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Documento BOE-A-2000-564

Resolución de 27 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se convocan 18 plazas de Auxiliares de Conversación de Lengua Española en centros de enseñanza primaria y secundaria de los Estados Unidos.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2000, páginas 1194 a 1197 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-564

TEXTO ORIGINAL

La creciente extensión del fenómeno multilingüe y la

circunstancia de que el español sea la segunda lengua en importancia

en varios Estados de los Estados Unidos han favorecido que las

autoridades educativas norteamericanas prestasen una atención

especial a la enseñanza de nuestro idioma.

Resultado de estas circunstancias han sido los memoranda

suscritos o, en su caso, renovados a lo largo de los últimos años

con diversos Estados y distritos del citado país que se plasman

en un programa para el envío de Auxiliares de Conversación de

Lengua Española a centros de enseñanza primaria y secundaria

(High-School) enlos Estados Unidos.

Para dar cumplimiento a lo anterior, esta Secretaría General

Técnica acuerda aprobar las bases que han de regular el

procedimiento de selección de 18 candidatos la actualización que

requiera las nuevas necesidades educativas detectadas al cierre

de su planificación escolar del curso 2000/2001.

La presente Resolución constituye el acuerdo de iniciación de

oficio de dicho procedimiento a los efectos previstos en la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Con base en lo anterior se comunica a los interesados que

el plazo máximo para resolver este procedimiento, cuyo objeto

se ha indicado anteriormente, es de seis meses, contados éstos

a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación

de solicitudes. En el mismo plazo se procederá a notificar la

resolución recaída mediante la publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" de la relación de candidatos seleccionados. Si transcurrido

dicho plazo no se hubiera producido la resolución correspondiente,

los interesados podrán entender desestimada su pretensión, de

acuerdo con lo previsto en el artículo 44 de la mencionada Ley,

pudiendo presentar recurso de alzada en el plazo máximo de tres

meses contados a partir de dicha fecha, de acuerdo con lo previsto

en los artículos 114 y 115 de la mencionada Ley.

Los interesados podrán obtener información sobre el estado

de tramitación de este procedimiento por los medios que se indican

en la base II de esta convocatoria.

La selección de los candidatos se efecturá de acuerdo con las

siguientes normas:

I. Requisitos de los candidatos

Podrán formular solicitud quienes tengan la nacionalidad

española, no hayan disfrutado anteriormente de una estancia como

Auxiliares de Conversación en países del mismo idioma del que

solicita, y acrediten alguna de las siguientes titulaciones o estudios:

a) Titulación de Licenciado en Filología Inglesa; o Licenciado

en Traducción e Interpretación. Primera Lengua Extranjera: Inglés.

b) Titulación de Maestro, especialidad Lengua Extranjera:

Inglés.

Teniendo en cuenta que la asignación económica que

percibirán los Auxiliares seleccionados no constituye un salario, sino

que tiene como único objeto ayudar a la manutención de los

mismos y colaborar a sufragar los gastos derivados de residir en un

lugar distinto del propio, es requisito para participar en esta

convocatoria tener la residencia habitual en país distinto al solicitado.

Se advierte que las autoridades educativas norteamericanas

no aceptan candidatos mayores de veinticinco años.

II. Requisitos de las solicitudes

1. Con independencia del número de que se participe también

en la convocatoria de Auxiliares de Conversación en países de

Europa, el interesado lo hará constar en la misma solicitud, de

la que presentará tres ejemplares, en la que incluirá los Estados

Unidos junto con los países de Europa que correspondan. Dichas

solicitudes se facilitarán gratuitamente en la Sección de

Információn, Iniciativas y Reclamaciones del Ministerio de Educación y

Cultura, calle de Alcalá, 36, 28071 Madrid, en las Direcciones

Provinciales del Ministerio de Educación y Cultura y Servicios de

Alta Inspección de Educación en las Comunidades Autónomas

con competencias plenas en materia educativa.

2. A la solicitud, debidamente cumplimentada y firmada, se

acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Tres fotografías tamaño carné.

c) Certificado médico oficial (original y fotocopia) que acredite

que el interesado posee la capacidad funcional que se requiere

para desempeñar la actividad a realizar.

d) Certificación académica de estudios (original o fotocopia

compulsada de la misma), en la que consten las calificaciones

obtenidas en cada asignatura, con especificación expresa de que

el titular de la certificación tiene aprobadas todas las asignaturas

del plan de estudios de la titulación exigida y está en condiciones

de obtener el título de licenciado o maestro.

e) Escrito redactado por el interesado en lengua inglesa

explicando los motivos que le inducen a solicitar esta estancia.

f) Sólo para funcionarios públicos: Compromiso de solicitud

de servicios especiales [artículo 29, ap. 2.a) de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública],

caso de ser seleccionado como Auxiliar de Conversación.

g) Documentación acreditativa de los méritos que considere

oportuno alegar, numerándolos, todos los documentos que aporta

para justificar los méritos que alega.

III. Forma y plazo de presentación de instancias

Las solicitudes deberán presentarse en alguno de los siguientes

lugares:

Registro General del Ministerio de Educación y Cultura, calle

de Los Madrazo, 17; Registro Auxiliar del MEC en el paseo del

Prado, 28, 28071 Madrid, o en las Direcciones Provinciales del

Ministerio de Educación y Cultura y servicios de la Alta Inspección

de Educación en las Comunidades Autónomas con competencias

plenas en materia educativa.

Igualmente, podrán presentarse en cualquiera de las

dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. En el caso de que los candidatos optaran

por presentar su solicitud en una oficina de Correos, podrán

hacerlo en las Jefaturas Provinciales, Administraciones Postales,

Oficinas Técnicas y Oficiales Auxiliares de tipo "A", y lo harán en

sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el

funcionario antes de ser certificada.

Cualquier información sobre esta convocatoria podrá obtenerla

en los mismos lugares indicados en el párrafo primero de esta

base, o en el Servicio de Información del Ministerio de Educación

y Cultura: http://www.mec.es

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación

completa es de treinta días naturales, contados a partir del día

siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

La información sobre el estado de tramitación del

procedimiento puede obtenerse en el Servicio de Información y Asuntos

Generales del Ministerio de Educación y Cultura (Alcalá, 36, 28071

Madrid; http://www.mec.es), así como en la Subdirección General

de Cooperación Internacional (paseo del Prado, 28, segunda

planta), teléfonos: 91 506 55 94, 91 506 55 87 y 91 506 55 88.

IV. Admisión de candidatos

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes

mencionado en la base anterior y antes de someter las propuestas de

selección de candidatos al órgano competente, se hará pública

en el "Boletín Oficial del Estado" la relación de candidatos

excluidos de la participación y las causas que lo motivan, así como

el plazo de subsanación.

V. Selección

1. Los expedientes de los candidatos serán evaluados por una

Comisión de Valoración integrada por cinco funcionarios de

carrera con destino en el Ministerio de Educación y Cultura, designados

por el ilustrísimo señor Subdirector general de Cooperación

Internacional. Dicha Comisión evaluadora podrá recabar, en cualquier

momento, la colaboración de expertos en las diferentes

especialidades.

La evaluación de los méritos alegados y acreditados

documentalmente por los candidatos se realizará de acuerdo con lo señalado

en el baremo anexo a la presente convocatoria.

Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados y justificados

debidamente, mediante originales o fotocopias compulsadas,

presentados dentro del plazo al que se refiere el apartado III de la

convocatoria.

2. Las propuestas de selección de los candidatos, baremados

en la forma arriba indicada, se realizará por la Subdirección

General de Cooperación Internacional, siguiendo el orden de

puntuación.

VI. Resolución de la convocatoria y nombramiento

1. Los resultados del proceso de selección se publicarán en

el "Boletín Oficial del Estado" con especificación de la relación

nominativa completa de los candidatos seleccionados y la de los

que quedan en la lista de espera. Simultáneamente se pondrá

a disposición de los interesados dicha información a través de

la siguiente dirección de Internet: http://www.mec.es

2. No obstante, la posibilidad de distrutar de la estancia como

Auxiliar de Conservación en el país solicitado queda supeditada

a la confirmación definitiva del país receptor, que se materializa

en la correspondiente credencial o nombramiento, expedido por

las autoridades de los terceros países. Las citadas autoridades

comunicarán directamente a los candidatos que resulten

seleccionados de forma definitiva los centros en los que ejercerán sus

funciones.

VII. Aceptaciones y renuncias

1. Tras recibir la comunicación antes indicada, con indicación

del centro docente, los interesados comunicarán su aceptación

a la autoridad del país en el que disfrutarán de su estancia. La

no aceptación del centro por parte del interesado no obliga a

las autoridades citadas a ofrecerle otro diferente.

2. Igualmente, en el caso de imposible aceptación del centro

adjudicado por parte del candidato definitivamente seleccionado,

éste deberá remitir con la máxima urgencia su escrito de renuncia,

a fin de evitar las consiguientes perturbaciones al centro que se

le había adjudicado; el hecho de que el interesado omita esta

comunicación será tenido en cuenta, de forma negativa, en

próximas convocatorias.

El escrito de renuncia se remitirá a través de la Consejería

de Educación en los Estados Unidos, 2375 Pennsylvania Av. N. W.,

Washington D. C. 20037.

Transcurrido un mes desde la publicación de la lista de

seleccionados en el "Boletín Oficial del Estado", no se aceptará renuncia

alguna, salvo casos excepcionales acreditados documentalmente.

En todo caso, una copia de este escrito de renuncia se enviará

a la Subdirección General de Cooperación Internacional, paseo

del Prado, 28, 28014 Madrid.

VIII. Régimen

1. Los Auxiliares de Conversación de Lengua Española serán

adscritos por las autoridades norteamericanas a un centro de

enseñanza primaria o secundaria y ejercer sus funciones como

ayudantes de prácticas de conversación, bajo la dirección del profesor

titular, durante dieciséis a veinte horas semanales (lectura,

dictado, comprensión oral, composición oral y asistir en el uso del

laboratorio de idiomas). El curso académico 2000-2001

comprende desde el 15 de octubre de 2000 hasta el 30 de junio de 2001.

No obstante, los Auxiliares de Conversación han de trasladarse

a los Estados Unidos el 1 de octubre para participar en un cursillo

orientativo que tendrá lugar durante la primera semana del citado

mes. Deberán mostrarse dispuestos, en su centro de destino, a

participar en las actividades culturales de éste.

2. Los Auxiliares de Conversación percibirán, con cargo a

la aplicación presupuestaria 18.02.134B.481 de los Presupuestos

Generales del Estado, la suma de, al menos, 750 dólares

mensuales durante el curso académico, a contar desde el comienzo

de éste. Igualmente, las autoridades educativas españolas

asumirán los costes que asegure la correcta cobertura de los riesgos

médicos sanitarios con cargo a la aplicación presupuestaria

18.102.134A, capítulo 2 de los Presupuestos Generales del

Estado. El alojamiento, facilitado por las autoridades competentes

norteamericanas, será gratuito en familias o en apartamentos y, en

todo caso, con derecho a una habitación individual. En ambos

casos, los candidatos deben de tener muy en cuenta que ello

requiere un esfuerzo personal por su parte para adaptarse al modo de

vida y costumbres del país de acogida.

Los gastos de desplazamiento correrán a cargo de los

candidatos seleccionados.

3. Los candidatos definitivamente seleccionados que sean

funcionarios públicos deberán de gestionar individualmente su

petición del pase a servicios especiales ante el órgano de gestión

de personal correspondiente, que emitirá la resolución que

proceda.

IX. Retirada de la documentación

Transcurrido un mes desde la publicación de la resolución de

la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", la documentación

presentada por los candidatos no seleccionados como titulares

o como reservas podrá retirarse de la Subdirección General de

Cooperación Internacional, paseo del Prado, 28, segunda planta,

28071 Madrid, hasta el 30 de noviembre de 2000, directamente

por los interesados o por persona autorizada. En el mismo plazo

podrán, asimismo, solicitar su devolución por correo; la

Subdirección General de Cooperación Internacional procederá a su

devolución a los candidatos mencionados que no la hayan retirado.

Contra la presente Resolución, los interesados podrán

interponer recurso de alzada ante la ilustrísima señora Subsecretaria

del Ministerio de Educación y Cultura en el plazo de un mes,

contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente

Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", tal y como se

determina en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Madrid, 27 de diciembre de 1999.-El Secretario general

Técnico, Tomás González Cueto.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Cooperación Internacional.

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