En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 119/2001,
de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del día 10), por el
que se aprueba la oferta de empleo público para 2001, cuyo
artículo 5 prevé la convocatoria de determinado número de plazas,
por el sistema de promoción interna del Grupo D al C, según
distribución realizada por el Ministerio de Administraciones
Públicas y con el fin de atender las necesidades de personal de la
Administración Pública.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la Administración General
del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de
la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para
ingreso en el Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada
(Código 0416), con sujeción a las siguientes:
Bases
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 40 plazas en
el Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, según la
distribución por áreas de especialización que más abajo se indica,
por el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas
del Grupo D, a que se hace referencia en la disposición adicional
vigésimo segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, adicionada por el
artículo 61 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y de Orden Social, y la disposición
adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
Número
de plazas Área de especialización
Mecánica .............................................. 9
Construcciones Metálicas .............................. 6
Electricidad ............................................ 5
Electrónica ............................................ 10
Madera ................................................ 2
Delineación ............................................ 4
Química ............................................... 2
Construcción .......................................... 2
Total ............................................ 40
1.2 A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988,
de 28 de julio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y
lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 La adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdo
con la puntuación total obtenida, según la petición del destino
a la vista de las plazas vacantes que se ofertan.
Igualmente podrá ser objeto de aplicación lo establecido en
el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
1.4 El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el sistema
de concurso oposición.
1.4.1 En la fase de concurso se valorarán, conforme a la
base 7, los servicios efectivos y los reconocidos al amparo de
la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de
Servicios Previos en la Administración Pública, hasta la fecha de
publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
así como el grado personal consolidado en la fecha de publicación
de esta convocatoria y debidamente formalizado, el trabajo
desarrollado según el nivel de complemento de destino del puesto
de trabajo que se desempeña en la fecha de publicación de esta
convocatoria, el nivel de formación en relación a la titulación
académica, los cursos realizados hasta la fecha de finalización de
presentación de solicitudes, así como la experiencia profesional
adquirida por pertenecer a los Cuerpos que se indican en la base 7.
1.4.2 La fase de oposición estará formada por los dos
ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos obligatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas con repuestas múltiples basado en las
materias que se señalan en el anexo I de esta convocatoria, según
el área de especialización a la que se opte.
El número de preguntas propuestas para la realización del
ejercicio será de cincuenta.
El tiempo para la realización de este primer ejercicio será de
sesenta minutos.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto
práctico, a escoger entre tres propuestos, desglosado en preguntas
con repuestas múltiples, dirigido a apreciar la capacidad de los
aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas con los
contenidos del programa señalado en el anexo I, según el área de
especialización a la que se opte.
Cada cuestionario constará de dieciocho preguntas. El tiempo
para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por
preguntas con repuestas múltiples, siendo sólo una de ellas
correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja
de examen la respuesta que estimen válida de entre las propuestas.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo I de esta convocatoria.
1.6 Las pruebas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente
calendario:
1.6.1 Fase de concurso: La lista que contenga la valoración
provisional de la fase de concurso se hará pública mediante
Resolución del Director General de Personal del Ministerio de Defensa,
para aquellos aspirantes que hayan superado los ejercicios de la
fase de oposición, una vez publicada la lista de aprobados del
segundo ejercicio, disponiendo los aspirantes del oportuno plazo
para presentar los documentos requeridos, como se establece en
la base 5 de la presente convocatoria.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución
para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la valoración
provisional de méritos en la fase de concurso. Finalizado dicho
plazo, por la misma Autoridad se dictará Resolución que contenga
la relación de las puntuaciones definitivas en fase de concurso.
Contra dicha Resolución que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación,
ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, será potestativo de los interesados interponer
recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante
el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de
conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la
Ley 30/1992, según redacción dada por el artículo primero,
números 31 y 32 de la Ley 4/1999, de 13 de enero.
1.6.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará
a partir de los dos meses siguientes a la finalización del plazo
de presentación de solicitudes, sin que el proceso de celebración
de los ejercicios de la fase de oposición pueda exceder el plazo
máximo de seis meses contados desde la fecha de realización del
primer ejercicio.
En la Resolución que se indica en la base 4.1 se determinará
el lugar y fecha de realización del primer ejercicio de la fase de
oposición.
1.7 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal
podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen
figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la
identidad de los mismos.
2. Requisitos de los candidatos
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas,
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha
de finalización de presentación de solicitudes y deberán mantener
los mismos hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario de carrera.
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años.
c) Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los
Cuerpos o Escalas del grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación
del apartado 1 del artículo 1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
d) Tener una antigüedad de al menos dos años de servicios
prestados en Cuerpos o Escalas del grupo D. Los servicios
reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en
puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las
de los Cuerpos o Escalas del grupo D serán computables, a efectos
de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas.
e) Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso
en Cuerpos o Escalas del grupo C en el artículo 25 de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto (título de Bachiller Superior,
Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachillerato-LOGSE,
Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener
aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25
años) o, alternativamente poseer una antigüedad de 10 años en
los Cuerpos o Escalas del grupo D incluidos en el ámbito de
aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o tener cinco años
de antigüedad en alguno de los Cuerpos o Escalas aludidos y
haber superado el curso específico de formación al que se hace
referencia en la disposición adicional vigésimo segunda de la
mencionada Ley. A estos efectos se computarán los servicios
reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en
tales Cuerpos o Escalas.
f) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
3. Solicitudes
3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas
se ajustará al impreso oficial "Modelo 750", que será facilitado
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, en el Centro de Información Administrativa del
Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de
la Función Pública y en el Instituto Nacional de Administración
Pública, así como en las representaciones diplomáticas o
consulares de España en el extranjero. Este modelo consta de tres
copias: la primera para el órgano convocante, la segunda para
el interesado y la tercera para la entidad de depósito.
Cada aspirante únicamente podrá presentarse a una sola de
las especialidades convocadas.
Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que
se detallan a continuación:
INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO
A. Instrucciones generales:
Escribir solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie
dura, utilizando mayúsculas de tipo imprenta.
Asegurarse de que los datos resultan claramente legibles en
todos los ejemplares.
Evitar doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o
tachaduras.
No escribir en los espacios sombreados o reservados.
No olvidar firmar el impreso.
B. Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consignar:
Defensa.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consignar: Ministerio
y Subsecretaría, código: 14001.
En el recuadro relativo a la tasa: derechos de examen, consignar
el código: 14.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria
indicar: 2001.
C. Instrucciones particulares:
En el recuadro 15, consignar: Cuerpo de Maestros de Arsenales
de la Armada ; código: 0416.
En el recuadro 16, consignar el área de especialización concreta
a la que desea presentarse, según proceda. No es necesario indicar
código.
En el recuadro 17, referido a forma de acceso, consignar la
letra mayúscula "P" (promoción interna).
En el recuadro 18, consignar: Ministerio de Defensa. No es
necesario señalar código.
El recuadro 20, referido a provincia de examen, no es necesario
su cumplimentación.
En el recuadro 21, minusvalía: indicar, si procede, el porcentaje
del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.
En el recuadro 23, indicar, en caso de minusvalía, la adaptación
que se solicita.
En el recuadro 24, apartado "Exigido en la convocatoria", se
indicará la mayor titulación académica poseída o, en el caso de
que no se posea alguna de las titulaciones mencionadas en la
base 2.e), se indicará "Antigüedad superior a diez años" o "Más
de cinco años de antigüedad y superación curso específico de
formación".
En el recuadro A) del epígrafe 25 "Datos a consignar según
las Bases de la convocatoria", se indicará el Cuerpo o Escala de
pertenencia del aspirante, según se indica en la base 2.c).
3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la
Administración"), una vez validado por la entidad colaboradora, se hará
en el Registro General del Ministerio de Defensa, paseo de la
Castellana, número 109, 28071 Madrid, o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirá al Director General
de Personal del Ministerio de Defensa. A la solicitud se
acompañarán dos fotocopias del Documento Nacional de Identidad.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,
a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
numero 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios de la fase de oposición en que
esta adaptación sea necesaria.
3.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de
la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, modificado por la Ley 55/1999,
de 29 de diciembre, la tasa por derechos de examen será de 1.000
pesetas (601 euros). Dicha cantidad se ingresará mediante la
presentación de la solicitud para su validación, en cualquier Banco,
Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito de las que actúan como
entidades colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica
totalidad de las mismas).
En la solicitud deberá figurar la acreditación del pago de la
tasa correspondiente a los derechos de examen mediante
certificación mecánica o mediante el sello y firma autorizada de la
entidad colaboradora.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso, la presentación y pago en las oficinas bancarias
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo
y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
Los aspirantes que presenten la instancia en el extranjero
deberán adjuntar a dicha solicitud comprobante bancario de haber
hecho el ingreso de la tasa por derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182/2370/48/0201503641, abierta en el
"Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima",
sucursal 2370, con domicilio en calle Serrano, número 37, de Madrid,
con el título "Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Cuenta
restringida para la recaudación de tasas en el extranjero".
Tasa 14020. "Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del "Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria. Sociedad Anónima" o mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria, siendo preciso que quede claro ante la entidad
destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el
pago de los derechos de examen.
3.5 Según lo dispuesto en el mencionado artículo 18,
apartado 5, de la Ley 66/1997, modificado por la Ley 55/1999, de 29
de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
cien, debiendo acompañar a la solicitud, a estos efectos, certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figuraren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de
publicación de la presente convocatoria.
En este caso será requisito para el disfrute de la exención que,
en plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación
relativa a la condición de demandante de empleo con los requisitos
previstos en la Ley, se solicitará en la correspondiente Oficina
del Servicio Público de Empleo. En cuanto a la acreditación de
las rentas, se efectuará mediante una declaración jurada o promesa
escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán acompañar
a la solicitud.
3.6 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que
pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio
o a petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el
Director general de Personal del Ministerio de Defensa dictará
Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la
lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá
publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los
lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada
completa de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará
el lugar y la fecha de realización del primer ejercicio de la fase
de oposición. Dicha lista deberá ser expuesta, en todo caso, en
el Ministerio de Defensa, en las Delegaciones de Defensa, en los
Cuarteles Generales de cada Zona Marítima y en los centros
establecidos en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo. En la lista deberán constar los apellidos, nombre, número
del documento nacional de identidad o pasaporte, así como la
causa de la exclusión y plazo para subsanar los defectos.
4.2 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no
figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus
nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
4.3 Los aspirantes excluidos u omitidos de la relación de
admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución,
para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión
u omisión de la citada relación.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran
la exclusión o alegaran su omisión justificando su derecho a estar
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos de la participación en las presentes pruebas selectivas.
Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación,
ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, será potestativo de los interesados interponer
recurso de reposición previo al Contencioso-Administrativo, ante
el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de
conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la
Ley 30/1992, según redacción dada por el artículo primero,
números 31 y 32 de la Ley 4/1999, de 13 de enero.
4.4 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
5. Certificación de servicios (anexo II)
Los aspirantes que superen el segundo ejercicio de la fase de
oposición deberán presentar en el Registro General del Ministerio
de Defensa, paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid, o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de
veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que se
haga pública la lista de aprobados de este ejercicio, certificación
expedida por los servicios de personal donde presten o, en su
caso, hayan prestado sus servicios (según modelo que figura como
anexo II a esta convocatoria), en la que, entre otros extremos,
se contenga la mención expresa de la antigüedad referida al día
de publicación de esta convocatoria, así como del grado personal
consolidado en dicha fecha y debidamente formalizado y del nivel
de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo
que desempeñe en esa misma fecha.
La certificación a que se hace referencia en el punto anterior,
será expedida, para los funcionarios pertenecientes al Ministerio
de Defensa, por la Subdirección General de Personal Civil o las
Delegaciones de Defensa correspondientes, según estén
destinados en los servicios Centrales o Periféricos del mismo.
Igualmente deberán presentar justificación de todos los méritos
que deban ser objeto de valoración, de conformidad con la base 7,
así como de los cursos realizados.
La no presentación de dicha certificación en el plazo señalado
supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
6. Tribunal
6.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
6.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Director general de Personal del Ministerio
de Defensa, cuando concurran en ellos circunstancias de las
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas
de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco
años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
6.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal
que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base 6.2.
6.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan, y con la mitad, al menos, de sus
miembros titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le corresponda en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
6.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario,
o de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus
miembros titulares o suplentes.
6.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
6.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas que estime pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá
comunicarse al Director General de Personal del Ministerio de Defensa.
6.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de las pruebas que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3., las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,
Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
6.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el
Tribunal tendrá su sede en la Dirección de Gestión de Personal,
Cuartel General de la Armada, calle Montalbán, número 2. 28071
Madrid. Teléfono 91 379 50 00, extensión 4233 ó 4234. El
Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro
o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas
en relación con estas pruebas selectivas.
6.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría tercera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/l988, de 4 de marzo.
6.11. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que las pruebas que sean escritas y no deban
ser leídas ante el Tribunal, sean corregidas sin que se conozca
la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos
aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18
de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del día 22) o
cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la
Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyas hojas de
examen figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad
del opositor.
6.12 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han
superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que
el de plazas convocadas.
7. Valoración de los méritos en la fase de concurso
7.1 La valoración de los méritos señalados en la base 1.4.1,
se realizará de la forma siguiente:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, a que se refiere la base 1.4.1. se valorará teniendo
en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación
de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de
servicios efectivos un punto, hasta un máximo de 31 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", formalizado a través del acuerdo
de reconocimiento de grado por la Autoridad competente, hasta
la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado
a que se refiere la base 5, se otorgará la siguiente puntuación:
Grado 12-14: 11,00 puntos.
Grado 15-17: 11,50 puntos.
Grado 18 en adelante: 12,00 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado el día de publicación de
esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación en función
de los años de desempeño de éste:
Hasta 5años
-Puntos
De 5 a 10 años
-Puntos
10 o más años
-Puntos
Nivel
De 12 a 14 .................... 15 16 17
De 15 a 17 .................... 15,5 16,5 17,5
18 o superior .................. 16 17 18
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia para el cuidado de hijos, se les valorará el nivel del puesto
reservado en la Administración General del Estado u órganos
constitucionales y a los funcionarios en situación de servicios especiales
con derecho a reserva de puesto en la Administración General
del Estado y órganos constitucionales, el nivel de puesto de trabajo
en que les correspondería efectuar el reingreso.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del grupo D.
d) Titulación académica: Cinco puntos por la posesión de
titulación académica igual o superior a la exigida para ingreso en
Cuerpos o Escalas del grupo C en el artículo 25 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, y que se enumeran en la base 2.e).
e) Cursos realizados: Por los cursos realizados relacionados
con el área de especialización a la que se opte, a juicio del Tribunal,
hasta dos puntos, a razón de 0,50 por cada uno.
f) Por pertenecer a los siguientes Cuerpos se otorgarán diez
puntos:
Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada (Código 0424).
Cuerpo de Grabadores de la Armada a extinguir (Código 0425).
Cuerpo de Encargados 3.a Sección Maestranza de la Armada
a extinguir (Código 0426).
Cuerpo de Maestros Primeros 1.a Sección Maestranza de la
Armada a extinguir (Código 0427).
Cuerpo de Capataces Segundos 1.a Sección Maestranza de la
Armada a extinguir (Código 0433).
Cuerpo de Mecánicos-Conductores del Ministerio de Defensa
(Código 0439).
g) Por haber alcanzado una puntuación igual o superior a 50
puntos en la fase de oposición de la convocatoria inmediatamente
anterior a la presente, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta 59 puntos: 1 punto.
De 60 a 69 puntos: 2 puntos.
70 o más puntos: 3 puntos.
7.2 Los puntos así obtenidos se sumarán a la puntuación
alcanzada en la fase de oposición, de acuerdo con lo indicado
en la base 9, a efectos de determinar los aspirantes que han
superado ambas fases del proceso selectivo y que no podrán exceder
del número de plazas convocadas.
8. Desarrollo de las pruebas
8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" del día 16), por la que se publica el resultado del
sorteo celebrado el día 5 de marzo de 2001. En el supuesto de
que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience
por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará por aquellos
otros cuyo primer apellido comience por la letra "O" y así
sucesivamente.
8.2 En cualquier momento del proceso selectivo los aspirantes
podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad
de acreditar su personalidad.
8.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
un único llamamiento siendo excluidos de la oposición quienes
no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
8.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo
ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya
celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal, en las
Delegaciones de Defensa, en el Cuartel General de cada Zona
Marítima, y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente
para facilitar su máxima divulgación, con cuarenta y ocho horas,
al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.
Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado
en los locales dónde se haya celebrado, en la citada sede del
Tribunal y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con
doce horas, al menos, de antelación.
Desde la total conclusión del primer ejercicio, hasta el comienzo
del segundo, deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos
horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
8.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Director general de Personal del Ministerio de Defensa,
comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
Contra la Resolución por la que se declare la exclusión del
aspirante, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Igualmente, será potestativo de los interesados interponer
recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante
el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de
conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la
Ley 30/1992, según redacción dada por el artículo primero,
números 31 y 32 de la Ley 4/1999, de 13 de enero.
9. Calificación de los ejercicios de la fase de oposición
La calificación de los ejercicios se realizará de la siguiente
forma:
a) Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio. Se calificará
de 0 a 50 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria
para acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. El
Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para que se adicione
al candidato la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor, penalizándose
con el 25 por 100 del valor de una contestación aquellas que
sean erróneas.
10. Calificación de la fase de concurso
La Resolución que contenga las puntuaciones definitivas en
la fase de concurso a que se refiere la base 1.6.1 de la presente
convocatoria, se hará pública tras el transcurso del plazo de
alegaciones a la Resolución que contenga la valoración provisional
de méritos, como se señala en la mencionada base.
11. Lista de aprobados
11.1 Concluido el primer ejercicio, el Tribunal hará pública
en el lugar o lugares de celebración del mismo, así como en la
sede del Tribunal, en las Delegaciones de Defensa, en el Cuartel
General de cada Zona Marítima y por cualesquiera otros medios
que se juzgue conveniente, la relación de aspirantes aprobados,
con indicación de la puntuación alcanzada y de su documento
nacional de identidad.
11.2 Concluido el segundo ejercicio, el Tribunal hará pública
igualmente en los lugares señalados en el punto anterior la
relación, con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes que
superen el mínimo establecido, con indicación del documento nacional
de identidad.
La lista con la valoración provisional de la fase de concurso
se hará pública, de conformidad con lo señalado en la Base 1.6.1
para los aspirantes que hayan superado este segundo ejercicio.
11.3 Concluida la valoración de méritos de la fase de
concurso, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración
del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal, en las
Delegaciones de Defensa, en el Cuartel General de cada Zona Marítima,
y por cualesquiera otros medios que se juzgue conveniente, la
relación con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las
fases de oposición y de concurso, con indicación del número del
documento nacional de identidad. Esta relación se publicará por
orden alfabético y de mayor a menor puntuación total.
12. Calificación final
12.1 La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso
y oposición, sin que en ningún caso se pueda exceder el número
de plazas convocadas. En caso de empate el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio
y si aún fuese necesario dirimir el empate, se atenderá a la
puntuación obtenida en el primer ejercicio. Si persistiese el empate
se dirimirá a favor de la mayor puntuación alcanzada en antigüedad
y, de persistir la situación de empate, se atenderá la puntuación
otorgada al trabajo desarrollado y al grado consolidado, por este
orden. Si aún hubiese lugar para ello se atenderá al mayor nivel
de titulación académica poseída. Finalmente se dirimirá por el
criterio de antigüedad total en la Administración, computándose
la que conste en el Registro Central de Personal el día de
publicación de la convocatoria.
12.2 Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal elevará
al Director General de Personal la relación definitiva de aspirantes
que han superado las pruebas, por orden de puntuación obtenida
en función de la suma de las puntuaciones del primer y segundo
ejercicios de la fase de oposición y de la fase de concurso. Dicha
relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". El número
de aspirantes que superen el proceso selectivo no podrá exceder,
en ningún caso, al de plazas convocadas. Cualquier resolución
que contravenga lo anterior será nula de pleno derecho.
13. Presentación de documentos
13.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día siguiente a aquel en que se publique en el "Boletín Oficial
del Estado" la relación definitiva de aprobados, los opositores
aprobados deberán presentar, en el Registro General del Ministerio
de Defensa, paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid, los
siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 o
certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del título, o certificación administrativa
de poseer una antigüedad igual o superior a diez años en Cuerpos
o Escalas del grupo D, ó de cinco años y la superación del curso
específico al que alude la disposición adicional novena del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como Anexo IV a esta
convocatoria.
13.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de
presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá
acreditarse que reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
13.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaran la documentación o del examen de
la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
14. Nombramiento de funcionarios de carrera
14.1 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de
plazas convocadas, serán nombrados, a propuesta del Director
General de Personal, funcionarios de carrera mediante Resolución
del Secretario de Estado para la Administración Pública que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado" con indicación del
destino adjudicado.
14.2 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
15. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 15 de octubre de 2001.
TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
ANEXO I
Maestros de Arsenales
Especialidad: Mecánica
Tema 1. Dibujo técnico industrial.
Tema 2. Cortes y secciones.
Tema 3. Acotación.
Tema 4. Conos (conicidad, convergencia, inclinación)
Cálculos generales.
Tema 5. Sistemas de roscas, representaciones,
especificaciones y cálculos.
Tema 6. Acabados superficiales, rugosidad, signos y
representación.
Tema 7. Sistemas de tolerancias y ajustes.
Tema 8. Cálculos y representación de ajustes.
Tema 9. Tolerancias geométricas.
Tema 10. Normalización. Objeto, ventajas y normas.
Tema 11. Metrología. Medir, comparar, verificar, elementos
utilizados.
Tema 12. Trazado.
Tema 13. Limado.
Tema 14. Taladrado.
Tema 15. Aserrado.
Tema 16. Brochado.
Tema 17. Rasqueteado.
Tema 18. Conocimiento de la materia.
Tema 19. Clasificación y designación de los materiales.
Tema 20. Propiedades y ensayos de los materiales.
Tema 21. Metalografía.
Tema 22. Tratamientos térmicos de los aceros.
Tema 23. Tratamientos termoquímicos.
Tema 24. Control de la temperatura en los tratamientos
térmicos.
Tema 25. Introducción a la resistencia de materiales.
Tema 26. Aleaciones especiales.
Tema 27. Conformación de materiales sin arranque de viruta,
operaciones y procedimientos.
Tema 28. Curvado, estirado, extrusionado, trefilado.
Generalidades.
Tema 29. Troqueles y estampas.
Tema 30. Condiciones y características de los metales y
aleaciones empleadas.
Tema 31. Prensas.
Tema 32. Fundamento del corte y punzonado. Generalidades.
Tema 33. Muelles, clases, representación y acotación.
Tema 34. Mecanismos, elementos de transmisión y de mando.
Relación de transmisión.
Tema 35. Neumática aplicada. Principios fundamentales.
Tema 36. Hidráulica aplicada. Principios fundamentales.
Tema 37. Automatización de máquinas herramientas. Control
numérico.
Tema 38. Tecnología del corte de los materiales.
Tema 39. Máquinas herramientas. Principios fundamentales.
Generalidades.
Tema 40. Mecanismos del torno y herramientas. Tornos
especiales.
Tema 41. Trabajo en el torno. Procedimientos y cálculos de
roscado en el torno.
Tema 42. Procesos de mecanizado en el torno. Velocidad de
corte.
Tema 43. Descripción de la fresadora universal. Generalidades.
Tema 44. Mecanismos de la fresadora, herramientas y
trabajos en fresadora.
Tema 45. Proceso de mecanizado en la fresadora, velocidad
de corte.
Tema 46. Procedimientos y cálculos.
Tema 47. Descripción de la rectificadora universal, plana y
afiladora.
Tema 48. Procesos de mecanizado en el rectificado y
velocidad de corte.
Tema 49. Trabajos especiales, rectificadora, de perfiles y
lapeado.
Tema 50. Muelas abrasivas. Generalidades.
Especialidad: Construcciones Metálicas
Tema 1. Dibujo técnico industrial.
Tema 2. Cortes y secciones.
Tema 3. Acotación.
Tema 4. Conos (conicidad, convergencia, inclinación)
Cálculos generales.
Tema 5. Sistemas de roscas, representaciones,
especificaciones y cálculos.
Tema 6. Acabados superficiales, rugosidad, signos y
representación.
Tema 7. Sistemas de tolerancias y ajustes.
Tema 8. Cálculos y representación de ajustes.
Tema 9. Tolerancias geométricas.
Tema 10. Normalización. Objeto, ventajas y normas.
Tema 11. Metrología. Medir, comparar, verificar, elementos
utilizados.
Tema 12. Trazado.
Tema 13. Limado.
Tema 14. Taladrado.
Tema 15. Aserrado.
Tema 16. Brochado.
Tema 17. Rasqueteado.
Tema 18. Conocimiento de la materia.
Tema 19. Clasificación y designación de los materiales.
Tema 20. Propiedades y ensayos de los materiales.
Tema 21. Metalografía.
Tema 22. Tratamientos térmicos de los aceros.
Tema 23. Tratamientos termoquÍmicos.
Tema 24. Control de la temperatura en los tratamientos
térmicos.
Tema 25. Introducción a la resistencia de materiales.
Tema 26. Aleaciones especiales.
Tema 27. Conformación de materiales sin arranque de viruta,
operaciones y procedimientos.
Tema 28. Curvado, estirado, extrusionado, trefilado.
Generalidades.
Tema 29. Prensas, troqueles y estampas.
Tema 30. Condiciones y características de los metales y
aleaciones empleadas.
Tema 31. Plegado, enderezado, embutido, forjado.
Generalidades.
Tema 32. Fundamento del corte y punzonado. Generalidades.
Tema 33. Muelles, clases, representación y acotación.
Tema 34. Mecanismos, elementos de transmisión y de mando.
Relación de transmisión.
Tema 35. Hidráulica y neumática aplicada. Principios
fundamentales.
Tema 36. Automatización de máquinas herramientas. Control
numérico.
Tema 37. Perfiles laminados, férricos y no férricos.
Representación convencional de perfiles
Tema 38. Elementos de unión. Generalidades.
Tema 39. Representación gráfica de soldaduras. Posiciones
de soldar UNE 14009.
Tema 40. Soldadura blanda.
Tema 41. Soldadura dura.
Tema 42. Soldadura por fusión con soplete.
Tema 43. Soldadura eléctrica.
Tema 44. Soldadura por resistencia.
Tema 45. Métodos especiales de soldadura.
Tema 46. Conocimientos de tuberías comerciales. Accesorios
para tuberías.
Tema 47. Presiones de pruebas de trabajo.
Tema 48. Trazado y desarrollo de tubos y cuerpos especiales.
Tema 49. Trazado de estructuras metálicas. Generalidades.
Tema 50. Muelas abrasivas. Útiles y máquinas para la
utilización de muelas abrasivas.
Especialidad: Electricidad
Tema 1. Introducción a la corriente alterna.
Tema 2. Circuitos de corriente alterna.
Tema 3. Corrientes polifásicas.
Tema 4. Máquinas de corriente continua rotativas.
Tema 5. Motores de corriente continua.
Tema 6. Máquinas de corriente alterna rotativas.
Tema 7. Campo giratorio.
Tema 8. Motores de corriente alterna.
Tema 9. Procedimiento de arranque e inversión de giro de
los motores.
Tema 10. Relés de protección.
Tema 11. Convertidores rotativos.
Tema 12. Convertidores estáticos.
Tema 13. Técnicas de iluminación.
Tema 14. Técnica y aparatos de medida.
Tema 15. Instalaciones de baja tensión.
Tema 16. Alimentación de receptores.
Tema 17. Fundamentos de electromagnetismo.
Tema 18. Teoría y construcción del transformador.
Tema 19. Estudio de los transformadores especiales.
Tema 20. Ensayos y protecciones de transformadores.
Tema 21. Líneas de distribución y subestaciones.
Tema 22. Líneas de distribución particular.
Tema 23. Sistemas de iluminación.
Tema 24. Alumbrados públicos.
Tema 25. Alumbrados exteriores por proyección.
Tema 26. Elementos de seguridad y protección.
Tema 27. Precisión de los aparatos de medida.
Tema 28. Construcción de los instrumentos de medida.
Diagrama de errores.
Tema 29. Errores. Precisión de los aparatos de medida.
Tema 30. Resistencia de tierra.
Tema 31. Puesta a tierra.
Tema 32. Mediciones de resistencia de tomas de tierra.
Tema 33. Luminotecnia. Medida de intensidades de
iluminación.
Tema 34. Magnitudes empleadas en la luminotecnia.
Tema 35. Aparatos de maniobra y dispositivos automáticos.
Tema 36. Aparatos de protección.
Tema 37. Aparatos de mando y señalización de
accionamiento manual.
Tema 38. Dispositivos automáticos.
Tema 39. Estudio del contactor.
Tema 40. Aparatos auxiliares de mando y accionamiento
automático.
Tema 41. Reglamento electrotécnico para baja tensión.
Tema 42. Transistores, relés estáticos.
Tema 43. Semiconductores. Rectificadores de estado sólido.
Tema 44. Válvulas de gas. Tiratrones. Ignitrón. Emisión
fotoeléctrica.
Tema 45. Centro de distribución de energía eléctrica.
Tema 46. Técnicas de iluminación. Circuitos y accesorios.
Tema 47. Acometidas. Cálculo y elementos auxiliares.
Tema 48. Utilización y manejo de equipos, útiles y
herramientas.
Tema 49. Medidas de frecuencias y factor de potencia.
Tema 50. Construcción, funcionamiento y características de
las baterías de acumuladores.
Especialidad: Electrónica
Tema 1. Técnicas de expresión gráfica.
Tema 2. Conocimiento y ensayo de materiales.
Tema 3. Válvulas. Tipos de válvulas. Válvulas especiales.
Circuitos a válvulas.
Tema 4. Clasificación del material electrónico.
Tema 5. Semiconductores. Diodos, transistores. Tipos y
tecnologías.
Tema 6. Corriente alterna.
Tema 7. Circuitos rectificadores.
Tema 8. Instrumentos digitales.
Tema 9. Circuitos básicos pasivos.
Tema 10. Amplificadores de baja potencia y especiales.
Tema 11. Circuitos básicos activos.
Tema 12. Fenómenos transitorios.
Tema 13. Tecnología de componentes
Tema 14. Amplificadores de potencia.
Tema 15. Generadores de señal.
Tema 16. Realimentación.
Tema 17. Modulación y demodulación. AM y FM.
Tema 18. Osciladores senosoidales.
Tema 19. Tubos de rayos catódicos.
Tema 20. Corrientes polifásicas.
Tema 21. Medidas de tensiones e intensidades.
Tema 22. Generadores de onda cuadrada.
Tema 23. Medidas de alta frecuencia.
Tema 24. Amplificadores operacionales y circuitos.
Tema 25. Medidas de impedancia y circuitos.
Tema 26. Análisis de circuitos.
Tema 27. Medidas de transformadores.
Tema 28. Circuitos secuenciales.
Tema 29. Interpretación de esquemas.
Tema 30. Álgebra de Boole. Funciones aritméticas digitales.
Codificación y decodificación de binario a decimal, BCD, etc.
Tema 31. Fuentes de alimentación.
Tema 32. Sistemas de numeración.
Tema 33. Montaje de prototipos de circuitos básicos.
Tema 34. Dispositivos fotoeléctricos.
Tema 35. Obtención de curvas características de válvulas y
de semiconductores.
Tema 36. Teoría de la luz.
Tema 37. Utilización y manejo de equipos, útiles y
herramientas.
Tema 38. Inductancias.
Tema 39. Manejo de conectores y relés.
Tema 40. Circuitos de protección, elementos de disparo y
circuitos de aplicación.
Tema 41. Puertas lógicas. Básculas. Sumadores. Contadores.
Tema 42. Amplificadores lineales integrados.
Tema 43. Polarización, resistencia térmica y estabilización
de un transistor.
Tema 44. Conversores y sistemas D/A y A/D.
Tema 45. Memorias. Tipos. Características.
Tema 46. Condensadores y resistencias. Tipos.
Características.
Tema 47. Antenas y propagación.
Tema 48. Circuitos integrados: fabricación y características.
Tema 49. Física de los semiconductores.
Tema 50. Microprocesadores.
Especialidad: Madera
Tema 1. La madera: propiedades físicas, propiedades
mecánicas, "trabajo" de la madera.
Tema 2. Los bosques: estructura de la madera de coníferas,
estructura de la madera de frondosas. Distribución geográfica de
los bosques.
Tema 3. Clases de maderas: principales maderas nacionales
y sus propiedades. Principales maderas de otros países y sus
propiedades.
Tema 4. Enfermedades y defectos de la madera en general.
Defectos en las fibras. Enfermedades parasitarias. Animales
dañinos para la madera. Necrosis.
Tema 5. Apeo y troceado de los árboles. Denominaciones
según la medida y características especiales de la madera.
Tema 6. Sistemas para dividir un tronco en tablas.
Tema 7. Dimensiones y clasificación de la madera: escuadrías
comerciales.
Tema 8. Desecación de la madera: humedad, estado
higrométrico y desecado de la madera.
Tema 9. Cubicación de la madera.
Tema 10. Herramientas e instrumentos manuales.
Tema 11. Afilado y afinado de herramientas.
Tema 12. Manejo de las herramientas manuales.
Tema 13. Trabajos preliminares: clavado de puntas,
encolado, introducción de tornillos, cuñas, clavijas y tacos, listones
y aldabillas.
Tema 14. Colas: generalidades, clasificación y
características.
Tema 15. Acoplamiento de piezas.
Tema 16. Tableros reforzados.
Tema 17. Ensambles y empalmes.
Tema 18. Arcos y molduras.
Tema 19. Herrajes y su colocación.
Tema 20. Chapeados.
Tema 21. Contrachapeados.
Tema 22. Marquetería.
Tema 23. Conglomerados y materiales plásticos.
Tema 24. Trazado. Plantillas en general. Plantillas navales.
Tema 25. Bancos y sillas.
Tema 26. Mesas y pupitres.
Tema 27. Armarios.
Tema 28. Marcos.
Tema 29. Puertas.
Tema 30. Ventanas y balcones.
Tema 31. Persianas.
Tema 32. Escaleras.
Tema 33. Pavimentos de madera.
Tema 34. Revestimientos y artesonados.
Tema 35. Andamios.
Tema 36. Cimbras y encofrados.
Tema 37. Cubiertas.
Tema 38. Marquesinas y buhardas.
Tema 39. Pulido de la madera. Pinturas. Tintes.
Tema 40. Ceras y barnices.
Tema 41. Conservación y preservación de la madera:
desecación, desaviado, impregnaciones, antisépticos. Preservaciones
contra pudrición, enmohecimiento y fuego.
Tema 42. Resistencia de la madera: compresión, tracción,
flexión, cizallamiento y torsión.
Tema 43. Cálculo elemental de piezas de madera.
Tema 44. Maquinaria: generalidades, elementos, engrase,
correas, transmisiones, velocidad de corte y avance,
acoplamientos y levas.
Tema 45. Maquinaria: tipos de maquinaria para trabajar la
madera, características de funcionamiento.
Tema 46. Dibujo: normas, representaciones, escalas, vistas,
cortes, proyecciones.
Tema 47. Dibujo naval: plano de formas, representación de
piezas y elementos del buque.
Tema 48. Nociones de seguridad e higiene en el trabajo.
Tema 49. Nomenclatura del buque, sala de gálibos.
Tema 50. Maderas usadas en Construcción Naval.
Fabricación de piezas y elementos del buque.
Especialidad: Delineación
Tema 1. Conocimiento y manejo de los útiles de dibujo.
Tema 2. Formatos normalizados.
Tema 3. Normalización: series de líneas normalizadas
empleadas en dibujo. Normas generales sobre la representación
de piezas industriales.
Tema 4. Escalas.
Tema 5. Sistema diédrico.
Tema 6. Sistema axonométrico.
Tema 7. Sistema cónico.
Tema 8. Sistemas de representación: cubo de proyecciones,
europeo y americano.
Tema 9. Símbolos empleados en los dibujos industriales.
Tema 10. Dibujo de conjuntos. Despieces.
Tema 11. Calidades y tratamientos superficiales.
Tema 12. Acotación. Elementos empleados en la acotación.
Tema 13. Tolerancias y ajustes. Aplicación y cálculo de
tolerancias.
Tema 14. Roscas: clasificación. Elementos de las roscas.
Dimensiones.
Tema 15. Tornillos. Clases. Designación.
Tema 16. Materiales industriales. Designación, propiedades,
características y aplicación.
Tema 17. Elementos de sujeción. Aplicaciones.
Representación y designación.
Tema 18. Máquinas: descripción y funcionamiento.
Aplicación de la limadora, cepilladora, fresadora, torno, plegadora y
taladradora.
Tema 19. Órganos de máquinas: ejes, cojinetes, soportes,
acoplamientos, poleas levas y excéntricas.
Tema 20. Engranajes.
Tema 21. Procedimientos constructivos: estampación y forja.
Tema 22. Procedimientos constructivos mediante arranque
de viruta.
Tema 23. Fundición.
Tema 24. Procedimientos de unión. Uniones atornilladas.
Uniones remachadas.
Tema 25. Soldadura: conceptos fundamentales,
representación y cálculo.
Tema 26. Instrumentos de medida. Control y medida de las
dimensiones.
Tema 27. Calderería: desarrollos, secciones y penetraciones.
Tema 28. Construcciones metálicas. Estructuras metálicas.
Tema 29. Muelles. Clases. Representación. Acotación y cálculo.
Tema 30. Tratamientos térmicos.
Tema 31. Resistencia de materiales: flexión, tracción,
compresión, torsión. Cortadura. Esfuerzos compuestos. Manejo de
tablas.
Tema 32. Anteproyectos. Proyectos. Presupuestos.
Tema 33. Órdenes y estilos arquitectónicos.
Tema 34. Conocimiento de materiales: naturaleza de los
terrenos, materiales pétreos, materiales cerámicos, cales, cementos
y yesos.
Tema 35. Hormigones: clases y características.
Tema 36. Maderas. Tratamientos de protección.
Tema 37. Movimiento de tierras. Explanaciones.
Cubicaciones.
Tema 38. Perfiles laminados. Clases, características y
designación.
Tema 39. Elementos de obra: cimentaciones, muros,
tabiques, pilares, soportes verticales, vigas, suelos y techos.
Tema 40. Cubiertas. Estructuras.
Tema 41. Arcos y bóvedas, cúpulas.
Tema 42. Escaleras.
Tema 43. Puertas y ventanas.
Tema 44. Planos de edificios: situación, plantas, distribución,
fachadas y secciones.
Tema 45. Instalaciones en los edificios. Redes de aguas
sanitarias fría y caliente. Instalaciones de calefacción. Desagües.
Tema 46. Instalaciones de electricidad. Baja tensión.
Tema 47. Sistema de planos acotados. Fundamentos.
Aplicaciones.
Tema 48. Elementos de topografía: aparatos y útiles,
mediciones, planimetría, altimetría.
Tema 49. Curvas de nivel. Perfiles. Libreta taquimétrica.
Tema 50. Levantamientos topográficos sencillos, métodos.
Especialidad: Química
Tema 1. Oxidación-reducción.
Tema 2. Ácido-base.
Tema 3. Estequiometría, fórmulas y ecuaciones químicas.
Tema 4. Velocidad de reacción.
Tema 5. Equilibrio químico, características del estado de
equilibrio químico.
Tema 6. Equilibrio iónico.
Tema 7. Disoluciones.
Tema 8. Solubilidad.
Tema 9. Material y operaciones básicas en el laboratorio.
Tema 10. Los reactivos químicos en análisis.
Tema 11. Microanálisis.
Tema 12. Análisis cualitativo.
Tema 13. Marchas sistemáticas para el análisis de cationes.
Tema 14. Grupo I de la marcha analítica de cationes.
Tema 15. Grupo II de la marcha analítica de cationes.
Tema 16. Grupo III de la marcha analítica de cationes.
Tema 17. Grupo IV de la marcha analítica de cationes.
Tema 18. Grupo V de la marcha analítica de cationes.
Tema 19. Determinación de aniones.
Tema 20. Análisis cuantitativo.
Tema 21. Análisis volumétrico.
Tema 22. Acidimetría y alcalimetría.
Tema 23. Volumetrías de precipitación y de formación de
complejos.
Tema 24. Volumetrías de oxidación - reducción.
Tema 25. Análisis gravimétrico.
Tema 26. Análisis orgánico.
Tema 27. Caracterización de compuestos.
Tema 28. Análisis orgánico elemental.
Tema 29. Análisis orgánico funcional.
Tema 30. Análisis cuantitativo inorgánico.
Tema 31. Formulación orgánica.
Tema 32. Formulación inorgánica.
Tema 33. Análisis metalográfico.
Tema 34. Análisis bromatológico.
Tema 35. Análisis clínico.
Tema 36. Análisis electroquímico.
Tema 37. Espectrofotometría de absorción atómica.
Tema 38. Electroforesis.
Tema 39. Ponteciometría.
Tema 40. Conductometría.
Tema 41. Voltametría.
Tema 42. Columbimetría.
Tema 43. Análisis espectral. Métodos basados en la detección
de energía electromagnética (visible, infrarrojo y ultravioleta).
Tema 44. Cromatografía de gases.
Tema 45. Resonancia magnética.
Tema 46. Química orgánica básica. Cadenas carbonadas.
Enlaces dobles y triples. Isomería. Heterociclos.
Tema 47. Procesos petroquímicos.
Tema 48. Procesos de la química inorgánica básica.
Tema 49. Industria de los plásticos y del caucho.
Tema 50. Instrumentación y control, medida de temperatura,
presión, nivel y humedad.
Especialidad: Construcción
Tema 1. El dibujo en la construcción. Normalización. Clases
de líneas. Acotación.
Tema 2. Nociones sobre perspectiva axonométrica, caballera
y cónica.
Tema 3. Interpretación de planos.
Tema 4. Croquis y planos de elementos sencillos de obras.
Tema 5. Útiles y aparatos de medición. Metro, escuadra, nivel,
plomada. Su manejo y utilidad.
Tema 6. Maquinaria y herramientas empleadas. Descripción
y uso de las mismas.
Tema 7. La construcción: sus fines, historia y posibilidades.
Tema 8. Nociones de arquitectura.
Tema 9. Órdenes y estilos arquitectónicos.
Tema 10. Arcos y bóvedas, cúpulas.
Tema 11. Replanteos y trazados.
Tema 12. Mediciones.
Tema 13. Conocimiento de materiales: naturaleza de los terrenos.
Tema 14. Materiales pétreos. Obtención, aplicación y
procedencia.
Tema 15. Cales, cementos y yesos: obtención, aplicación y
procedencia.
Tema 16. Hormigones: clases y características.
Tema 17. El acero en la construcción. Tipos.
Tema 18. Materiales aislantes.
Tema 19. Aglomerantes, cementos, áridos. Clases.
Tema 20. Paredes y tabiques. Tipos y aplicación.
Tema 21. Cimentaciones.
Tema 22. Pilares y vigas.
Tema 23. Suelos y techos
Tema 24. Cubiertas. Tipos, materiales y estructura.
Tema 25. Escaleras.
Tema 26. Obras de fábrica y estructuras. Clasificación.
Tema 27. Obras de hormigón. Estructuras y forjados.
Tema 28. Encofrados.
Tema 29. Azoteas y cornisas.
Tema 30. Aparejos, estereotomía de la piedra, madera y
hierro.
Tema 31. Muros de carga y de contención.
Tema 32. Puertas y ventanas.
Tema 33. Curvas de nivel. Perfiles.
Tema 34. Herramientas de amasado y manejo de los
conglomerantes.
Tema 35. Equipos de obras. Maquinaria de elevación,
maquinaria de hormigonado.
Tema 36. Ladrillos. Tipos y resistencias.
Tema 37. Andamios y sus distintos tipos.
Tema 38. La madera en la construcción. Clases y aplicación.
Tema 39. La pintura en la construcción.
Tema 40. Obras de tierra. Movimiento de tierras, cubicaciones.
Tema 41. Voladizos y balcones. Aplicaciones.
Tema 42. Cerchas.
Tema 43. Revestimientos cerámicos.
Tema 44. Materiales cerámicos. Clasificación y obtención.
Tema 45. Morteros: clases, dosificación.
Tema 46. Juntas. Clases.
Tema 47. Cimbras.
Tema 48. Conducciones de alcantarillado.
Tema 49. Canalones.
Tema 50. Determinación de los materiales y sistemas
constructivos para la ejecución de los diferentes volúmenes de una
edificación.
ANEXO II: (Ver imagen página 39168)
ANEXO III
MAESTROS DE ARSENALES
(Promoción interna)
1. Órgano de selección
Tribunal titular:
Presidente: Don Roberto García Moreno, Coronel de Intendencia.
Secretario: Don Jesús Jabalera Abad, Alférez de Fragata del
Cuerpo de Especialidades de la Armada.
Vocales: Don Francisco Javier Sieres Pérez, Capitán de Fragata
del Cuerpo de Ingenieros de la Armada ; don Juan Felipe López
Merenciano, Teniente de Navío del Cuerpo de Ingenieros de la
Armada ; don Elías Hidalgo Blázquez, funcionario de Cuerpo de
Maestros de Arsenales de la Armada ; don Manuel Pérez Blanco,
funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada ;
don Ángel García Canalda, funcionario del Cuerpo de Maestros
de Arsenales de la Armada ; don José Morgade García, funcionario
del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada ; don Francisco
Javier Ferriols Delgado, funcionario del Cuerpo de Maestros de
Arsenales de la Armada ; don Justo Jaime López Gutiérrez,
funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, y
don José Ramón López López, Teniente Auditor.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Acacio Rodríguez Díaz, Capitán de Navío del
Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
Secretario: Don José Manuel Blanco Zárate, Capitán de Fragata
del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
Vocales: Don Tomás Novo Serra, Capitán de Corbeta del
Cuerpo de Ingenieros de la Armada ; don Juan Ángel Pérez Cisneros,
Capitán de Corbeta del Cuerpo de Ingenieros de la Armada ; don
Eduardo Ovies Cañas, funcionario del Cuerpo de Ingenieros
Técnicos de Arsenales de la Armada ; don Alfredo López Vizcaya,
funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada ; don
Luis Peci Guerrero, funcionario del Cuerpo de Maestros de
Arsenales de la Armada ; don José Antonio Jiménez Martín, funcionario
del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada ; don José
Luis Muñiz Marín, funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales
de la Armada ; don Javier García Garrido, funcionario del Cuerpo
de Maestros de Arsenales de la Armada, y don Manuel López
Zapata, Teniente Auditor.
ANEXO IV
Don ........................................................,
con domicilio en ..................................., y
documento nacional de identidad número ..............., declara bajo
juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del
Cuerpo .............................. que no ha sido separado
del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que
no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En ............... a .... de ............... de ....
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