Vista la petición interesada por la empresa «Contadores de Agua de Zaragoza, Sociedad Anónima» (CONTAZARA), domiciliada en la carretera de Castellón, kilómetro 5,5, 50720 La Cartuja Baja, Zaragoza, en solicitud de modificación primera de la aprobación de modelo de un contador de agua fría clase B, marca «Contazara», modelo CZ WI;
Vista la Resolución de 27 de julio de 1999, de la Dirección General de Industria y Comercio por la que se concede la aprobación de modelo del contador de agua fría clase B, marca «Contazara» modelo CZ WI;
Vista la documentación aportada por la empresa y el informe de ensayos de la modificación primera de la aprobación de modelo, emitido por el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de Zaragoza con fecha 14 de agosto de 2000;
Considerando lo establecido en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado, y la Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los contadores de agua fría, y en base a las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón de conformidad con el Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, y modificado por Ley Orgánica 6/1994, de 24 de marzo, y por Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre;
Considerando lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 1616/1985, y dado que la modificación primera solicitada, sobre el modelo aprobado por Resolución de 27 de julio de 1999, se considera no sustancial, Esta Dirección General de Industria y Comercio, resuelve:
Conceder la modificación primera de la aprobación de modelo, a favor de la entidad «Contadores de Agua de Zaragoza, Sociedad Anónima» (CONTAZARA), del contador de agua fría clase B, marca «Contazara», modelo CZ WI, con el objetivo de ampliar dicha aprobación de modelo para las versiones CZ50WI, CZ125WI, CZ150WI y CZ200WI. Las características de denominación son:
Modelo: CZ WI.
Versiones: CZ50WI, CZ125WI, CZ150WI y CZ200WI.
Las versiones objeto de esta modificación primera se refieren al modelo de contador, aprobado por Resolución de 27 de julio de 1999, tipo «Woltmann», de turbina de eje horizontal, cuyo cuerpo superior contiene la electrónica y el dispositivo indicador, consistente en un «display», permitiendo también la lectura remota mediante cualquier sistema para hacer su facturación, control y gestión de forma automática, incluyendo la posibilidad de cambio sin desmontar el cuerpo del contador y la posibilidad de interconexión de contadores y pudiendo utilizarse como contador de riego y en instalaciones contra incendios. Las características metrológicas de las citadas versiones son las siguientes:
Versión | ||||
---|---|---|---|---|
CZ50WI | CZ125WI | CZ150WI | CZ200WI | |
Caudal máximo (m3/h). | 100 | 350 | 500 | 800 |
Caudal nominal (m3/h). | 50 | 175 | 250 | 400 |
Caudal de transición (l/h). | 10.000 | 35.000 | 50.000 | 80.000 |
Caudal mínimo (l/h). | 1.500 | 5.250 | 7.500 | 12.000 |
Escalón de verificación (l). | 5 | 20 | 20 | 20 |
Peso (kg). | 13 | 25 | 31 | 49 |
Calibre (mm). | 50 | 125 | 150 | 200 |
Longitud (mm). | 200 | 250 | 300 | 350 |
Altura (mm). | 72 | 120 | 135 | 180 |
Altura total (mm). | 320 | 375 | 390 | 415 |
Pérdida de presión (bar). | 1 | 0,3 | 0,3 | 0,3 |
Presión de servicio (bar). | 16 | |||
Clase metrológica. | B | |||
Temperatura de servicio (oC). | 0-30 | |||
Capacidad de registro (m3). | 999.999 | |||
Posición de funcionamiento. | H/V |
La longitud puede tener otras dimensiones sin afectar por ello a las características metrológicas.
El signo de la aprobación de modelo será el asignado por Resolución de 27 de julio de 1999.
Esta modificación primera estará afectada por los mismos plazos de validez de la Resolución de aprobación de modelo de 27 de julio de 1999.
La tabla incluida en el apartado segundo de la presente Resolución se añadirá en el anexo técnico del certificado de aprobación de modelo de 27 de julio de 1999, para completar el punto 3, referente a características metrológicas.
Los instrumentos correspondientes a la modificación primera de aprobación de modelo, a que se refiere esta Resolución, llevarán las inscripciones de identificación indicadas en el anexo técnico del certificado de aprobación de modelo de 27 de julio de 1999.
Para garantizar el correcto funcionamiento de los instrumentos, se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en el anexo al certificado de aprobación de modelo de 27 de julio de 1999.
Los instrumentos correspondientes a la modificación primera de la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir con las restantes condiciones contenidas en el anexo técnico del certificado de la aprobación de modelo de 27 de julio de 1999.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Desarrollo, en el plazo de un mes, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.
Zaragoza, 15 de enero de 2001.–El Director general, Carlos Javier Navarro Espada.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid