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Documento BOE-A-2000-2283

Orden de 14 de enero de 2000 por la que se convocan los Circuitos de Música Injuve 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2000, páginas 5107 a 5109 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-2283

TEXTO ORIGINAL

En el marco de los fines de promoción de la juventud, atribuidas al Instituto de la Juventud por el Real Decreto 2614/1996, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 48 de la Constitución, se vienen incluyendo en la programación anual de aquél una serie de actividades de promoción y comunicación cultural de los jóvenes, destacando entre las mismas los Circuitos de Música.

Tomando en consideración la necesidad de que los jóvenes intérpretes musicales actúen en las mismas condiciones y salas que lo hacen sus compañeros profesionales, se ha decidido organizar un ciclo de conciertos que favorezca su desarrollo creativo y su integración profesional.

En su virtud, a propuesta del Instituto de la Juventud, DISPONGO:

Primero.

Convocar los Circuitos de Música Injuve 2000, que se regirán por las bases que figuran en el anexo de esta Orden.

Segundo.

El Instituto de la Juventud adoptará las medidas necesarias para la realización de esta actividad.

Madrid, 14 de enero de 2000.

PIMENTEL SILES

Ilma Sra. Secretaria General de Asuntos Sociales e Ilma. Sra. Directora General del Instituto de la Juventud.

ANEXO
Bases
Primera.

Las modalidades de estos Circuitos de Música son Canción de Autor, Clásica, Flamenco, Folk, Jazz y Otras Músicas.

Segunda.

Podrán inscribirse los jóvenes de nacionalidad española y los que sean ciudadanos de los demás países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, legalmente establecidos en España, que no superen los treinta años de edad el 31 de diciembre de 2000. En el caso de grupos, que no deberá tener más de siete componentes, uno de sus miembros podrá pasar de esa edad.

Tercera.

La inscripción se realizará por los grupos o solistas interesados mediante la presentación de la documentación que se especifica más abajo, bien en los Organismos de Juventud de las Comunidades Autónomas o bien en el Instituto de la Juventud/Circuitos de Música Injuve, 2000 (calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid), por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta. Plazo de inscripción y documentación:

a) El plazo de inscripción finalizará el 28 de febrero de 2000.

b) Se presentará debidamente cumplimentado el boletín de inscripción que figura al final de estas bases, al que se acompañará la siguiente documentación:

Currículo artístico o dossier y fotografía reciente del grupo o solista.

Fotocopia del documento nacional de identidad de todos los componentes, en el caso de ciudadanos españoles.

Fotocopia de la tarjeta o certificado de residencia legal en España, en el caso de ciudadanos de los demás países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo.

Maqueta, o cualquier otro tipo de soporte audio o videográfico, excepto mini-disc o DAT, con una duración mínima de quince minutos y máxima de treinta.

Autorización escrita para grabar o emitir los conciertos que realicen dentro de los Circuitos de Música Injuve 2000.

Quinta.

El Instituto de la Juventud nombrará un Jurado formado por expertos y profesionales del campo de la música, que seleccionará, antes del 20 de marzo de 2000, hasta un máximo de veinticinco solistas o grupos que actuarán en los Circuitos de Música Injuve 2000. El fallo del Jurado será inapelable y se comunicará a los interesados dentro de los diez días siguientes al de su adopción.

Sexta.

1. El Instituto de la Juventud organizará durante los meses de abril y mayo un serie de conciertos con los grupos o solistas seleccionados en las modalidades de Canción de Autor, Flamenco, Folk, Jazz y Otras Músicas. Los seleccionados en Música Clásica actuarán en el marco de Festivales como el de Segovia (incluyendo en este caso la interpretación de una obra de Anton Webern) según los correspondientes acuerdos establecidos con el Injuve. Con carácter general correrán por cuenta del Injuve los gastos de desplazamiento y estancia en régimen de alojamiento y desayuno en la ciudad del concierto, así como un caché de treinta mil pesetas por concierto y músico.

2. El Instituto de la Juventud determinará los lugares y fechas de realización de los conciertos y, en caso de incumplimiento por parte de los seleccionados, considerará cancelado el compromiso adquirido con éstos.

Séptima.

El Instituto de la Juventud facilitará la actuación de los seleccionados en Festivales y Encuentros de reconocido prestigio, así como en las Muestras que organice o en las que participe el propio Injuve.

Octava.

La participación en estos Circuitos supone la total aceptación de las presentes bases.

Circuitos de Música Injuve, 2000
Boletín de inscripción

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