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Documento BOE-A-2000-7711

Resolución de 28 de marzo de 2000, de la Dirección General de la Energía, por la que se inscribe a la Fundación Sindicalismo y Autonomía en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2000, páginas 16182 a 16182 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-2000-7711

TEXTO ORIGINAL

La Fundación Sindicalismo y Autonomía, que depende en todos sus ámbitos funcionales de la Unión Sindical Obrera del Principado de Asturias, ha solicitado, a través de esta Dirección General, ser inscrita en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, de conformidad con lo establecido en el capítulo III de la Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras, aprobada por Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 17 de diciembre de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de enero de 1986).

Vista la solicitud presentada y demás documentación complementaria y al Orden de 17 de diciembre de 1985, Esta Dirección General de la Energía, teniendo en cuenta los informes favorables emitidos por la Dirección General de Industria y Energía de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno del Principado de Asturias y por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Asturias, ha resuelto inscribir a la Fundación Sindicalismo y Autonomía, en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, existente en esta Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía, con arreglo a las siguientes condiciones:

Primera.-

El ámbito geográfico territorial de actuación para la impartición de los cursos de instaladores de gas, de categoría IG-II a que se refiere esta inscripción, estará limitado al Principado de Asturias.

Segunda.-

Cada uno de los cursos teórico-prácticos para la formación de instaladores de gas, que vaya a impartir la Fundación Sindicalismo y Autonomía, deberá ser autorizado previamente por los órganos territoriales competentes.

Tercera.-

La Fundación Sindicalismo y Autonomía, deberá presentar anualmente en los organismos territoriales competen y en la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía, una memoria de actuaciones de conformidad con lo previsto en el capítulo III de la citada Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras.

Cuarta.-

La inscripción a que se refiere la presente Resolución tendrá un plazo de vigencia de tres años, pudiendo el interesado solicitar la prórroga de dicho plazo dentro de los seis meses anteriores a la finalización del mismo.

Madrid, 28 de marzo de 2000.-El Director general, Antonio Gomis Sáez.

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