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Documento BOE-A-2000-4400

Resolución de 17 de febrero de 2000, de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se convocan los "Premios Centenario del Nacimiento de la Seguridad Social en España" (1900-2000).

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2000, páginas 9366 a 9368 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4400

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 24 de septiembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 28), se creó la Comisión para la Conmemoración del Centenario del Nacimiento de la Seguridad Social en España, cuya finalidad es la programación, impulso y coordinación de las actuaciones destinadas a la celebración de dicho acontecimiento.

A su vez, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, mediante Resolución de fecha 11 de enero de 2000, dicta instrucciones para la participación de las instituciones del sistema de la Seguridad Social en la Conmemoración del Centenario del Nacimiento de la Seguridad Social en España, disponiendo la participación activa del conjunto de organismos y entidades que constituyen el sistema público de Seguridad Social, y autorizando las modificaciones de créditos necesarias en sus respectivos presupuestos de gastos para hacer frente a la financiación de los proyectos en que participen. A estos efectos, la aportación máxima de la Seguridad Social ha sido fijada en 200.000.000 de pesetas, que se imputarán al programa 45.91, aplicación 226.6.2, del Presupuesto de gastos y dotaciones del corriente ejercicio económico.

Entre los actos conmemorativos de dicho Centenario, el Comité Ejecutivo de la Comisión para la Conmemoración del mismo aprobó, de una parte, convocar los «Premios Centenario del Nacimiento de la Seguridad Social en España», y de otra, encomendar a la Tesorería General de la Seguridad Social su convocatoria, difusión y financiación.

En consecuencia, esta Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas, resuelve convocar los «Premios Centenario del Nacimiento de la Seguridad Social en España», en orden a promover y divulgar un mayor conocimiento sobre la protección social española en los últimos cien años, por un importe de 21.620.000 pesetas, y de acuerdo con las siguientes

Bases

Primera.

Los «Premios Centenario del Nacimiento de la Seguridad Social en España» constarán de las siguientes especialidades:

Premio Medios de Comunicación Social, en las modalidades de prensa, radio y televisión.

Premio de Investigación.

Premio Juvenil e Infantil.

Premio Pensionistas.

Segunda.

El tema obligado para todas las especialidades, sin perjuicio de lo establecido en cada una de ellas, será el centenario del nacimiento de la Seguridad Social española, su historia, su importancia actual, los actos que se realizan para la celebración del centenario.

Tercera.

La dotación económica o contenido de cada premio se detalla en la base correspondiente a cada una de las especialidades.

Cuarta.

Los concursantes deberán tener la ciudadanía española o de países pertenecientes a la Unión Europea, Iberoamérica, Andorra o Filipinas.

Quinta.

El plazo de admisión de los trabajos finalizará el 30 de noviembre del año 2000.

Sexta.

Los trabajos podrán remitirse por correo certificado a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustín de Bethencourt, 4, 28071 Madrid, o entregarse personalmente en los siguientes Registros Generales:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustín de Bethencourt, 4, 28071 Madrid.

Tesorería General de la Seguridad Social, calle Astros, 5 y 7, 28007 Madrid.

Instituto Nacional de la Seguridad Social, calle Padre Damián, 4 y 6, 28036 Madrid.

Instituto Social de la Marina, calle Génova, 24, 28004 Madrid.

Indicando en el sobre «Premios Centenario del Nacimiento de la Seguridad Social en España» y especialidad a la que se concursa.

Los trabajos presentados deberán ir acompañados de la solicitud cumplimentada, cuyo modelo figura como anexo a la presente Resolución.

Séptima.

Los trabajos pueden ser realizados en cualquiera de las lenguas oficiales reconocidas por la Constitución, debiendo acompañarse una traducción al castellano en el supuesto de no haber elegido esta lengua. No se tomarán en consideración los trabajos que hayan sido premiados en otros concursos.

Octava.

Los premios serán indivisibles, pudiendo declararse desiertos.

Novena.

Los trabajos serán valorados por un Jurado, nombrado al efecto, integrado por expertos en las diferentes modalidades convocadas. Los premios se otorgarán por el Secretario de Estado de la Seguridad Social, previa Resolución del Director general de la Tesorería General de la Seguridad Social, a propuesta de dicho Jurado.

Décima.

El fallo será inapelable y se hará público en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su notificación personal a los interesados.

Los premios, en materia de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, serán objeto del tratamiento fiscal de conformidad con la normativa legal vigente en el momento de su otorgamiento.

Undécima.

La presentación a la convocatoria supone la plena aceptación por parte del concursante de todas las bases que regulan el concurso. No serán admitidos los trabajos que no reúnan los requisitos establecidos en las mismas.

Duodécima.

Las obras presentadas que no resulten premiadas podrán ser retiradas en la Tesorería General de la Seguridad Social, plaza de los Astros, 5 y 7, 28007 Madrid, dentro del plazo de tres meses a contar desde la publicación del fallo del Jurado en el «Boletín Oficial del Estado», siendo destruidas las que no sean retiradas en dicho plazo.

Premio Medios de Comunicación Social

Decimotercera.

Podrán optar a esta premio los artículos o reportajes, programas de radio y programas de televisión que hayan sido publicados o emitidos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2000.

Decimocuarta.

Los concursantes deberán cumplir los siguientes requisitos, para cada una de las modalidades:

Prensa:

a) Podrán participar con un solo artículo o con varios, hasta un máximo de seis. Los artículos podrán haber sido publicados con nombre, seudónimo o sin firma. En estos últimos casos, el Director de la publicación deberá certificar el nombre del autor.

b) Deberán emitirse dos ejemplares o fotocopias de cada artículo publicado, especificando los datos completos del concursante, medio de difusión, título y fecha de publicación.

c) Autorización firmada por los propietarios del «copyright» (derechos de autor) y los autores para la utilización, reproducción y difusión de los artículos por los órganos y organismos que dependan del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en caso de ser premiados.

Radio:

Deberá remitirse:

a) Una selección de guiones, no superior a seis, de la serie de programas emitidos. Los guiones se remitirán por duplicado.

b) Una sola copia, en cinta casete, de los programas presentados, tal como fueron emitidos.

c) Certificado del Director de la emisora en el que se acredite el título, medio por el que se difundió, fecha y hora de la emisión y composición del equipo realizador.

d) Autorización firmada por los propietarios del «copyright» (derechos de autor) y los autores para la utilización, reproducción y difusión de los programas por los órganos y organismos que dependan del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en caso de ser premiados.

Televisión:

Deberá remitirse:

a) Una copia en vídeo, en formato VHS.

b) Certificado del Director de la emisora en el que se acredite el título, medio de difusión, fecha y hora de la emisión y composición del equipo realizador.

c) Declaración de que no existen problemas de reproducción de la imagen de las personas que aparezcan en los trabajos presentados, responsabilizándose de las posibles reclamaciones que por este motivo pudiesen originarse.

d) Autorización firmada por los propietarios del «copyright» (derechos de autor) para la utilización, reproducción y difusión de los programas por los órganos y organismos que dependan del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en caso de ser premiados.

Decimoquinta.

Los artículos podrán ser reproducidos y difundidos a través de las revistas y publicaciones que se consideren oportunas por parte de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, indicándose siempre los datos del autor.

Los programas de radio y televisión premiados podrán ser emitidos y difundidos en todos aquellos actos institucionales, jornadas informativas, etc., que la Secretaría de Estado de la Seguridad Social decida incluir y que considere que su difusión pueda resultar de interés para los objetivos de dicha Secretaría de Estado.

Decimosexta.

La Comisión para la Conmemoración del Centenario del Nacimiento de la Seguridad Social en España, a través de sus órganos, podrá proponer al Jurado la concesión del premio, aunque no se hayan presentado a concurso, a profesionales de la información que, durante el período a que se refieren los premios, hayan realizado una labor encomiable en el tratamiento del Centenario de la Seguridad Social o del seguimiento de los actos que se realicen en conmemoración de dicho evento en periódicos, revistas, agencias de prensa, emisoras de radio o cadenas de televisión.

Decimoséptima.

La dotación económica para cada una de las modalidades anteriores es la siguiente:

Primer premio: 2.000.000 de pesetas.

Segundo premio: 1.000.000 de pesetas.

Dos accésit: 500.000 pesetas cada uno.

Premio de Investigación

Decimoctava.

Podrán presentarse a este premio los investigadores o equipos de investigación que hayan realizado labores de investigación sobre aspectos sociológicos, económicos y jurídicos de la historia de la Seguridad Social.

Los trabajos de investigación deberán ser inéditos, con una extensión no inferior a 100 folios, y se enviarán, por duplicado, en tamaño DIN A-4, mecanografiados a doble espacio, por una sola cara.

Decimonovena.

Los trabajos de investigación se enviarán firmados con seudónimo, sin que pueda figurar en ellos el nombre del autor o autores del mismo, ni cualquier otro dato al respecto.

Junto al trabajo se presentará un sobre cerrado, identificado con el seudónimo utilizado, en cuyo interior se detallarán los siguientes datos del autor o autores del mismo:

Nombre y apellidos del autor y de los miembros del equipo, en caso de que se trate de varios investigadores.

Nacionalidad.

Un domicilio: Calle, número, piso, ciudad, código postal, país.

Un teléfono de contacto (fax y dirección de correo electrónico, en su caso).

Firma del autor (trabajos individuales) o representante del equipo (trabajos colectivos). En el caso de que los autores del trabajo presentado sean varios, deberán designar en ese mismo documento cual de ellos actuará como representante del equipo a todos los efectos.

Vigésima.

Los trabajos premiados de investigación podrán ser publicados y difundidos por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, indicando los datos del autor.

Vigesimoprimera.

La dotación económica de esta especialidad será de:

Primer premio: 2.000.000 de pesetas.

Segundo premio: 1.000.000 de pesetas.

Dos accésit: 500.000 pesetas cada uno.

Vigesimosegunda.

No podrá concurrir a esta especialidad el personal que preste servicios retribuidos con cargo a la Administración de la Seguridad Social o servicios dependientes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Premio Infantil y Juvenil

Vigesimotercera.

Esta especialidad, tanto en su modalidad infantil, para menores de catorce años, como en su modalidad juvenil, para edades comprendidas entre catorce y dieciséis años, consistirá en una redacción sobre la Seguridad Social, su importancia en la vida cotidiana, las pensiones y el futuro en una sociedad como la española.

La redacción no podrá tener menos de cuatro folios a una sola cara en su modalidad juvenil, y menos de dos folios en la modalidad infantil.

Vigesimocuarta.

El premio de esta especialidad, para cada una de las dos modalidades, consistirá en:

Primer premio:

Un ordenador personal, con impresora, valorados en 230.000 pesetas, y un viaje para tres personas a Port Aventura, de tres días de duración, valorado en 150.000 pesetas.

Cinco ordenadores para el Colegio donde esté cursando estudios el ganador, valorados en 1.000.000 de pesetas.

Segundo premio: Un ordenador personal, valorado en 200.000 pesetas, y un lote de libros, valorado en 50.000 pesetas.

Dos accésit: Una vídeo-consola de juegos, valorada en 40.000 pesetas, y un lote de libros, valorado en 50.000 pesetas.

Los premios en especie no podrán ser canjeados por su contravalor en metálico.

Premio Pensionistas

Vigesimoquinta.

Los concursantes en esta especialidad deberán ser beneficiarios de pensiones contributivas o no contributivas del sistema de la Seguridad Social español.

El trabajo consistirá en una carta, redacción, artículo, ensayo, colaboración, etc., que verse sobre los temas señalados en la base segunda y su incidencia en el entorno de los pensionistas.

La extensión del trabajo no podrá superar los 100 folios, tamaño DIN A-4, a un cara, y mecanografiados a doble espacio.

Vigesimosexta.

La dotación económica de esta especialidad será de:

Primer premio: 1.000.000 de pesetas.

Segundo premio: 500.000 pesetas.

Dos accésit: 250.000 pesetas cada uno.

Madrid, 17 de febrero de 2000.–El Director general, Julio Gómez Pomar-Rodríguez.

ANEXO
Modelo de solicitud

Datos del participante o representante autorizado:

Apellidos:..........................................................................................................

Nombre:.............................................................................................................

NIF/Pasaporte o cédula de identificación personal:..................................

Domicilio: Calle/plaza......................................................, número..............

Municipio:.................. CP:............ Provincia:..............................................

País:............................... Teléfono:..................................................................

Participa:

□ A título individual.

□ Como representante de asociación, colectivo o institución.

Personas que componen el equipo:...............................................................

.............................................................................................................................

.............................................................................................................................

Especialidad a la que concursa:.....................................................................

Modalidad:........................................................................................................

Título de la obra:..............................................................................................

SOLICITA: Ser admitido como participante en los «Premios Centenario del Nacimiento de la Seguridad Social en España», en la modalidad expresada, a cuyo efecto acompaño cuanto se exige en las bases de la convocatoria, aceptando éstas en su totalidad.

........................., a...... de......................... de 2000

(Firma)

Documentos que se acompañan:

Fotocopia del número de identificación fiscal/pasaporte o cédula de identificación personal del autor, representante o participante. Autorización de reproducción de artículos, de emisión de programa, de reproducción de imagen o de publicación, en su caso.

Certificación del Director de la publicación (prensa) o del Director de la emisora (radio o televisión) en el supuesto de trabajos comprendidos en la base cuarta.

Ilmo. Sr. Director general de la Tesorería General de la Seguridad Social.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/02/2000
  • Fecha de publicación: 06/03/2000
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 88 de 12 de abril de 2000 (Ref. BOE-A-2000-6946).

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