Por Resolución de 18 de junio de 2001, de la Dirección General
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ("Boletín Oficial
del Estado" del 29), se convocó proceso selectivo para la
integración en el Cuerpo Técnico del Servicio de Vigilancia Aduanera.
Expirado el plazo para la presentación de solicitudes y en
aplicación de lo dispuesto en la base 3.1 de la convocatoria, he
resuelto:
Primero.-Aprobar la relación provisional de aspirantes
admitidos al proceso selectivo. La relación provisional de aspirantes
admitidos se encontrará expuesta en los Servicios Centrales de
la Agencia Tributaria (calle San Enrique, número 26, 28020,
Madrid), en sus Delegaciones, en la Dirección General de la
Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del
Ministerio de Administraciones Públicas, en la sede central del Instituto
de Estudios Fiscales, en las Delegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas y en las Subdelegaciones del Gobierno.
Los opositores que no figuren en la relación provisional de
admitidos disponen de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en
el "Boletín Oficial del Estado", para subsanar los defectos que
hayan motivado su omisión.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no aleguen la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidos de la participación
en el proceso selectivo.
Segundo.-El curso de formación que establece la base 1.3.1
de la convocatoria comenzará el día 12 de noviembre en la sede
de Madrid de la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de
Estudios Fiscales.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante la autoridad
convocante o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el
"Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo, no pudiendo interponerse
simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 19 de septiembre de 2001.-P. D. (Resolución de 24
de junio de 1999, "Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio), el
Director general, Salvador Ruiz Gallud.
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