En el marco de los fines de promoción de la juventud, atribuidos al Instituto de la Juventud por el Real Decreto 2614/1996, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 48 de la Constitución, se vienen incluyendo en la programación anual de aquél una serie de actividades de promoción y comunicación cultural de los jóvenes. Entre los nuevos medios de expresión destaca el cómic o historieta y la ilustración que gozan de una gran aceptación entre los jóvenes, tanto en su faceta creativa como de ocio, con una apreciable incidencia en la difusión de códigos estéticos y valores. A través de estos medios puede ampliarse el marco de oportunidades de nuestros jóvenes creadores, tanto para dar a conocer sus obras como para alcanzar un conocimiento más amplio de las de otros historietistas e ilustradores españoles.
En su virtud, a propuesta del Instituto de la Juventud, dispongo:
Convocar el Certamen de Cómic e Ilustración Injuve, 2000, que se regirá por las bases que figuran en el anexo de esta Orden.
El Instituto de la Juventud adoptará las medidas necesarias para el desarrollo de esta actividad.
Madrid, 14 de enero de 2000.
PIMENTEL SILES
Ilmas. Sras. Secretaria general de Asuntos Sociales y Directora general del Instituto de la Juventud.
Las modalidades de este certamen serán el cómic y la ilustración, con técnica y tema abiertos, y formato máximo de 70x100 centímetros, para obras ya realizadas.
Podrán inscribirse, individualmente o como grupo, los jóvenes de nacionalidad española y los que sean ciudadanos de los demás países de la Unión Europea o del espacio económico europeo, legalmente establecidos en España, que no superen los treinta años de edad el 31 de diciembre de 2000.
La inscripción se realizará por los jóvenes interesados mediante la presentación de la documentación que se especifica en la base cuarta, bien en los organismos de juventud de las Comunidades Autónomas, o bien en el Instituto de la Juventud/Certamen de Cómic e Ilustración Injuve, 2000 (calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid), por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Plazo de inscripción y documentación:
a) El plazo de inscripción para participar en el Certamen de Cómic e Ilustración finaliza el 31 de mayo de 2000.
b) Cada participante presentará la siguiente documentación:
Datos personales: Nombre, apellidos, edad, dirección, teléfono, fax y correo electrónico.
Dossier de copias, en formato máximo de DIN A3, de un mínimo de tres trabajos (en ningún caso se considerará obra original), con una extensión máxima cada uno de ocho páginas para la modalidad de cómic, y de un mínimo de diez ilustraciones para esta modalidad.
Currículo.
Fotocopia del documento nacional de identidad, en el caso de ciudadanos españoles.
Fotocopia de la tarjeta o certificado de residencia legal en España, en el caso de ciudadanos de los demás países de la Unión Europea y del espacio económico europeo.
La Directora general del Instituto de la Juventud nombrará un Jurado que seleccionará, antes del 31 de julio de 2000, hasta un máximo de treinta participantes, cuyas obras compondrán la exposición del certamen. El fallo del Jurado será inapelable y se comunicará a los interesados dentro de los diez días siguientes al de su adopción.
El Jurado estará presidido por la Directora general del Instituto de la Juventud o persona en quien delegue. Formarán parte del mismo los expertos y profesionales del medio que aquélla designe.
1. El Instituto de la Juventud realizará una exposición de las obras de los seleccionados, según se establece en la base quinta, siendo por cuenta del mismo los gastos de montaje, transporte y seguro, así como los gastos de la publicación del catálogo y la publicidad de dicha exposición.
2. La exposición a que se refiere el apartado anterior será programada y realizada por el Instituto de la Juventud en el lugar y durante las fechas que el mismo determine; además, los gastos de viaje y alojamiento de los seleccionados con ocasión de la inauguración de dicha exposición correrán por cuenta del Instituto de la Juventud.
Una vez finalizada la exposición referida en la base sexta, el Instituto de la Juventud podrá organizar la itinerancia de la misma por centros y salas especializados, sin fines lucrativos y por un período de tiempo no superior a seis meses.
El Instituto de la Juventud dará prioridad a la participación de los artistas seleccionados en exposiciones, viajes informativos, programas y talleres de carácter internacional organizados por el propio Instituto o por otras entidades con las que éste colabore.
El Instituto de la Juventud, a propuesta del Jurado, concederá los premios, que podrán ser declarados desiertos, siguientes:
Primer premio de cómic: 500.000 pesetas.
Segundo premio de cómic: 350.000 pesetas.
Tercer premio de cómic: 250.000 pesetas.
Premio de ilustración: 500.000 pesetas.
Accésit: Un máximo de quince de 100.000 pesetas cada uno.
Los premios en metálico estarán sujetos a los impuestos o retenciones vigentes según Ley, salvo exención concedida por el órgano competente de la Administración Tributaria.
La inscripción en este certamen supone la total aceptación de las presentes bases.
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