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Documento BOE-A-2001-19967

Orden de 28 de septiembre de 2001 de autorización de la cesión general de la cartera de seguros de la entidad "Igualatorio Médico Quirúrgico de Huesca, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros", a la entidad "Mapfre Caja Salud de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima" y de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad "Igualatorio Médico Quirúrgico de Huesca, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros", declarándose la extinción de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 25 de octubre de 2001, páginas 39213 a 39213 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-19967

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Igualatorio Médico Quirúrgico de Huesca, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros» ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para la operación consistente en la cesión general de la cartera de seguros a la entidad «Mapfre Caja Salud de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión general de la cartera de seguros de la entidad «Igualatorio Médico Quirúrgico de Huesca, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros» a la entidad «Mapfre Caja Salud de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».

Segundo.

Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad «Igualatorio Médico Quirúrgico de Huesca, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros».

Tercero.

Declarar la extinción de la entidad «Igualatorio Médico Quirúrgico de Huesca, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 28 de septiembre de 2001.–El Ministro, P. D. (Orden de 8 de noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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