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Documento BOE-A-2001-20885

Resolución de 9 de octubre de 2001, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, por el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2001, páginas 40685 a 40688 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-20885

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de

Andalucía 4/1993, de 1 de julio, por el que se crea la Universidad

de Huelva, y en el Decreto 169/1999, de 27 de julio, por el que

se acuerda publicar los Estatutos de la Universidad de Huelva,

aprobados por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de

Andalucía ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 31 de

agosto), y existiendo plazas de adscripción indistinta a los grupos A

y B de las Escalas de funcionarios de la Universidad de Huelva,

ocupadas por funcionarios pertenecientes a la Escala B, a fin de

facilitar la promoción del personal, aun manteniendo sus propios

puestos de trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, y el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, así

como los artículos 7 de la Ley 4/1993, del Parlamento de

Andalucía, y los artículos 31 y 162 del Decreto 169/1999, de 27 de

julio, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en

la Escala de Facultativo de Archivos, Bibliotecas y Museos de la

Universidad de Huelva, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas,

por el sistema de promoción interna.

1.2 La realización de estas pruebas selectivas, que se regirán

por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Esta

do; la Ley del Parlamento de Andalucía 4/1993, y el Decreto

169/1999, de 27 de julio.

1.3 El procedimiento de selección será el de oposición.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo I de esta convocatoria.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitidos a la realización de estas pruebas, los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado

miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados

a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por

la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta

se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad

Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

e) Hallarse en servicio activo, con destino en la Universidad

de Huelva, y pertenecer a los Cuerpos o Escalas del grupo B con,

al menos, dos años de antigüedad en el mismo.

A estos efectos, se consideran asimilados a la situación de activo

la excedencia por cuidados de hijos, excedencia por cuidado de

familiares y la de Servicios Especiales, y se computarán los

servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26

de diciembre, en dicho Cuerpo o Escala.

f) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna

limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados

anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma

de posesión como funcionarios de la Escala a la que se aspira.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán solicitarlo en el modelo de instancia que será facilitada

gratuitamente en la Sección de PAS de la Universidad de Huelva.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo y magnífico

señor Rector de la Universidad de Huelva, en el plazo de veinte

días naturales, contados a partir de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". La presentación de

solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de

Huelva, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas

por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.3 Minusválidos. Adaptaciones.-Los aspirantes con

discapacidad deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 Los derechos de examen serán de 5.000 pesetas, y se

ingresarán en la oficina principal o en alguna de las sucursales

de El Monte Caja de Huelva y Sevilla, entidad 2098, clave de

sucursal 0068.1, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando

"proceso selectivo de ingreso en la Escala de Facultativos de

Archivos, Bibliotecas y Museos".

En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria,

acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará

la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago

en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano

expresado en la base 3.2.

3.5 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que

pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Huelva dictará Resolución, en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos

y excluidos, se recogerá el lugar y fecha de comienzo de los

ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos, con

mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre, numero

de documento nacional de identidad y motivo de la causa de

exclusión.

4.2 En todo caso, la resolución a que se refiere la base anterior

establecerá un plazo de diez días naturales para la subsanación

de errores, transcurrido el cual quedará elevada definitivamente,

publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado.

5. Tribunal calificador

5.1 Composición:

Presidente: El Rector de la Universidad de Huelva o persona

en quien delegue.

Vocales: Dos miembros nombrados por el Rector a propuesta

de la Gerencia.

Dos miembros nombrados por el Rector según lo establecido

en el artículo 46.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Secretario: Actuará de Secretario uno de los Vocales

nombrados por el Rector o un funcionario adscrito al Servicio de Recursos

Humanos con voz pero sin voto.

Los componentes del Tribunal serán funcionarios de carrera

y deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido

para el ingreso en esta Escala.

5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal

deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la

Universidad de Huelva, cuando concurran en ellos circunstancias

de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se

constituirá el Tribunal, con asistencia obligada del Presidente y

del Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días a partir de su designación, y mínimo de diez días

antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan, en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.4 Sesiones.-A partir de su constitución, y para el resto

de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la

misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.5 Actuaciones del Tribunal durante el proceso.-Dentro de

la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran

surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas

necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas

en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.6 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas

correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose

dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades

técnicas.

5.7 Información a los aspirantes.-A efecto de

comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la

Universidad de Huelva.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.9 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal

podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas

un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido

será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los

aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal

con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.2 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados

para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de

la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el

Tribunal.

6.3 Publicación de la fecha de ejercicio.-La fecha y lugar

de realización de los ejercicios se publicará junto con la relación de

admitidos y excluidos.

6.4 Exclusión de participante.-En cualquier momento del

proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que

alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos

por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,

deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de

Huelva, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas, a los efectos procedentes.

7. Relación de aprobados

7.1 Publicación.-Finalizadas las pruebas selectivas, el

Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares

que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados por

orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento

nacional de identidad.

Dicha relación será remitida al Rector de la Universidad de

Huelva, para su conformidad, remitiéndose para su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá

ser superior al de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días

naturales, a contar desde el día siguiente al aquel en que se hicieron

públicas las listas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado",

los opositores aprobados deberán presentar en la Sección de

Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva

la documentación necesaria para proceder al nombramiento como

funcionario de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas

y Museos y que no se encuentre en su expediente.

8.2 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo

fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la

documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen

de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Destinos.-Dada las pecualiaridades de este proceso de

promoción interna, el mismo se excluye del sistema de

adjudicación de destinos por el orden obtenido en el proceso selectivo,

de forma que al aspirante que supere la oposición se le adjudicará

el mismo puesto que venía desempeñando como titular.

8.4 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a

propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de

funcionario de carrera mediante Resolución que se publicará en

el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos

se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,

de 24 de enero.

Huelva, 9 de octubre de 2001.-El Rector, Antonio Ramírez

de Verger Jaén.

ANEXO I

Temario

I. Biblioteconomía

1. La Biblioteconomía y la investigación en Biblioteconomía

y Documentación.

2. La información profesional de Bibliotecarios y

Documentalistas.

3. Bibliotecas nacionales. Concepto y función.

4. Bibliotecas públicas. Concepto y función.

5. Bibliotecas especializadas. Concepto y función.

6. Las Hemerotecas. Concepto, organización y clasificación.

Revistas científicas.

7. Las Mediatecas. Concepto y organización.

8. Los catálogos. Conceptos, clases y fines.

9. Evolución histórica de las Bibliotecas en España.

10. Estructura bibliotecaria de Andalucía.

II. Biblioteconomía universitaria

1. Bibliotecas universitarias. Evolución histórica.

2. Situación actual de las Bibliotecas universitarias en

España. Situación en Andalucía.

3. La Biblioteca de la Universidad de Huelva.

4. La cooperación bibliotecaria. Redes y sistemas europeos

de cooperación en Bibliotecas académicas y de investigación.

5. Política de conservación de materiales bibliotecarios en

Bibliotecas universitarias.

6. Control bibliográfico de las publicaciones periódicas.

7. Formatos MARC. La norma ISO 2709.

8. Control de autoridades.

9. La protección de datos y su implicación en las Bibliotecas

universitarias.

10. Aspectos jurídicos del suministro de información

automatizada.

11. Los contratos de las Administraciones Públicas y su

repercusión en las adquisiciones bibliográficas de la Biblioteca

universitaria.

III. Gestión de Bibliotecas universitarias

1. El proceso de planificación de la Biblioteca universitaria.

2. Gestión de la colección bibliográfica. Criterios para su

formación, desarrollo y mantenimiento en Bibliotecas universitarias.

3. Gestión de catálogos automatizados. Catalogación

compartida.

4. Conversión retrospectiva de los catálogos bibliográficos.

5. Planificación de los servicios de acceso a los documentos

originales en las Bibliotecas universitarias.

6. Planificación de los servicios de difusión de información

en Bibliotecas universitarias.

7. Planificación, políticas y métodos de la formación de

usuarios.

8. Calidad de los servicios bibliotecarios.

9. Marketing de servicios en las Bibliotecas universitarias.

10. Gestión de recursos humanos en Bibliotecas

universitarias.

11. Gestión presupuestaria y financiera en Bibliotecas

universitarias.

12. Planificación de instalaciones y equipamiento para

Bibliotecas universitarias.

13. Evaluación de la gestión y los servicios bibliotecarios.

IV. Información científica y tecnológica documental

1. Situación actual de la edición científica en el mundo,

problemas y perspectivas.

2. La edición electrónica y su repercusión en las Bibliotecas

universitarias.

3. Bibliometría, análisis de la producción y difusión de la

ciencia.

4. Técnicas avanzadas de recuperación de la información.

5. Industria y mercado de la información electrónica.

6. Acceso remoto a recursos informativos.

7. Teleinformática, redes de ordenadores, interconexión de

sistemas, familias de protocolos.

8. Internet, Iris, RICA y las grandes redes teleinformáticas

en la actualidad.

9. Aplicaciones de los servicios teleinformáticos básicos en

las Bibliotecas universitarias. Correo electrónico, transferencia de

ficheros, conexión remota, directorios, etc.

10. Aplicaciones de los servicios teleinformáticos avanzados

en la obtención de información en las Bibliotecas universitarias.

Noticias, Gopher, web, ILL, Z39.50, SR, etc.

11. Aplicaciones de los servicios teleinformáticos avanzados

en la difusión de información propia en las Bibliotecas

universitarias.

12. Sistemas Integrados de gestión bibliotecaria.

13. Situación actual de la automatización de Bibliotecas en

España. Situación actual en Andalucía.

14. La automatización y sistema de gestión de la Biblioteca

universitaria de Huelva.

15. Control de un sistema automatizado. Parámetros.

Información sobre la gestión.

16. El módulo de catalogación en un sistema integrado.

17. Gestión de OPACs.

18. Gestión de la circulación automatizada.

19. Automatización del proceso de adquisiciones

bibliográficas.

20. Control de publicaciones periódicas en un sistema

automatizado.

21. Gestión del préstamo interbibliotecario en un entorno

automatizado.

22. Aplicaciones de los CD-ROMs en Bibliotecas

universitarias.

V. Bibliografía

1. Definición y objetivos de la bibliografía. Evolución histórica

de la bibliografía.

2. Estado actual de la bibliografía en el mundo. Control

bibliográfico universal. Disponibilidad universal de las publicaciones.

3. La bibliografía en España.

4. Bibliografía de bibliografías.

5. Bibliografías generales.

6. Bibliografías nacionales.

7. Bibliografías de publicaciones periódicas.

8. Bibliografías de publicaciones oficiales.

9. Bibliografías comerciales.

10. Fuentes de información en ciencias humanas.

11. Fuentes de información en ciencias económicas.

12. Fuentes de información en ciencias jurídicas y de la

Administración.

13. Fuentes de información en ciencias de la salud.

14. Fuentes de información en ciencias y tecnología.

15. Literatura gris. Concepto, importancia informativa y

características.

16. Literatura gris. Instrumentos para su identificación.

ANEXO II

Sistema selectivo

El sistema de selección de los aspirantes de promoción interna,

será el de oposición, consistiendo en la superación de las pruebas

que, asimismo, se relacionan.

1. Fase de oposición.-La fase de oposición constará de las

pruebas que se indican a continuación, siendo eliminatorias cada

una de ellas.

a) El primer ejercicio consistirá en la resolución de un

cuestionario tipo test, de unas 100 preguntas, con tres respuestas

alternativas, siendo una sola de ellas la correcta, sobre el programa

de materias que figura en el anexo I de la Resolución.

La duración máxima de este ejercicio será de ciento veinte

minutos.

b) El segundo ejercicio consistirá en la resolución de dos

supuestos prácticos, elegidos por el opositor de entre cuatro

propuestos por el Tribunal, que deberán estar relacionados con los

siguientes temas que se indican a título orientativo:

Gestión y difusión de la información científica.

Planificación de servicios bibliotecarios.

Automatización de Bibliotecas.

Cooperación bibliotecaria.

La duración máxima de este ejercicio será de cuatro horas;

el opositor durante la prueba podrá utilizar textos y apuntes.

c) El tercer ejercicio consistirá en una prueba sobre idiomas

extranjeros (inglés, alemán o francés), debiendo demostrarse por

el opositor el nivel de conocimientos de al menos dos de dichos

idiomas.

El opositor deberá hacer constar en el recuadro "idiomas" de

la instancia el idioma que elija como principal (A) y el elegido

como complementario (B).

La prueba elegida para el idioma principal consistirá en la

traducción de un texto profesional en el idioma elegido, que

propondrá el Tribunal. En esta prueba no se permitirá el uso de

diccionario.

En relación con el idioma elegido como complementario, el

opositor deberá realizar un resumen analítico (con extensión de

20 a 25 líneas) de un texto profesional en el idioma elegido que

propondrá el Tribunal. Se permitirá el uso del diccionario.

d) El cuarto ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito

de dos temas del primer bloque del temario que se acompaña

en esta convocatoria (anexo I), elegido por el opositor entre cuatro

temas, mediante insaculación por bloques de temario.

2. Valoración de los ejercicios.-La valoración será de cero

a 10 puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para tener

acceso al siguiente ejercicio.

La primera prueba no tendrá lugar en ningún caso antes del

día 1 de enero de 2002.

La nota final será la media de la suma de los cuatro ejercicios.

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