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Documento BOE-A-2001-16679

Orden 432/38378/2001, de 3 de agosto, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Científicos Superiores del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA).

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 27 de agosto de 2001, páginas 32337 a 32346 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2001-16679

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 119/2001

de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" número 36, del 10),

por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2001

y con el fin de atender las necesidades de personal de la

Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril,

de Organización y Funcionamiento de la Administración General

del Estado, y en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990,

de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre),

previo informe favorable de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la

Escala de Científicos Superiores del Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 4 plazas por

el sistema general de acceso libre, según la distribución por áreas

de especialización que figura en el anexo II.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984 de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3),

modificada por la Ley 23/1988 de 28 de julio ("Boletín Oficial

del Estado" número 181, del 24) y por la Ley 22/1993 de 29

de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 31), Ley 17/1993

de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24), el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 10 de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el sistema

de oposición y curso selectivo, con las pruebas, puntuaciones y

materias que se especifican en el anexo I de la convocatoria.

1.4 Las áreas de especialización de las plazas convocadas,

así como las materias y contenido de las mismas, son los que

se indican en el anexo II.

Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de

especialización de las que se indican en el citado anexo.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará por áreas de especialización, de

acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos en la oposición

y en el curso selectivo a que se refiere el apartado 1.3 del anexo I.

La duración máxima de la oposición será de siete meses

contados a partir de la publicación de la presente convocatoria.

1.6 Los aspirantes que hayan superado la oposición serán

nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas, deberán superar el curso

selectivo que se determina en el apartado 1.3 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superada la oposición, será de dos meses a partir de la terminación

del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.

Quienes no superen el curso selectivo, de acuerdo con el

procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente

convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada por la

autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la

evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,

intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o tener la nacionalidad de un país miembro

de la Unión Europea; también podrán participar los nacionales

del reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia.

También podrán participar, el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Estar en posesión o en condición de obtener el título

de Ingeniero Superior, Licenciado, Arquitecto o equivalente, de

acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto. Los estudios efectuados en centros españoles no

estatales o en el extranjero deberán estar homologados.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española,

deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso

a la función pública.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen

en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales,

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido

eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.

Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de

las pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas,

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, y en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública

y en el INTA (carretera Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4. Torrejón

de Ardoz. Madrid), así como en las representaciones diplomáticas

o consulares de España en el extranjero.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que

se detallan a continuación:

Instrucciones para el interesado:

A) Instrucciones generales:

Escribir solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie

dura, utilizando mayúsculas de tipo imprenta.

Asegurarse de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evitar doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escribir en los espacios sombreados o reservados.

No olvidar firmar el impreso.

B) Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consignar: Defensa.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consignar: Ministerio

y Subsecretaría, código 14001.

En el recuadro relativo a la tasa: derechos de examen, consignar

el código: 14.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria

indicar: 2001.

C) Instrucciones particulares:

En el recuadro 15, consignar: Escala de Científicos Superiores

del INTA, código 5301.

En el recuadro 16, consignar necesariamente el área de

especialización a la que opte el candidato. No es necesario indicar

código.

Recuadro 17, referido a forma de acceso, consignar la letra

mayúscula "L" (Libre/nuevo ingreso).

En el recuadro 18, consignar: Ministerio de Defensa. No es

necesario señalar código.

El recuadro 20, referido a provincia de examen, no es necesaria

su cumplimentación.

En el recuadro 21, minusvalía: indicar, si procede, el porcentaje

del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.

En el recuadro 23, indicar, en caso de minusvalía, la adaptación

que se solicita.

En el recuadro 24, se hará constar la titulación que se posee

para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en

la base 2.1.3 de esta convocatoria.

3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la

Administración" del modelo de solicitud), una vez validado por la entidad

colaboradora, se hará en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, carretera de Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4, 28850

Torrejón de Ardoz (Madrid), o en la forma establecida en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del

siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado" y se dirigirá al Director General de Personal

del Ministerio de Defensa. A la solicitud (ejemplar para la

Administración) se acompañarán dos fotocopias del documento

nacional de identidad o pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de

Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso,

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos, deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

Noruega o Islandia con el que existe este vínculo, de que no está

separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de

que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y de

conformidad con lo dispuesto en la base 6.2 estén exentos de

la realización de la prueba previa de acreditación de conocimiento

del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia compulsada

del diploma superior de español como lengua extranjera, o del

certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por

las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar esta

documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo en

consecuencia realizar la prueba a la que se refiere el apartado 6.2 de esta

convocatoria.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes remitirán seguidamente las mencionadas solicitudes

al Organismo competente. El interesado deberá adjuntar a dicha

solicitud comprobante bancario de haber hecho el ingreso de la

tasa por derechos de examen en la cuenta corriente

número 0182/2370/48/0201503641, abierta en el "Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima", sucursal 2370, con domicilio

en calle Serrano, número 37, Madrid, con el título "Tesoro Público.

Ministerio de Defensa. Cuenta restringida para la recaudación de

tasas en el extranjero". Tasa 14020. "Derechos de examen". El

ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del

"Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima" o mediante

transferencia desde cualquier entidad bancaria, siendo preciso que

quede claro ante la entidad destinataria de la transferencia que

el destino de la tasa es el pago de los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas en que

esta adaptación sea necesaria.

3.4 Las certificaciones de homologación habrán de

presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de

febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23), acompañándolas a

la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter

excepcional, al Tribunal con antelación a la celebración de las

correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones

se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al

cual se produjeron. En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal

a la Comisión Permanente de Homologación.

3.5 De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de

la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden Social, modificado por la Ley 55/1999,

la tasa por derechos de examen serán de 4.000 pesetas (24,04

euros). Dicha cantidad se ingresará mediante la presentación de

la solicitud para su validación, en cualquier Banco, Caja de

Ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades

colaboradoras en la recaudación tributaria.

3.6 Según lo dispuesto en el mencionado artículo 18,

apartado cinco, de la Ley 66/1997, modificado por la Ley 55/1999,

de 29 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33

por 100, debiendo acompañar a la solicitud a estos efectos,

certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuraren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de

publicación de la convocatoria.

En este caso será requisito para el disfrute de la exención que

en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en

cóm

puto mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación

relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos

previstos en la Ley, se solicitará en la correspondiente oficina

del INEM. En cuanto a la acreditación de las rentas se efectuará

con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante;

ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

En la solicitud deberá figurar la acreditación del pago de la

tasa correspondiente a los derechos de examen mediante

certificación mecánica o mediante el sello y firma autorizada de la

entidad colaboradora.

La falta de la justificación del abono de los derechos de examen,

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en las oficinas bancarias

supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Director General de Personal del Ministerio de Defensa dictará

Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la

lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá

publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los

lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada

completa de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará

el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio. La mencionada

lista deberá ser expuesta, en todo caso, en el Ministerio de Defensa

y en los Centros establecidos en el artículo 20 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de

10 de abril). En la lista deberán constar los apellidos, nombre,

número del documento nacional de identidad o pasaporte, así

como la causa de la exclusión y plazo para subsanar los defectos.

4.2 En todo caso, al objeto de evitar errores, y en el supuesto

de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no

figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus

nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3 Los aspirantes excluidos u omitidos de la relación de

admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,

contados a partir del siguiente al de la publicación de la

Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión de la citada relación.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran

la exclusión o alegaran su omisión, justificando su derecho a estar

incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente

excluidos de la relación de las pruebas.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses a contar a partir del día siguiente a su publicación,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde

tengan su domicilio los interesados, a elección de los mismos,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1

de julio del poder judicial y en la Ley 29/1998, de 13 de julio

reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, será potestativo del interesado interponer recurso

de reposición previo al contecioso-administrativo, ante el mismo

órgano que dicta ese acto, en el plazo de un mes, de conformidad

con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según

redacción dada por el artículo 1 números 31 y 32 de la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

4.4 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será el que figura

en el anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Director General de Personal del Ministerio

de Defensa, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante hará público el nombramiento de los

nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas previstas en la

base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan, y con la mitad, al menos, de sus

miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación,

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario

correspondiente, o de quienes los sustituyan, y de la mitad, al

menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Director General

de Personal del Ministerio de Defensa.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, carretera de Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4, 28850

Torrejón de Ardoz (Madrid), teléfono 91 520 13 11 ó 520 12 43.

El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.11 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios que sean escritos y no

deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se

conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos

aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18

de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22) o

cua

lesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría

de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado

la oposición un número superior de aspirantes que el de plazas

convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ" de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial

del Estado" número 65, del 16), por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 5 de marzo de 2001. En el supuesto

de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience

por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará por aquellos

otros cuyo primer apellido comience por la letra "O", y así

sucesivamente.

6.2 Con carácter previo a la realización de las pruebas de

la oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante

la realización de una prueba en la que se comprobará que posee

un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en

esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1998, de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del español como lengua extranjera.

La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario

obtener la valoración de apto para pasar a realizar las pruebas

de la oposición.

6.2.1 Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén

en posesión del Diploma Superior de Español como Lengua

Extranjera, establecido por el Real Decreto 826/1998, de 20 de julio,

modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de

enero o del certificado de aptitud en español para extranjeros

expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

6.3 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

un único llamamiento siendo excluidos de la convocatoria quienes

no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.5 La publicación del anuncio de la celebración del segundo

ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya

celebrado el primer ejercicio, así como en la sede del Tribunal

señalada en la base 5.9 y por cualesquiera otros medios, si se

juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con

veinticuatro horas, al menos de antelación a la señalada para la

iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el

anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado,

en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se

juzga conveniente, con doce horas, como mínimo, de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán proponer su

exclusión al Director General de Personal del Ministerio de

Defensa, comunicándose, asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas, a los efectos procedentes.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde

tengan su domicilio los interesados, a elección de los mismos,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1

de julio, del Poder Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, será potestativo del interesado interponer recurso

de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el mismo

órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad

con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según

redacción dada por el artículo primero números 31 y 32 de la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas de la oposición, el Tribunal hará

pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio,

así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en

aquellos otros que estime oportuno, una relación de los aspirantes

aprobados, por orden de puntuación total alcanzada en toda la

oposición, con indicación de su documento nacional de identidad

o pasaporte.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Director General de Personal del Ministerio de

Defensa. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado".

En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han

superado la oposición un número de aspirantes superior al de

las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que

contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Dirección General

de Personal del Ministerio de Defensa, hará pública en los tablones

de anuncios del Ministerio de Defensa, del INTA y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, la relación de los funcionarios

en prácticas que hayan superado dicho curso, por orden de

puntuación obtenida en el mismo.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase teórica

del curso selectivo y en el supuesto de persistir el empate, se

estará a la mayor puntuación obtenida en su fase práctica.

7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Dirección General de

Personal del Ministerio de Defensa, hará pública en los tablones

de anuncios del Ministerio de Defensa, del INTA y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, una sola relación de aspirantes

aprobados por orden de puntuación total alcanzada en todo el

proceso selectivo con especificación de la puntuación obtenida

en la oposición y en el curso selectivo, así como con indicación

del documento nacional de identidad.

En ningún caso la Dirección General de Personal podrá declarar

que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes

superior al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquél en que se hizo pública en el "Boletín Oficial

del Estado" la lista de aprobados a que se refiere la base 7.1

de la presente convocatoria, los opositores aprobados deberán

presentar, en el Registro General del Ministerio de Defensa, paseo

de la Castellana, 109, 28071 Madrid, ó en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar así mismo fotocopia compulsada de la acreditación a

que se refiere la citada base.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar, además de la declaración relativa al Estado español,

declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso

a la función pública, según el modelo que figura como anexo V

a esta convocatoria.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España, deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la

hubieran aportado en el momento de presentar la solicitud de

participación.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la remuneración que

deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas.

Dicha opción deberá ser formulada igualmente por los funcionarios

interinos, por los contratados administrativos y por el personal

laboral, de conformidad con lo previsto en el Real

Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 6

de marzo).

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor debidamente acreditados, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno

de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio

de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en

la solicitud inicial.

8.4 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta

del Director General de Personal del Ministerio de Defensa, se

procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en el

que se determinará la fecha en que empezará a surtir efectos dicho

nombramiento.

8.5 Una vez finalizado el curso selectivo, los opositores

aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa

oferta de los mismos.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas

convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera, a propuesta

del Director general de Personal del Ministerio de Defensa,

mediante Resolución del Secretario de Estado para la Administración

Pública que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" con

indicación del destino adjudicado.

Los puestos de trabajo ofrecidos como primer destino que

supongan la participación directa o indirecta en el ejercicio del

poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedan excluidos

de la posibilidad de ser elegidos u ocupados por aspirantes de

nacionalidad no española, siendo los Ministerios de Economía y

Hacienda y para las Administraciones Públicas, según se especifica

en el apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 800/1995, de 19

de mayo, los competentes para determinar cuales serían esos

puestos de trabajo.

8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo la Administración podrá, en su caso, proceder a la

revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la mencionada Ley.

Madrid, 3 de agosto de 2001

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ CONDE

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Oposición.

b) Curso selectivo.

1.2 Fase de oposición.-La fase de oposición constará de

cuatro ejercicios obligatorios. Todos los ejercicios tendrán carácter

eliminatorio, y son los siguientes:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito en idioma

castellano, un tema general relacionado con el área de

especialización elegida por el aspirante de los que figuran en el anexo II

de esta convocatoria, a escoger entre dos propuestos por el

Tribunal.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de un período de tiempo de dos horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste disponga, que lo calificará valorando

los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de

expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

Segundo ejercicio: Consistirá en la exposición oral en idioma

castellano ante el Tribunal de un tema de las materias generales

y dos temas de las materias específicas del área de especialización

elegida por el aspirante, del programa que figura en el anexo II

de esta convocatoria.

El aspirante, en presencia del Tribunal, extraerá al azar cinco

temas de los que dos corresponderán a las materias generales

y tres a las específicas del área de especialización elegida. De

entre los temas extraídos, el aspirante expondrá a su elección

un tema correspondiente a las materias generales y dos a las

materias específicas. Con carácter previo a la exposición el aspirante

dispondrá de quince minutos para hacer un guión que podrá ser

utilizado en la exposición. Durante este tiempo previo y durante

la exposición de los temas, los opositores no podrán consultar

textos ni documentación alguna.

El tiempo máximo para la exposición de este ejercicio ante

el Tribunal, será de una hora, debiéndose dedicar un mínimo de

quince minutos a cada tema expuesto.

La calificación vendrá determinada por la claridad de la

exposición de ideas así como por la concreción y precisión en el

contenido de los temas expuestos.

Tercer ejercicio: Idioma inglés.

Este ejercicio, constará de dos partes:

A) Parte escrita: Consistirá en la realización de dos

traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa, sobre

dos textos redactados en lengua inglesa y española,

respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias

contenidas en el anexo II de esta convocatoria. La duración

máxima de esta parte del ejercicio, será de una hora.

B) Parte oral: Consistirá en mantener una conversación en

idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de diez

minutos.

El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma

inglés, con preferencia de profesores de la Escuela Oficial de Idiomas.

Cuarto ejercicio: Este ejercicio, de carácter práctico, consistirá

en la resolución por escrito de un supuesto práctico relacionado

con las materias específicas del área de especialización elegida

por el aspirante, del programa que figura en el anexo II de esta

convocatoria. El Tribunal elaborará tres supuestos por cada área

de especialización, de los que el aspirante extraerá dos al azar

en presencia del Tribunal y resolverá uno, a su elección, de entre

los dos extraídos. Para la realización de este ejercicio el aspirante

podrá llevar consigo y consultar toda la documentación que estime

necesaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste disponga, con carácter previo a su

calificación.

Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo

máximo de quince minutos formulará preguntas sobre el tema

desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.

1.3 Curso selectivo.-Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales, cuya

duración máxima será de tres meses.

La parte teórica tendrá una duración máxima de un mes.

La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses

y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de

trabajo del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, mediante

la rotación de los funcionarios en prácticas por distintas unidades

del mencionado Centro Directivo. Durante esta parte del curso

selectivo, los funcionarios en prácticas tendrán asignados tutores

académicos.

En el plazo de diez días desde la finalización de las prácticas

reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la

Comisión de Valoración prevista en el apartado 2.3 de este anexo,

un informe de las actividades desarrolladas, con los comentarios

o sugerencias que crean oportuno formular.

La asistencia al curso selectivo, en alternancia con prácticas

reales, es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán

directamente de la Subdirección General correspondiente del

Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial.

2. Valoración

2.1 Los ejercicios de la oposición se calificarán de acuerdo

con los siguientes criterios:

Primer ejercicio: La calificación máxima de este ejercicio será

de quince puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez

puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación de hasta diez

puntos por el tema de las materias generales y de hasta quince

puntos por cada por cada uno de los temas de las materias

específicas correspondientes al área de especialización elegida por el

aspirante, lo que supone una calificación máxima de cuarenta

puntos, siendo necesario obtener un mínimo de veinte puntos para

superar el ejercicio.

Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de diez

puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para superar el

ejercicio.

Cuarto ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de

cuarenta puntos, siendo necesario obtener veinte puntos para superar

el ejercicio.

En cada ejercicio, cada miembro del Tribunal, incluido el

secretario, calificará por separado a cada aspirante, pudiéndole

adjudicar de cero al máximo de puntos que para cada ejercicio se

señala en los párrafos precedentes del presente apartado. El valor

medio de las puntuaciones computadas constituirá la calificación

del ejercicio. Para calcular este valor medio se excluirá del

cómputo de puntuaciones del aspirante en el ejercicio, la más alta

y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida más

de una máxima y una mínima.

2.2 Calificación fase oposición.-La calificación final de la fase

de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en los cuatro ejercicios de la misma.

2.3 Curso selectivo.-La Comisión de Valoración nombrada

por la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa

estará integrada por cinco funcionarios de las Subdirecciones

Generales de Investigación y Programas y de Experimentación y

Certificación del INTA, con nivel mínimo de Jefe de Área.

La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección

General correspondiente, la calificación de dicho curso selectivo, quien

la elevará a la Dirección General de Personal para su aprobación.

La calificación máxima total del curso selectivo será de 100

puntos, siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.

Los 100 puntos proceden de valorar con un máximo de 50 puntos

cada una de las dos partes del curso selectivo; por lo que, estará

suspenso aquel aspirante que no alcance al menos 25 puntos

en cada una de las dos partes citadas.

2.4 Calificación final.-La calificación final del proceso

selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la fase de oposición y en el curso selectivo.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, en el supuesto de persistir el empate, a la mayor

puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso, en el

tercero, primero y cuarto, sucesivamente, de la fase de oposición.

ANEXO II

Áreas de especialización

Las cuatro plazas de la Escala de Científicos Superiores del

INTA convocadas, lo serán según las áreas de especialización,

número y materias del programa que respectivamente se indican

a continuación:

Número

deplazasÁreadeespecialización

Área de especialización: Ingeniería Aeroespacial ....... 2

Área de especialización: Física Experimental .......... 1

Área de especialización: Electrónica Aplicada ......... 1

PROGRAMA

PRIMERA PARTE

Materias comunes

Organización y funcionamiento de la Administración General

del Estado

1. La Administración General del Estado. Órganos superiores

de la Administración General del Estado. Órganos territoriales de

la Administración General del Estado.

2. El ordenamiento jurídico administrativo (I). Fuentes. La

Constitución. La Ley. Sus clases. Los tratados internacionales.

3. El ordenamiento jurídico administrativo (II). Los principios

de reserva de Ley, de jerarquía normativa y de competencia.

Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley. Los Estatutos de

Autonomía.

4. El ordenamiento jurídico administrativo (III). El

Reglamento: Concepto y clases. Naturaleza. Fundamento de la potestad

reglamentaria. Límites.

5. Los actos jurídicos de la Administración Pública: públicos

y privados. El acto administrativo: Concepto, elementos y clases.

6. La eficacia de los actos administrativos. Su ejecutividad.

La ejecución forzosa por la Administración. Nulidad de pleno

derecho y anulabilidad. Revisión de oficio.

7. El procedimiento administrativo. Concepto, naturaleza y

caracterización. El procedimiento administrativo común. Sus clases.

8. Régimen jurídico de los funcionarios públicos. Derechos

y deberes de los funcionarios públicos. Régimen de

incompatibilidades.

9. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones

en vía judicial. Recursos administrativos. La jurisdicción

contencioso-administrativa. Naturaleza. Cuestiones a las que se extiende.

Cuestiones excluidas. El recurso contencioso-administrativo.

10. La administración institucional. Los organismo públicos.

Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales.

Régimen jurídico. Entidades excluidas de la regulación general.

11. Los Organismos Públicos de Investigación. Misiones y

estructura. El INTA: Disposiciones reguladoras. Misiones,

estructura, organización y funcionamiento.

12. El servicio público. Formas de gestión de los servicios

públicos: La gestión directa e indirecta.

13. El control de las Administraciones Públicas. Principios

comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los

contratos. Perfección, formalización y extinción de los contratos.

Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de los

contratos.

14. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del

Estado. Tipos. Características generales.

15. Régimen de la propiedad industrial y de la propiedad

intelectual.

SEGUNDA PARTE

Materias específicas

Área de especialización: Ingeniería Aeroespacial

1. Aerodinámica Genera. Régimen Subsónico.

2. Aerodinámica General. Regímenes Supersónico y

Transónico.

3. Aerodinámica General. Alas Rotatorias.

4. Aerodinámica General. Aeronaves de Colchón de Aire.

5. Mecánica de Vuelo. Actuaciones.

6. Mecánica de Vuelo. Estabilidad Estática.

7. Mecánica de Vuelo. Estabilidad Dinámica y Mando.

8. Condiciones de carga. Cargas en Vuelo.

9. Condiciones de carga. Cargas en Tierra.

10. Condiciones de carga. Cargas Especiales.

11. Motores Alternativos. Ciclo Otto.

12. Motores Alternativos. Ciclo Diesel.

13. Motores Aeronáuticos. Turborreactores.

14. Motores Aeronáuticos. Turbohélices.

15. Motores Aeronáuticos. Turbinas de Gas.

16. Elementos de Propulsión. Hélices Libres

17. Elementos de Propulsión. Hélices Carenadas.

18. Elementos de Propulsión. Reductores.

19. Sistemas de Potencia Auxiliar.

20. Sistemas Auxiliares. Tren y Mandos.

21. Sistemas Auxiliares. Interiores y Salvamento.

22. Sistemas Auxiliares. Transparencias.

23. Sistemas Auxiliares. Hidráulico.

24. Sistemas Auxiliares. Combustible.

25. Materiales Estructurales Metálicos. Aceros.

26. Materiales Estructurales Metálicos. Aleaciones Ligeras.

Aluminios.

27. Materiales Estructurales Metálicos. Aleaciones Ligeras.

Titanios.

28. Materiales Estructurales Compuestos.

29. Materiales Aeronáuticos No metálicos.

30. Estructuras. Arquitectura Aeronáuticos.

31. Estructuras. Estática.

32. Estructuras. Dinámica.

33. Estructuras. Fatiga y Tolerancia al daño.

34. Estructuras. Ensayos Estructurales Estáticos.

35. Estructuras. Ensayos Estructurales Dinámicos y de Fatiga.

36. Aviónica. Sistemas de Cabina.

37. Aviónica. Sistemas de Navegación.

38. Aviónica. Comunicaciones.

39. Aviónica. Identificación.

40. Compatibilidad Electromagnética. Ensayos en Cámara.

41. Compatibilidad Electromagnética. Ensayos en Campo

Abierto.

42. Ensayos Ambientales. Vibración.

43. Ensayos Ambientales. Climáticos.

44. Armamento Aeronáutico. Motores Cohete de propulsante

sólido.

45. Armamento Aeronáutico. Motores Cohete de propulsante

líquido.

46. Armamento Aeronáutico. Guiado y Control.

47. Armamento Aeronáutico. Misiles.

48. Armamento Aeronáutico. Bombas.

49. Experimentación en Vuelo. Procedimientos.

50. Experimentación en Vuelo. Trayectografía.

51. Experimentación en Vuelo. Telecomando.

52. Experimentación en Vuelo. Adquisición de Datos.

53. Experimentación en Vuelo. Proceso y Reducción de datos.

54. Metrología y Calibración. Patrones Primario y

Secundario.

55. Certificación Aeronáutica. Aeronaves de ala fija. Ambito

Civil.

56. Certificación Aeronáutica. Aeronaves de ala fija. Ambito

Militar.

57. Certificación Aeronáutica. Aeronaves de ala rotatoria.

Ambitos Civil y Militar

58. Mecánica celeste y orbital.

59. Determinación de órbitas.

60. Perturbaciones orbitales.

61. Maniobras orbitales.

62. Sistemas de satélites. Entorno en Tierra y en el

lanzamiento.

63. Sistemas de satélites. Entorno espacial.

64. Satélites de comunicaciones. Misiones y servicios.

65. Satélites de comunicaciones. Cargas útiles.

66. Satélites de comunicaciones. Aspectos regulatorios.

67. Satélites de Observación de la Tierra. Misiones y

Servicios.

68. Satélites de Observación de la Tierra. Cargas útiles.

69. Satélites de Navegación. Sistemas y cargas útiles.

70. Satélites de aplicación científica hacia el espacio exterior.

Misiones y cargas útiles.

71. Análisis de misión. Elementos más importantes.

72. Ingeniería de Sistemas aplicada a un programa espacial.

73. Plataformas espaciales. Estructuras y mecanismos.

74. Plataformas espaciales. Control térmico.

75. Plataformas espaciales. Control de actitud.

76. Plataformas espaciales. Propulsión.

77. Plataformas espaciales. Sistema eléctrico y generación

de potencia.

78. Plataformas espaciales. Telemetría y Telemando.

79. Plataformas espaciales. Gestión de datos a bordo.

80. Plataformas espaciales. Integración y ensayos de

calificación.

81. Lanzadores. Tipos, aplicaciones e integración con

plataformas.

82. Sistemas Espaciales. Centros de control y operación.

83. Sistemas Espaciales. Estaciones Terrenas. Subsistemas

de radiofrecuencia.

84. Sistemas Espaciales. Estaciones Terrenas. Subsistemas

de frecuencia intermedia.

85. Sistemas Espaciales. Segmento usuario.

86. Evaluación, Certificación, Acreditación: Concepto,

normativa y actores. Reglamento de homologación en el ámbito de

la defensa. Esquema de certificación de la seguridad de las

tecnologías de la información en defensa. Acuerdo de reconocimiento

mutuo de certificados.

87. Criterios y Metodologías: ITSEC-Introducción, alcance,

y Resultados de una evaluación.

88. Criterios y Metodologías: ITSEC-Valoración de la Eficacia.

89. Criterios y Metodologías: ITSEC-Valoración de la

Conformidad.

90. Criterios y Metodologías: ITSEC-Niveles de Evaluación

Exigencias y Diferencias.

91. Criterios y Metodologías: ITSEM-Conceptos Generales y

Marco de Trabajo.

92. Criterios y Metodologías: ITSEM-Proceso de Evaluación.

93. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-1-Introducción y modelo general.

94. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-2-Requerimientos funcionales de seguridad. Alcance y Componentes de

Funciones de Seguridad.

95. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-2-Requerimientos funcionales de seguridad. Clases de Funciones de

Seguridad.

96. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-3-Requerimientos de aseguramiento de la seguridad. Perfiles de protección.

Declaración de seguridad.

97. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-3-Requerimientos de aseguramiento de la seguridad. Niveles de

aseguramiento.

98. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-3-Requerimientos de aseguramiento de la seguridad. Clases de

aseguramiento de la seguridad.

99. Criterios y Metodologías: CEM.

100. Metodologías: BS 7799-ISO 14980.

101. Tarjetas inteligentes y sus implicaciones en la seguridad,

su arquitectura, sistemas operativos, programación y fabricación.

102. Teoría de la Información: Principios Generales. Teorema

de Shannon. Teoría de la Complejidad algorítmica.

103. Criptología: Sistemas de cifrado de clave secreta -Cifrado

en flujo. -Cifrado en bloque.

104. Criptología: Sistemas de cifrado de clave pública:

Infraestructura de Clave Pública (PKI).

105. Criptología: Sistemas de protección públicos -PGP y

Kerberos.

106. Aplicaciones de la Criptología: Autenticación,

Funciones Resumen y Firma electrónica: Seguridad de los sistemas

basados en Certificados. Comercio Electrónico.

107. Ingeniería de software. Ciclos de vida de desarrollo

software. Herramientas CASE. Metodologías de Análisis de Requisitos

y Especificación de Diseño y de Programación de Software. Análisis

estructurado, Diseño estructurado, Análisis orientado a objetos,

Programación visual.

108. Técnicas y contratécnicas de intrusión y penetración en

sistemas operativos.

109. Técnicas y contratécnicas de intrusión y penetración en

redes empresariales.

110. Técnicas y contratécnicas de intrusión y penetración en

Internet y en la Web.

Área de especialización: Física Experimental

1. El método científico. Métodos y análisis.

2. El método científico. Fases.

3. Medida de Magnitudes. Sistema internacional.

4. Medida de Magnitudes. Magnitudes fundamentales y

derivadas.

5. Medida de Magnitudes. Incertidumbres y errores.

6. Estadística. Distribuciones frecuenciales.

7. Estadística. Regresión y correlación.

8. Estadística. Análisis de datos.

9. Mecánica. Masas, centrado e inercia.

10. Mecánica. Estática del punto y sólido.

11. Mecánica. Composición de fuerzas y momentos.

12. Mecánica. Leyes de Newton.

13. Mecánica. Gravitación y campo gravitatorio.

14. Mecánica. Cinemática del punto y sólido.

15. Mecánica. Dinámica del punto y sólido.

16. Mecánica. Dinámica orbital.

17. Mecánica. Estática de fluidos.

18. Mecánica. Viscosidad y tensión superficial.

19. Mecánica. Teoría de capa límite.

20. Mecánica. Choques y percusiones.

21. Mecánica. Vibraciones armónicas y aleatorias.

22. Mecánica. Amortiguamiento

23. Termodinámica. Carlos y temperatura.

24. Termodinámica. Propiedades termofísicas.

25. Termodinámica. Ciclos termodinámicos.

26. Termodinámica. Transmisión de calor.

27. Termodinámica. Sensores de temperatura.

28. Termodinámica. Escalas de medida.

29. Termodinámica. Máquinas térmicas.

30. Termodinámica. Humedad.

31. Electricidad electrostática.

32. Electricidad. Elementos y componentes eléctricos.

33. Electricidad. Generación y análisis de señal.

34. Electricidad. Sistemas de generación de energía.

35. Electricidad. Sistemas de acumulación.

36. Electrónica. Elementos y componentes electrónicos.

37. Electrónica. Ensayos electrónicos.

38. Electrónica. Modulación.

39. Electrónica. Ruidos y filtros.

40. Electromagnetismo. Ecuaciones de Maxwell.

41. Electromagnetismo. Propagación y ecuación de ondas.

42. Electromagnetismo. Propagación en medios conductores

y anisótropos.

43. Electromagnetismo. Compatibilidad electromagnética

(EMC).

44. Electromagnetismo. Ensayos de EMC en cámara.

45. Electromagnetismo. Susceptibilidad radiada y conducida.

46. Electromagnetismo. Emisión radiada y conducida.

47. Ondulatoria. Fundamentos de disfracción y refracción.

48. Ondulatoria. Aplicaciones láser.

49. Ondulatoria. Propagación.

50. Ondulatoria. Fotometría.

51. Acústica. Aplicaciones del efecto Doppler.

52. Acústica. Velocidad del sonido.

53. Acústica. Contaminación acústica.

54. Física del estado sólido. Modelo atómico de Böhr.

55. Física del estado sólido. Conductores y semiconductores.

56. Física del estado sólido. Superconductores y aislantes.

57. Física del estado sólido. Principios de incertidumbre.

58. Física de la atmósfera. Geopotenciales.

59. Física de la atmósfera. Estructura térmica y capas.

60. Física de la atmósfera. Radiaciones solar y terrestre.

61. Física de la atmósfera. Sistema tierra atmósfera.

62. Física de la atmósfera. Ozonosfera.

63. Astrofísica. Métodos de observación del Sol.

64. Astrofísica. Cromosfera.

65. Astrofísica. Clasificaciones espectrales.

66. Astrofísica. Atmósferas planetarias.

67. Instrumentación y Sensores. Microscopios electrónicos y

de fuente atómica.

68. Instrumentación y Sensores. Espectrómetros.

69. Instrumentación y Sensores. Sensores térmicos.

70. Instrumentación y Sensores. Manómetros.

71. Instrumentación y Sensores. Fotómetros.

72. Instrumentación y Sensores. Tacómetros.

73. Instrumentación y Sensores. Anemómetros.

74. Instrumentación y Sensores. Voltímetros y amperímetros.

75. Instrumentación y Sensores. Observación de la atmósfera.

76. Instrumentación y Sensores. Observación de la Tierra.

77. Instrumentación y Sensores. Sonómetros.

78. Metrología y Calibración. Dimensional.

79. Metrología y Calibración. Masa.

80. Metrología y Calibración. Fuerza y Presión.

81. Metrología y Calibración. Tiempo y frecuencia.

82. Metrología y Calibración. Temperatura y Humedad.

83. Metrología y Calibración. Tensión e Intensidad eléctrica.

84. Metrología y Calibración. Caudal y Viscosidad.

85. Metrología y Calibración. Resistencia e Impedancia

eléctrica.

86. Evaluación, Certificación, Acreditación: Concepto,

normativa y actores. Reglamento de homologación en el ámbito de

la defensa. Esquema de certificación de la seguridad de las

tecnologías de la información en defensa. Acuerdo de reconocimiento

mutuo de certificados.

87. Criterios y Metodologías: ITSEC -Introducción, alcance,

Función y Resultados de una evaluación.

88. Criterios y Metodologías: ITSEC -Valoración de la

Eficacia.

89. Criterios y Metodologías: ITSEC -Valoración de la

Conformidad.

90. Criterios y Metodologías: ITSEC -Niveles de Evaluación

Exigencias y Diferencias.

91. Criterios y Metodologías: ITSEM -Conceptos Generales

y Marco de Trabajo.

92. Criterios y Metodologías: ITSEM -Proceso de Evaluación.

93. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-1-Introducción y modelo general.

94. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-2-Requerimientos funcionales de seguridad. Alcance y Componentes de

Funciones de Seguridad.

95. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-2-Requerimientos funcionales de seguridad. Clases de Funciones de

Seguridad.

96. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-3-Requerimientos de aseguramiento de la seguridad. Perfiles de protección.

Declaración de seguridad.

97. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-3-Requerimientos de aseguramiento de la seguridad. Niveles de

aseguramiento.

98. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-3-Requerimientos de aseguramiento de la seguridad. Clases de

aseguramiento de la seguridad.

99. Criterios y Metodologías: CEM.

100. Metodologías: BS 7799-ISO 14980.

101. Tarjetas inteligentes y sus implicaciones en la seguridad,

su arquitectura, sistemas operativos, programación y fabricación.

102. Teoría de la Información: Principios Generales. Teorema

de Shannon. Teoría de la Complejidad algorítmica.

103. Criptología: Sistemas de cifrado de clave secreta -Cifrado

en flujo. -Cifrado en bloque.

104. Criptología: Sistemas de cifrado de clave pública:

Infraestructura de Clave Pública (PKI).

105. Criptología: Sistemas de protección públicos -PGP y

Kerberos.

106. Aplicaciones de la Criptología: Autenticación,

Funciones Resumen y Firma electrónica: Seguridad de los sistemas

basados en Certificados. Comercio Electrónico.

107. Ingeniería de software. Ciclos de vida de desarrollo

software. Herramientas CASE. Metodologías de Análisis de Requisitos

y Especificación de Diseño y de Programación de Software. Análisis

estructurado, Diseño estructurado, Análisis orientado a objetos,

Programación visual.

108. Técnicas y contratécnicas de intrusión y penetración en

sistemas operativos.

109. Técnicas y contratécnicas de intrusión y penetración en

redes empresariales.

110. Técnicas y contratécnicas de intrusión y penetración en

Internet y en la Web.

Área de Especialización: Electrónica Aplicada

1. Sistema General de Aviónica.

2. Compatibilidad Electromagnética en Aeronaves.

3. Ensayos de Compatibilidad Electromagnética.

4. Compatibilidad Electromagnética en Cámara Anecoica.

Ensayos.

5. Efectos de las Ondas Electromagnéticas en los tejidos

biológicos.

6. Caracterización del Canal Satélite. Propagación espacio

libre, atenuación atmosférica, etc.

7. Balances de enlace para un satélite de comunicaciones.

8. Sistemas regenerativos. Procesado a bordo.

9. Técnicas de acceso múltiple.

10. Técnicas FDMA, TDMA, CDMA, TRMA.

11. Sistema de distribución de información múltiple MIDS.

12. Propagación de ondas electromagnéticas.

13. Antenas.

14. Sistema de medidas de antenas.

15. Ensayos de certificación de antenas.

16. Balance de errores en la medida de antenas.

17. Técnicas CDMA para sistema de comunicaciones.

18. Caracterización electromagnética de materiales.

19. Medidas de absorción de materiales RAM.

20. Descripción de Radar.

21. Análisis de la distribución de sistemas radiantes en

vehículos.

22. Radares LPI de baja probabilidad de interceptación.

23. Radar sintético de alta resolución.

24. Predicción del alcance del radar.

25. Configuración de receptores de radar.

26. MTI Radar.

27. Radares de seguimiento.

28. Contramedidas de radares de seguimiento.

29. Técnicas de compresión de pulsos.

30. Fabricación de células solares. Parámetros.

31. Células solares espaciales. Tipos. Tecnologías.

32. Caracterización eléctrica de células solares espaciales.

33. Entorno espacial. Influencia en las células solares.

34. Simuladores solares. Caracterización. Tipos.

35. Células solares espaciales. Ensayos mecánicos y

ambientales.

36. Células multiunión. Características. Sistemas de medida.

37. Respuesta espectral. Sistemas de ensayo.

38. Calibración de células solares de aplicación espacial.

Métodos.

39. Método global terrestre. Aplicación. Incertidumbre.

40. Plan de ensayos para cualificación de células solares

espaciales.

41. Células solares patrones primarias y secundarias.

Obtención.

42. Radiación solar. Instrumentos de medida.

43. Células solares de Ga-As. Aplicaciones espaciales.

44. Normativas aplicables a la medida y calibración de células

solares espaciales.

45. Procesado de imágenes 2D-ISAR.

46. Métodos SWATH y SPOTLIGHT de radares de apertura

siontética.

47. Procesado CIA.

48. Análisis de imágenes complejas.

49. Algoritmo de formateo polar en imágenes de radar.

50. Compensación de movimientos en imágenes radar de

blancos dinámicos.

51. Técnicas de autoenfoque en imágenes radar.

52. Procesado de señal en la resonancia nuclear magnética.

53. Imágenes radar unidimensionales.

54. Perfiles angulares y HRRP de imágenes radar.

55. Guiado de misiles por radar.

56. Sistemas ESM/ECM en aviones de combate.

57. ECMS y EPMS en radar.

58. Sistemas semiactivos CW.

59. Perturbaciones de engaño y ruido activo en guerra

electrónica.

60. Alertadores radar.

61. Radar meteorológico.

62. Radar biestático.

63. Sistemas satélites de navegación.

64. Sistemas GPS.

65. Sistemas de aproximación y aterrizaje.

66. Sistema ILS, MLS.

67. Sistemas identificación amigo/enemigo: IFF.

68. Ensayos de sistemas de identificación amigo/enemigo.

69. Sistemas de radionavegación.

70. Sistemas VOR.

71. Sistemas DME.

72. Sistemas TACAN.

73. Estimación espectral clásica.

74. Análisis espectral espacio temporal.

75. Análisis de señales mediante la DFT y transformada de

Founier local.

76. Estimadores espectrales paramétricos.

77. Empleo de las Wavelets en algoritmos de identificación.

78. Fusión de datos.

79. Técnicas de correlación de datos para entornos con

blancos múltiples.

80. Algoritmos de identificación de blancos.

81. Sistemas de medida de sección transversal radar.

82. Procesos de certificación de radar.

83. Calificación de especificaciones de baja observabilidad

en aviones militares.

84. Geometrías con características de baja observabilidad

radar.

85. Verificación de especificaciones de baja observabilidad

en aviones militares.

86. Evaluación, Certificación, Acreditación: Concepto,

normativa y actores. Reglamento de homologación en el ámbito de

la defensa. Esquema de certificación de la seguridad de las

tecnologías de la información en defensa. Acuerdo de reconocimiento

mutuo de certificados.

87. Criterios y Metodologías: ITSEC -Introducción, alcance,

Función y Resultados de una evaluación.

88. Criterios y Metodologías: ITSEC -Valoración de la Eficacia.

89. Criterios y Metodologías: ITSEC -Valoración de la

Conformidad.

90. Criterios y Metodologías: ITSEC -Niveles de Evaluación

Exigencias y Diferencias.

91. Criterios y Metodologías: ITSEM -Conceptos Generales

y Marco de Trabajo.

92. Criterios y Metodologías: ITSEM -Proceso de Evaluación.

93. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-1-Introducción y modelo general.

94. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-2-Requerimientos funcionales de seguridad. Alcance y Componentes de

Funciones de Seguridad.

95. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-2-Requerimientos funcionales de seguridad. Clases de Funciones de

Seguridad.

96. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-3-Requerimientos de aseguramiento de la seguridad. Perfiles de protección.

Declaración de seguridad.

97. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-3-Requerimientos de aseguramiento de la seguridad. Niveles de

aseguramiento.

98. Criterios y Metodologías: CC-ISO/IEC IS

15408-3-Requerimientos de aseguramiento de la seguridad. Clases de

aseguramiento de la seguridad.

99. Criterios y Metodologías: CEM.

100. Metodologías: BS 7799-ISO 14980.

101. Tarjetas inteligentes y sus implicaciones en la seguridad,

su arquitectura, sistemas operativos, programación y fabricación.

102. Teoría de la Información: Principios Generales. Teorema

de Shannon. Teoría de la Complejidad algorítmica.

103. Criptología: Sistemas de cifrado de clave secreta -Cifrado

en flujo. -Cifrado en bloque.

104. Criptología: Sistemas de cifrado de clave pública:

Infraestructura de Clave Pública (PKI).

105. Criptología: Sistemas de protección públicos -PGP y

Kerberos.

106. Aplicaciones de la Criptología: Autenticación,

Funciones Resumen y Firma electrónica: Seguridad de los sistemas

basados en Certificados. Comercio Electrónico.

107. Ingeniería de software. Ciclos de vida de desarrollo

software. Herramientas CASE. Metodologías de Análisis de Requisitos

y Especificación de Diseño y de Programación de Software. Análisis

estructurado, Diseño estructurado, Análisis orientado a objetos,

Programación visual.

108. Técnicas y contratécnicas de intrusión y penetración en

sistemas operativos.

109. Técnicas y contratécnicas de intrusión y penetración en

redes empresariales.

110. Técnicas y contratécnicas de intrusión y penetración en

Internet y en la Web.

ANEXO III

Tribunales

Tribunal

Presidente: Don Eduardo Zamarripa Martínez, General de

Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire, Escala Superior.

Secretario: Don Alberto Pérez Esteban, Capitán del Cuerpo

Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.

Vocales: Don Bartolomé Marqués Balaguer, funcionario de

carrera de la Escala de Científicos Especializados del INTA; don

Juan Pérez Mercader, funcionario de carrera de la Escala de

Investigadores Científicos del CSIC, y doña Alicia Fernández-Renau

González-Anleo, funcionaria de carrera de la Escala de Científicos

Superiores del INTA.

Tribunal suplente

Presidente: Don Ángel Moratilla Ramos, funcionario de carrera

de la Escala de Científicos Superiores del INTA.

Secretario: Don José Antonio Louro Rodríguez, Comandante

del Cuerpo de Intervención de la Defensa, Escala Superior de

Oficiales.

Vocales: Don Luis Pablo Ruiz Calavera, funcionario de carrera

de la Escala de Científicos Superiores del INTA; doña María

Dolores Sabau Graziati, funcionaria de carrera de la Escala de

Científicos Superiores del INTA, y don Manuel Losada Villasante,

funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

ANEXO IV

Don .........................................., con domicilio

en ........................... con DNI/pasaporte .............,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala de Científicos Superiores del

INTA, que no ha sido separado del servicio en ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas.

En ............... a ...... de ............... de 2001

ANEXO V

Don/doña ...................................., con domicilio

en .................................. y documento de identidad o

pasaporte número .........., declara bajo juramento o promesa,

a efectos de ser nombrado funcionario/a de carrera de la Escala

de Científicos Superiores del INTA, que no ha sido sometido/a

a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado,

el acceso a la función pública.

En ............... a ...... de ............... de 2001

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