Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña para la realización de programas de atención a la primera infancia (cero-tres años), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del precitado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 17 de enero de 2000.‒La Secretaria general, María Dolores Cospedal García.
En Madrid, a 22 de diciembre de 1999.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Manuel Pimentel Siles, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 77/1999, de 18 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 16), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 12), sobre competencia para celebrar Convenios de Colaboración con las Comunidades Autónomas.
Y, de otra parte, la honorable señora doña Núria de Gispert i Català, Consejera de Justicia, nombrada por Decreto 9/1995, de 1 de febrero, publicado en fecha 1 de febrero de 1995 en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 2.006, en nombre y representación de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la autorización conferida.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y
MANIFIESTAN
Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña.
Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).
Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo 839/1996, de 10 de mayo; 1888/1996, de 2 de agosto, y 140/1997, de 31 de enero.
Que la Generalidad de Cataluña ostenta competencias en materia de asistencia social, de acuerdo con el artículo 9.25 de su Estatuto (Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre) y el Real Decreto de Transferencia 1949/1980, de 31 de julio.
Que, de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.
Que la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999 («Boletín Oficial del Estado» del día 31), incluye un crédito adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para Comunidades Autónomas, que aparece consignado con la clasificación 19.04.313O.454.00, para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral a través de la atención a la primera infancia, con una dotación de 2.100.000.000 de pesetas.
Que la Generalidad de Cataluña garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines.
Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar y/o mejorar los servicios existentes de atención a la primera infancia (cero-tres años).
Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios objetivos de distribución del crédito acordados con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 19 de febrero de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de marzo).
Que la Generalidad de Cataluña tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido en los artículos 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, y que se regirá con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña, para el desarrollo de los Programas destinados a crear y/o mejorar los servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años) que se especifican en el anexo de este Convenio.
La Generalidad de Cataluña pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.
Para sufragar los costes de los mencionados programas, la Generalidad de Cataluña se compromete a aportar la cantidad total de 472.685.012 pesetas, como participación en la financiación de los programas. Esta cantidad a que se obliga la Comunidad Autónoma puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o las Corporaciones Locales, estas últimas según los acuerdos con la Comunidad, de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.313O.454.00 para el ejercicio de 1999, aporta la cantidad de 336.510.675 pesetas como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a transferir a la Generalidad de Cataluña la cantidad prevista en la cláusula cuarta de este Convenio o la que reste por transferir en ese momento hasta dicha cantidad, si se hubiese efectuado la transferencia de alguna cantidad al amparo de lo previsto en el penúltimo párrafo del Acuerdo del Consejo de Ministros del día 19 de febrero de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de marzo).
La Comunidad Autónoma deberá:
A) Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de Colaboración.
B) Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.
C) Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados.
D) Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, de acuerdo con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre).
E) Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.
La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.
La Generalidad de Cataluña elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto, que entregará en los seis meses siguientes y que, al menos, recoja:
Fecha de puesta en marcha.
Información económica.
Actividades realizadas.
Recursos utilizados.
Sectores atendidos.
Resultados obtenidos.
Datos estadísticos.
Dificultades y propuestas.
Valoración del programa.
En el supuesto de que la Comunidad Autónoma no presente la citada Memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula siguiente.
Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos.
Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las Comunidades Autónomas firmantes de los Convenios.
El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será designado por la Directora general de Acción Social, del Menor y de la Familia, y el representante de la Generalidad de Cataluña, por el Director general de Atención a la Infancia.
Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario de la Dirección General de Acción Social, del Menor y de la Familia, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, designado por la Directora general.
En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales.
Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año desde la fecha de su firma.
El presente Convenio se extinguirá, igualmente, en caso de incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se hubieran destinado al/los programa/s previstos en él.
Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y, en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha antes indicados.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Manuel Pimentel Siles.‒La Consejera de Justicia (en nombre y representación, por delegación, de la Comunidad Autónoma), Núria de Gispert i Català.
Pesetas | |
---|---|
A) Servicios de titularidad de Corporaciones Locales (cero-tres años) | |
Barcelona: | |
1. Creación de una Escuela de Familia en Badia del Vallès: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 9.840.603 |
Aportación MTAS. | 8.000.000 |
2. Creación del Centro para la Infancia «La Casa de les tres Moreres», en Castellar del Vallès: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 4.750.000 |
Aportación MTAS. | 2.500.000 |
3. Creación de una ludoteca en Sant Feliu de Llobregat: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 6.550.000 |
Aportación MTAS. | 3.850.000 |
4. Ampliación de plazas en el Servicio de Atención a la Primera Infancia «L’hora dels petits», en Santa Margarida de Montbui: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.504.580 |
Aportación MTAS. | 2.500.000 |
5. Creación del «Espai de las familias», en Súria. | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local: | 465.000 |
Aportación MTAS. | 450.000 |
6. Creación del Servicio de Detección e Intervención con niños de cero a tres años en Súria: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 475.000 |
Aportación MTAS. | 400.000 |
7. Continuidad de la ampliación de plazas en el Servicio de Atención a la Primera Infancia «Mira com creix», de Prat de Llobregat, financiada de 1991 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 5.473.585 |
Aportación MTAS. | 4.400.000 |
8. Continuidad del Centro Materno-Infantil «Can Palmer», de Viladecans, financiado de 1992 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 10.030.976 |
Aportación MTAS. | 9.500.000 |
9. Continuidad de la ampliación de horario en el Centro Abierto de Atención a la Infancia de Badia del Vallès, financiada de 1994 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.259.035 |
Aportación MTAS. | 3.000.000 |
10. Continuidad del Centro para la Infancia «La Casa dels Arbres», de Hospitalet de Llobregat, financiado de 1994 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 10.152.946 |
Aportación MTAS. | 10.000.000 |
11. Continuidad del Centro Abierto de Atención a la Infancia «Hola Menuts», de Sant Vicenç dels Horts, financiado de 1994 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.667.640 |
Aportación MTAS. | 2.550.000 |
12. Continuidad de «La Casa Oberta», de Vilanova i la Geltrú, financiada de 1994 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 14.102.800 |
Aportación MTAS. | 4.000.000 |
13. Continuidad del Servicio de Atención a la Infancia «Juguem plegats», de Badalona, financiado de 1995 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 6.709.125 |
Aportación MTAS. | 3.290.875 |
14. Continuidad de «La Casa Petita», de Vilafranca del Penedès, financiada en 1995, 1997 y 1998: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.013.545 |
Aportación MTAS. | 2.800.000 |
15. Continuidad de la ampliación de plazas en el Servicio de Atención a la Primera Infancia de Badalona, financiado de 1996 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.773.874 |
Aportación MTAS. | 2.000.000 |
16. Continuidad del Centro Materno-Infantil «Ya somos madres», de Cornellà de Llobregat, financiado de 1996 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 1.335.000 |
Aportación MTAS. | 1.000.000 |
17. Continuidad del Servicio de Atención Materno-Infantil de Santa Coloma de Gramenet, financiado de 1996 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 10.266.790 |
Aportación MTAS. | 9.000.000 |
18. Continuidad del Servicio Escola de Familia de Terrassa, financiado de 1996 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 8.797.704 |
Aportación MTAS. | 7.000.000 |
19. Continuidad del «Proyecto Nadó», de formación de madres y padres en Vilanova i la Geltrú, financiado en 1997 y 1998: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 736.144 |
Aportación MTAS. | 700.000 |
20. Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela Infantil «Tambor», de Sant Feliu de Llobregat, financiado en 1998: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 186.102.941 |
Aportación MTAS. | 4.500.000 |
21. Continuidad del Servicio de Atención a la Infancia «Espacio Familiar Nadó», de Sant Feliu de Llobregat, financiado en 1998: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 3.335.200 |
Aportación MTAS. | 2.664.800 |
Girona: | |
22. Continuidad del Servicio Socio-Educativo para Familias con Menores de cero a cuatro años del Consejo Comarcal Baix Empordà, financiado de 1994 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 13.233.816 |
Aportación MTAS. | 9.500.000 |
Lleida: | |
23. Creación del Llar d’infants «L’ullet», en Corbins. | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.151.560 |
Aportación MTAS. | 1.500.000 |
24. Continuidad de la ampliación de plazas en el Programa de atención a la infancia en riesgo de 0-6 años «Atenem als petits», de Solsona, financiada de 1992 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 36.371.351 |
Aportación MTAS. | 2.700.000 |
25. Continuidad de la Escuela Infantil «Secà de Sant Pere», de Lleida, financiada de 1994 a 1998 ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 24.062.557 |
Aportación MTAS. | 14.000.000 |
26. Continuidad de la ampliación de plazas en el Servicio Materno-Infantil Municipal de Lleida, financiada de 1996 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 26.510.418 |
Aportación MTAS. | 4.000.000 |
27. Continuidad de la ampliación de horario en la Escuela Infantil de Els Alamús, financiada de 1996 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.555.000 |
Aportación MTAS. | 1.555.000 |
28. Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Escuela Infantil de Guissona, financiada de 1996 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 7.782.883 |
Aportación MTAS. | 3.000.000 |
29. Continuidad de la Escuela Infantil de Torrefarrera, financiada de 1996 a 1998, ambos inclusive: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 1.887.338 |
Aportación MTAS. | 1.500.000 |
30. Continuidad de la ampliación de plazas en el Centro de Atención a la Primera Infancia del Consell Comarcal Alt Urgell, financiado en 1998: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 17.537.724 |
Aportación MTAS. | 3.600.000 |
Tarragona: | |
31. Continuidad del Servicio para la Primera Infancia (barrios: Nucli Antic, Roses, St. Josep Obrer y Districte V), de Reus, financiado en 1997 y 1998: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 18.645.361 |
Aportación MTAS. | 7.500.000 |
32. Continuidad del Servicio de Atención a la Primera Infancia de Valls, financiado en 1997 y 1998: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 19.811.812 |
Aportación MTAS. | 2.700.000 |
33. Continuidad de la Guardería «Llar d’Infants Patufet», de Vilallonga del Camp, financiado en 1997 y 1998: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 2.460.000 |
Aportación MTAS. | 1.000.000 |
34. Continuidad del Centro para la Infancia «Creixem junts», en El Vendrell, financiado en 1998: | |
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local. | 5.332.704 |
Aportación MTAS. | 3.500.000 |
B) «Guarderías Infantiles Laborales» de titularidad de Corporaciones Locales o entidades sin ánimo de lucro | |
Barcelona: | |
1. Guardería Infantil Laboral «ACIS», de Barcelona: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 294.914 |
Aportación MTAS. | 4.136.555 |
2. Guardería Infantil Laboral «Joan XXIII», de Barcelona: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 422.530 |
Aportación MTAS. | 5.926.531 |
3. Guardería Infantil Laboral «La Pau», de Barcelona: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 253.228 |
Aportación MTAS. | 3.551.859 |
4. Guardería Infantil Laboral «Omicron», de Barcelona: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 421.826 |
Aportación MTAS. | 5.916.667 |
5. Guardería Infantil Laboral «Sant Rafael», de Barcelona: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 402.454 |
Aportación MTAS. | 5.644.937 |
6. Guardería Infantil Laboral «El Patufet», de Cerdanyola del Vallés: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 388.014 |
Aportación MTAS. | 5.442.406 |
7. Guardería Infantil Laboral «La Mainada», de Esplugues de Llobregat: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 288.778 |
Aportación MTAS. | 4.050.498 |
8. Guardería Infantil Laboral «Montserrat», de Esplugues de Llobregat: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 121.978 |
Aportación MTAS. | 1.710.906 |
9. Guardería Infantil Laboral «Barrufets», de La Garriga: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 313.066 |
Aportación MTAS. | 4.391.167 |
10. Guardería Infantil Laboral «Viladomiu Nou», de Gironella: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 206.829 |
Aportación MTAS. | 2.901.043 |
11. Guardería Infantil Laboral «Petits Infants», de Llinars del Vallés: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 183.885 |
Aportación MTAS. | 2.579.229 |
12. Guardería Infantil Laboral «Mossen Puntí», de Manlleu: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 291.617 |
Aportación MTAS. | 4.090.301 |
13. Guardería Infantil Laboral «Guillermo Oliveras», de Masies de Voltregà: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 261.156 |
Aportación MTAS. | 3.663.057 |
14. Guardería Infantil Laboral «Rita Terrades», de Masnou: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 189.742 |
Aportación MTAS. | 2.661.371 |
15. Guardería Infantil Laboral «Patronat de Mataró», de Mataró: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 1.785.028 |
Aportación MTAS. | 25.107.455 |
16. Guardería Infantil Laboral «Sant Vicenç de Paul», de Olesa de Montserrat: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 262.465 |
Aportación MTAS. | 3.681.405 |
17. Guardería Infantil Laboral «Santa María», de Olesa de Montserrat: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 210.992 |
Aportación MTAS: | 2.959.441 |
18. Guardería Infantil Laboral «Prat de Lluçanès», de Prats de Lluçanès. | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 225.131 |
Aportación MTAS. | 3.157.747 |
19. Guardería Infantil Laboral «Can Puigjaner», de Sabadell: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 320.329 |
Aportación MTAS. | 4.493.029 |
20. Guardería Infantil Laboral «Ntra. Sra. del Pilar», de Sabadell: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 377.324 |
Aportación MTAS. | 5.292.461 |
21. Guardería Infantil Laboral «Jahibe», de Sant Adrià de Besós: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 252.805 |
Aportación MTAS. | 3.545.919 |
22. Guardería Infantil Laboral «Ntra. Sra. Carme», de Sant Andreu de la Barca: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 588.158 |
Aportación MTAS. | 8.249.690 |
23. Guardería Infantil Laboral «Bressol Jardí d’infants», de Sant Feliu de Codines: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 310.812 |
Aportación MTAS. | 4.359.545 |
24. Guardería Infantil Laboral Municipal de Sant Feliu de Llobregat: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 815.638 |
Aportación MTAS. | 11.440.377 |
25. Guardería Infantil Laboral «Colegi Paidos», de Sant Fruitós de Bages: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 549.875 |
Aportación MTAS. | 7.712.717 |
26. Guardería Infantil Laboral «Sant Llorenç Savall», de Sant Llorenç Savall: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 86.758 |
Aportación MTAS. | 1.216.889 |
27. Guardería Infantil Laboral «El Niu», de Sant Vicenç de Castellet: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 205.908 |
Aportación MTAS. | 2.888.131 |
28. Guardería Infantil Laboral «Nazaret», de Santa Coloma de Gramanet: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 419.374 |
Aportación MTAS. | 5.882.269 |
29. Guardería Infantil Laboral «Sant Francesc», de Santa Coloma de Gramanet: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 289.490 |
Aportación MTAS. | 4.060.478 |
30. Guardería Infantil Laboral «Sant Miquel», de Santa Coloma de Gramanet: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 163.009 |
Aportación MTAS. | 2.286.412 |
31. Guardería Infantil Laboral «Santa Rosa», de Santa Coloma de Gramanet: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 387.644 |
Aportación MTAS. | 5.437.213 |
32. Guardería Infantil Laboral «Vedruna», de Vic: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 453.841 |
Aportación MTAS. | 6.365.722 |
Girona: | |
33. Guardería Infantil Laboral del Ajuntament de Figueres: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 328.861 |
Aportación MTAS. | 4.612.704 |
34. Guardería Infantil Laboral «La Miraculosa», de Santa Coloma de Farnérs: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 797.014 |
Aportación MTAS. | 11.179.148 |
Lleida: | |
35. Guardería Infantil Laboral Parroquial d’Alfarràs de Alfarràs: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 241.881 |
Aportación MTAS. | 3.392.699 |
36. Guardería Infantil Laboral «Sant Crist», de Balaguer: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 527.982 |
Aportación MTAS. | 7.405.626 |
37. Guardería Infantil Laboral «Verge de les Sogues», de Bellvis: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 95.256 |
Aportación MTAS. | 1.247.737 |
38. Guardería Infantil Laboral «Cipa», de Linyola: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 156.411 |
Aportación MTAS. | 2.193.865 |
39. Guardería Infantil Laboral «Sant Jaume», de Lleida: | |
Aportación Comunidad Autónoma. | 107.997 |
Aportación MTAS. | 1.514.794 |
Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales. | 486.685.012 |
Total aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. | 336.510.675 |
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