En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Real Decreto 1246/1985, de 29 de mayo,
("Boletín Oficial del Estado" de 27 de julio), modificado por el
Real Decreto 82/1993, de 22 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
de 23 de marzo), con el fin de atender las necesidades del personal
de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley Orgánica 11/1983, de Reforma
Universitaria, en relación con el artículo 3.º e) de la misma norma,
así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar
pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de
Archivos y Bibliotecas, grupo B, de la Universidad de Cantabria,
con sujeción a las siguientes:
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas
de funcionario de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos
y Bibliotecas, grupo B, de esta Universidad, por el sistema de
concurso-oposición libre.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, en la redacción dada por la Ley 23/1988
de 28 de julio ; la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y de Orden Social ("Boletín Oficial del
Estado" del 31), y la Ley 13/1996, de 30 de diciembre ; el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado ("Boletín Oficial del Estado" de 10
de abril) ; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial
del Estado" del 24), sobre el acceso a determinados sectores de
la función pública de los nacionales de los demás Estados
miembros de la Unión Europea ; el Real Decreto 1246/1985, de 29
de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad
de Cantabria, y lo dispuesto en esta convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso
y oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que
se especifican en el anexo I de la convocatoria.
1.4 El programa de materias que ha de regir en la fase de
oposición figura en el anexo II de esta convocatoria.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud
de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en
el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores
de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado
la edad de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,
Ingeniero o Arquitecto técnico o equivalentes, tres años de
licenciatura, primer o único ciclo completo se entiende como
equivalente a Diplomado, o haber superado los estudios necesarios
para obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación
de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación
en España.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1. Quienes deseen tornar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en solicitud, que se ajustará al modelo
que figura como anexo IV a esta convocatoria. También será
facilitada gratuitamente en los Gobiernos Civiles de cada provincia,
en las Delegaciones de Gobierno de las Comunidades Autónomas,
así como en el Centro de Información Administrativa del Ministerio
para las Administraciones Públicas, en todos los Rectorados de
las Universidades públicas del Estado, y en la Conserjería del
pabellón de Gobierno de la Universidad de Cantabria (avenida de los
Castros, sin número, Santander) y en la siguiente dirección de
Internet: http://www.gestion.unican.
es/personal/SOLICITUD.doc
3.2 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes
tendrán en cuenta lo siguiente:
3.2.1 Serán dirigidas al excelentísimo señor Rector Magnífico
de la Universidad de Cantabria. Se acompañará una fotocopia
del documento nacional de identidad, el cual deberá encontrarse
en vigor a la fecha de finalización de presentación de solicitudes
y se adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber
satisfecho los derechos de examen.
3.2.2 Los aspirantes que no posean la nacionalidad española
y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del
documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los
documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir
a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el
que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar
declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante
vive a sus expensas o está a su cargo.
3.2.3 El plazo de presentación de instancias será de veinte
días naturales contados a partir del siguiente al de publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.2.4 La presentación de la solicitud se realizará en el
Registro General de la Universidad de Cantabria, pabellón de Gobierno,
avenida de los Castros, sin número, 39005 Santander, bien
directamente, o a través de las restantes formas previstas en el
artículo 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de
Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas
y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado, a través de las representaciones diplomáticas
o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán
seguidamente a esta Universidad.
3.2.5 Los derechos de examen serán de 2.500 pesetas y se
ingresarán en la cuenta corriente número 17342-3, abierta en
Caja Cantabria, oficina principal, bajo el nombre de Universidad
de Cantabria: "Ingresos varios".
El ingreso se realizará bien directamente o mediante
transferencia bancaria a dicha cuenta, bajo el nombre de "Pruebas
selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos y
Bibliotecas, grupo B, de la Universidad de Cantabria".
En la solicitud deberá figurar el sello de Caja Cantabria, o
ir acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, y
cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso
la mera presentación para el pago supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, del ejemplar para el órgano
convocante.
3.3 Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas
siguiendo el procedimiento señalado en la base 3.2.4 se
considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el
Registro General de la Universidad de Cantabria.
3.4 El aspirante deberá observar las siguientes instrucciones
en la cumplimentación de su solicitud:
3.4.1 En el recuadro de la solicitud destinado a "Cuerpo o
Escala" los aspirantes harán constar "Ayudante de Archivos y
Bibliotecas", grupo B, y en el destinado para "Forma de acceso"
se consignará la letra "L".
3.4.2 En el recuadro destinado a "Provincia de examen" se
señalará "Cantabria".
3.4.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad
podrán indicarlo en el recuadro número 6 de la solicitud y solicitar,
en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea
necesaria, expresándolo en el recuadro número 7.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2.3 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y
discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector
de la Universidad de Cantabria dictará resolución en el plazo
máximo de un mes que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los
ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos, con
indicación de las causas de exclusión. En la lista deberán constar,
en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento
nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión, caso de que aquél sea subsanable.
Los aspirantes definitivamente excluidos podrán interponer
recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a este
Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativo.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rectorado de esta Universidad, cuando
concurran en ellos las circunstancias de las previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
el Rectorado dictará resolución por la que se nombra a los nuevos
miembros del Tribunal que han de sustituir a los que hayan perdido
su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con asistencia del Presidente y Secretario y la de la mitad,
al menos, de sus miembros titulares o suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así
como lo que deba hacerse en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rectorado de la
Universidad.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este
sentido, se establecerán, para la personas con minusvalía que
lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualquier otro equivalente, previa aprobación
por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Cantabria, pabellón
de Gobierno, avenida de los Castros, sin número, 39005
Santander, teléfono 942 20 10 23.
El Tribunal dispondrá en esta sede, al menos, una persona,
miembro o no del Tribunal, que atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11. El Tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas
en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín
Oficial del Estado" del 19).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la
letra "B", en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo
primer apellido comience por la letra "B", el orden de actuación
se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra
"C", y así sucesivamente, de conformidad con lo previsto en la
Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3
de marzo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado
el día 16 de febrero.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su identidad.
6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal, para
los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
6.4 El Rectorado, mediante la resolución indicada en la base
4.1 que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", fijará la
fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.
6.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede de los Tribunales señalada en la base 5.10, y por
cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su
máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de
antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando
se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los
locales donde se haya celebrado, en la citada sede de los
Tribunales, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con
doce horas, al menos, de antelación.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud
de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Lista de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración, las
relaciones de aspirantes que hayan superado cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizado el último ejercicio, el Tribunal hará pública
en el lugar en que aquél se haya celebrado, la relación definitiva
de aspirantes que han superado el proceso selectivo, en la que
constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios, la
puntuación de la fase de concurso y la suma total.
7.3 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de
la lista de aprobados al Rector, especificando igualmente el
número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
7.4 El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han
superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al
de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de
aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados
deberán presentar en el Registro General de la Universidad de
Cantabria los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del mismo.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura en el anexo V a esta
convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometido a
sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública, según el modelo que figura como
anexo VI a esta convocatoria.
c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni defecto físico que imposibiliten para el servicio ; este certificado
deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de
la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en caso de
que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social,
se expedirá por el Colegio Médico.
d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
discapacitados deberán presentar certificación de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite
tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los
citados órganos o de la Administración Sanitaria acreditativo de
la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones que
correspondan.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios de carrera
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.3 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta
del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de
funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en
el "Boletín Oficial del Estado".
8.4 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran
superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de la publicación de su nombramiento
como funcionario de carrera en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Norma final
9.1 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente y ante este
Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser
impugnada directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Santander, mediante recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la
publicación.
Santander, 8 de enero de 2001.-El Rector, Jaime Vinuesa
Tejedor.
ANEXO I
Ejercicios, méritos y valoración
1. Proceso selectivo
El proceso de selección de los aspirantes constará de las fases
de concurso y de oposición, indicadas en la base 1.3 de la
convocatoria.
Fase de concurso.-En la fase de concurso se valorarán los
estudios académicos realizados y los servicios efectivos prestados
en la Universidad de Cantabria, como personal funcionario o
laboral, méritos todos ellos referidos a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
Fase de oposición.-La fase de oposición estará formada por
los ejercicios que a continuación se indican, siendo todos ellos
eliminatorios:
1.1 Primer ejercicio.-Eliminatorio. Consta de dos partes:
Primera parte: Consistirá en contestar a un cuestionario de
preguntas de respuesta breve sobre los temas relacionados en
la parte I del temario recogido en el anexo II de esta convocatoria.
El tiempo para la realización de esta prueba será de sesenta
minutos.
Segunda parte: Consistirá en la traducción (mínimo 400
palabras) a español de un texto en inglés, permitiéndose el uso de
diccionarios y vocabularios que el opositor traiga consigo.
El tiempo para la realización de esta parte será de sesenta
minutos.
2.2 Segundo ejercicio.-Eliminatorio: Consistirá en
desarrollar por escrito dos temas entre tres, elegidos por el Tribunal,
mediante sorteo en presencia de los opositores, de entre los que
figuran en la parte II del temario recogido en el anexo II de esta
convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este
ejercicio será de dos horas treinta minutos.
El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública y
llamamiento único, el orden de intervención comenzará siguiendo
el orden que establece la base 6.1, de esta convocatoria.
2.3 Tercer ejercicio.-Supuestos prácticos. Eliminatorio:
Consistirá en la realización de tres supuestos prácticos. Para su
desarrollo los opositores podrán disponer de los materiales e
instrumentos de consulta propios y personales que estimen necesario
traer consigo (diccionarios, glosarios, manuales, normas, léxicos
documentales, guías de fuentes de información etc.). El tiempo
máximo para la realización del ejercicio es de tres horas treinta
minutos.
Primera práctica: Consistirá en resolver un caso de búsqueda
de información y/o análisis y evaluación de fuentes de información
(electrónicas o convencionales) susceptible de abordarse en
servicios de información y referencia de una biblioteca universitaria.
Si el Tribunal lo estima necesario podrán facilitarse a los opositores
medios adicionales para la realización de la práctica. Los
contenidos de la prueba podrán ser comunes para todos los opositores
o diferentes para cada uno, en cuyo caso serán elegidos al azar
para cada aspirante al comienzo del ejercicio entre los preparados
al efecto por el Tribunal.
Segunda práctica: Consistirá en realizar el análisis de contenido
de un documento impreso, igual para todos los opositores, en
lengua castellana, que incluirá: (a) Resúmenes indicativo (hasta
25 palabras) e informativo (hasta 150 palabras) ; (b) relación de
descriptores en lenguaje no controlado ; (c) encabezamientos de
materia siguiendo, a elección del opositor, la lista de
encabezamientos de materia de las Bibliotecas del CSIC, o bien la lista
de encabezamientos de materia de la Biblioteca de la Universidad
de Sevilla ; (d) clasificación decimal universal. Se facilitarán a
los opositores copias del documento así como la consulta del
original.
Tercera práctica: Consistirá en redactar el asiento bibliográfico
correspondiente a un documento impreso moderno, igual para
todos los opositores, en lengua inglesa, siguiendo la normativa
ISBD y las Reglas de Catalogación Españolas (Madrid: Ministerio
de Cultura, 1996). Se facilitarán a los opositores copias de los
elementos fundamentales del documento así como la consulta del
original.
2. Valoración de los méritos
2.1 Para la valoración de los méritos correspondientes a los
servicios prestados no será preciso que el interesado presente
certificación referida a méritos que consten en su expediente personal,
que se expedirá de oficio por la Sección de Personal de
Administración y Servicios. En el caso de la titulación, deberá aportarse
documentación acreditativa suficiente, salvo que conste ya
también en los citados archivos.
2.2 Estudios académicos.-Se valorará la titulación o estudios
académicos realizados, siempre que sean superiores a los exigidos
para participar en estas pruebas, de acuerdo con la siguiente
escala:
Licenciado universitario: 0,4 puntos.
En caso de poseer dos titulaciones del mismo nivel académico,
sólo se valorará una de ellas.
2.3 Servicios prestados.-Se valorarán los servicios efectivos
prestados en la Universidad de Cantabria, como personal
funcionario o laboral, a razón de 0,3 puntos por año completo, con
un máximo de 2,1 puntos. Las fracciones superiores a 9 meses
se valorarán como año completo.
2.4 No se exigirá una puntuación mínima para superar esta
fase.
3. Calificación de los ejercicios
3.1 Primer ejercicio.-Se calificará de cero a 1,25 puntos cada
parte, siendo necesarios como mínimo 0,5 puntos en cada parte
para aprobar el ejercicio. Serán eliminados los aspirantes que
obtengan menos de 1,25 puntos en conjunto de las dos partes.
3.2 Segundo ejercicio.-Se calificará de cero a 1,25 puntos
cada uno de los temas, siendo necesario obtener, como mínimo,
0,5 puntos en cada uno de los temas. Serán eliminados los
aspirantes que obtengan menos de 1,25 puntos en total.
3.3 Tercer ejercicio.-Se calificará de cero a 2,5 puntos la
primera práctica, siendo necesario obtener como mínimo 1 punto
para superar esta parte. De cero a 1,25 puntos cada una de las
prácticas siguientes, siendo necesarios obtener, como mínimo, 0,5
puntos en cada una de ellas para superarlas. Serán eliminados
los que obtengan menos de 2,5 puntos en total en este ejercicio.
4. Calificación final de las pruebas selectivas
4.1 La calificación de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de la puntuación obtenida en los ejercicios
eliminatorios.
4.2 La calificación final de las pruebas selectivas vendrá dada
por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso
y la de los ejercicios eliminatorios de la fase de oposición.
Sólo se sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso
a aquellos aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de
la fase de oposición. La puntuación en concurso no podrá ser
aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.
4.3 El Tribunal, una vez sumadas las puntuaciones citadas
en el número anterior, hará pública la relación definitiva de
aspirantes que han superado las pruebas selectivas, que no podrá
incluir un número superior de aprobados que el de plazas
convocadas.
4.4 En caso de empate, en la puntuación total, se resolverá
atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio.
En segundo lugar se atenderá a la mayor calificación obtenida
en el segundo. En tercer lugar, la mayor puntuación obtenida en
el primero. Si persistiese el empate, éste se dirimirá por sorteo.
ANEXO II
Programa
Parte I
1. Nociones de informática. Elementos y funcionamiento de
un sistema informático. Sistemas operativos, utilidades, "software"
de aplicación. Clases de ordenadores, los ordenadores personales.
Nociones sobre redes de ordenadores e interconexión de redes.
2. S.O. Windows 95/98. Fundamentos, administración de
aplicaciones, programas y archivos. Panel de control.
Administración de impresión. Instalación y configuración de dispositivos,
etcétera.
3. Ofimática, tipos de programas y aplicaciones más usuales.
Microsoft Office, funciones avanzadas.
4. Programas y sistemas de gestión de bases de datos.
Estructura de los datos y organización en sistemas de almacenamiento.
Modelos y tipos de programas gestores de bases de datos.
Aplicaciones comerciales más usuales.
5. Internet, desarrollo, funcionamiento, principales servicios
y aplicaciones a nivel de usuario. Telnet, FTP, correo electrónico,
World Wide Web, etc. Motores de búsqueda y directorios de
recursos en Internet. Lenguajes y utilidades para edición y publicación
de documentos en Internet.
6. Redes informáticas de campus y servicios informáticos a
la comunidad universitaria. Internet en las universidades. Las
tecnologías al servicio de la enseñanza superior.
Parte II
1. Situación, tendencias y problemas de la educación superior
en España. La reforma de las enseñanzas universitarias. Estudios
oficiales y estudios propios
2. El sistema ciencia-tecnología-industria en España. OCYT
y CICYT. Los OPIs y la I + D en el sector privado. Plan Nacional
de I + D e Innovación y Programa Marco de la Unión Europea.
La Investigación en las universidades.
3. Titulaciones, planes de estudio, formación de postgrado
y líneas de investigación en la Universidad de Cantabria.
Organización, funcionamiento y resultados de la actividad académica
y científica.
4. La cooperación entre bibliotecas universitarias y
científicas, ámbitos y métodos, productos y servicios cooperativos.
Situación y tendencias actuales en España.
5. La edición científica periódica, situación, crisis y evolución
de las revistas científicas. Las revistas electrónicas, la distribución
individual de artículos y las nuevas formas de información científica
primaria.
6. Tecnologías y soportes para la publicación electrónica.
Medios y servicios de acceso a información y publicaciones
electrónicas en bibliotecas universitarias.
7. Sistemas integrados de gestión bibliotecaria, funcionalidad
y características. Servicios OPAC,
8. Aplicación de servicios Internet en las bibliotecas.
Búsquedas de información en la red. Edición de información y
distribución de servicios. Otros usos de Internet en bibliotecas.
9. Criterios y procedimientos para selección y valoración de
bibliografía en bibliotecas universitarias. Gestión y evaluación de
colecciones en las bibliotecas universitarias.
10. Acceso al documento en bibliotecas universitarias. El
suministro interbibliotecario, objetivos, métodos y tecnologías.
11. Planificación, mantenimiento y evaluación de catálogos
de bibliotecas con formato MARC. Organización del control
bibliográfico en bibliotecas universitarias. Fuentes de la catalogación.
12. Lingüística documental e indización. Descriptores,
tesauros, encabezamientos de materia, clasificaciones sistemáticas.
13. Los usuarios de las bibliotecas universitarias. Tipología
y necesidades de información y documentación de profesores,
investigadores, estudiantes de postgrado y pregraduados. Análisis
por especialidades académicas, metodologías de investigación y
sectores profesionales.
14. Marketing de servicios en la administración pública.
Marketing de servicios de información y documentación. Planificación,
difusión, gestión y evaluación de servicios al usuario en la
biblioteca universitaria.
15. La función educativa y las actividades formativas de las
bibliotecas universitarias. La biblioteca actual como instrumento
de una enseñanza superior en transformación. El bibliotecario
como educador.
16. Las búsquedas de información. Entrevista de referencia.
Estrategias y técnicas de recuperación de información. Sistemas
de interrogación, obtención y explotación de resultados. Servicios
avanzados y personalizados.
17. Documentación primaria y fuentes de información en
Derecho, Economía y Ciencias Empresariales.
18. Documentación primaria y fuentes de información en
Geografía, Historia, Arte, y Psicopedagogía.
19. Documentación primaria y fuentes de información en
ciencias médicas y de la salud.
20. Documentación primaria y fuentes de información en
Matemáticas, Física y Ciencia Natural en general.
21. Documentación primaria y fuentes de información en
Ingeniería Civil y áreas relacionadas.
22. Documentación primaria y fuentes de información en
Ingeniería Industrial, Química, Electrónica y de
Telecomunicaciones.
23. Atención al público. Información y calidad en el servicio
al ciudadano por parte de la Administración.
24. La Constitución Española de 1978. Derechos y libertades.
La organización territorial del Estado.
25. Bases fundamentales del Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
26. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
El funcionario público. Las relaciones de puestos de trabajo.
Derechos y deberes de los funcionarios. Clases y situaciones de los
funcionarios.
27. La Comunidad de Cantabria. Estatuto de Autonomía,
instituciones y Administración regional.
28. La Universidad de Cantabria, Estatutos, organización,
funcionamiento y situación actual.
29. El sistema español de universidades, nociones sobre
legislación y régimen jurídico, organización, Estatutos y competencias
territoriales. El Consejo de Universidades y la autonomía
universitaria.
30. Concepto, función y clases de bibliotecas en la actualidad.
Las bibliotecas ante el cambio social y tecnológico.
31. La biblioteca como servicio universitario general. Las
bibliotecas de las universidades españolas.
32. Funciones y características de las bibliotecas o agencias
bibliográficas nacionales, de las bibliotecas públicas o populares
y de las bibliotecas especializadas o de instituciones. Servicios
o centros de información y documentación.
33. Las bibliotecas en España. Ordenación, organización y
situación actual del sector.
34. Los documentos y sus clases, documentos primarios y
secundarios, tipología documental en las bibliotecas universitarias
y especializadas.
35. Fuentes de información en bibliotecas universitarias.
Clases de bases de datos documentales. Fuentes bibliográficas de
carácter general, catálogos de bibliotecas, catálogos colectivos,
bibliografías nacionales y comerciales, repertorios de
publicaciones periódicas, etc.
36. Repercusión de las tecnologías e industrias de la
información y las comunicaciones en las actividades de información
y documentación. Aspectos económicos, sociales, culturales y
profesionales.
ANEXO III
Tribunal calificador
Miembros titulares:
Presidente: Don Salvador Blanco García, Gerente de la
Universidad de Cantabria.
Vocales: Don Luis Javier Martínez Rodríguez, Director de la
Biblioteca Universitaria ; doña María Jesús Saiz Vega, Subdirectora
de la Biblioteca Universitaria, y (pendiente de designar por la Junta
de Personal Funcionario de la Universidad).
Secretaria: Doña Carmen Sopeña Pérez, Jefa de la Sección
de Personal de Administración y Servicios.
Miembros suplentes:
Presidente: Don Enrique Alonso Díaz, Vicegerente de la
Universidad de Cantabria.
Vocales: Doña Lourdes Pardo Urquijo, funcionaria de la Escala
de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas ; doña Carmen Chasco
Vila, funcionaria de la Escala de Ayudantes de Archivos y
Bibliotecas, y (pendiente de designar por la Junta de Personal
Funcionario de la Universidad).
Secretaria: Doña Concepción Merino Antón, Jefa del Negociado
de Personal Funcionario.
ANEXO IV: (Ver imágenes páginas 2442 y 2443)
ANEXO V
Don/doña ...................................................., con domicilio
en ........................................... y con documento nacional de
identidad número ................., declara bajo juramento o promete,
a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de la
Escala ..........................................., que no ha sido separado/a del
servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla
inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
En ....................., a ........ de ..................... de 2001
ANEXO VI
Don/doña ...................................................., con domicilio
en ........................................... y con documento de identidad
número ................., declara bajo juramento o promete, a efectos
de ser nombrado/ a funcionario/a de la
Escala ..........................................., que no ha sido separado/a del
servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni está
sometido/a a sanción o condena penal que impida en su Estado el
acceso a la función pública.
En ....................., a ........ de ..................... de 2001
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