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Documento BOE-A-2000-4683

Resolución de 28 de enero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2000, páginas 10107 a 10109 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4683

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del precitado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de enero de 2000.–La Secretaria general técnica, María Dolores Cospedal García.

ANEXO
Protocolo adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid, a 16 de diciembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Manuel Pimentel Siles, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 77/1999, de 18 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 16, del 19), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14), según redacción dada a la misma por el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don José García González, Consejero de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias suscribieron, en fecha de 9 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de programas del Plan Gerontológico, a través de proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación, y 839/1996, de 10 de mayo, que establece su estructura orgánica, y la Orden de 21 de mayo de 1996 por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, de conformidad con lo establecido en las Leyes Orgánicas 7/1981, de 30 de diciembre; 1/1994, de 24 de marzo, y 1/1999, de 5 de enero, que aprueba y reforma el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.

En la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 1999, y el Decreto 80/1998, de 29 de diciembre, por el que se regula la aplicación de la prórroga de los presupuestos del Principado de Asturias para 1998 durante 1999, en el que se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarta.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes anexos, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo adicional suscrito en 27 de noviembre de 1997, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Sexto.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 1999, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, y aprobados, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias incorporan al Convenio de colaboración, de fecha 9 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo adicional se establece por un año desde la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 1999, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de 186.447.300 pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, 93.451.600 pesetas; concepto 19.04.313L.457, 8.821.800 pesetas, y concepto 19.04.313L.750, 84.173.900 pesetas.

La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corrresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de 186.447.300 pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1999, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.–Manuel Pimentel Siles, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación.–José García González, Consejero de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Asturias y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian

FINANCIACIÓN 1999 (según Protocolo)

Comunidad Autónoma de Asturias

 

C. A./C. L.

Pesetas

MTYAS

Pesetas

Aplicación presupuestaria 19.04.313L.452    
Proyectos de mantenimiento:
Programa global de estancias temporales. Asturias. 10.000.000 10.000.000

Gijón: R. San Nicolás.

Gijón: R. Palacio de Caldones.

Siero: R. Ave María.

   
Programa global de concertación de plazas asistidas. Asturias. 10.178.200 10.178.200

Siero: R. Ave María.

Siero: R. Los Abetos.

Oviedo: R. Virgen del Rosario.

Pola de Lena: R. Canuto Hevia.

Llanes: R. Faustino Sobrino.

Cangas de Onís: R. Hogar Beceña González.

Langreo/Ciaño: R. Hogar Virgen del Carbayo.

Cangas de Narcea: R. Hogar San José.

Luarca: R. Hospital Asilo.

Poo de Llanes: R. Nuestra Señora de Covadonga.

Pravia: R. Nuestra Señora del Valle.

Pola de Siero: R. Nuestra Señora de Covadonga.

Gijón: R. Palacio de Caldones.

Gijón: R. Santa Teresa de Jornet.

Langreo/La Felguera: R. Patronato San José.

Navia: R. San Francisco y Santa Rita.

Ribadesella: R. San José de la Montaña.

Avilés: R. Santa Teresa Jornet.

Posada de Llanes: R. Sierra de Cuera.

   
Programa global de estancias diurnas. Asturias. 30.000.000 30.000.000

Oviedo: CD Covadonga.

Langreo/La Felguera: CD Estaquio Lecue.

Langreo/Sama: CD c/ Dorado.

Gijón: CD El Llano.

Avilés: CD La Luz.

Avilés: CD Jardín de Cantos.

   
Programa global de concertación de plazas psicogeriátricas. Asturias. 10.000.000 10.000.000

Avilés: Hotel Residencia.

Gijón: Inst. Gerontológico Asturiano.

Castrillón/Arnao: Rozona Geriátrica.

Gijón: R. Jovellanos/Asturiana Gestión.

   
Acogimiento familiar. Asturias. 13.000.000 13.000.000
Programa de atención socio-asistencial enfermos de Alzheimer y otras demencias:    
Sama de Langreo: R. Sanatorio Adaro. 14.273.400 14.273.400
Proyecto global de estancias diurnas. 6.000.000 6.000.000

Gijón: R. San Nicolás.

Oviedo: R. Naranco.

   
Total. 93.451.600 93.451.600
Aplicación presupuestaria 19.04.313L.457    
Programas experimentales para atención enfermos de Alzheimer y otras demencias:    
Gijón: R. San Nicolás/Unidad de Demencias. 8.821.800 8.821.800
Total. 8.821.800 8.821.800
Aplicación presupuestaria 19.04.313L.750    
Proyectos inversiones:    
Llanes: Residencia. 68.173.900 68.173.900
Proyecto global adaptación centros:    
Pola de Lena: Centro de Día. 1.750.000 1.750.000
Luarca: Centro de Día. 1.750.000 1.750.000
Pumarín: Centro de Día. 12.500.000 12.500.000
Total. 84.173.900 84.173.900
Suma totales. 186.447.300 186.447.300

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