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Documento BOE-A-2000-936

Orden de 25 de noviembre de 1999, de autorización de la cesión de la cartera de seguros de la entidad "GDS-SYRSA, Cía. de Seguros, Sociedad Anónima", a la entidad "Axa Aurora Ibérica, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros", y de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora privada a la entidad "GDS-SYRSA, Cía. de Seguros, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2000, páginas 1964 a 1965 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-936

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Axa Aurora Ibérica, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros», ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización de la cesión de la totalidad de la cartera de seguros de la entidad «GDS-SYRSA, Cía. de Seguros, Sociedad Anónima».

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión de la totalidad de la cartera de seguros de la entidad «GDS-SYRSA, Cía. de Seguros, Sociedad Anónima», a la entidad «Axa Aurora Ibérica, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros».

Segundo.

Revocar a la entidad «GDS-SYRSA, Cía. de Seguros, Sociedad Anónima», la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora privada, conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1.b) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, sobre Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la Orden que antecede, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente a la notificación de la misma. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 25 de noviembre de 1999.–P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros.

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