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Documento BOE-A-2000-2642

Resolución de 24 de enero de 2000, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración -Protocolo General- suscrito entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de Galicia y la Diputación Provincial de Pontevedra, para establecer el marco de actuaciones necesarias para la ampliación del museo de Pontevedra.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2000, páginas 6023 a 6024 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-2642

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de Galicia y la Diputación Provincial de Pontevedra han suscrito un Convenio de colaboración –Protocolo General– para establecer el marco de actuaciones necesarias para la ampliación del museo de Pontevedra, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio –Protocolo General–, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 24 de enero de 2000.–El Director general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

ANEXO
Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Junta de Galicia y la excelentísima Diputación Provincial de Pontevedra, para la futura ampliación del Museo de Pontevedra

En Pontevedra, a 3 de enero del año 2000.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Mariano Rajoy Brey, Ministro de Educación y Cultura, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto por la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992.

De otra parte, el excelentísimo señor don Jesús Pérez Varela, actuando en representación de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, en virtud de su cargo de Consejero, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y de su Presidente, así como el artículo 2.o de la Resolución de 8 de abril de 1991.

Y de otra, el excelentísimo señor don Manuel Abeledo López, actuando en representación de la excelentísima Diputación Provincial de Pontevedra, en virtud de su condición de Presidente, según lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia, y el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

Las tres partes, en nombre y representación que ostentan, y con la capacidad legal para este acto.

EXPONEN

Primero. 

Que el Ministerio de Educación y Cultura entiende que la preservación y potenciación de las manifestaciones culturales requiere, en atención a lo dispuesto por el artículo 149.2 de la Constitución Española, la colaboración entre todas las Administraciones Públicas, con el fin de aunar esfuerzos en una tarea común que a todos compete.

Segundo.

Que la Junta de Galicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27.18 del Estatuto de Autonomía de Galicia, aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, tiene atribuidas competencias exclusivas en materia de Patrimonio Histórico, Artístico, Arquitectónico y Museos de interés para la Comunidad Autónoma.

En la Ley 8/1985, de 30 de octubre de Patrimonio Cultural de Galicia (en su título VIII: «De las necesidades de fomento»), se dispone que las Administraciones Públicas concederán ayudas para la conservación, recuperación, restauración y promoción del Patrimonio Cultural de Galicia.

Tercero.

Que la excelentísima Diputación Provincial de Pontevedra pretende reforzar y potenciar los intereses particulares de su ámbito territorial en materia cultural, entre los que destaca muy singularmente la conservación y protección del Patrimonio Cultural que se encuentra dentro de su demarcación territorial.

Dentro de lo referenciado con anterioridad, la excelentísima Diputación Provincial de Pontevedra pretende ofrecer a la sociedad un refuerzo de espacios de aprovechamiento socio-cultural para su disfrute directo, en definitiva, crear y poner en funcionamiento marcos adecuados de expresión cultural.

En esta línea, el museo de Pontevedra, del que es titular la excelentísima Diputación Provincial de Pontevedra, tiene como objetivo garantizar en el tiempo, para disfrute actual y de generaciones futuras, centros de expresión cultural dentro de su ámbito territorial y que cumplan con condiciones adecuadas y con las exigencias que este tipo de centros requiere. En este marco es necesario sentar las bases para una futura ampliación del museo de Pontevedra.

Esta ampliación surge como consecuencia del crecimiento natural, avalada por la necesidad de crear nuevas dependencias que englobarían nuevos espacios de museo, el archivo provincial y otros específicos dedicados a la realización de seminarios, conferencias y exposiciones.

En virtud de lo expuesto, el Ministerio de Educación y Cultura, la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Junta de Galicia y la excelentísima Diputación Provincial de Pontevedra, acuerdan suscribir el presente protocolo de colaboración en el que

MANIFIESTAN

Primero. 

El compromiso de acometer una serie de acciones con la intención de potenciar las actividades culturales en el ámbito territorial de la provincia de Pontevedra mediante acuerdos que permitan hacer frente a la necesaria ampliación del museo de Pontevedra.

En este sentido, está previsto que su expansión se llevará a cabo a través de los espacios generados en el solar ubicado tras la iglesia de San Bartolomé y el edificio Sarmiento del Museo, propiedad de la excelentísima Diputación Provincial de Pontevedra y a aquéllos que en un futuro puedan reunir condiciones adecuadas para sucesivas ampliaciones.

Esta futura ampliación contribuiría significativamente a que el museo se convirtiera en un gran núcleo cultural dentro del conjunto histórico de la ciudad de Pontevedra, idoneizando por lo tanto las actividades que tiene encomendadas un centro de estas características.

Segundo.

El presente protocolo de colaboración será desarrollado por los convenios específicos que sean necesarios, en los cuales se concretarán las líneas y objetivos concretos que se tendrán que obtener así como las obligaciones y derechos de las partes que intervengan.

Tercero.

Con el objeto de materializar la voluntad de colaboración manifestada en el presente documento, se constituirá una Comisión paritaria, que será la encargada de proponer los convenios específicos de colaboración, así como desarrollar las actuaciones contenidas en aquellos que fueran finalmente suscritos.

Cuarto.

Será causa suficiente para la denuncia del presente protocolo el incumplimiento por alguna de las partes de lo que se recoge en los apartados anteriores del presente documento.

Y en prueba de conformidad con los términos del presente protocolo de colaboración, las partes comparecientes firman por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha expresados.–El Ministro de Educación y Cultura, Mariano Rajoy Brey.–El Consejero de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Jesús Pérez Varela.–El Presidente de la excelentísima Diputación Provincial de Pontevedra, Manuel Abeledo López.

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