En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de
Andalucía 4/1993, de 1 de julio, por el que se crea la Universidad
de Huelva, y en el Decreto 169/1999, de 27 de julio, por el que
se acuerda publicar los Estatutos de la Universidad de Huelva,
aprobados por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de
Andalucía ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 31 de
agosto), y existiendo plazas de adscripción indistinta a los grupos A
y B de las Escalas de funcionarios de la Universidad de Huelva,
ocupadas por funcionarios pertenecientes a la Escala B, a fin de
facilitar la promoción del personal, aun manteniendo sus propios
puestos de trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, y el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, así
como los artículos 7 de la Ley 4/1993, del Parlamento de
Andalucía, y los artículos 31 y 162 del Decreto 169/1999, de 27 de
julio, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en
la Escala de Facultativo de Archivos, Bibliotecas y Museos de la
Universidad de Huelva, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas,
por el sistema de promoción interna.
1.2 La realización de estas pruebas selectivas, que se regirán
por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley
23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Esta
do; la Ley del Parlamento de Andalucía 4/1993, y el Decreto
169/1999, de 27 de julio.
1.3 El procedimiento de selección será el de oposición.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo I de esta convocatoria.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitidos a la realización de estas pruebas, los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados
a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por
la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta
se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e) Hallarse en servicio activo, con destino en la Universidad
de Huelva, y pertenecer a los Cuerpos o Escalas del grupo B con,
al menos, dos años de antigüedad en el mismo.
A estos efectos, se consideran asimilados a la situación de activo
la excedencia por cuidados de hijos, excedencia por cuidado de
familiares y la de Servicios Especiales, y se computarán los
servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26
de diciembre, en dicho Cuerpo o Escala.
f) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna
limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados
anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma
de posesión como funcionarios de la Escala a la que se aspira.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán solicitarlo en el modelo de instancia que será facilitada
gratuitamente en la Sección de PAS de la Universidad de Huelva.
A la instancia se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo y magnífico
señor Rector de la Universidad de Huelva, en el plazo de veinte
días naturales, contados a partir de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". La presentación de
solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de
Huelva, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de
Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas
por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
3.3 Minusválidos. Adaptaciones.-Los aspirantes con
discapacidad deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 Los derechos de examen serán de 5.000 pesetas, y se
ingresarán en la oficina principal o en alguna de las sucursales
de El Monte Caja de Huelva y Sevilla, entidad 2098, clave de
sucursal 0068.1, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando
"proceso selectivo de ingreso en la Escala de Facultativos de
Archivos, Bibliotecas y Museos".
En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria,
acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará
la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago
en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano
expresado en la base 3.2.
3.5 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que
pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio
o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Huelva dictará Resolución, en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se recogerá el lugar y fecha de comienzo de los
ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos, con
mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre, numero
de documento nacional de identidad y motivo de la causa de
exclusión.
4.2 En todo caso, la resolución a que se refiere la base anterior
establecerá un plazo de diez días naturales para la subsanación
de errores, transcurrido el cual quedará elevada definitivamente,
publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado.
5. Tribunal calificador
5.1 Composición:
Presidente: El Rector de la Universidad de Huelva o persona
en quien delegue.
Vocales: Dos miembros nombrados por el Rector a propuesta
de la Gerencia.
Dos miembros nombrados por el Rector según lo establecido
en el artículo 46.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Secretario: Actuará de Secretario uno de los Vocales
nombrados por el Rector o un funcionario adscrito al Servicio de Recursos
Humanos con voz pero sin voto.
Los componentes del Tribunal serán funcionarios de carrera
y deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido
para el ingreso en esta Escala.
5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la
Universidad de Huelva, cuando concurran en ellos circunstancias
de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
5.3 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se
constituirá el Tribunal, con asistencia obligada del Presidente y
del Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de
treinta días a partir de su designación, y mínimo de diez días
antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan, en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.4 Sesiones.-A partir de su constitución, y para el resto
de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la
misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.5 Actuaciones del Tribunal durante el proceso.-Dentro de
la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas
en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.6 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose
dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas.
5.7 Información a los aspirantes.-A efecto de
comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la
Universidad de Huelva.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.9 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal
podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los
aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal
con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.2 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados
para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de
la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el
Tribunal.
6.3 Publicación de la fecha de ejercicio.-La fecha y lugar
de realización de los ejercicios se publicará junto con la relación de
admitidos y excluidos.
6.4 Exclusión de participante.-En cualquier momento del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de
Huelva, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados
7.1 Publicación.-Finalizadas las pruebas selectivas, el
Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares
que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados por
orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento
nacional de identidad.
Dicha relación será remitida al Rector de la Universidad de
Huelva, para su conformidad, remitiéndose para su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá
ser superior al de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días
naturales, a contar desde el día siguiente al aquel en que se hicieron
públicas las listas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado",
los opositores aprobados deberán presentar en la Sección de
Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva
la documentación necesaria para proceder al nombramiento como
funcionario de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas
y Museos y que no se encuentre en su expediente.
8.2 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo
fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán
ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Destinos.-Dada las pecualiaridades de este proceso de
promoción interna, el mismo se excluye del sistema de
adjudicación de destinos por el orden obtenido en el proceso selectivo,
de forma que al aspirante que supere la oposición se le adjudicará
el mismo puesto que venía desempeñando como titular.
8.4 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a
propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de
funcionario de carrera mediante Resolución que se publicará en
el "Boletín Oficial del Estado".
9. Norma final
9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos
se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,
de 24 de enero.
Huelva, 9 de octubre de 2001.-El Rector, Antonio Ramírez
de Verger Jaén.
ANEXO I
Temario
I. Biblioteconomía
1. La Biblioteconomía y la investigación en Biblioteconomía
y Documentación.
2. La información profesional de Bibliotecarios y
Documentalistas.
3. Bibliotecas nacionales. Concepto y función.
4. Bibliotecas públicas. Concepto y función.
5. Bibliotecas especializadas. Concepto y función.
6. Las Hemerotecas. Concepto, organización y clasificación.
Revistas científicas.
7. Las Mediatecas. Concepto y organización.
8. Los catálogos. Conceptos, clases y fines.
9. Evolución histórica de las Bibliotecas en España.
10. Estructura bibliotecaria de Andalucía.
II. Biblioteconomía universitaria
1. Bibliotecas universitarias. Evolución histórica.
2. Situación actual de las Bibliotecas universitarias en
España. Situación en Andalucía.
3. La Biblioteca de la Universidad de Huelva.
4. La cooperación bibliotecaria. Redes y sistemas europeos
de cooperación en Bibliotecas académicas y de investigación.
5. Política de conservación de materiales bibliotecarios en
Bibliotecas universitarias.
6. Control bibliográfico de las publicaciones periódicas.
7. Formatos MARC. La norma ISO 2709.
8. Control de autoridades.
9. La protección de datos y su implicación en las Bibliotecas
universitarias.
10. Aspectos jurídicos del suministro de información
automatizada.
11. Los contratos de las Administraciones Públicas y su
repercusión en las adquisiciones bibliográficas de la Biblioteca
universitaria.
III. Gestión de Bibliotecas universitarias
1. El proceso de planificación de la Biblioteca universitaria.
2. Gestión de la colección bibliográfica. Criterios para su
formación, desarrollo y mantenimiento en Bibliotecas universitarias.
3. Gestión de catálogos automatizados. Catalogación
compartida.
4. Conversión retrospectiva de los catálogos bibliográficos.
5. Planificación de los servicios de acceso a los documentos
originales en las Bibliotecas universitarias.
6. Planificación de los servicios de difusión de información
en Bibliotecas universitarias.
7. Planificación, políticas y métodos de la formación de
usuarios.
8. Calidad de los servicios bibliotecarios.
9. Marketing de servicios en las Bibliotecas universitarias.
10. Gestión de recursos humanos en Bibliotecas
universitarias.
11. Gestión presupuestaria y financiera en Bibliotecas
universitarias.
12. Planificación de instalaciones y equipamiento para
Bibliotecas universitarias.
13. Evaluación de la gestión y los servicios bibliotecarios.
IV. Información científica y tecnológica documental
1. Situación actual de la edición científica en el mundo,
problemas y perspectivas.
2. La edición electrónica y su repercusión en las Bibliotecas
universitarias.
3. Bibliometría, análisis de la producción y difusión de la
ciencia.
4. Técnicas avanzadas de recuperación de la información.
5. Industria y mercado de la información electrónica.
6. Acceso remoto a recursos informativos.
7. Teleinformática, redes de ordenadores, interconexión de
sistemas, familias de protocolos.
8. Internet, Iris, RICA y las grandes redes teleinformáticas
en la actualidad.
9. Aplicaciones de los servicios teleinformáticos básicos en
las Bibliotecas universitarias. Correo electrónico, transferencia de
ficheros, conexión remota, directorios, etc.
10. Aplicaciones de los servicios teleinformáticos avanzados
en la obtención de información en las Bibliotecas universitarias.
Noticias, Gopher, web, ILL, Z39.50, SR, etc.
11. Aplicaciones de los servicios teleinformáticos avanzados
en la difusión de información propia en las Bibliotecas
universitarias.
12. Sistemas Integrados de gestión bibliotecaria.
13. Situación actual de la automatización de Bibliotecas en
España. Situación actual en Andalucía.
14. La automatización y sistema de gestión de la Biblioteca
universitaria de Huelva.
15. Control de un sistema automatizado. Parámetros.
Información sobre la gestión.
16. El módulo de catalogación en un sistema integrado.
17. Gestión de OPACs.
18. Gestión de la circulación automatizada.
19. Automatización del proceso de adquisiciones
bibliográficas.
20. Control de publicaciones periódicas en un sistema
automatizado.
21. Gestión del préstamo interbibliotecario en un entorno
automatizado.
22. Aplicaciones de los CD-ROMs en Bibliotecas
universitarias.
V. Bibliografía
1. Definición y objetivos de la bibliografía. Evolución histórica
de la bibliografía.
2. Estado actual de la bibliografía en el mundo. Control
bibliográfico universal. Disponibilidad universal de las publicaciones.
3. La bibliografía en España.
4. Bibliografía de bibliografías.
5. Bibliografías generales.
6. Bibliografías nacionales.
7. Bibliografías de publicaciones periódicas.
8. Bibliografías de publicaciones oficiales.
9. Bibliografías comerciales.
10. Fuentes de información en ciencias humanas.
11. Fuentes de información en ciencias económicas.
12. Fuentes de información en ciencias jurídicas y de la
Administración.
13. Fuentes de información en ciencias de la salud.
14. Fuentes de información en ciencias y tecnología.
15. Literatura gris. Concepto, importancia informativa y
características.
16. Literatura gris. Instrumentos para su identificación.
ANEXO II
Sistema selectivo
El sistema de selección de los aspirantes de promoción interna,
será el de oposición, consistiendo en la superación de las pruebas
que, asimismo, se relacionan.
1. Fase de oposición.-La fase de oposición constará de las
pruebas que se indican a continuación, siendo eliminatorias cada
una de ellas.
a) El primer ejercicio consistirá en la resolución de un
cuestionario tipo test, de unas 100 preguntas, con tres respuestas
alternativas, siendo una sola de ellas la correcta, sobre el programa
de materias que figura en el anexo I de la Resolución.
La duración máxima de este ejercicio será de ciento veinte
minutos.
b) El segundo ejercicio consistirá en la resolución de dos
supuestos prácticos, elegidos por el opositor de entre cuatro
propuestos por el Tribunal, que deberán estar relacionados con los
siguientes temas que se indican a título orientativo:
Gestión y difusión de la información científica.
Planificación de servicios bibliotecarios.
Automatización de Bibliotecas.
Cooperación bibliotecaria.
La duración máxima de este ejercicio será de cuatro horas;
el opositor durante la prueba podrá utilizar textos y apuntes.
c) El tercer ejercicio consistirá en una prueba sobre idiomas
extranjeros (inglés, alemán o francés), debiendo demostrarse por
el opositor el nivel de conocimientos de al menos dos de dichos
idiomas.
El opositor deberá hacer constar en el recuadro "idiomas" de
la instancia el idioma que elija como principal (A) y el elegido
como complementario (B).
La prueba elegida para el idioma principal consistirá en la
traducción de un texto profesional en el idioma elegido, que
propondrá el Tribunal. En esta prueba no se permitirá el uso de
diccionario.
En relación con el idioma elegido como complementario, el
opositor deberá realizar un resumen analítico (con extensión de
20 a 25 líneas) de un texto profesional en el idioma elegido que
propondrá el Tribunal. Se permitirá el uso del diccionario.
d) El cuarto ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito
de dos temas del primer bloque del temario que se acompaña
en esta convocatoria (anexo I), elegido por el opositor entre cuatro
temas, mediante insaculación por bloques de temario.
2. Valoración de los ejercicios.-La valoración será de cero
a 10 puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para tener
acceso al siguiente ejercicio.
La primera prueba no tendrá lugar en ningún caso antes del
día 1 de enero de 2002.
La nota final será la media de la suma de los cuatro ejercicios.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid