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Documento BOE-A-2001-11443

Orden de 19 de marzo de 2001 sobre resolución de 23 expedientes por incumplimiento de las condiciones establecidas en la concesión de incentivos al amparo de la Ley 50/1985.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2001, páginas 21254 a 21255 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-11443

TEXTO ORIGINAL

A las empresas relacionadas en el anexo de esta Orden, al no haber acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones vinculantes establecidas en las resoluciones de concesión de las subvenciones, se les instruyeron los oportunos expedientes de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre.

En la instrucción de los expedientes se han observado las formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos preceptivos para el cumplimiento de los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 35 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por Real Decreto 302/1993, de 26 de febrero y por Real Decreto 2315/1993, de 29 de diciembre.

De las actuaciones resulta probado que los titulares de las subvenciones no han acreditado haber cumplido en tiempo y forma las obligaciones que contrajeron en la aceptación de las condiciones de los incentivos.

Este Ministerio, al amparo de lo dispuesto en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre y su reglamento de desarrollo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, y demás disposiciones de aplicación, así como los informes de la Dirección General de Políticas Sectoriales, tiene a bien disponer:

Artículo único.

Se declara el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos regionales otorgados a las Empresas relacionadas en el anexo de esta Orden. En consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones concedidas en proporción al alcance del incumplimiento según se detalla en el anexo, debiéndose publicar la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar la notificación de la misma a los interesados.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el Excmo Sr. Ministro de Economía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de la misma.

Madrid, 19 de marzo de 2001.–El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía, P. D. (Orden de 8 de noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.

ANEXO A LA ORDEN DE DECLARACIÓN DE INCUMPLIMIENTO DE CONDICIONES EN EXPEDIENTES DE CONCESIÓN DE INCENTIVOS REGIONALES

Relación de empresas afectadas

Número expediente Titular Cantidades percibidas

Alcance

Incumpl.

Porcentaje

Subvención concedida Subvención procedente A reingresar al Tesoro Público*
Euros Pesetas   Euros Pesetas Euros Pesetas Euros Pesetas
GR/308/P08 Cortijo Landete, S. L. 100 145.970,87 24.287.510
SE/744/P08 Sillonsur, S. A. 1,06 76.194,87 12.677.760 75.390,77 12.543.969
SE/780/P08 Ollearis, S. A. 13,22 191.320,78 31.833.100 166.031,01 27.625.236
TE/197/E50 Hotel Alfambra, S. L. 100 123.011,25 20.467.350  
Z/95/E50 Aragonesa de Componentes Pasivos, S. A. 100 79.333,60 13.200.000
AV/103/P07 Plastic Omnium Equipamientos Exteriores, S. A. 1,73 628.431,72 104.562.240 617.549,60 102.751.608
BU/296/P07 Levoal, S. L. 116.606,69 19.401.720 100 116.606,69 19.401.720 116.606,69 19.401.720
BU/379/P07 Fabril Sedera, S. A. 100 127.313,60 21.183.200
LE/284/P07 Comidas y Bienestar, S. A. 100 89.048,36 14.816.400
SA/224/P07 Sucesores de Domiciano García, S. A. 100 50.920,15 8.472.400
SA/249/P07 Castelar Productos Cárnicos, S. L. 4,53 85.989,69 14.307.480 82.097,83 13.659.930
SG/59/P07 Hermanos Prados Quemada, S. L. 129.835,20 21.602.760 100 129.835,20 21.602.760 129.835,20 21.602.760
VA/191/P07 Industrias San Cayetano, S. A. 108.182,18 18.000.000 3,51 108.182,18 18.000.000 104.388,49 17.368.784 3.793,68 631.216
CR/233/P03 Colisur 2000, S. L. 100 121.166,87 20.160.470
GU/142/P03 Lácteos Industriales Agrupados, S. A. 3,02 311.081,46 51.759.600 301.688,19 50.196.691
C/231/P05 Marcolfer, S. A. 100 968,30 161.112
PO/324/P05 Industrias Gráficas de Formularios, S. A. 100 50.437,90 8.392.160
PO/489/P05 C Z Veterinaria, S. L. 166.749,70 27.744.815 1,96 222.287,33 36.985.500 217.928,51 36.260.253
PO/574/P05 Marina Hispánica, S. L. 50 46.630,85 7.758.720 23.315,42 3.879.360
MU/742/P02 Cooperativa Agrícola Levante Sur, S. Coop. 2,19 137.271,16 22.840.000 134.266,10 22.340.000
MU/814/P02 Muebles Santo Tomás, S. A. 0,66 231.562,21 38.528.710 230.024,05 38.272.782
BI/146/I33 Ericson Indelec, S. A. 558.668,64 92.954.640 6,90 558.668,64 92.954.640 520.120,50 86.540.770 38.548,14 6.413.870
CS/211/P12 Kiss Ceramic, S. A. 12,17 113.449,45 18.876.400 99.648,28 16.580.078

* Junto con el importe a reintegrar se exigirá el interés legal correspondiente.

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