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Documento BOE-A-2000-4667

Resolución 43/2000, de 1 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de cooperación entre el Ministerio de Defensa y el Departamento de Educación y Ciencia del Gobierno de Aragón.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2000, páginas 10090 a 10090 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2000-4667

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 10 de febrero de 2000, Convenio de cooperación entre el Ministerio de Defensa y el Departamento de Educación y Ciencia del Gobierno de Aragón, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 1 de marzo de 2000.‒El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.

ANEXO
Convenio de cooperación entre el Ministerio de Defensa y la Diputación General de Aragón

En Calatayud a 10 de febrero de 2000.

REUNIDOS

De una parte

El excelentísimo señor don Jesús María Pérez Esteban, Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar, en nombre y representación del excelentísimo señor Ministro de Defensa, por delegación de firma conferida expresamente para este acto, por Orden de 21 de julio de 1999.

De otra parte

La excelentísima señora doña María Luisa Alejos-Pita Río, Consejera de Educación y Ciencia de la Diputación General de Aragón, actuando en nombre y representación de la Diputación General de Aragón, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 14 de diciembre de 1999.

Ambos intervinientes se reconocen entre sí capacidad suficiente y poder bastante para obligarse en este acto, a cuyo efecto,

EXPONEN

Que la Comunidad Autónoma de Aragón y las Fuerzas Armadas vienen colaborando en una serie de actividades dirigidas a fortalecer e incrementar la información y conocimiento mutuo y el desarrollo cultural.

Que ambas partes consideran de interés recíproco seguir colaborando en aquellas actividades que faciliten la relación de la sociedad con sus Fuerzas Armadas, la difusión de los valores de seguridad y defensa en el marco de la solidaridad y el mantenimiento de la paz.

ACUERDAN

Que es propósito de ambas partes establecer acuerdos concretos de colaboración mutua en los ámbitos de la educación, la cultura y el deporte así como cualquier otra actividad, colaboración o intercambio que sea de común utilidad, y en manera particular los que contribuyan a la integración y promoción sociolaboral de la tropa profesional al finalizar el compromiso con las Fuerzas Armadas.

Que de acuerdo con la normativa vigente y conforme a la potestad del Ministerio de Defensa de suscribir convenios con otras Administraciones públicas, acuerdan las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Establecer un convenio de cooperación entre el Ministerio de Defensa y la Diputación General de Aragón con objeto de:

a) Establecer acuerdos concretos de cooperación mutua en los ámbitos de la educación, la cultura y el deporte.

b) Establecer acuerdos que faciliten la reincorporación laboral de la tropa profesional.

c) Establecer acuerdos en cualquier otra actividad que se concrete de mutuo acuerdo.

Comisión de seguimiento

Segunda.

Constituir una Comisión Mixta integrada por representantes de cada Institución y con alternancia anual de la Presidencia, iniciada por el Ministerio de Defensa.

Los representantes del Ministerio de Defensa serán nombrados por el Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar, y los de la Diputación General de Aragón por el Consejero de Educación y Cultura.

La citada Comisión Mixta será el órgano encargado de la potenciación, el seguimiento y la evaluación de las acciones derivadas de este Acuerdo, así como de arbitraje en caso de conflicto, y podrá reunirse en sesión plenaria o en comisión delegada, en este caso con un miembro de cada Institución, y que deberá hacerlo al menos una vez al año.

Tercera.

Que organismos dependientes de ambas Instituciones podrán al amparo del presente Convenio, proponer la adopción de líneas de actuación para su consideración y aprobación por la Comisión Mixta prevista en éste.

Cuarta.

Que sin perjuicio de las facultades de la Comisión Mixta que se crea, las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del Convenio serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Cláusula transitoria.

La reunión constituyente de la Comisión Mixta prevista en este Convenio tendrá lugar en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de su firma.

Vigencia y resolución

Cláusula final.

El presente Convenio tendrá una duración de dos años a contar desde la fecha de la firma, duración que quedará prorrogada por períodos anuales salvo denuncia expresa de alguna de las partes con seis meses de antelación respecto al término de su vigencia.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, por triplicado ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al comienzo indicados.‒Por el Ministerio de Defensa, Jesús María Pérez Esteban, Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar.‒Por la Diputación General de Aragón, María Luisa Alejos-Pita Río, Consejera de Educación y Ciencia.

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