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Documento BOE-A-2000-4678

Resolución de 28 de enero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2000, páginas 10100 a 10102 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4678

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del precitado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de enero de 2000.‒La Secretaria general técnica, María Dolores Cospedal García.

ANEXO
Protocolo adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid, a 16 de diciembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Manuel Pimentel Siles, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 77/1999 de 18 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 16, del 19), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del día 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, la excelentísima señora doña Ana Garrido Chamorro, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura suscribieron, en fecha de 9 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de programas del Plan Gerontológico a través de proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación; 839/1996, de 10 de mayo, que establece su estructura orgánica, y la Orden de 21 de mayo de 1996 por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en las Leyes Orgánicas 1/1983, de 25 de febrero; 8/1994, de 24 de marzo, y 12/1999, de 6 de marzo que aprueba y reforma el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.

En la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 1999, y en la Ley 11/1998, de 16 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Extremadura y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo adicional suscrito en 26 de noviembre de 1998, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Sexto.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 1999, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, ambas partes, acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura incorporan, al Convenio de colaboración de fecha 9 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo adicional se establece por un año desde la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 1999, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de 183.776.200 pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, 84.445.300 pesetas; concepto 19.04.313L.457, 8.675.700 pesetas, y concepto 19.04.313L.750, 90.655.200 pesetas.

La Comunidad Autónoma de Extremadura y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de 183.776.200 pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1999, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.‒Manuel Pimentel Siles, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación.‒Ana Garrido Chamorro, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Extremadura y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian

Financiación 1999 (según protocolo)

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

 

C.A./C.L.

Pesetas

MTYAS

Pesetas

Aplicación presupuestaria 19.04.313L.452
Proyectos mantenimiento:
 Higuera la Real (Badajoz). Viviendas tuteladas 2.366.510 2.366.510
 Puebla de Maestre (Badajoz). Vivienda tutelada. 3.807.873 3.807.873
 Malpartida de Plasencia (Cáceres). Vivienda tutelada. 5.269.772 5.269.772
 Malpartida de Plasencia (Cáceres). R. Ntra. Sra. de la Luz. 12.750.000 12.750.000
 Aliseda (Cáceres). Vivienda tutelada. 2.574.304 2.574.304
 Sierra de Fuentes (Cáceres). Vivienda tutelada. 3.305.841 3.305.841
 Trujillo (Cáceres). R. El Conquistador. 24.100.000 24.100.000
 Plasenzuela (Cáceres). R. Padre Damián. 24.650.000 24.650.000
 Programa de Atención Socio-Asistencial enfermos de Alzheimer y otras demencias:
 Badajoz. CD, calle Museo. 3.121.000 3.121.000
 Cáceres. R/CD, avenida Cervantes. 2.500.000 2.500.000
  Total. 84.445.300 84.445.300
Aplicación presupuestaria 19.04.313L.457
Programas experimentales para atención enfermos de Alzheimer y otras demencias:
 Mérida (Badajoz). Atención diurna/Servicio de Respiro. 4.337.850 4.337.850
 Plasencia (Cáceres). Atención diurna/Servicio de Respiro. 4.337.850 4.337.850
  Total. 8.675.700 8.675.700
Aplicación presupuestaria 19.04.313L.750
Proyectos inversiones:
 Alconchel (Badajoz). Vivienda tutelada. 8.500.000 8.500.000
 Barcarrota (Badajoz). Vivienda tutelada 7.500.000 7.500.000
 Casas D. Pedro (Badajoz). Vivienda tutelada. 7.500.000 7.500.000
 Feria (Badajoz). Vivienda tutelada. 4.000.000 4.000.000
 Salvaleón (Badajoz). Vivienda tutelada. 4.000.000 4.000.000
 Hornachos (Badajoz). Vivienda tutelada. 7.500.000 7.500.000
 Guareña (Badajoz). Vivienda tutelada. 7.500.000 7.500.000
 La Garrovilla (Badajoz). Vivienda tutelada. 3.005.200 3.005.200
 Granja de Torrehermosa (Badajoz). Vivienda tutelada. 6.000.000 6.000.000
 Navalvillar de Pela (Badajoz). Vivienda tutelada. 5.000.000 5.000.000
 Valle de Santa Ana (Badajoz). Vivienda tutelada. 4.500.000 4.500.000
 Berlanga (Badajoz). Vivienda tutelada. 5.000.000 5.000.000
 Moraleja (Cáceres). Vivienda tutelada. 5.000.000 5.000.000
 Talayuela (Cáceres). Vivienda tutelada. 4.000.000 4.000.000
 Casar de Palomero (Cáceres). Vivienda tutelada. 5.000.000 5.000.000
 Aldeacentenera (Cáceres). Vivienda tutelada 4.500.000 4.500.000
 Viandar de la Vera (Cáceres). Vivienda tutelada. 2.150.000 2.150.000
  Total. 90.655.200 90.655.200
  Suma totales. 183.776.200 183.776.200

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