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Documento BOE-A-2000-4399

Resolución de 31 de enero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo 1999 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2000, páginas 9364 a 9366 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4399

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, con fecha 17 de diciembre de 1999, el Protocolo 1999 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Junta de Andalucía, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del precitado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 31 de enero de 2000.–La Secretaria general técnica, María Dolores Cospedal García.

ANEXO
Protocolo 1999 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados

En Madrid, a 17 de diciembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Manuel Pimentel Siles, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 77/1999, de 18 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 16, del 19), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14), de acuerdo con la redacción dada en la misma por la Ley 4/1999, de modificación de la anterior.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Isaías Pérez Saldaña, Consejero de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron, en fecha 30 de diciembre de 1998, Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas para facilitar la integración social de los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, que recogía los siguientes programas prioritarios.

1. Observatorio permanente de la inmigración.

2. Órganos de participación y consulta.

3. Red de información, orientación y apoyo legal a inmigrantes.

4. Intercambio de información y asesoramiento.

5. Programas territoriales de acogida e integración social.

6. Programas de empadronamiento.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, y 1888/1996, de 2 de agosto, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.

Por otra parte, en la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999, y en la Ley 10/1998, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado establece en su cláusula quinta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el anexo del citado Convenio, que deberán ser actualizadas cada año con el fin de ajustarlas a los presupuestos presentados por la Comunidad Autónoma y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, celebrada el 8 de febrero de 1999, el Gobierno, por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 19 de febrero de 1999 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 61, de fecha 12 de marzo), aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario con una dotación de 350.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.456, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los programas a cofinanciar.

Sexto.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 1999, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de programas realizada conjuntamente por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula quinta del Convenio de colaboración para la realización de programas, suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo adicional, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía incorporan al Convenio de Colaboración, de fecha 30 de diciembre de 1998, los programas seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 1999, los cuales se unen al mismo mediante el anexo.

La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula quinta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1998, se establece para el año 1999 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda.

Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.456 del Plan de Integración Social de los Inmigrantes, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de 43.021.687 pesetas.

La Comunidad Autónoma de Andalucía se compromete a asumir la corresponsabilidad en la financiación aportando la cantidad de 531.000.000 de pesetas.

Tercera.

En el supuesto de resolución por incumplimiento contemplado en la cláusula sexta del Convenio, las actuaciones en curso se culminarán, no iniciándose ninguna nueva a partir de la fecha de denuncia del Convenio.

Cuarta.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1999, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo.

Y, en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Manuel Pimentel Siles.–El Consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña.

Anexo al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía para el año 1999

El presente anexo regulará la financiación y los aspectos técnicos de puesta en marcha de las áreas de colaboración establecidas en el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales en materia de inmigración.

En el presente año de 1999, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales destinará para las actuaciones descritas a continuación la cuantía de 43.021.687 pesetas, que serán transferidas a la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía. Esta última destina en el año 1999 para estas materias las siguientes cuantías de las aplicaciones presupuestarias que se mencionan:

Programa presupuestario 22H:

Aplicación 01.21.468.02.22H: «A Corporaciones Locales. Asistencia a inmigrantes y sus familias», 76.500.000 pesetas.

Aplicación 012.21.488.08.22H: «A familias e instituciones sin fines de lucro. Acciones a favor de inmigrantes extranjeros», 187.500.000 pesetas.

Programa presupuestario 22B:

Aplicación 01.21.488.06.22B: «A instituciones colaboradoras de atención al menor», 267.000.000 de pesetas.

Los fondos que el Ministerio transferirá a la Junta de Andalucía a partir de la firma del presente Convenio se distribuirán entre las siguientes materias:

Actividad

Cuantía asignada

Pesetas

1. OPI. 14.000.000
2. Red de defensa jurídica. 14.000.000
3. Campaña de empadronamiento. 1.521.687
4. Acogimiento menores inmigrantes. 5.500.000
5. Albergues acogida temporal. 8.000.000
   Total a financiar. 43.021.687

1. El Observatorio Permanente de la Inmigración (OPI) en Andalucía: Se destinarán 4.000.000 de pesetas para la realización de estudios y publicaciones relativos al fenómeno de la inmigración.

Igualmente, se destinarán 10.000.000 de pesetas para puntos de red OPI en Andalucía, tratamiento de la información y jornadas formativas para los responsables de los distintos puntos en Andalucía.

Los puntos previstos por la Comunidad Autónoma están localizados y gestionados de la forma siguiente:

Almería:

El Ejido. Entidad: Ayuntamiento.

Roquetas de Mar. Entidad: Ayuntamiento.

La Mojonera. Entidad: Ayuntamiento.

Níjar. Entidad: Comunidad Obrera de Andalucía.

Cádiz:

Algeciras. Entidad: UGT Andalucía.

Granada:

Zafarraya. Entidad: Mancomunidad de Municipios Alhama-Temple.

Granada (capital). Entidad: Federación de Asoc. de Vecinos de Andalucía.

Huelva:

Cartaya. Entidad: Ayuntamiento.

Jaén:

Jaén (capital). Entidad: Jaén-Acoge.

Villacarrillo. Entidad: Ayuntamiento-Diputación de Jaén.

Málaga:

Málaga (capital). Entidad: Málaga-Acoge.

Marbella. Entidad: UGT Andalucía. Nerja. Entidad: CC. OO. Andalucía.

Sevilla:

Sevilla (capital). Entidad: Sevilla-Acoge.

Asimismo, la Junta de Andalucía coordinará los otros puntos de red que el Ministerio de Asuntos Sociales promueve directamente en el territorio de la Comunidad Autónoma, de los que recibirá información y a los que trasladará la elaboración de la misma.

Todos los puntos del Observatorio Permanente de la Inmigración, junto con los del Ministerio promueven en Andalucía, se unificarán en la red OPI de Andalucía.

2. Red de apoyo legal a inmigrantes: Los puntos de apoyo legal a

inmigrantes financiados por el presente Convenio se localizan y gestionan de la forma siguiente:

Córdoba. APIC (Asociación Pro Inmigrantes en Córdoba).

Huelva. UGT Andalucía.

Jaén. CC. OO. Andalucía. Sevilla. Sevilla-Acoge.

La Junta de Andalucía coordinará las actuaciones de los distintos puntos mencionados y aquellos que el propio Ministerio financia y promueve en Andalucía, realizará actividades formativas con los profesionales de estos puntos y elaborará la documentación oportuna con el fin de promover una red especializada en Andalucía sobre la materia.

Los puntos de la red de apoyo legal que el Ministerio financia a través del 0,52 por 100 del Impuesto de Retenciones sobre las Personas Físicas a entidades sin ánimo de lucro se integrarán a los efectos de coordinación y participación de la información en esta red. Por su parte, la Junta de Andalucía dará participación a otros puntos de homóloga naturaleza que se financian y promueven desde la Comunidad.

Se destinarán 14.000.000 de pesetas para la consolidación de cuatro puntos de la red de apoyo legal a inmigrantes y la coordinación por parte de la Junta de Andalucía de los recursos financiados por ambas Administraciones.

3. Campañas de empadronamiento: Se destinarán 1.521.687 pesetas a la financiación de las campañas divulgativas que favorezcan el empadronamiento de los inmigrantes en los municipios donde residan.

4. Actuaciones con menores inmigrantes: En Andalucía el número de menores inmigrantes ingresados en centros durante el pasado año ascendió a 429, siendo 85 la media de menores que permanecieron en régimen de internado durante todo el año. En el presente ejercicio se viene produciendo un incremento en el número de ingresos. Durante el primer cuatrimestre se ha producido un aumento del 71 por 100 sobre el mismo período del año anterior, de 136 menores en 1998 se ha pasado a 233 en 1999.

El incremento de menores inmigrantes y sus características personales, culturales e idiomáticas ha llevado a la Comunidad Autónoma a la apertura de tres recursos que desarrollan programas específicos, previéndose nuevas dispositivas, además de la utilización de los otros recursos residenciales existentes.

Se destinarán 5.500.000 pesetas para la atención de menores inmigrantes en centros concertados con la Comunidad Autónoma.

5. Reforzamiento del alojamiento temporal de inmigrantes en campañas agrícolas de temporada: La provincia de Huelva cuenta con los siguientes albergues para la atención a inmigrantes:

Lepe, Cartaya, Moguer y Lucena del Puerto.

En la provincia de Jaén existe una red consolidada en la que 18 municipios, durante la temporada de la aceituna, ofrecen los servicios de albergue a los inmigrantes.

Se destinarán 8.000.000 de pesetas para el mantenimiento de la red de albergues en las provincias de Huelva y Jaén.

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