En virtud de lo previsto en el apartado 3.2.2 de la Orden de 11 de junio de 1986, que regula el procedimiento para el cálculo del importe de cada cupón a devengar por la emisión de 30 de julio de 1986, de Obligaciones del Estado con intereses ajustables,
Esta Dirección General hace público:
1. La media ponderada del interés nominal anual pagadero por semestres vencidos de las emisiones negociables de Deuda del Estado, interior y amortizable, realizadas durante 1999 con vencimiento a más de dieciocho meses y hasta cinco años, y que se detallan a continuación, ha sido el 3,424 por 100.
Emisión |
Nominal – (Miles de euros) |
Interés nominal anual pagadero por semestres vencidos – (Porcentaje) |
---|---|---|
Bonos del Estado al 4,25 por 100, vencimiento 31 de julio de 2002*. | 5.032.322 | 4,206 |
Se excluyen los tramos emitidos con anterioridad a 1999. | ||
Bonos del Estado al 3,0 por 100, vencimiento 31 de enero de 2003*. | 8.812.210 | 2,978 |
* Tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas. El tipo nominal de interés anual pagadero por semestres vencidos equivalente se ha calculado utilizando la siguiente fórmula:
(1 + is / 200)2 = 1 + ia / 100
Donde ia es el tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas, e is es el tipo de interés nominal anual pagadero por semestres vencidos equivalente a ia, expresados ambos en tanto por ciento.
2. En consecuencia, siendo de aplicación el límite inferior establecido en el apartado 3.2.2.1.b) de la citada Orden de 11 de junio de 1986, el cupón bruto semestral que devengarán el próximo 30 de julio de 2000 las Obligaciones del Estado con intereses ajustables, emisión de 30 de julio de 1986, será del 3,75 por 100.
Madrid, 10 de enero de 2000.–La Directora general, Gloria Hernández García.
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