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Antecedentes de hecho
La sociedad «Uralita Sistemas de Tuberías, Sociedad Anónima», representante oficialmente acreditada en exclusiva, en España, de la marca «Bermad Control Valve-Evron», con domicilio social en polígono industrial carretera Amarilla, calle Economía, número 7, 41007 Sevilla, y Registro de Control Metrológico 0439, y en su nombre don Antonio Viguria Padilla, con documento nacional de identidad número 13.049.711, ha solicitado la aprobación de modelo de un instrumento de medida de agua de riego en fecha 16 de marzo de 2000 acompañando a la memoria técnica, seis instrumentos para sus ensayos preceptivos.
Al no existir norma metrológica específica para los instrumentos medidores de agua de riego, se ha ensayado el modelo conforme a la Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los contadores de agua fría.
Los ensayos de aprobación de modelo consistieron en la determinación de la curva de error, estanqueidad y pérdidas de presión, el de envejecimiento acelerado realizado por «Verificaciones Industriales de Andalucía, Sociedad Anónima».
Fundamentos de Derecho
La competencia para dictar esta Resolución viene atribuida a la Dirección General de Industria, Energía y Minas en virtud de lo previsto en el artículo 2.2 del Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, sobre traspaso de competencias, funciones y servicios del Estado en materia de industria, energía y minas, así como el anexo A, punto I, apartado 3, del Real Decreto 4164/1982, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de industria, energía y minas, en relación con el artículo 6 del Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.
La Resolución se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, y la Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los contadores de agua fría, resuelvo:
Conceder la aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», a favor de la entidad «Uralita Sistemas de Tuberías, Sociedad Anónima», del instrumento para la medición de caudales de agua de riego cuyas características metrológicas son las siguientes:
Modelo: 900 W.
Calibre: 80 mm.
Caudal máximo: 80 m3/h.
Caudal nominal: 40 m3/h.
Clase metrológica: A.
Posición de funcionamiento: V (Vertical). H (Horizontal).
Presión máxima de servicio: 10 Bar.
Temperatura de servicio: 0 a 30 oC.
Capacidad del totalizador: 999,999 m3.
Escalón de verificación: 10 litros.
Pérdida de presión a Qmax: R 1 Bar.
El signo de aprobación de modelo asignado será
Además de las inscripciones reseñadas en el apartado segundo de la presente Resolución, los instrumentos correspondientes a esta aprobación de modelo llevarán las siguientes inscripciones de identificación:
Nombre del fabricante: Bermad.
Nombre del importador: «Uralita Sistemas de Tuberías, Sociedad Anónima».
Clase metrológica: A.
Caudal nominal: Qn = 40 m3/h.
Año de fabricación y número de contador.
Una flecha que indique el sentido de flujo.
Las letras V/H.
Signo de aprobación de modelo.
Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado, una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en el anexo al certificado de aprobación de modelo.
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución, deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo podrá ser prorrogada por períodos sucesivos de diez años, previa petición del titular de la misma, teniendo como fecha límite aquella en la que se disponga de una norma reglamentaria reguladora específicamente de estos instrumentos.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 7 de noviembre de 2000.–El Director general, Jesús Nieto González.
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