superficie húmeda. Producción de frío a temperaturas

muy bajas. Sistemas de climatización. Bomba de calor. Redes de

distribución y retorno.

39. Técnicas de defensa del medio ambiente. Conceptos

fundamentales. Contaminación, tratamiento y protección del agua.

Contaminación del suelo. Ingeniería para el control de la

contaminación atmosférica. Control de gases contaminantes.

Chimeneas. Control de partículas. Tratamiento de contaminantes

gaseosos.

40. Residuos sólidos. Técnicas de tratamiento. Vertederos.

Reciclado. Bioconversión. Combustión. Gestión de residuos.

41. Legislación medioambiental. Aspectos económicos de la

gestión ambiental. Evaluación del impacto ambiental. Auditoría

medioambiental. Control de la contaminación en actividades

específicas.

42. Principios fundamentales de las máquinas eléctricas. Los

transformadores. Máquinas asíncronas. Máquinas síncronas.

43. Nuevas fuentes de energía. Radiación solar. Radiación

de materiales opacos. Colectores de placa plana. Colectores de

concentración. Almacenamiento de energía. Modelación de

procesos solares. Calefacción solar y calentamiento solar de agua.

Refrigeración solar.

44. Ingeniería química. Bombeo y transporte de fluidos.

Eyectores. Compresores alternativos y centrífugos. Movimiento de

partículas y su separación en el seno de fluidos. Centrifugación.

Cámaras de gravedad, ciclones y electrofiltros. Filtración. Separación

por transferencia de materia. Transferencia vapor-líquido.

Destilación.

45. Fundamentos de la soldadura. Procedimientos de

soldadura. Oxigás. Con electrodo revestido. Soldaduras TIG, MIG/MAG,

por arco sumergido. Soldaduras por resistencia. Soldabilidad.

Control de uniones soldadas.

46. Concepción y proyecto de obras de construcción.

Cimentaciones. Estructuras pétreas. Muros de cerramiento. Forjados y

escaleras. Coberturas. Pavimentos. Instalaciones.

47. Teoría general del proyecto. Proyectos tradicionales.

Estudios previos. Viabilidad, mercado, etc. Definición y objetivos

del proyecto. El Director del proyecto. La organización del

proyecto. Información básica. Construcción, montaje y puesta en

servicio. Administración y control del proyecto.

48. Dirección integrada de proyectos y obras. Conceptos

básicos. Teoría General de Sistemas. El sistema proyecto. La

construcción como sistema. Calidad total = Garantía de calidad.

Gerencia de los riesgos en proyectos de construcción. Implantación de

obras.

49. Organización de la producción. Diseño de procesos.

Programación de operaciones. Gestión de inventarios. Organización

del trabajo. Productividad. Planificación y control de la calidad.

ANEXO III

Parte A: Conceptos generales de la Prevención de Riesgos

Laborales. Ámbito jurídico

1. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el

trabajo: Daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral.

Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y

terciaria. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación

con la salud. Factores de riesgo. Conceptos de accidente de trabajo

y enfermedad profesional.

2. Objeto y necesidad de la prevención de riesgos laborales:

Interacción, trabajo y salud. Costes de los daños derivados del

trabajo frente a beneficios de la acción preventiva. El concepto

de integración de la prevención. Prevención y calidad.

3. Evolución de las actuaciones relacionadas con la seguridad

y la salud en el trabajo: Antecedentes históricos. La seguridad

en las minas. La creación de la inspección de trabajo en el Reino

Unido en el siglo XIX. La evolución en España desde la Ley Dato

de 1900. El papel de la OIT. La política de la Unión Europea.

La perspectiva de la Organización Mundial del Comercio.

4. Las técnicas preventivas. Los principios de prevención.

Seguridad en el Trabajo. Higiene Industrial. Ergonomía.

Psicosociología aplicada. Medicina del trabajo. Técnicas de

participación. La información y la comunicación. La formación. Relaciones

con otros ámbitos: Industrial, sanitario, medioambiental,

sectoriales (agricultura, minería, pesca, construcción, transporte).

5. Unión Europea (I): El derecho comunitario relacionado con

la seguridad y salud en el trabajo. Evolución de la política

comunitaria en esta materia en el ámbito de los Tratados de las tres

Comunidades, CE, CECA y Euratrom. Situación actual tras la

entrada en vigor del Tratado de Amsterdam y en las perspectivas de

una nueva modificación de los Tratados.

6. Unión Europea (II): Las actuaciones en materia de

seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las instituciones

comunitarias. La Fundación Europea para la Mejora de la Calidad de

Vida y de Trabajo. La Agencia Europea para la Seguridad y Salud

en el Trabajo y la Red Europea de la Seguridad y Salud en el

Trabajo. El Comité Consultivo para la Seguridad, la Higiene y

la Salud en el Trabajo. El Órgano Permanente para la Seguridad

y Salubridad en las Minas. El Comité de Altos Responsables de

las Inspecciones de Trabajo. El Comité Científico para el

Establecimiento de Valores Límite de Exposición.

7. Unión Europea (III): Las directivas sobre disposciones

mínimas de seguridad y salud en el trabajo. La directiva marco

89/391/CEE. Las directivas específicas y otras que amplían y

completan lo establecido en la directiva marco. Programas de acción.

Recomendaciones y otros actos.

8. Unión Europea (IV): Las directivas del mercado interior

único y su relación con la seguridad y salud en el trabajo. El

funcionamiento y características del mercado único. El Espacio

Económico Europeo. El concepto de seguridad del producto. Los

requisitos esenciales de los productos. El enfoque global.

9. Las normas técnicas: Concepto y tipos de normas. Origen

y evolución de la normalización. Organismos internacionales, ISO

y CEI. Organismos europeos. Situación en España. El mercado

único y las normas armonizadas. La certificación CE. El marcado

CE. Las normas técnicas en el ámbito de la seguridad y salud

en el trabajo.

10. Ámbito internacional: La Organización Internacional del

Trabajo OIT, origen y evolución; sus objetivos, estructura y

organización. Los Convenios de la OIT, las recomendaciones y otras

actuaciones. Contenidos de los Convenios OIT sobre salud y

seguridad. El papel de otras organizaciones y programas: OMS, OMI,

PNUMA, OCDE. La Asociación Internacional de la Seguridad

Social AISS. El Consejo de Europa. La Carta Social Europea.

11. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales

en España (I): Antecedentes inmediatos. La Constitución de 1978.

El Estatuto de los Trabajadores. El ámbito de la función pública.

La Ley General de la Seguridad Social. La Ley 31/1995, de 8

de noviembre; contenido, significado general y naturaleza. La Ley

sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. La articulación

jurídica de la prevención de riesgos laborales.

12. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales

en España (II): Actuaciones de las Administraciones Públicas

competentes en materia laboral. La distribución de competencias y

coordinación de actuaciones en materia de seguridad y salud en

el trabajo entre la Administración General del Estado y las

Comunidades Autónomas. Funciones y actuaciones de la Inspección

de Trabajo y Seguridad Social en relación con esta materia. El

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Los

órganos técnicos de las Comunidades Autónomas. La Red Española

de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Comisión Nacional de

Seguridad y Salud en el Trabajo. La Fundación para la Prevención

de Riesgos Laborales. La Seguridad Social y las Mutuas de

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. El Plan de Acción

sobre la siniestralidad laboral de 29 de octubre de 1998.

13. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales

en España (III): Actuaciones de las Administraciones Públicas

competentes en materia sanitaria y de industria. La Ley 14/1986,

de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 21/1992, de 16 de

julio, de Industria.

14. Derechos y deberes. El derecho de los trabajadores a la

protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de

protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Coordinación

de actividades empresariales en materia de prevención. Protección

de trabajadores especialmente sensibles a riesgos. Obligaciones

de los trabajadores.

15. Consulta y participación de los trabajadores: El deber

de consulta del empresario. Los derechos de participación y

representación específica de los trabajadores. Los Delegados de

Prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. El

Comité de Seguridad y Salud. Colaboración con la Inspección

de Trabajo y Seguridad Social.

16. El Reglamento de los Servicios de Prevención (I): La

integración de la actividad preventiva y la acción de la empresa en

esta materia. La evaluación de los riesgos. La planificación de

la prevención. Características y funciones de un servicio de

prevención. La organización de recursos para las actividades

preventivas y sus diferentes modalidades; sus funciones y requisitos.

Las actuaciones en materia preventiva de las Mutuas de Accidentes

de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

17. El Reglamento de los Servicios de Prevención (II): La

acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención

ajenos a las empresas. Funciones y niveles de cualificación.

Autorización de entidades para desarrollar y certificar actividades

formativas en materia de prevención de riesgos laborales. La

especialidad de Medicina del Trabajo y la Diplomatura de Enfermería

de Empresa. Colaboración de los servicios de prevención con el

Sistema Nacional de Salud.

18. La gestión de riesgos laborales en la empresa: Concepto.

El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de

la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría.

La auditoría de prevención. La obligación empresarial de someter

su sistema de prevención a una auditoría externa. Requisitos y

autorización por la autoridad laboral de las personas o entidades

especializadas para la realización de auditorías. Idoneidad de los

auditores. Otros sistemas de auditoría. Su valor y relación con

la calidad.

19. Las obligaciones de los fabricantes, importadores y

suministradores: Las exigencias de la libre circulación de mercancías

en el mercado único europeo. La responsabilidad por los perjuicios

causados por los productos defectuosos. La obligación de facilitar

toda información útil sobre el uso seguro de un equipo o producto

con ocasión de su comercialización. La obligación de información

del empresario a los trabajadores.

20. Responsabilidades y sanciones en materia de prevención.

Responsabilidades administrativas y su compatibilidad con las de

otro orden. Las actuciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad

Social. Las disposiciones de la Ley de Prevención de Riesgos

Laborales y de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

21. La adaptación de la normativa de prevención de riesgos

laborales al ámbito de la Administración Pública: Las excepciones

de la Ley de Prevención. El Real Decreto 1488/1998, de 10 de

julio, de adaptación a la Administración General del Estado.

Competencias y funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad

Social y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el

Trabajo. El Real Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre, de

adaptación a los centros y establecimientos militares.

22. Protección de la maternidad y de los menores: Riesgos

laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de

embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección

a la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos

específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su

trabajo. Legislación vigente de protección de los menores. Trabajos

prohibidos.

23. Relaciones de trabajo temporales, de duración

determinada y en empresas de trabajo temporal: Características

específicas de estas relaciones. Normativa aplicable. Obligaciones

empresariales con relación a la prevención de riesgos laborales.

El Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones

mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las

Empresas de Trabajo Temporal.

24. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos

de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral.

Epidemiología laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud.

Planificación e información sanitaria.

25. Utilización de equipos de protección individual. Concepto

y prioridad de utilización de los equipos de protección individual

(EPI), en el trabajo. Tipos de EPI. Normativa del mercado único

europeo relativa al diseño y comercialización de los EPI. Aplicación

del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo.

26. La formación en prevención de riesgos laborales.

Derechos y obligaciones. Condiciones de eficacia. La planificación de

la formación en la empresa. El diagnóstico de necesidades. La

definición de los objetivos. La determinación de los programas.

La selección del profesorado. La presupuestación. Métodos y

técnicas de formación. La enseñanza a distancia y las nuevas

tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación.

La formación de adultos. Técnicas de modificación de conducta.

27. Objeto de las estadísticas de prevención. Principales

índices y parámetros. La evolución de la siniestralidad en España.

La comparabilidad de los datos estadísticos con los de otros

Estados. El parte de accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales. Obligaciones establecidas en la Ley General de la Seguridad

Social y su normativa de desarrollo y en la Ley de Prevención

de Riesgos Laborales. Economía de la prevención.

28. Otras técnicas relacionadas con la prevención: La gestión

medioambiental. La seguridad vial. La denominada seguridad

patrimonial. La seguridad industrial y las políticas de calidad total.

Parte B: Seguridad en el trabajo

29. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares

de trabajo: El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, y la Guía

del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Obligaciones generales del empresario. Condiciones generales de

seguridad en lugares nuevos y antiguos. Orden, limpieza y

mantenimiento. Condiciones ambientales. Iluminación. Servicios y locales

de descanso. Locales provisionales y trabajos al aire libre. Material

y locales de primeros auxilios. Casos en que se mantiene la

vigencia de parte de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene

en el Trabajo de 1971. Comunicación de apertura de un centro

de trabajo.

30. Prevención y protección contra incendios: Conceptos

básicos sobre causas y propagación de los incendios. Principios

generales de prevención y protección. Productos inflamables y

explosivos y su almacenamiento. Planes de emergencia y

autoprotección. Reglamentación de industria de instalaciones de

protección contra incendios. La Norma Básica de Edificación NBE-CPI

96. La aplicación de las disposiciones específicas de las

Comunidades Autónomas y de las Ordenanzas Municipales. La

aplicación del Capítulo VII del Título II de la Ordenanza General de

Seguridad e Higiene en el Trabajo de 1971.

31. Riesgos de explosión: Conceptos de explosión y atmósfera

explosiva. Límites y valores de referencia. Emplazamientos

peligrosos. Clases. Polvos inflamables o combustibles. Modos de

protección. Material utilizable en atmósferas explosivas.

32. Riesgos eléctricos (I): Riesgos eléctricos. Su localización.

Efectos fisiológicos de la corriente eléctrica. Factores de riesgo

en el choque eléctrico. Actuaciones en caso de accidente eléctrico.

33. Riesgos eléctricos (II): Sistemas de protección contra

contactos eléctricos en baja tensión. Trabajos en baja tensión, sin

tensión y en tensión. Trabajos en alta tensión. Herramientas y

aparatos eléctricos. Medios específicos de protección, colectiva

e individual.

34. Riesgos eléctricos (III): Verificación de instalaciones

eléctricas. Lugares con riesgos especiales: Humedad, corrosión,

líquidos, etc. Protección contra incendios de origen eléctrico. Material

eléctrico y protecciones en emplazamientos clasificados.

Electricidad estática.

35. Prevención de accidentes mayores: Concepto y marco

legal. Evaluación de riesgos de accidente mayor. Análisis de

accidentes. Método HAZOP. Otros méritos. Planes de emergencia

interior y exterior. Actuaciones de las administraciones públicas

competentes.

36. Norma y señalización de seguridad y salud: La norma

interna de seguridad. Objetivos. Concepto y tipos de señalización.

Objeto y utilización adecuada de la señalización de seguridad.

El Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre señalización

de seguridad y salud en el trabajo.

37. Utilización de equipos de trabajo: El Real Decreto

1215/1997, de 18 de julio, sobre la utilización por los trabajadores

de equipos de trabajo. Legislación del mercado único europeo

sobre los distintos equipos de trabajo. La certificación y el marcado

CE. Seguridad de las máquinas. Aparatos e instalaciones a presión.

Maquinaria móvil. Aparatos de elevación de cargas y de personas.

38. Técnicas de seguridad: El concepto del riesgo y la teoría

de la causalidad. Técnicas específicas. Técnicas generales:

Analíticas y operativas.

39. Inspecciones de seguridad e investigación de accidentes:

Concepto y objetivos de las inspecciones de seguridad.

Inspecciones planificadas y no planificadas. Medios de apoyo y acciones

de la dirección. Concepto y objetivos de la investigación de

accidentes. Metodología general de la investigación. El informe.

Consecuencias.

40. Técnicas de eliminación y reducción de los riesgos:

Concepto de integración de la prevención en el proceso productivo

y en la organización. Calidad total y prevención de riesgos.

Prevención en el diseño y en la fase de toma de decisiones. Prevención

en el origen. Actuaciones sobre el medio. Protección colectiva.

Actuaciones de carácter organizativo. Actuaciones sobre la

persona.

41. Seguridad y salud en las obras de construcción:

Principales riesgos propios de las obras de construcción. Objeto y campo

de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

El estudio y los planes de seguridad y salud en el trabajo.

Actuaciones y responsabilidades de proyectistas, promotores,

constructores, contratistas y subcontratistas, trabajadores autónomos,

coordinadores de seguridad, dirección facultativa y la propiedad.

Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de

construcción. Actuaciones de las administraciones públicas.

Parte C: Higiene industrial

42. Higiene industrial: Conceptos básicos. Definición,

objetivos y división de la higiene industrial. Condiciones ambientales

y tipos de agentes contaminantes. Concepto de exposición, dosis

y valor límite. Noción de sustancia y preparado peligroso.

43. Toxicología laboral. Vías de entrada al organismo.

Interacción con el organismo. Daños derivados del trabajo a corto

y largo plazo. Enfermedades profesionales. Medidas preventivas

de eliminación y reducción del riesgo.

44. Legislación del mercado único europeo sobre sustancias

y preparados peligrosos: Clasificación, envasado y etiquetado de

sustancias y preparados peligrosos. Limitación de la

comercialización y uso de las sustancias y los preparados peligrosos.

Legislación específica sobre productos fitosanitarios y biocidas.

45. Toma de muestras y evaluación de riesgos por exposición

a agentes químicos. Clasificación de los agentes químicos según

su estado y forma. Sistemas y dispositivos de toma de muestras

ambientales.

46. Estrategias de la toma de muestras y de las mediciones.

Valores límite de exposición y otros índices de referencia. Índices

biológicos de exposición. Evaluación del riesgo.

47. La Directiva 98/24/CE sobre riesgos laborales

relacionados con agentes químicos: Objeto y campo de aplicación de

la Directiva. Concepto y utilización de los valores límite vinculantes

e indicativos. Medidas de prevención generales y específicas.

Medidas técnicas y organizativas frente a riesgos por propiedades

fisicoquímicas de los agentes químicos. Relación con otras Directivas.

48. Prevención de riesgos por exposición a agentes

carcinógenos y mutágenos: Concepto y categorías de agente carcinógeno

y de agente mutágeno. El Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo,

y su modificación por el Real Decreto 1124/2000, de 16 de junio.

La Directiva que modifica por segunda vez a la inicial 90/394/CEE.

La legislación vigente sobre amianto y cloruro de vinilo. El Real

Decreto 88/1990, de 26 de enero, sobre prohibición de

determinados agentes específicos.

49. Control de riesgos por exposición a agentes químicos:

Prevención en el diseño. El principio de sustitución. El control

sobre la fuente. Extracción localizada. Actuaciones sobre el

ambiente. Ventilación general. Medidas preventivas sobre la

persona. La vigilancia específica de la salud. Otras medidas

preventivas: Organizativas, limitación de acceso, etc.

50. Prevención de riesgos por exposición al ruido y a las

vibraciones: Características físicas del ruido. Tipos de ruido laboral.

Mecanismo de la audición. Riesgos por exposición al ruido.

Evaluación del riesgo por exposición al ruido. Medidas preventivas.

El Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre. La legislación

de mercado único sobre máquinas en relación con el ruido emitido.

Características físicas de las vibraciones. Sus tipos y riesgos

laborales por exposición a las mismas. Métodos de evaluación de

riesgos y medidas preventivas.

51. Prevención de riesgos por exposición a radiaciones

ionizantes: Concepto y tipos de radiaciones ionizantes. Riesgos por

exposición a estas radiaciones. Principales actividades con este

tipo de riesgos. Conceptos básicos de protección radiológica. La

reglamentación vigente sobre protección contra las radiaciones

ionizantes, con inclusión del Real Decreto 413/1997, de 21 de

marzo, relativo a la protección operacional de los trabajadores

externos por intervención en zona controlada.

52. Prevención de riesgos por exposición a radiaciones no

ionizantes: Clasificación y características físicas de las principales

radiaciones no ionizantes. Riesgos, actividades con riesgo,

evaluación del riesgo por exposición y medidas preventivas contra

la exposición a radiaciones ultravioleta, luz visible, radiaciones

infrarrojas, microondas y láseres. Problemática de las radiaciones

de baja frecuencia. Exposición a campos eléctricos y magnéticos.

53. Prevención de riesgos por exposición a agentes

biológicos: Conceptos básicos relativos a los agentes biológicos y a

los riesgos laborales por exposición a los mismos. Clasificación

por grupos según el riesgo laboral. Aplicación del Real Decreto

664/1997, de 12 de mayo, y la Orden de 25 de marzo de 1998,

que lo adapta al progreso técnico.

Parte D: Ergonomía y psicosociología aplicada

54. Ergonomía: Conceptos y objetivos. El ser humano y su

entorno. División de la ergonomía. Ergonomía en el proyecto.

Concepción y diseño de los centros y de los puestos de trabajo. Diseño

de espacios y flujos de los procesos de trabajo. Requisitos

ergonómicos del diseño de puestos de trabajo.

55. Especificaciones ergonómicas del ambiente físico y de la

calidad de aire interior en el proyecto de lugares de trabajo.

Condiciones termohigrométricas de los ambientes de trabajo. Riesgos

de estrés térmico. Índices de valoración de las condiciones de

trabajo en ambientes calurosos. El índice WBGT. Medidas

preventivas frente a los ambientes calurosos. Riesgos de estrés por

frío y su valoración. Medidas preventivas frente a ambientes fríos.

Otros criterios relativos a las condiciones termohigrométricas.

Fuentes de contaminación del aire interior, contaminantes más

frecuentes, sus efectos y control.

56. Iluminación y color. Factores de la visión. Tarea visual

y rendimiento visual. Fatiga visual y su evaluación. Niveles

mínimos exigibles. Sentido y aplicación del color. Las condiciones de

los puestos de trabajo en los que se utilizan pantallas de

visualización de datos. Aplicación del Real Decreto 488/1997, de 14

de abril.

57. Carga física de trabajo: Consideraciones generales. Carga

física estática y dinámica. Fatiga física. Lesiones y patologías.

Métodos de evaluación de los riesgos. Criterios para determinar

el consumo energético. Determinación de la frecuencia cardíaca.

Procedimientos basados en el consumo de oxígeno. Prevención

de los riesgos derivados de la carga física de trabajo. Manipulación

manual de cargas, aspectos cualitativos y cuantitativos. Posturas

y movimientos repetitivos.

58. Criterios ergonómicos aplicables a la organización del

trabajo. La duración y ordenación del tiempo de trabajo. La

organización como condición de trabajo. Modelos históricos de

organizar la producción. Una nueva organización del trabajo. La

organización del trabajo y el empleo. Exigencias de la tarea. Autonomía

y control. Modificación de la organización del trabajo. La duración

y ordenación del tiempo de trabajo. La carga mental de trabajo.

59. Factores de riesgos psicosociales: Concepto de riesgos

psicosociales. Factores de naturaleza psicosocial; sus

consecuencias. Las etapas de la evaluación psicosocial. El problema del

método. Las técnicas. Los factores psicosociales en los métodos

generales de evaluación de los riesgos psicosociales. Descripción

de un método específico de evaluación de los factores

psicosociales. La prevención de los riesgos psicosociales. La intervención

psicosocial. Envejecimiento y trabajo.

60. El estrés. Sus formas. Consecuencias físicas y fisiológicas

del estrés. Consecuencias psicológicas. La ansiedad. La depresión.

Otros correlatos psicológicos del estrés. Variables individuales y

estrés laboral: Variables de personalidad, el apoyo social, el estado

físico, la capacidad de ejecución. Estrategias de intervención en

el ámbito individual. Técnicas de relajación. Técnicas de

"biofeed

bak". El ejercicio físico. Entrenamiento en asertividad.

Entrenamiento en solución de problemas. Reestructuración cognitiva.

"Inoculación" de estrés. Algunas pautas de sencilla aplicación para

controlar el estrés.

61. El acoso y hostigamiento en el trabajo ("mobbing"). El

trabajo bajo presión. El efecto del "quemado" ("burn out"). Otros

aspectos de índole psicosocial.

62. Procesos organizacionales para el control del riesgo.

Comunicación y sistemas de información. Motivación. Campañas

de divulgación y sensibilización. Técnicas de participación.

Técnicas de negociación.

63. Técnicas de modificación de conductas. Concepto de

modificación de conducta. Tipos de aprendizaje. Agentes

modificadores de conductas. Características diferenciadoras de la

modificación de conductas. Principios de aprendizaje por

condicionamiento operante. Técnicas de reducción de conductas operantes.

Modificación de conducta como disciplina preventiva.

64. Seguridad y salud en el trabajo en oficinas. Trabajos con

pantallas. Características de los lugares de trabajo propios de

oficinas y similares. La aplicación del Real Decreto 486/1997, de

14 de abril, sobre lugares de trabajo. Aspectos de la Ordenanza

General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de 9 de marzo

de 1971, que permanecen vigentes. Otras normativas aplicables.

El denominado síndrome del edificio enfermo.

ANEXO IV

Don ................................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y documento nacional de identidad número ..............................,

declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala de Titulados Superiores del Instituto

Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que no ha sido

separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas

y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas.

En .........................., a ........ de .......................... de ........

Aspirantes de otras nacionalidades

Don ................................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y documento de identidad o pasaporte número .........................,

declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala de Titulados Superiores del Instituto

Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que no ha sido

sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en

su Estado el acceso a la función pública.

En .........................., a ........ de .......................... de ........

ANEXO V

Tribunal titular:

Presidente: Don Leodegario Fernández Sánchez, Cuerpo

Superior de Inspectores de Trabajo.

Vocales: Don Francisco Alonso Valle, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo;

don José Luis Castellá López, Escala de Titulados Superiores del

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo, y doña

María José Gómez García de Soria, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Secretaria: Doña Ana María Ruiz Espinosa, Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Mario Grau Ríos, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Vocales: Don Eusebio Martín Asenjo, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo;

don Pablo López Bergia, Escala Técnica de Gestión de Organismos

Autónomos, y don José de la Puente Gil, Cuerpo Superior de

Inspectores de Trabajo.

Secretaria: Doña Nieves Plaza García, Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos.

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