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Documento BOE-A-2000-4677

Resolución de 31 de enero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo 1999 adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2000, páginas 10099 a 10100 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4677

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, con fecha 20 de diciembre de 1999, el Protocolo 1999 adicional

al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998 entre

el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma

de Cataluña, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de

atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados,

y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del precitado Protocolo,

que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 31 de enero de 2000.-La Secretaria general técnica, María

Dolores Cospedal García.

ANEXO

Protocolo 1999 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30

de diciembre de 1998 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

y el Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña

para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a

inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados

En Madrid, a 20 de diciembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Manuel Pimentel Siles,

como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real

Decreto 77/1999, de 18 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número 16, del

19), en nombre y representación de la Administración General del Estado,

en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 14), de acuerdo con la redacción dada en la misma

por la Ley 4/1999 de modificación de la anterior.

Y de otra parte, la honorable señora doña Irene Rigau i Oliver, Consejera

del Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña, en

nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y

convenir, y

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales y la

Comunidad Autónoma de Cataluña suscribieron, en fecha 30 de diciembre de

1998, Convenio de Colaboración para la cofinanciación de programas para

facilitar la integración social de los inmigrantes, refugiados, solicitantes

de asilo y desplazados, que recogía los siguientes programas prioritarios.

1. Observatorio Permanente de la Inmigración.

2. Órganos de participación y consulta.

3. Red de información, orientación y apoyo legal a inmigrantes.

4. Intercambio de información y asesoramiento.

5. Programas territoriales de acogida e integración social.

6. Programas de empadronamiento.

Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud

de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los

Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, y 1888/1996, de 2 de agosto,

que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma

de Cataluña, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1979

de 18 de diciembre, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma,

tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.

Por otra parte, en la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos

Generales del Estado para 1999, y en la Ley 20/1998, de 29 de diciembre,

de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cataluña, se

establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.-Que el Convenio citado establece en su cláusula quinta la

prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar

denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las

cantidades económicas expresadas en el anexo del citado Convenio, que

deberán ser actualizadas cada año con el fin de ajustarlas a los presupuestos

presentados por la Comunidad Autónoma y las previsiones presupuestarias

que se establezcan.

Quinto.-Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la

Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada 8 de febrero de 1999,

el Gobierno por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 19 de febrero

de 1999, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 61, de fecha

12 de marzo de 1999, aprobó los criterios de distribución entre

Comunidades Autónomas del crédito presupuestario con una dotación de

350.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.456, así como

las prioridades a las que deberán ajustarse los programas a cofinanciar.

Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto

en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones

económicas de las partes correspondientes al año 1999, procede

instrumentarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección

de programas realizada conjuntamente por el Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales y por el Departamento de Bienestar Social de la Generalidad

de Cataluña, y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, y de la cláusula quinta del Convenio de colaboración

para la realización de programas, suscrito el 30 de diciembre de 1998,

entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Departamento de

Bienestar Social de la Generalidad de la Cataluña, ambas partes

Acuerdan suscribir el presente "Protocolo adicional", el cual se regirá

por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad

Autónoma de Cataluña incorporan al Convenio de colaboración, de fecha 30

de diciembre de 1998, los programas seleccionados conjuntamente para

su ejecución durante el ejercicio económico de 1999, los cuales se unen

al mismo mediante el anexo I.

La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula

quinta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1998, se establece

para el año 1999 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al

mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa

para su financiación.

Segunda.-Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.456

del Plan de Integración Social de los Inmigrantes, la aportación económica

del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente

Protocolo es de 101.224.788 pesetas.

La Comunidad Autónoma de Cataluña se compromete a asumir la

corresponsabilidad en la financiación aportando la cantidad de 589.107.884

pesetas.

Tercera.-En el supuesto de resolución por incumplimiento

contemplado en la cláusula sexta del Convenio, las actuaciones en curso se

culminarán, no iniciándose ninguna nueva a partir de la fecha de denuncia

del Convenio.

Cuarta.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro

del ejercicio económico 1999, es la que aparece desglosada para cada

Comunidad Autónoma en el anexo I.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional

en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.-El Ministro

de Trabajo y Asuntos Sociales, Manuel Pimentel Siles.-La Consejera de

Bienestar Social, Irene Rigau i Oliver.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y EL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA PARA EL AÑO 1999

Departamento de Bienestar Social Aportaciones Convenio del Ministerio

Actuaciones

Presupuesto

-Pesetas

Temas a convenir

Presupuesto

-Pesetas

Observatorio

Permanente de la Inmigración.

Edición del cuestionario.

Coordinación OPI Cataluña.

Propuesta y coordinación de la

elaboración de un modelo de guía/Plan

de acogida municipal al inmigrante.

Estudios y publicaciones:

Publicación del estudio sobre el impacto económico de la

inmigración en Cataluña.

Elaboración de un modelo de guía/Plan de acogida municipal

al inmigrante.

8.224.788

Cuestionarios sobre el grado de integración de los

inmigrantes:

Tabulación cuestionarios y elaboración informes de los OPI

de las comarcas de: La Selva, Pla d'Urgell, Montsia, Maresme,

Tarragonès, Garraf y Alt Penedès.

4.000.000

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000.000 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.224.788

Red de defensa jurídica. Convenios y subvenciones a ONG. 13.000.000 Coordinación y consolidación de la Red de apoyo legal a

inmigrantes.

21.000.000

Planes territoriales de

integración de los

inmigrantes.

Formación de adultos.

Ayudas de alquiler.

Renta mínima de inserción.

132.256.000

18.711.532

423.140.352

Seguimiento de los cinco planes en funcionamiento: Vallès

Oriental, Baix Camp, Alt Empordà, Baix Empordà, Pla de

l'Estany.

30.000.000

Inicio de nuevos planes: La Selva, Pla d'Urgell, Montsia,

Maresme.

24.000.000

Coordinación planes: Edición revista y seminarios. 9.000.000

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 574.107.884 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63.000.000

Campaña de

empadronamiento.

Coordinación campaña en Cataluña.

Edición trípticos.

Contratación mediadores interculturales.

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000.000 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.000.000

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589.107.884 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101.224.788

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