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Documento BOE-A-2000-8685

Resolución de 21 de marzo de 2000, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), por la que se declara bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica a favor de Binirrasí (Sa Font), Fornalutx.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2000, páginas 17358 a 17359 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2000-8685

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Mallorca, en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 24 de enero de 2000, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

La Comisión Insular del Patrimonio Histórico de Mallorca, en la sesión de 15 de mayo de 1997, acordó la incoación del expediente de delimitación a favor de la zona arqueológica de Binirrasí (Sa Font), Fornalutx.

Habiéndose llevado a término los trámites preceptivos y previstos para la incoación e instrucción del expediente de referencia para proceder a efectuar la declaración.

En virtud de lo que dispone la disposición transitoria primera de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, en relación con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la mencionada Ley, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consejos Insulares en materia de patrimonio histórico, y el Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por el Pleno de 6 de abril de 1998; el Pleno del Consejo Insular de Mallorca, a propuesta de la Comisión Insular del Patrimonio Histórico de Mallorca, acuerda lo siguiente:

I. Delimitar la zona arqueológica de Binirrasí (Sa Font), Fornalutx, según las especificaciones que figuran en la documentación planimétrica que obra en el expediente.

II. Los efectos de esta delimitación son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y la normativa concordante.

III. Publicar este acuerdo de incoación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y en el «Boletín Oficial del Estado». Se ha de inscribir en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca y comunicarlo a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para que proceda a su anotación definitiva en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Illes Balears, e inste su anotación en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado.

IV. Este acuerdo se ha de comunicar a los interesados y al Ayuntamiento de Fornalutx.

Palma de Mallorca, 21 de marzo de 2000.–La Presidenta, María Antònia Munar i Ruitort.

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