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Documento BOE-A-2000-535

Resolución de 25 de noviembre de 1999, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), por la que se dispone la publicación del Convenio de Colaboración entre el INIA y el Gobierno Balear, para el desarrollo de los Proyectos de Investigación correspondientes al Programa Sectorial de I+D Agrario y Alimentario del MAPA y al Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 11 de enero de 2000, páginas 1120 a 1121 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2000-535

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" del Convenio suscrito el 18 de octubre de

1999, entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria

y Alimentaria (INIA) y el Gobierno Balear, en aplicación de la Ley 13/1986,

de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica

y Técnica, la Orden de 23 de abril de 1993, del Ministerio de Agricultura,

Pesca y Alimentación, por la que se crea el Programa de Conservación

y utilización de Recursos Fitogenéticos, y la Orden de 29 de junio de 1995,

por la que se establecen los objetivos, directrices y normas generales del

Programa Sectorial de I+D Agrario y Alimentario del Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación, para el cuatrienio 1996-1999.

Madrid, 25 de noviembre de 1999.-El Presidente, Francisco José Simón

Vila.

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE

INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA (INIA),

ORGANISMO AUTÓNOMO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA,

PESCA Y ALIMENTACIÓN, Y EL GOBIERNO BALEAR, PARA EL

DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTES

AL PROGRAMA SECTORIAL DE I+D AGRARIO Y ALIMENTARIO DEL

MAPA Y AL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN DE

RECURSOS FITOGENÉTICOS

En Madrid, a 18 de octubre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el honorable señor don Joan Mayol i Serra, Consejero

de Economía, Agricultura, Comercio e Industria del Gobierno Balear, en

su nombre y representación, en virtud del artículo 26 de la Ley 5/1984,

de 24 de octubre, Ley de Régimen Jurídico de la Administración de la

Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

De otra parte, el ilustrísimo señor don Francisco José Simón Vila,

Presidente del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y

Alimentaria (en lo sucesivo INIA), en virtud del Real Decreto 1070/1998,

de 29 de mayo, facultado para la firma según lo dispuesto en el

artícuo 6, en relación con la disposición adicional decimotercera de la ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ambas partes se reconocen capacidad suficiente y

EXPONEN

Uno.-Que con fecha 30 de julio del ejercicio de 1996, y con una vigencia

de cuatro años, fue establecido un Convenio Marco de Colaboración cuyo

objeto lo constituye el desarrollo, por el Gobierno Balear, de los proyectos

y acciones de investigación que, correspondiendo a su ámbito territorial,

resulten aprobados en el marco del Programa Sectorial de I+D Agrario

y Alimentario del MAPA y en el del Programa de Conservación y Utilización

de Recursos Fitogenéticos, así como cualesquiera otros que pudieran

derivarse de la ejecución de convenios, contratos o acuerdos establecidos o

que puedan establecerse con organismos nacionales y/o internacionales

o con entidades y personas físicas y/o jurídicas nacionales o extranjeras.

Dos.-Que la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria, en su

reunión de 1 de diciembre de 1998, ratificó los criterios objetivos y la

propuesta de distribución de fondos presentada.

Tres.-Que la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural,

en su reunión de 8 de marzo del presente ejercicio de 1999, acordó la

distribución de compromisos financieros propuesta por el INIA, Acuerdo

que fue aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 18 de

marzo de 1999.

Cuatro.-Que por la Presidencia del INIA han sido dictadas Resoluciones

por las que se aprueban las asignaciones económicas a los proyectos que

se incluyen como anexo al presente Convenio, cuyo desarrollo corresponde

al Gobierno Balear.

De acuerdo con lo que antecede, las partes suscriben el presente

Convenio específico de colaboración con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El objeto del presente Convenio específico de

colaboración lo constituye la ejecución, en el ámbito de la Comunidad

Autónoma de las Illes Balears, de los Proyectos y Acciones de Investigación

que se incluyen como anexo único.

Segunda. Aportación de las partes.

1. Corresponde al Gobierno Balear el desarrollo de los proyectos y

acciones de investigación que, siendo de su ámbito territorial, resulten

aprobados en el marco del Programa Sectorial de I+D Agrario y Alimentario

del MAPA y en el del Programa de Conservación y Utilización de Recursos

Fitogenéticos.

2. El INIA, con cargo a las partidas presupuestarias 21-209-542J-620

y 21-209-542J-640, según corresponda, transferirá al Gobierno Balear un

importe total de 2.677.000 pesetas, equivalentes a 16.089,09 euros, de

acuerdo con el detalle que figura en el anexo único, ya mencionado, al presente

Convenio de colaboración.

Tercera. Forma de pago.-Los pagos derivados del presente Convenio

de colaboración, correspondientes al importe total a que se refiere la

Cláusula Segunda, se realizarán en la siguiente forma:

70 por 100 a la firma del presente Convenio, porcentaje en el que

se incluirá el 50 por 100 de las asignaciones para la contratación de

personal investigador, que se realizará dentro del marco legalmente

establecido, y el 100 por 100 de las asignaciones para la adquisición de equipo

científico y viajes al extranjero que se realicen por parte de la Comunidad

Autónoma y que se detallan en las Resoluciones de la Presidencia del

INIA, ya citadas. Todo ello, con sujeción a la normativa en vigor para

cada tipo de gasto.

30 por 100 restante, entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre, una

vez que el Gobierno Balear haya certificado que todos y cada uno de

los proyectos se encuentran en ejecución y se desarrollan según lo previsto

en sus respectivos protocolos.

Cuarta. Información.-Finalizado el ejercicio económico, el Gobierno

Balear remitirá al INIA el informe anual de seguimiento de todos y cada

uno de los proyectos, de acuerdo con el modelo establecido a tal efecto.

El informe final correspondiente a los proyectos terminados en el

ejercicio de 1999 será remitido al INIA antes del 30 de junio del año 2000.

Quinta. Duración del Convenio.-El presente Convenio tendrá efectos

desde el momento de su firma y hasta el día 31 de diciembre de 1999.

Sexta. Régimen jurídico y resolución de conflictos.-Las cuestiones

litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación y el cumplimiento del

presente convenio específico serán de conocimiento y competencia de la

jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con el artículo

8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

en relación con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad firman el presente documento, por

duplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

El Consejero de Economía, Agricultura, Comercio e Industria del

Gobierno Balear, Joan Mayol i Serra.-El Presidente del Instituto Nacional

de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Francisco José Simón

Vila.

ANEXO

Relación de proyectos de investigación del Programa Sectorial de I+D Agrario y Alimentario del MAPA

Comunidad Autónoma de Baleares

(Miles de pesetas)

Número proyecto Título Asignación 99

SC98-016-C2-2 Diseño de control integrado de la mosca mediterránea de la fruta (Ceratitis Capitata Wied) mediante nuevas tecnologías

no contaminantes compatibles con una agricultura sostenible en Baleares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.677

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.677

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