De conformidad con lo establecido en el artículo 9,
apartado 1.b), y artículo 10, apartado 1, del Real Decreto 2378/1985,
de 18 de diciembre, por el que se regula el Consejo Escolar del
Estado, formarán parte del mismo, un número determinado de
Consejeros, nombrados por la Ministra de Educación, Cultura y
Deporte, a propuesta de las confederaciones de asociaciones de
padres de alumnos más representativas.
Según dispone el artículo 12, apartado 1.d), del referido Real
Decreto, los Consejeros perderán su condición de miembros del
Consejo por revocación del mandato conferido por las
organizaciones respectivas que los designaron.
De acuerdo con lo establecido en las normas indicadas, a
propuesta de la Confederación Española de Asociaciones de Padres
de Alumnos (CEAPA), he dispuesto:
Primero.-El cese de don Justo Alijarde Ibáñez y de doña Rocío
Ramos Martín como Consejeros sustitutos del Consejo Escolar
del Estado, por el grupo de padres de alumnos.
Segundo.-El nombramiento como Consejeros sustitutos del
Consejo Escolar del Estado, por el mismo grupo de padres de
alumnos, de forma correlativa a los ceses reseñados en el apartado
anterior, de los siguientes representantes:
Sustituto del Consejero titular don Joan Amezaga Solé: Don
Pablo Castel Torrente.
Sustituto del Consejero titular don Juan Ignacio Fernández
García: Don Fernando Vélez Álvarez.
Tercero.-El mandato de los Consejeros nombrados por la
presente Orden finalizará en la fecha de renovación bienal, en la
que habrían de cesar los consejeros en cuyo lugar se les nombra,
de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.2 y 13 del Real
Decreto 2378/1985, de 18 de diciembre.
Madrid, 24 de septiembre de 2001.
DEL CASTILLO VERA
Ilmo. Sr. Presidente del Consejo Escolar del Estado.
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