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Documento BOE-A-2000-4161

Resolución de 17 de febrero de 2000, conjunta de la Secretaría General de la Agencia Española de Cooperación Internacional y de la Dirección General del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se convoca el Programa de Formación para Funcionarios Iberoamericanos.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2000, páginas 8992 a 8997 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-4161

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo estipulado en el Convenio de colaboración firmado en Madrid, en fecha 17 de febrero de 2000, entre la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y el Instituto de Estudios Fiscales, y con la normativa específica en materia de subvenciones aplicable a la Agencia Española de Cooperación Internacional, en especial la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril), el Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional, en virtud de las facultades delegadas por la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, mediante la Resolución de 21 de noviembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), y el Director general del Instituto de Estudios Fiscales, en el ejercicio de las competencias delegadas por el Secretario de Estado de Hacienda, por Resolución de 29 de julio de 1997, punto primero, letra b) («Boletín Oficial del Estado» de 2 de agosto), acuerdan proceder a la convocatoria parcial del Programa de Formación para Funcionarios Iberoamericanos para el año 2000.

La organización de los cursos integrantes en el programa de formación correrá a cargo de la Agencia Española de Cooperación Internacional y el Instituto de Estudios Fiscales.

Madrid, 17 de febrero de 2000.‒El Secretario general, Jesús Manuel Gracia Aldaz.‒El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

ANEXO I
Primera.

Organizan los cursos conjuntamente la Agencia Española de Cooperación Internacional, que difundirá la convocatoria de los mismos a través de las Oficinas Técnicas de Cooperación, y el Instituto de Estudios Fiscales, que elaborará la programación de los cursos y aportará el profesorado y el material didáctico, con la colaboración de otras entidades y centros directivos de ámbito nacional e internacional.

Segunda.

El II Curso sobre Fiscalidad Internacional y el I Curso sobre Técnicas y Operaciones de Seguros, ambos integrados en el Programa de Formación para Funcionarios Iberoamericanos, se realizarán en Madrid (España), en la sede del Instituto de Estudios Fiscales, avenida Cardenal Herrera Oria, número 378.

Tercera.

Los cursos especificados en la cláusula segunda tendrán lugar del 22 de mayo al 2 de junio de 2000, y asistirán hasta 15 funcionarios becados procedentes de los distintos países iberoamericanos.

Cuarta.

Los candidatos a las becas deberán reunir los siguientes requisitos:

Ser funcionario de cualquier país iberoamericano.

Desarrollar actividad profesional en instituciones públicas en los ámbitos en que inciden los cursos que se ofertan en el Programa de Formación. Edad entre veinticinco y cincuenta y cinco años.

Compromiso de continuidad del funcionario en la Administración Pública, a fin de permitir la transferencia de conocimientos a toda la organización.

Quinta.

En relación a estos cursos, el Instituto de Estudios Fiscales de la Secretaría de Estado de Hacienda asumirá los siguientes gastos:

1. Becas de alojamiento y desayuno de los participantes en los cursos recogidos en el anexo II, durante todo el período de duración del curso, con posible inclusión de hasta dos días adicionales (uno anterior a la fecha de comienzo del curso y uno posterior a la fecha de finalización del mismo: 21 de mayo y/o 3 de junio) para ajustar las posibles conexiones de la fecha de viaje de los billetes de avión.

El importe de estos gastos será de 4.200.000 pesetas y se imputarán a la aplicación presupuestaria 15.26.611B.480.

Dicho importe está calculado en base a la estimación de los siguientes datos:

Número máximo de participantes becados: 30.

Coste de alojamiento y desayuno por persona y día: 10.000 pesetas. Número de días de estancia máxima: Catorce.

2. Los de organización, tales como:

Transporte de los alumnos desde su alojamiento a la sede del Instituto de Estudios Fiscales, y viceversa.

Los derivados de los actos de apertura y clausura como «cocktail», adornos florales, reportaje fotográfico y diplomas.

Cena de clausura.

Traslado de los participantes a los centros donde estén previstas visitas programadas en el calendario de los cursos.

Viaje de estudios, incluyendo transporte interurbano y urbano, alojamiento, manutención y guía turístico.

Los derivados de atención protocolaria como carpetas, banderitas y regalo institucional.

El importe de estos gastos será de 1.200.000 pesetas y se imputarán a la aplicación presupuestaria 15.26.611B.226.06.

3. Los de seguro médico y de accidentes que suscribirá el Instituto de Estudios Fiscales: El importe de estos gastos será de 120.000 pesetas, y se imputarán a la aplicación presupuestaria 15.26.611B.226.06.

4. Los de material didáctico y elaboración de unidades didácticas: El importe de estos gastos será de 400.000 pesetas, y se imputarán a la aplicación presupuestaria 15.26.611B.226.06.

5. Los de profesorado: El importe de estos gastos será de 2.000.000 de pesetas, y se imputarán a la aplicación presupuestaria 15.26.611B.233.

Sexta.

En relación a estos cursos, integrados en el Programa de Formación para Funcionarios Iberoamericanos, recogidos en el anexo II, la Agencia Española de Cooperación Internacional asumirá los siguientes gastos:

Pasaje aéreo en clase turista desde el país de origen a España y viceversa. El pasaje será abonado directamente por la Agencia Española de Cooperación Internacional a la agencia de viajes que tenga contratada la prestación de este servicio, situando el pasaje en el aeropuerto de la capital del país de origen.

Beca de manutención de uno de los participantes.

La cuantía de estos gastos será de 7.900.000 pesetas que se imputarán a la aplicación presupuestaria 12.103.134A.486.00.

Séptima.

Los seleccionados están exentos del pago de cualquier tipo de matrícula o inscripción al curso, en aplicación de los criterios de cooperación con los países iberoamericanos.

Octava.

Los aspirantes a participar en alguno de los cursos que se relacionan en el anexo II deberán aportar la siguiente documentación:

a) ◻ Impreso oficial de solicitud de la Agencia Española de Cooperación Internacional y del Instituto de Estudios Fiscales debidamente cumplimentado, por duplicado, que aparece en el anexo III.

b) ◻ Currículum vitae.

c) ◻ Certificado de estudios, con especificación de notas.

d) ◻ Copia del título y/o diploma.

e) ◻ Breve exposición de las razones que motivan la solicitud de las becas.

f)  ◻ Dos cartas de presentación de altos cargos de sus Administraciones respectivas o de la Universidad que le avalen.

g) ◻ Dos fotografías tamaño carné con el nombre y apellidos al dorso.

El impreso de solicitud deberá ser cumplimentado en su totalidad. La documentación que se reciba no será devuelta, por lo que los solicitantes no deberán adjuntar documentos originales o que consideren irrepetibles y que les puedan ser necesarios.

Novena.

El plazo límite para la presentación de la documentación requerida en la cláusula octava se refleja en el anexo II de esta resolución.

Las solicitudes deberán ser presentadas en las unidades receptoras que se establecen en cada caso, en el anexo II, que a su vez las remitirán al órgano competente para su evaluación.

Décima.

La evaluación de las solicitudes será realizada por una Comisión Mixta formada, en cada curso, por los miembros que se establecen en el anexo II.

En la evaluación serán tenidos en consideración, por orden de importancia, los siguientes criterios:

Titulación superior.

Méritos académicos y experiencia profesional.

Conocimientos técnicos acreditados.

Nivel de responsabilidad de las funciones del puesto de trabajo desempeñado.

◻ Nivel de relación entre el curso y las funciones desarrolladas.

En relación a la beca de manutención concedida por la Agencia Española de Cooperación Internacional, se adjudicará al candidato que ostente la mejor calificación, en función de los méritos especificados en el punto anterior, de entre los siguientes países: Cuba, El Salvador, Honduras, Guatemala y Nicaragua.

Undécima.

La Comisión Mixta formulará una propuesta de resolución de adjudicación de becas conjuntas para ambos cursos en un período máximo de treinta días, contados a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes.

En base a estas propuestas, el Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional y el Director general del Instituto de Estudios Fiscales dictarán las Resoluciones de adjudicación de becas, que serán notificadas por el Instituto de Estudios Fiscales individualmente a los interesados y a las Oficinas Técnicas de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Duodécima.

Las Resoluciones de adjudicación de becas serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» y estarán expuestas en los tablones de anuncios de las Oficinas Técnicas de Cooperación de los países a los que se extiende el ámbito de aplicación de la Resolución de convocatoria, así como en la sede en Madrid de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y en el Instituto de Estudios Fiscales.

Decimotercera.

Los adjudicatarios de las becas estarán obligados a comunicar al Instituto de Estudios Fiscales, en un plazo máximo de diez días posteriores a la recepción de la notificación, su aceptación expresa.

Decimocuarta.

Podrán participar en los cursos que figuran en el anexo II de esta Resolución, estando exentos del pago de cualquier tipo de matrícula o inscripción, otros funcionarios del ámbito iberoamericano que reúnan los requisitos exigidos en la cláusula cuarta y que estén autorizados por su Administración, sólo en el caso de que asuman todos los gastos inherentes a su participación.

Decimoquinta.

Las becas concedidas por la Agencia Española de Cooperación Internacional serán justificadas del siguiente modo:

Gastos de pasaje: Mediante la factura emitida por la empresa contratada por la Agencia Española de Cooperación Internacional para la prestación de dicho servicio.

Gastos de becas de manutención: Mediante certificado emitido por la unidad responsable de cada uno de los cursos, acreditando la incorporación de los becados a los mismos, y recibos de las cantidades asignadas, rubricados por los beneficiarios.

Decimosexta.

Las becas concedidas por el Instituto de Estudios Fiscales serán justificadas del siguiente modo:

Gastos de alojamiento y desayuno, seguro médico y gastos de organización: Mediante las facturas emitidas por las empresas contratadas por el Instituto de Estudios Fiscales para la prestación de dichos servicios. A estas facturas habrá de adjuntarse certificado emitido por la unidad responsable de cada uno de los cursos, acreditando la incorporación de los becados a los mismos. El plazo para emisión del certificado mencionado será de una semana, a contar desde el inicio del curso.

ANEXO II

II curso sobre Fiscalidad Internacional

Fechas y lugar de realización: Del 22 de mayo al 2 de junio del año 2000; Instituto de Estudios Fiscales, avenida Cardenal Herrera Oria, 378, 28035 Madrid.

Objetivo: El curso tiene como finalidad proporcionar a los participantes un amplio conocimiento sobre los procesos de integración económica (euro, Mercosur, Centroamérica), estudiando su evolución histórica y problemática fiscal. En este contexto se analizará la fiscalidad de las personas no residentes, los mecanismos establecidos para evitar la doble imposición entre países, de carácter bilateral o multilateral, modelo Convenio OCDE y acuerdos multilaterales, y los problemas derivados del criterio de territorialidad o de la fuente.

Condiciones económicas: El Instituto de Estudios Fiscales concederá hasta 15 becas de alojamiento y desayuno.

La Agencia Española de Cooperación Internacional concederá hasta 15 becas de transporte aéreo, y una beca de manutención.

Solicitudes: Los candidatos deberán presentar su solicitud en la Oficina Técnica de Cooperación de su país, dirigida a: Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda de España; a la atención del ilustrísimo señor Director general, avenida Cardenal Herrera Oria, 378, 28035 Madrid (España).

Teléfono: 34 91 339 89 80.

Fax: 34 91 339 88 44.

E-mail: teodoro.cordonUief.meh.es

E-mail: barbara.silvarUief.meh.es

Fecha límite: La fecha límite de presentación de candidaturas será el 15 de marzo del año 2000.

Comisión Mixta: La Comisión evaluadora estará formada por el Subdirector general de Relaciones con otras Administraciones Financieras del Instituto de Estudios Fiscales, y por el Subdirector general de Cooperación Institucional, Cultural y de Comunicación del Instituto de Cooperación Iberoamericana.

Programa del curso: El contenido temático del curso se estructura en sesiones lectivas sobre los siguientes módulos:

I. Institucional.

II. Fiscalidad de las inversiones internacionales.

III. Modelos de integración.

IV. Administración Tributaria.

I curso sobre Técnicas y Operaciones de Seguros

Fechas y lugar de realización: Del 22 de mayo al 2 de junio del año 2000; Instituto de Estudios Fiscales, avenida Cardenal Herrera Oria, 378, 28035 Madrid.

Objetivo: Estudio y análisis económico-financiero de las operaciones y técnicas de la actividad aseguradora. Incluyendo el estudio normativo del sector del seguro en España y en la Unión Europea.

Solicitudes: Los candidatos deberán presentar su solicitud en la Oficina Técnica de Cooperación de su país, dirigida a: Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda de España; a la atención del ilustrísimo señor Director general, avenida Cardenal Herrera Oria, 378, 28035 Madrid (España).

Teléfono: 34 91 339 89 80.

Fax: 34 91 339 88 44.

E-mail: teodoro.cordonUief.meh.es

E-mail: barbara.silvarUief.meh.es

Fecha límite: La fecha límite de presentación de candidaturas será el 15 de marzo del año 2000.

Comisión Mixta: La Comisión evaluadora estará formada por el Subdirector general de Relaciones con otras Administraciones Financieras del Instituto de Estudios Fiscales, y por el Subdirector general de Cooperación Institucional, Cultural y de Comunicación del Instituto de Cooperación Iberoamericana.

Condiciones económicas: El Instituto de Estudios Fiscales asumirá los gastos de alojamiento y desayuno de hasta 15 participantes.

La Agencia Española de Cooperación Internacional asumirá hasta 15 becas de transporte aéreo, y una beca de manutención.

Programa del curso: Durante el desarrollo del curso se abordarán los siguientes módulos:

I. Institucional.

II. Ordenación del seguro en España y en la Unión Europea.

III. Control y supervisión de las operaciones de entidades aseguradoras.

IV. Fiscalidad de las entidades de seguros y de sus operaciones.

ANEXO III
Programa de formación para funcionarios iberoamericanos

SOLICITUD DE BECA

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