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Documento BOE-A-2000-7834

Decreto 42/2000, de 2 de marzo, por el que se delimita el entorno de protección del Palacio de los Condes de Grajal, en Grajal de Campos (León), declarado bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 26 de abril de 2000, páginas 16334 a 16335 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2000-7834

TEXTO ORIGINAL

El Palacio de los Condes de Grajal, en Grajal de Campos (León) fue declarado monumento histórico-artístico por Decreto de 3 de junio de 1931.

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración y a denominarse bien de interés cultural.

A fin de adecuar la declaración a las prescripciones técnicas impuestas por la citada Ley, la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 21 de mayo de 1999, incoó procedimiento de delimitación del entorno de protección del Palacio de los Condes de Grajal, en Grajal de Campos (León), declarado bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Con fecha 9 de septiembre de 1999 la Universidad de León informa favorablemente la pretendida declaración.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de patrimonio artístico en la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Educación y Cultura ha propuesto delimitar el entorno de protección del Palacio de los Condes de Grajal, en Grajal de Campos (León), declarado bien de interés cultural, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esa Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 2 de marzo de 2000.

DISPONGO:

Artículo 1.

Se delimita el entorno de protección del Palacio de los Condes de Grajal, en Grajal de Campos (León), declarado bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Artículo 2. Entorno de protección.

En la delimitación del entorno de protección se ha considerado muy importante la inclusión no sólo del caserío inmediato, sino contemplar el entramado de calles y plazas dispuesto a su alrededor, y por ello las edificaciones que generan estos espacios urbanos.

Manzana 35765/fincas 10, 11 y 12.

Manzana 35778/fincas 04, 07, 08, 09 10 y 11.

Manzana 37751/fincas 08, 09 y 10.

Manzana 36761/fincas 04 y 05.

Manzana 36765/fincas 01 (iglesia de San Miguel), 02 (palacio), 03, 04 y 05.

Manzana 36776/completa.

Manzana 37759/fincas 05, 06, 07, 08, 09, 10, edificios con fachada a la calle S. Pelayo de las parcelas 11, 12, 13 y 14.

Manzana 37765/fincas 01, 02, 03, 04, 05 y 06.

Manzana 37768/fincas 01, 14, 15 y 16.

Manzana 37771/fincas 01, 02, 03 y 04.

Manzana 37777/fincas 01 y 02.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la delimitación, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses.

Si se optara por la interposición del recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 2 de marzo de 2000.‒El Presidente, Juan José Lucas Giménez.‒El Consejero de Educación y Cultura, Tomás Villanueva Rodríguez.

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