«Citrisol, Sociedad Cooperativa», de Vereda de la Cruz (Murcia), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma fue reconocida como Organización de productores de frutas y hortalizas para la categoría V (cítricos) según lo establecido en el artículo 11 del R(CE) número 2200, del Consejo de 28 de octubre y la Orden Ministerial de 29 de abril de 1998. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento para la categoría I (frutas y hortalizas) conforme a esta normativa.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas Organizaciones, resuelvo:
Descalificar para la categoría V (cítricos) a la Organización de productores de frutas y hortalizas «Citrisol, Sociedad Cooperativa», de Vereda de la Cruz (Murcia) y reconocerla para la categoría I (frutas y hortalizas) según el artículo 11 del R(CE) número 2200/96, del Consejo de 28 de octubre de 1996 y la Orden Ministerial de 30 de abril de 1997.
Darle de baja para la categoría V (cítricos) en el Registro de Organizaciones de productores de frutas y hortalizas e inscribirla para la categoría I (frutas y hortalizas) en dicho Registro asignándole el número 678.
Madrid, 28 de junio de 2001.–El Director general, Rafael Milán Díez.
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