Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-14409

Orden de 16 de julio de 2001 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de becas para la realización de prácticas de comercio exterior en asociaciones españolas de exportadores.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 2001, páginas 26997 a 26999 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-14409
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/07/16/(2)

TEXTO ORIGINAL

La necesidad por parte de la Secretaría General de Comercio Exterior de dotar a las asociaciones españolas de exportadores —en cuanto entidades colaboradoras de la Administración— de recursos humanos especializados en comercio exterior que colaboren en la mejora e incremento de las actividades informativas y promocionales que aquéllas realizan, así como la conveniencia de completar la capacitación de jóvenes en el conocimiento de los distintos sectores exportadores españoles, justifican la concesión de las becas para la realización de prácticas de comercio exterior en asociaciones españolas de exportadores.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 81.6 de la Ley General Presupuestaria, texto refundido de 23 de septiembre de 1988, nuevamente redactado por la Ley 13/1996, de Presupuestos Generales del Estado para 1997, de 30 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas:

Primero.

Se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas de comercio exterior en asociaciones españolas de exportadores que figuran en el anexo I.

Segundo.

Se autoriza al Secretario general de Comercio Exterior para que, mediante Resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado», convoque becas el año actual y en el futuro, de acuerdo con las bases establecidas en el anexo I.

Tercero.

Queda derogada la Orden de 23 de octubre de 1997 por la que se establecían bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas en asociaciones españolas de exportadores y se aprobaba la convocatoria para 1998.

Cuarto.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de julio de 2001.

DE RATO Y FIGAREDO

ANEXO I
Bases reguladoras para la convocatoria y concesión de becas para la realización de prácticas de comercio exterior en asociaciones españolas de exportadores

1. Objetivo de las becas

Las becas persiguen un doble objetivo: Ayudar a las asociaciones de exportadores en el desarrollo de su labor de promoción del comercio exterior y completar la capacitación en promoción comercial de los becarios.

Para ello, los becarios colaborarán en las actividades de promoción comercial a realizar por la asociación de exportadores correspondiente y tareas conexas, como la elaboración de estudios de mercado, organización de estadísticas de comercio exterior y bases de datos, así como en la realización de estudios e informes que la asociación deba presentar a la Administración General del Estado y, en particular, a la Secretaría General de Comercio Exterior y al ICEX.

2. Requisitos de los solicitantes

Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española.

b) Edad no superior a los treinta y cinco años.

c) Estar en posesión, al menos, del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente; se valorarán especialmente las titulaciones en Ciencias Económicas, Empresariales, Derecho e Ingeniería.

Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos.

d) Dominio del inglés (hablado y escrito); el conocimiento del francés y del alemán será considerado como mérito.

e) No padecer enfermedad o impedimento físico que imposibilite el cumplimiento de las obligaciones como becario.

f) Acreditar una experiencia práctica de, al menos, un año en actividades relacionadas con la promoción comercial en mercados extranjeros o con la internacionalización de la empresa española.

g) Posibilidad de dedicación completa a las tareas a desempeñar como contrapartida de la beca.

h) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

3. Condiciones e incompatibilidades

a) La concesión y disfrute de una beca no supone vinculación laboral o administrativa entre el becario y la Secretaría General de Comercio Exterior ni establece relación laboral o estatutaria alguna con la asociación a la que queda adscrito el beneficiario, no implicando compromiso alguno por parte de la entidad receptora, en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla de la misma.

b) La solicitud de una beca y su posterior aceptación, en caso de adjudicación, implicarán la aceptación de lo dispuesto en estas bases y en la convocatoria.

c) La percepción de la beca no será compatible con el disfrute de otras ayudas, ya sean con cargo a fondos públicos españoles o de la Unión Europea, ni podrá simultanearse con ninguna otra actividad remunerada.

d) El control del cumplimiento del objeto, condiciones y finalidad de las becas concedidas se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, en la presente Orden y en el artículo 8 del Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre.

e) Las becas estarán sujetas al régimen de infracciones y sanciones que establece el artículo 82 de la Ley General Presupuestaria, Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, en su nueva redacción dada por la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, de 27 de diciembre.

4. Obligaciones de los becarios

Aceptar y cumplir:

a) Las normas establecidas en las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de las becas

b) Las normas y obligaciones que conlleva la aceptación por escrito de la beca.

c) Las instrucciones que durante el período de vigencia de la beca reciba de la directiva de la asociación a la que haya sido asignado y, eventualmente, de la Secretaría General de Comercio Exterior o del Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).

5. Dotación

Las dotaciones de las becas serán con cargo a la aplicación presupuestaria 24.13.762A.480, estando sujetas a la existencia de crédito suficiente en la partida correspondiente de los Presupuestos Generales del Estado.

Excepcionalmente, la Secretaría General de Comercio Exterior podrá, además, sufragar los gastos de desplazamiento y estancia originados por la realización, fuera del lugar de residencia, de estudios e informes solicitados por dicha Secretaría General.

El becario deberá suscribir una póliza de seguro de asistencia médica, en caso de no estar ya cubierto por la Seguridad Social o por un seguro privado. Deberá, asimismo, contratar un seguro de accidentes con cobertura desde el día del inicio de la beca y hasta su finalización.

De conformidad con el artículo 25 y 9.1.j) de la Ley 18/1991, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de 6 de junio, la dotación queda sujeta al citado impuesto.

6. Duración y residencia

El período de disfrute de la beca será de once meses. Durante dicho período el becario estará obligado a residir en la localidad en la que tenga su sede la asociación de exportadores en la que vaya a colaborar.

7. Renovación de la beca

La beca podrá ser prorrogada, en su caso, una sola vez y, como máximo, por un período de otros once meses.

La solicitud será presentada por la asociación de exportadores correspondiente, con la conformidad expresa del becario, al menos, dos meses antes del término de la beca. El Secretario general de Comercio Exterior, en función de la naturaleza, número e importancia de las actividades en curso a desarrollar por el becario, resolverá sobre la pertinencia de su concesión.

8. Formalización de la solicitud

Los interesados dirigirán su solicitud, según el modelo establecido en el anexo II de esta Orden, al Secretario general de Comercio Exterior, dentro del plazo que se especifique en la correspondiente Resolución de convocatoria.

La instancia de solicitud, junto con la documentación requerida, podrá presentarse en el Registro General del Ministerio de Economía y, además, en cualquiera de los Registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La instancia deberá ir acompañada de la documentación que se especifica en el modelo de solicitud y, adicionalmente, de:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o, en su defecto, del pasaporte (en caso de que el documento nacional de identidad esté caducado, copia compulsada del resguardo de haber solicitado nuevo documento).

b) Cuatro fotografías recientes, tamaño carné.

c) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 81.7 de la Ley General Presupuestaria y en el artículo 1.4 del Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre. En los casos que proceda, se podrá aportar en su lugar una declaración responsable de no sujeción por parte del interesado a las citadas obligaciones.

Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes y dentro de los diez días siguientes a la fecha del cierre del mismo, se hará pública en el tablón de anuncios de la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo (puerta de acceso al Ministerio de Economía, paseo de la Castellana 162, Madrid) la lista de las solicitudes completas e incompletas presentadas, dando un plazo de otros diez días para completar los expedientes.

9. Procedimiento de selección y resolución de la convocatoria

Las pruebas se celebrarán en la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo, paseo de la Castellana 162, Madrid.

La composición y puntuación de las pruebas selectivas, que versarán sobre idiomas y promoción comercial, se especificarán en la Resolución correspondiente. Como parte de estas pruebas, los aspirantes serán llamados a una entrevista personal con el Tribunal seleccionador.

El Tribunal será presidido por el Secretario general de Comercio Exterior, quien podrá delegar en el Subdirector general que estime oportuno. Estará compuesto por cinco miembros, tres de ellos designados por la Secretaría General de Comercio Exterior y dos por el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).

El Tribunal podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas.

Una vez concluidas las pruebas de selección, el Tribunal elevará la propuesta de resolución al Secretario general de Comercio Exterior para que resuelva el procedimiento. Dicha propuesta contendrá la relación de los becarios seleccionados con indicación de la asociación de exportadores que se asigne a cada uno, así como, y siempre que sea posible, una relación de suplentes.

En el plazo de quince días desde la elevación de la propuesta del Tribunal Seleccionador, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por Resolución motivada del Secretario general de Comercio Exterior, en ejercicio de la delegación de competencias efectuada por el Secretario de Estado de Comercio y Turismo por Resolución de 10 de mayo de 2001, apartado segundo d), se adjudicarán las becas, comunicándose, a su vez, a los beneficiarios. La Secretaría General de Comercio Exterior deberá tener constancia escrita de la aceptación de la beca por parte del interesado en el plazo máximo de tres días desde la comunicación. A esta aceptación el becario deberá adjuntar una declaración de su renuncia expresa a cualquier beca o ayuda similar que estuviese disfrutando o que hubiese solicitado.

La no remisión, en ese plazo, de los documentos citados se considerará una renuncia a la beca, por lo que ésta se adjudicará al suplente que corresponda.

Los adjudicatarios se comprometen a presentar una declaración de su situación familiar para poder efectuar el cálculo de las retenciones fiscales.

La adjudicación de las becas será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», y la misma agotará la vía administrativa. El procedimiento se resolverá en un plazo no superior a seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

10. Certificado

Aquellos becarios que hubieran cumplido satisfactoriamente, según estimación de la Secretaría General de Comercio Exterior, los objetivos para los que se concede la beca recibirán de aquélla un certificado acreditativo.

11. Asociaciones de exportadores

Podrán ser receptoras de becarios las asociaciones de exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de marzo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» del 20).

La Comisión Gestora de Ayuda a las Asociaciones de Exportadores, creada por la Orden antes citada, decidirá de entre las asociaciones que lo soliciten aquellas que vayan a ser destinatarias de los becarios. Dicha selección se efectuará en función del plan de trabajo previsto para el becario y de la cualificación que esas actividades le puedan reportar, así como de la necesidad y adecuación de recursos humanos que tengan las asociaciones.

12. Otras disposiciones

En las cuestiones no reguladas por la presente Orden, se aplicará lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria (texto refundido de 23 de septiembre de 1988) en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas; en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en las demás de Derecho Administrativo que resulten aplicables.

ANEXO II
Solicitud de beca

Don .................................................................................................................., con DNI número............................., estando en posesión de los requisitos establecidos en la base reguladora 2 (Orden de 16 de julio de 2001), solicita ser admitido a las pruebas selectivas para la realización de prácticas de comercio exterior en asociaciones españolas de exportadores, para lo cual aporta la información requerida y firma la presente solicitud en ........................................................................., a ......................................................................................

Firmado:..................................................

Excmo. Sr. Secretario general de Comercio Exterior.

Ministerio de Economía.

Ayudas a las asociaciones de exportadores.

Paseo de la Castellana, 162, 4.a planta, desp. 13.

28046 Madrid.

Datos personales, académicos y profesionales

(Nota: La extensión de cada apartado de esta solicitud podrá variar según el contenido que cada interesado deba incluir en el mismo, siendo únicamente necesario respetar estrictamente el esquema previsto, la escritura no será en ningún caso manuscrita.)

Datos personales:

Nombre:........................................................................................................................................

Fecha y lugar de nacimiento: ...........................................................................................................

Edad (a día límite para la presentación de solicitudes):........................................................................

Domicilio habitual: ..........................................................................................................................

Teléfono (fijo y/o móvil): ................................................................................................................

Fax: .............................................................................................................................................

Correo electrónico: ........................................................................................................................

Dirección (física, electrónica...) y/o teléfono donde desea recibir las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria :........................................................................................................................................................

Idioma(s) de mérito del(los) que desea examinarse (únicamente francés y/o alemán):...........................

Estudios realizados:

Preparación académica (estudios universitarios y de postgrado):

(Deberá adjuntar original o copia compulsada del certificado académico completo de estudios universitarios):

........................................................................................................................................................................

Idiomas:............................................................................................................................................................

Informática:.......................................................................................................................................................

Cursos relacionados con el comercio exterior: (Cursos de especialización...)..........

.....................................................................................................................................

Otros cursos:..................................................................................................................

Experiencia práctica en actividades de promoción comercial en mercados extranjeros o de internacionalización de la empresa española, indicando el tipo de productos y los mercados en los que se ha operado, señalando las empresas o entidades en las que dichas actividades tuvieron lugar.

(Deberá adjuntar certificado(s) original(es) o copia(s) compulsada(s) de la(s) empresa(s) u organización(es) donde se desarrollaron estas actividades) ..........................................................................

Otros datos de interés (Estudios, publicaciones, trabajos de investigación, etc.) .....................................................

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/07/2001
  • Fecha de publicación: 24/07/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 25/07/2001
  • Fecha de derogación: 13/05/2005
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden ITC/1306/2005, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2005-7757).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden de 23 de octubre de 1997 (Ref. BOE-A-1997-23627).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Reglamento aprobado por Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-31099).
    • art. 81.6 de la Ley General Presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
Materias
  • Asociaciones y uniones de empresas
  • Becas
  • Comercio exterior
  • Exportaciones
  • Instituto Español de Comercio Exterior
  • Secretaría General de Comercio Exterior

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid