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Suscrito, con fecha 20 de diciembre de 1999, el Protocolo 1999 adicional
al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998 entre
el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma
de Cataluña, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de
atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados,
y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del precitado Protocolo,
que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 31 de enero de 2000.-La Secretaria general técnica, María
Dolores Cospedal García.
ANEXO
Protocolo 1999 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30
de diciembre de 1998 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
y el Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña
para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a
inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados
En Madrid, a 20 de diciembre de 1999.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Manuel Pimentel Siles,
como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real
Decreto 77/1999, de 18 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número 16, del
19), en nombre y representación de la Administración General del Estado,
en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 14), de acuerdo con la redacción dada en la misma
por la Ley 4/1999 de modificación de la anterior.
Y de otra parte, la honorable señora doña Irene Rigau i Oliver, Consejera
del Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña, en
nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y
convenir, y
EXPONEN
Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales y la
Comunidad Autónoma de Cataluña suscribieron, en fecha 30 de diciembre de
1998, Convenio de Colaboración para la cofinanciación de programas para
facilitar la integración social de los inmigrantes, refugiados, solicitantes
de asilo y desplazados, que recogía los siguientes programas prioritarios.
1. Observatorio Permanente de la Inmigración.
2. Órganos de participación y consulta.
3. Red de información, orientación y apoyo legal a inmigrantes.
4. Intercambio de información y asesoramiento.
5. Programas territoriales de acogida e integración social.
6. Programas de empadronamiento.
Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud
de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los
Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, y 1888/1996, de 2 de agosto,
que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma
de Cataluña, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1979
de 18 de diciembre, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma,
tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
Por otra parte, en la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 1999, y en la Ley 20/1998, de 29 de diciembre,
de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cataluña, se
establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Tercero.-Que el Convenio citado establece en su cláusula quinta la
prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar
denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las
cantidades económicas expresadas en el anexo del citado Convenio, que
deberán ser actualizadas cada año con el fin de ajustarlas a los presupuestos
presentados por la Comunidad Autónoma y las previsiones presupuestarias
que se establezcan.
Quinto.-Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la
Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada 8 de febrero de 1999,
el Gobierno por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 19 de febrero
de 1999, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 61, de fecha
12 de marzo de 1999, aprobó los criterios de distribución entre
Comunidades Autónomas del crédito presupuestario con una dotación de
350.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.456, así como
las prioridades a las que deberán ajustarse los programas a cofinanciar.
Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto
en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones
económicas de las partes correspondientes al año 1999, procede
instrumentarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección
de programas realizada conjuntamente por el Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales y por el Departamento de Bienestar Social de la Generalidad
de Cataluña, y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, y de la cláusula quinta del Convenio de colaboración
para la realización de programas, suscrito el 30 de diciembre de 1998,
entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Departamento de
Bienestar Social de la Generalidad de la Cataluña, ambas partes
Acuerdan suscribir el presente "Protocolo adicional", el cual se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad
Autónoma de Cataluña incorporan al Convenio de colaboración, de fecha 30
de diciembre de 1998, los programas seleccionados conjuntamente para
su ejecución durante el ejercicio económico de 1999, los cuales se unen
al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula
quinta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1998, se establece
para el año 1999 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al
mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa
para su financiación.
Segunda.-Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.456
del Plan de Integración Social de los Inmigrantes, la aportación económica
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente
Protocolo es de 101.224.788 pesetas.
La Comunidad Autónoma de Cataluña se compromete a asumir la
corresponsabilidad en la financiación aportando la cantidad de 589.107.884
pesetas.
Tercera.-En el supuesto de resolución por incumplimiento
contemplado en la cláusula sexta del Convenio, las actuaciones en curso se
culminarán, no iniciándose ninguna nueva a partir de la fecha de denuncia
del Convenio.
Cuarta.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro
del ejercicio económico 1999, es la que aparece desglosada para cada
Comunidad Autónoma en el anexo I.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional
en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.-El Ministro
de Trabajo y Asuntos Sociales, Manuel Pimentel Siles.-La Consejera de
Bienestar Social, Irene Rigau i Oliver.
ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y EL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA PARA EL AÑO 1999
Departamento de Bienestar Social Aportaciones Convenio del Ministerio
Actuaciones
Presupuesto
-Pesetas
Temas a convenir
Presupuesto
-Pesetas
Observatorio
Permanente de la Inmigración.
Edición del cuestionario.
Coordinación OPI Cataluña.
Propuesta y coordinación de la
elaboración de un modelo de guía/Plan
de acogida municipal al inmigrante.
Estudios y publicaciones:
Publicación del estudio sobre el impacto económico de la
inmigración en Cataluña.
Elaboración de un modelo de guía/Plan de acogida municipal
al inmigrante.
8.224.788
Cuestionarios sobre el grado de integración de los
inmigrantes:
Tabulación cuestionarios y elaboración informes de los OPI
de las comarcas de: La Selva, Pla d'Urgell, Montsia, Maresme,
Tarragonès, Garraf y Alt Penedès.
4.000.000
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000.000 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.224.788
Red de defensa jurídica. Convenios y subvenciones a ONG. 13.000.000 Coordinación y consolidación de la Red de apoyo legal a
inmigrantes.
21.000.000
Planes territoriales de
integración de los
inmigrantes.
Formación de adultos.
Ayudas de alquiler.
Renta mínima de inserción.
132.256.000
18.711.532
423.140.352
Seguimiento de los cinco planes en funcionamiento: Vallès
Oriental, Baix Camp, Alt Empordà, Baix Empordà, Pla de
l'Estany.
30.000.000
Inicio de nuevos planes: La Selva, Pla d'Urgell, Montsia,
Maresme.
24.000.000
Coordinación planes: Edición revista y seminarios. 9.000.000
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 574.107.884 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63.000.000
Campaña de
empadronamiento.
Coordinación campaña en Cataluña.
Edición trípticos.
Contratación mediadores interculturales.
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000.000 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.000.000
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 589.107.884 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101.224.788
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