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Documento BOE-A-2000-521

Resolución de 13 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Instituto Social de la Marina.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 11 de enero de 2000, páginas 1092 a 1092 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-521

TEXTO ORIGINAL

Suscrito con fecha 24 de noviembre de 1999 el Convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Instituto Social de la Marina, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 13 de diciembre de 1999.–La Secretaria general técnica, María Dolores Cospedal García.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de las Illes Balears y el Instituto Social de la Marina Palma, 24 de noviembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el honorable Consejero de Educación y Cultura, don Damià Pons i Pons, y de la otra, el ilustrísimo señor don Rafael Mateos Carrasco, Director general del Instituto Social de la Marina.

MANIFIESTAN

Que la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece, en el capítulo IV bajo el epígrafe «de la Formación Profesional», artículo 34.4: «Los estudios profesionales regulados en la presente Ley podrán realizarse en los centros ordinarios y en los centros docentes específicos, siempre que reúnan los requisitos mínimos que se establecen, y que se refieran a titulación académica del profesorado, relación numérica alumno-Profesor e instalaciones docentes.

Que en el vigente programa nacional de formación profesional (1998-2002) es un objetivo básico profesionalizar para la inserción a través de la colaboración empresa-escuela. Asimismo, se prevé que se establezcan Acuerdos o Convenios de colaboración entre las Administraciones educativas y laborales y las asociaciones empresariales, sindicales, empresas, corporaciones, instituciones y otros organismos.

Que la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de las Illes Balears está interesada en desarrollar la colaboración a que se hace referencia en los párrafos anteriores para impulsar determinados ciclos formativos y adecuarlos en cuanto al funcionamiento, mediante la utilización de instalaciones propias de entornos profesionales.

Que el Instituto Social de la Marina, a través de la Escuela de Formación Profesional Nautico-pesquera ubicada en Palma, tiene la voluntad de colaborar en la formación profesional específica del sector marítimo pesquero.

Que ambas partes se reconocen mutua capacidad para actuar, y acuerdan formalizar el presente Convenio de conformidad con las siguientes

Cláusulas

Primera.

El objeto de este Convenio es establecer los términos de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de las Illes Balears y el Instituto Social de la Marina, con carácter experimental, a fin de poder desarrollar el ciclo de grado medio de formación profesional: «Operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque», y el ciclo de grado superior de formación profesional «Navegación, pesca y transporte marítimo», ambos de la familia profesional de actividades marítimo-pesqueras, autorizados en el Instituto de Educación Secundaria «Son Ferrer», de Calvià, y que se impartirán en la Escuela de Formación Profesional Nautico-pesquera del Instituto Social de la Marina, en Palma, a partir del curso 1999-2000.

Segunda.

Podrá realizar las actividades objeto de este Convenio de colaboración el alumnado matriculado en el Instituto de Educación Secundaria «Son Ferrer», de Calvià en los ciclos formativos de «Operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque» o «Navegación, pesca y transporte marítimo», según las necesidades del currículum vigente.

Tercera.

El alumnado de ambos ciclos realizará sus estudios en la Escuela de Formación Profesional Nautico-pesquera de Palma.

Cuarta.

Las enseñanzas de estos ciclos tendrán, a efectos exclusivamente docentes, dependencia del Instituto de Educación Secundaria «Son Ferrer» y se impartirán en las instalaciones de la Escuela de Formación Profesional Nauticopesquera del Instituto Social de la Marina de Palma durante los cursos escolares 1999-2000 y 2000-2001.

Quinta.

El Instituto Social de la Marina se compromete a aportar:

a) El profesorado necesario para impartir los módulos profesionales de los ciclos formativos citados que se adecuen a las especialidades de que actualmente dispone.

b) Los espacios necesarios para la realización de los diferentes módulos de los ciclos formativos en cuestión.

c) El equipamiento y utensilios necesarios para el desarrollo de los contenidos de los currículos.

Sexta.

La Consejería de Educación y Cultura se compromete a:

a) Aportar el profesorado que falte para impartir diferentes módulos profesionales de los ciclos formativos citados (anexo I).

b) Hacer buen uso de los equipamientos y materiales puestos a disposición de los ciclos formativos citados.

c) Hacerse cargo de los gastos de funcionamiento de los dos ciclos a través del Instituto de Educación Secundaria «Son Ferrer».

Séptima.

A los efectos de la organización y desarrollo de los ciclos formativos anteriormente citados, la Escuela de Formación Profesional Nautico-pesquera de Palma tendrá la consideración de un centro dependiente de la Consejería de Educación y Cultura.

Octava.

Se establecerán mecanismos periódicos de coordinación entre los equipos directivos del Instituto de Educación Secundaria «Son Ferrer» y de la Escuela de Formación Profesional Nautico-pesquera, así como de coordinación pedagógica entre el equipo de Profesores de ambos ciclos formativos y el Instituto de Educación Secundaria «Son Ferrer», tales como la participación en la Comisión de Coordinación Pedagógica.

Novena.

Se creará una Comisión de Seguimiento de este Convenio para evaluar su desarrollo y la conveniencia o no de su continuidad, y para resolver las dudas y adoptar las decisiones necesarias para su cumplimiento. La citada Comisión estará integrada por:

El Director general de Formación Profesonal e Inspección Educativa. El Jefe de Servicio de Oferta Educativa e Infraestructuras.

El Director del Instituto de Educación Secundaria «Son Ferrer», de Calvià, que actuará de Secretario.

El Director provincial del Instituto Social de la Marina.

Un asesor de la Dirección Provincial.

El Director de la Escuela de Formación Profesional Nautico-pesquera.

Décima.

La vigencia de este Convenio finaliza el día 30 de septiembre del año 2001, pero se entenderá expresamente prorrogado si ninguna de las dos partes notifica expresamente a la otra la intención de dar por acabada la colaboración, con una antelación mínima de tres meses a la fecha de finalización del Convenio.

Y para que así conste, y a los efectos oportunos, firman el presente documento, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en la cabecera.–El Consejero de Educación y Cultura.–El Director general del Instituto Social de la Marina.

ANEXO I
Relación de los módulos profesionales con aportación del profesorado de la Consejería de Educación y Cultura
Ciclo formativo Módulo profesional  
Operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque. Primer curso: Lengua extranjera (inglés).
Cuatro horas.
Profesor de Secundaria.
Navegación, pesca y transporte marítimo. Primer curso: Lengua extranjera (inglés). Tres horas. Profesor de Secundaria.
  Primer curso: Pesca marítima y biología de las especies de interés comercial. Ocho horas. Profesor de Secundaria.

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