El Consejo de Ministros, en su reunión del día 22 de junio de 2001, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha aprobado la incorporación al Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2001 del seguro de saneamiento de animales positivos a la encefalopatía espongiforme bovina y la cobertura de riesgos excepcionales en el seguro de fresa y fresón en las provincias de Huelva, Cádiz y Sevilla, y se establece la subvención de la Administración General del Estado a su contratación.
Teniendo en cuenta la necesidad de que la citada incorporación al Plan reciba la más amplia difusión, por la trascendencia que para los sectores implicados han de tener las actuaciones referidas, se resuelve la publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 9 de julio de 2001.–El Subsecretario, Manuel Lamela Fernández.
Se incluyen en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2001, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2000, la línea y la modalidad de aseguramiento que seguidamente se indican:
El Seguro de Saneamiento de animales positivos a la Encefalopatía Espongiforme Bovina.
Se establece dentro del Seguro Combinado de Helada, Pedrisco, Lluvia y Daños excepcionales por Inundación y Viento en Fresa y Fresón, una nueva modalidad de aseguramiento denominada: Seguro Combinado de Viento, Pedrisco, Helada y Riesgos Excepcionales en Fresa y Fresón en las provincias de Huelva, Cádiz y Sevilla, cuya puesta en marcha quedará condicionada a la finalización de los estudios que demuestren su viabilidad, antes del 29 de junio de 2001.
Los plazos de contratación de dichos seguros se iniciarán en las fechas siguientes:
Seguro de Saneamiento de animales positivos a la Encefalopatía Espongiforme Bovina: El 2 de julio de 2001.
Seguro Combinado de Helada, Pedrisco, Lluvia y Daños Excepcionales por Inundación y Viento en Fresa y Fresón y Seguro Combinado de Viento, Pedrisco, Helada y Riesgos Excepcionales en Fresa y Fresón en las provincias de Huelva, Cádiz y Sevilla: El 15 de septiembre de 2001.
La aportación estatal al pago de la prima, que será de aplicación a las pólizas de dichos seguros, se corresponderá con los siguientes porcentajes:
En el Seguro de compensación de costes de retirada de animales bovinos muertos en la explotación y en el Seguro de Saneamiento de animales positivos a la Encefalopatía Espongiforme Bovina se aplicarán, de forma acumulativa, las siguientes subvenciones:
Porcentaje de subvención | |
---|---|
Subvención base. | 45 |
Subvención adicional por contratación colectiva. | 5 |
En el Seguro Combinado de Viento, Pedrisco, Helada y Riesgos Excepcionales en Fresa y Fresón en las provincias de Huelva, Cádiz y Sevilla se aplicarán los porcentajes de subvención establecidos en el Plan Anual para el Seguro Combinado de Fresa y Fresón.
Los criterios a tener en cuenta para la asignación de dichas subvenciones serán los establecidos en la Orden del Ministerio de Presidencia, de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 30), por la que se regula la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado a la suscripción de los Seguros incluidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2001.
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