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Documento BOE-A-2000-565

Resolución de 27 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se convocan plazas de Auxiliares de Conversación de Lengua Española en centros de grado medio en Austria, Bélgica, Francia, Irlanda, Italia, Reino Unido y República Federal de Alemania.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2000, páginas 1198 a 1201 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-2000-565

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de los Convenios Bilaterales de Cooperación

Cultural, Científica y Técnica entre España y Austria, Bélgica, Francia,

Irlanda, Italia, República Federal de Alemania y Reino Unido se

viene realizando un intercambio de Auxiliares de Conversación

con destino en centros docentes de grado medio de los países

mencionados.

La finalidad que persigue este programa de intercambio es,

por una parte, que los Auxiliares de Conversación, a la vez que

enseñan su lengua de origen, puedan perfeccionar el conocimiento

del idioma de su país de destino y, por otra, la de poner a

disposición de los centros los Auxiliares de los otros países con objeto

de promocionar el conocimiento de sus respectivos idiomas.

Por ello, y recíprocamente, en virtud de los mismos Convenios,

el Ministerio de Educación y Cultura acogerá a otros tantos

Auxiliares de Conversación de Lengua Extranjera de los países

anteriormente indicados, seleccionados por las autoridades educativas

de dichos países, que percibirán una asignación mensual en

concepto de ayuda para su manutención en España, con cargo a la

aplicación 18.02.134.A.480 de los Presupuestos Generales del

Estado, no menor a 95.000 pesetas, desde el 1 de octubre de

2000 hasta el 31 de mayo de 2001.

Para dar cumplimiento a lo anterior, esta Secretaría General

Técnica acuerda aprobar las bases que han de regular el

procedimiento de selección de los candidatos españoles a Auxiliares

de Conversación que participarán durante el curso 2000-2001

en el mencionado programa de intercambio, para los países y

distribución que en la base I se detalla.

La presente Resolución constituye el acuerdo de iniciación de

oficio de dicho procedimiento a los efectos previstos en la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Con base en lo anterior se comunica a los interesados que

el plazo máximo para resolver este procedimiento, cuyo objeto

se ha indicado anteriormente, es de seis meses, contados éstos

a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación

de solicitudes. En el mismo plazo, se procederá a notificar la

resolución recaída mediante la publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" de la relación de candidatos seleccionados.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera producido la

resolución correspondiente, los interesados podrán entender

desestimada su pretensión, de acuerdo con lo previsto en el

artículo 44 de la mencionada Ley, pudiendo presentar recurso de alzada

en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de dicha

fecha, de acuerdo con lo previsto en los artículos 114 y 115 de

la mencionada Ley.

Los interesados podrán obtener información sobre el estado

de tramitación de este procedimiento por los medios que se indican

en la base III de esta convocatoria.

Bases de la convocatoria

I. Países y número de puestos

Austria: Cuatro Auxiliares.

Bélgica: Cinco Auxiliares.

Francia: Doscientos seis Auxiliares en Francia, cuatro en

Antillas-Guayana y una en la Isla de Reunión.

Irlanda: Cinco Auxiliares.

Italia: Diez Auxiliares.

República Federal de Alemania: 23 Auxiliares.

Reino Unido: Doscientos Auxiliares.

El número de plazas puede sufrir modificaciones, si así lo

deciden los países respectivos, según la actualización que requiera

las nuevas necesidades educativas detectadas por los mismos al

cierre de su planificación escolar del curso 2000-2001.

La selección de los candidatos españoles se efectuará de

acuerdo con las siguientes normas:

II. Requisitos de los candidatos

Podrán formular solicitud quienes tengan la nacionalidad

española, no hayan disfrutado anteriormente de una estancia como

Auxiliares de Conversación en países del mismo idioma del que

se solicita, y acrediten alguna de las siguientes titulaciones o

estudios:

1. a) Ser Licenciado en las Facultades de Filología, en la

especialidad de Filología Alemana, Francesa, Inglesa o Italiana,

de acuerdo con la lengua del país solicitado; o Licenciado en

Traducción e Interpretación, cuya primera lengua extranjera sea la

correspondiente al país solicitado.

b) Ser estudiante de último curso de carrera en las Facultades

de Filología, en la especialidad de Filología Alemana, Francesa,

Inglesa o Italiana, de acuerdo con la lengua del país solicitado;

o de último curso de carrera de Traducción e Interpretación, en

las condiciones indicadas en el apartado a).

c) Titulación de Maestro, especialidad de Lengua Extranjera:

Francés, inglés o alemán, de acuerdo con la lengua del país

solicitado.

d) Ser estudiante de tercer curso de las Facultades de

Educación, Escuelas Universitarias de Magisterio, Escuelas de

Formación del Profesorado o cualquier tipo de centro donde se

impartan estudios de Maestro, en el área de Lenguas Extranjeras:

Francés, inglés o alemán, de acuerdo con la lengua del país solicitado.

2. Exclusivamente para Francia y Bélgica (comunidad

francófona), y en ausencia de candidatos que reúnan los requisitos

previstos en los apartados 1.a), b), c) y d) anteriores, también

podrán concurrir, de manera excepcional, los que posean alguna

de las titulaciones siguientes:

a) Titulación de Licenciado en Traducción e Interpretación.

Segunda lengua extranjera: Francés.

b) Titulación de Licenciado en Filología Hispánica y estar en

posesión de certificado de aptitud (ciclo superior) de Francés de

la Escuela Oficial de Idiomas.

Teniendo en cuenta que la asignación económica que

percibirán los Auxiliares seleccionados no constituye un salario, sino

que tiene como único objeto ayudar a la manutención de los

mismos y colaborar a sufragar los gastos derivados de residir en

un lugar distinto del propio, es requisito para participar en esta

convocatoria tener la residencia habitual en país distinto al

solicitado.

Se advierte que las autoridades educativas de los países

indicados en la base I, no aceptan candidatos mayores de treinta

años.

III. Requisitos de las solicitudes

1. Con independencia del número de países a los que se opte

e incluso si participa también en la convocatoria de los Estados

Unidos, el interesado lo hará constar en la misma solicitud, de

la que presentará tres ejemplares, que se facilitarán gratuitamente

en la Sección de Información, Iniciativas y Reclamaciones del

Ministerio de Educación y Cultura (calle de Alcalá, 36,

28071 Madrid), en las Direcciones Provinciales del Ministerio de

Educación y Cultura y Servicios de Alta Inspección de Educación

en las Comunidades Autónomas con competencias plenas en

materia educativa.

2. A la solicitud, debidamente cumplimentada y firmada, se

acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Tres fotografías tamaño carné.

c) Certificado médico oficial (original y fotocopia) que acredite

que el interesado posee la capacidad funcional que se requiere

para desempeñar la actividad a realizar.

d) Certificación académica de estudios (original o fotocopia

compulsada de la misma) en la que consten las calificaciones

obtenidas en cada asignatura, con especificación expresa de que el

titular de la certificación tiene aprobadas todas las asignaturas

del plan de estudios de la titulación exigida y está en condiciones

de obtener el título de Licenciado o Maestro o, de no ser así,

que el curso en el que está matriculado es el último del plan

de estudios correspondiente a alguna de las titulaciones exigidas.

e) Escrito redactado por el interesado en la lengua del país

que corresponda explicando los motivos que le inducen a solicitar

esta estancia.

f) Sólo para funcionarios públicos: Compromiso de solicitud

de servicios especiales [artículo 29, ap. 2.a) de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública],

caso de ser seleccionado como Auxiliar de Conversación.

g) Documentación acreditativa de los méritos que considere

oportuno alegar, según se señala en la norma IV de esta

convocatoria.

Además, en el apartado 9.2 del modelo de solicitud, el

interesado ha de relacionar, numerándolos, todos los documentos que

aporta para justificar los méritos que alega.

IV. Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse en alguno de los siguientes

lugares: Registro General del Ministerio de Educación y Cultura

(calle de Los Madrazo, 17); Registro Auxiliar del MEC (en el paso

del Prado, 28, 28071 Madrid), o en las Direcciones Provinciales

del Ministerio de Educación y Cultura y Servicio de la Alta

Inspección de Educación en las Comunidades Autónomas con

competencias plenas en materia educativa.

Igualmente podrán presentarse en cualquiera de las

dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. En el caso de que los candidatos optaran

por presentar su solicitud en una oficina de Correos, podrán

hacerlo en las Jefaturas Provinciales, Administraciones Postales,

Oficinas Técnicas y Oficinas Auxiliares de tipo "A", y lo harán en

sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el

funcionario antes de ser certificada.

Cualquier información sobre esta convocatoria podrá obtenerla

en los mismos lugares indicados en el párrafo primero de esta

base o en el Servicio de Información del Ministerio de Educación

y Cultura: http://www.mec.es

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación

completa es de treinta días naturales, contados a partir del día

siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

La información sobre el estado de tramitación del

procedimiento puede obtenerse en el Servicio de Información y Asuntos

Generales del Ministerio de Educación y Cultura (Alcalá, 36, 28071

Madrid; http://www.mec.es), así como en la Subdirección General

de Cooperación Internacional (paseo del Prado, 28, 2.a planta).

Teléfonos 91 506 55 94, 91 506 55 87 91 y 91 506 55 88.

V. Admisión de candidatos

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes

mencionado en la base anterior, y antes de someter las propuestas de

selección de candidatos a la Subcomisión Mixta Bilateral

correspondiente, se hará pública en el "Boletín Oficial del Estado" la

relación de candidatos excluidos de la participación y las causas

que lo motivan, así como el plazo de subsanación.

VI. Selección

1. Los expedientes de los candidatos serán evaluados por una

Comisión de Valoración integrada por cinco funcionarios de

carrera, con destino en el Ministerio de Educación y Cultura, designados

por el ilustrísimo señor Subdirector general de Cooperación

Internacional. Dicha Comisión Evaluadora podrá recabar, en cualquier

momento, la colaboración de expertos en las diferentes

especialidades.

La evaluación de los méritos alegados y acreditados

documentalmente por los candidatos se realizará de acuerdo con lo señalado

en el baremo anexo a la presente convocatoria.

Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados y justificados

debidamente, mediante originales o fotocopias compulsadas,

presentados dentro del plazo al que se refiere el apartado IV de la

convocatoria.

2. Las propuestas de selección de los candidatos, baremados

en la forma anteriormente indicada, se realizará por las

correspondientes Subcomisiones Mixtas Bilaterales. Por parte española

estas Subcomisiones Mixtas estarán presididas por el Subdirector

general de Cooperación Internacional o funcionario en quien

delegue.

VII. Resolución de la convocatoria y nombramiento

1. Los resultados del proceso de selección se publicarán en

el "Boletín Oficial del Estado", con especificación de la relación

nominativa completa de los candidatos seleccionados y la de los

que quedan en la lista de espera. Simultáneamente se pondrá

a disposición de los interesados dicha información a través de

la siguiente dirección de Internet: http://www.mec.es

2. No obstante, la posibilidad de disfrutar de la estancia como

Auxiliar de Conversación en el país solicitado queda supeditada

a la confirmación definitiva del país receptor, que se materializa

en la correspondiente credencial o nombramiento, expedido por

las autoridades de los terceros países. Las citadas autoridades

comunicarán directamente a los candidatos que resulten

seleccionados de forma definitiva, los centros en los que ejercerán sus

funciones.

VIII. Aceptaciones y renuncias

1. Tras recibir la credencial anteriormente indicada, con

indicación del centro docente, los interesados comunicarán su

aceptación a la autoridad del país en el que disfrutará de su estancia;

dicha comunicación la dirigirán a las autoridades administrativas

y dirección que corresponda, de las que se relacionan en esta

base. La no aceptación del centro por parte del interesado no

obliga a las autoridades citadas a ofrecerle otro diferente.

2. Igualmente, en el caso de imposible aceptación del centro

adjudicado por parte del candidato definitivamente seleccionado,

éste deberá remitir su escrito de renuncia, con la máxima urgencia,

a las autoridades del país de destino tan pronto como haya decidido

dicha renuncia, a fin de evitar las consiguientes perturbaciones

al centro que se le había adjudicado.

Transcurrido un mes desde la publicación de las listas de

seleccionados en el "Boletín Oficial del Estado", no se aceptará renuncia

alguna, salvo casos excepcionales acreditados documentalmente;

el hecho de que el interesado omita esta comunicación, será tenido

en cuenta, de forma negativa, en próximas convocatorias.

En todo caso, una copia de este escrito de renuncia se enviará

a la Subdirección general de Cooperación Internacional (paseo

del Prado, 28, segunda planta, 28071 Madrid).

Autoridades extranjeras a las que pueden dirigirse los

interesados:

Bundesministerium für Unterrich und Kunst. Wissenschft und

Forschung. Dr. Ignaz Seipel-Platz, 2. 1010 Viena (Austria).

Ministère de l'Education Nationale et de la Culture Française.

Commissairat Général aux Relations Internationales

(Communaute Wallonie. Bruxelles). Avenue Louse, 65. B-1050 Bruselas

(Bélgica).

Ministère de l'Education Nacionale, de l'Enseignement

Superieur et de la Recherche. 4 Rue Danton, 75006 París (Francia).

Department of Education. Marborough Street, Room 203,

Dublín 1 (Irlanda).

Direzione Generali degli Scambi Culturali (Divisione I).

Minisgtero della Pubblica Istruzione. Via Ippolito Nievo, 35. 00153 Roma

(Italia).

Central Bureau for Educational Visits and Exchanges. 10 Spring

Gardens. Londres SW1A 2BN (Reino Unido).

Pädagogischer Austauschdienst. Lennéstrasse, 6, Postfach

2240, 53113 Bonn 1 (Alemania).

IX. Régimen

1. Los Auxiliares de Conversación de Lengua Española serán

adscritos por las autoridades correspondientes a Centros de

Enseñanza Secundaria y deberán ejercer sus funciones como Ayudantes

de Prácticas de Conversación, bajo la dirección del Profesor titular,

durante doce horas semanales en el curso 2000-2001. Deberán

también mostrarse dispuestos a participar, en su centro de destino,

en las actividades culturales de éste, procurando en todo caso,

promover el interés de dicho centro en establecer vínculos e

intercambios de Profesores y alumnos con centros españoles del mismo

nivel.

2. Los Auxiliares de Conversación percibirán, con cargo a

los presupuestos del país de destino, las siguientes cantidades

que se indican a título orientativo:

Austria: 12.138 chelines austríacos brutos mensuales.

Bélgica: 17.866 francos belgas mensuales.

Francia: 4.213 francos brutos mensuales en Francia, 5.898

francos en Antillas-Guayana y 6.472 francos en la Isla de Reunión.

Irlanda: 414 libras irlandesas mensuales.

Italia: 820.000 liras italianas mensuales.

República Federal de Alemania: 1.000 marcos alemanes

mensuales.

Reino Unido: Una suma global del orden de 4.779 libras

esterlinas (variable según las regiones en el Reino Unido), en las

asignaciones mensuales por la totalidad del curso académico.

Los gastos de desplazamiento al país de destino y regreso

correrán a cargo de los candidatos seleccionados.

3. Los candidatos definitivamente seleccionados que sean

funcionarios públicos deberán gestionar individualmente su petición

del pase a servicios especiales ante el órgano de gestión de

personal correspondiente, que emitirá la resolución que proceda.

X. Retirada de la documentación

Transcurrido un mes desde la publicación de la Resolución

de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", la

documen

tación presentada por los candidatos no seleccionados como

titulares o como reservas podrá retirarse de la Subdirección General

de Cooperación Internacional (paseo del Prado, 28, 2.a planta,

28071 Madrid), hasta el 30 de noviembre de 2000, directamente

por los interesados o por persona autorizada. En el mismo plazo

podrán asimismo solicitar su devolución por correo; la

Subdirección General de Cooperación Internacional procederá a su

devolución a los candidatos mencionados que no la hayan retirado.

Contra la presente Resolución, en lo que a los actos de la

Administración Educativa española se refiere, los interesados

podrán interponer recurso de alzada ante la ilustrísima señora

Subsecretaria del Ministerio de Educación y Cultura en el plazo

de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación

de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", tal

y como se determina en los artículos 114 y 115 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 27 de diciembre de 1999.-El Secretario general

técnico, Tomás González Cueto.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Cooperación Internacional.

BAREMO AUXILIARES DE CONVERSACIÓN

Europa

Totalpuntos

máximoMéritos(1.a) Documentos(originalofotocopiacompulsada)

1. Formación académica ............................................. 20,00 Certificación académica personal en la que consten las

calificaciones obtenidas en todas las asignaturas y cursos.

1.1 Expediente académico.

Se valorará la nota media del expediente académico en la titulación

alegada para participar en esta convocatoria, del modo que a

continuación se indica:

De 7,01 hasta 7,50 .............................................. 5,00

De 7,51 hasta 8,00 .............................................. 6,00

De 8,01 hasta 8,51 .............................................. 7,00

De 8,51 hasta 9,00 .............................................. 8,00

De 9,01 hasta 10,00 ............................................. 9,00

(2.a) y (3.a)

1.2 Título de Doctor ................................................. 2,00 Certificación académica o el título o resguardo de haber

abonado los derechos de expedición.

1.3 Para Maestros:

a) Haber completado los estudios estando en posesión del

título de Maestro de la lengua que corresponda ............ 1,00

b) Poseer otra licenciatura ..................................... 2,00 Certificación académica o el título o resguardo de haber

abonado los derechos de expedición.

1.4 Para Licenciados:

a) Haber completado los estudios estando en posesión de la

licenciatura del idioma solicitado ........................... 2,00

Certificación académica o el título o resguardo de haber

abonado los derechos de expedición.

b) Por otra licenciatura distinta a la alegada para participar

en la convocatoria ........................................... 2,00

1.5 Títulos y diplomas de validez oficial ............................. 5,00 Títulos o certificaciones acreditativos.

a) Títulos y diplomas acreditativos del conocimiento del

idioma del país solicitado ........................................ 4,00

Títulos o certificaciones acreditativos.

b) Títulos y diplomas de validez oficial acreditativos del

conocimiento de otros idiomas ................................... 1,00

Títulos o certificaciones acreditativos.

2. Cursos relacionados con la didáctica de la lengua del país

solicitado, o con la enseñanza de las lenguas y literaturas españolas 1,00

Certificación acreditativa con indicación expresa del

número de horas de duración del curso.

3. Experiencia docente ............................................... 2,00 Hoja de servicios, certificado o, en su caso, certificación

del Director del Centro, visado por la Inspección.

3.1 Por cada curso académico completo en la docencia: 0,25 ..... 1,00

3.2 Certificado de aptitud pedagógica ............................... 1,00 Certificación acreditativa.

4. Publicaciones, investigaciones y otros trabajos en torno a la

enseñanza o sobre disciplinas objeto de esta convocatoria ...... 0,75

Ejemplares correspondientes consignando el ISBN. En el

caso de investigaciones sin publicar, avaladas por

organismos públicos.

Totalpuntos

máximoMéritos(1.a) Documentos(originalofotocopiacompulsada)

5. Por no haber renunciado el año anterior a una beca de Auxiliar

de Conversación obtenida por convocatoria, homóloga a la

presente ...........................................................

0,25 Declaración jurada o promesa del interesado.

Notas:

1.a Únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de

solicitudes.

2.a Para la obtención de la nota media del expediente académico en los casos en que no figure la expresión numérica concreta,

se aplicarán las siguientes equivalencias:

Aprobado: Cinco puntos.

Notable: Siete puntos.

Sobresaliente: Nuve puntos.

Matrícula de honor: Diez puntos.

Aquellas calificaciones que contengan la expresión literal "Bien", se considerán equivalentes a seis puntos y las de "convalidadas"

o "apto" a cinco puntos.

3.a En las solicitudes a países de menor demanda, se valorará si la escasez del número de candidatos lo requiere, también la

nota media del interesado de cinco a siete.

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