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Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Fomento a través de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, el Ministerio de Defensa, y la Junta de Galicia el día 13 de julio de 2001, una Addenda al Convenio de colaboración para la financiación de las obras de restauración y rehabilitación de los edificios: «Museo Naval/Prisión de San Campio» y «La Herreria» del Arsenal de la Armada, en Ferrol (A Coruña), y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicha Addenda al convenio que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 5 de noviembre de 2001.–El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.
Madrid, 13 de julio de 2001.
De una parte, el excelentísimo señor don Francisco Alvarez-Cascos Fernández, Ministro de Fomento, que actúa en nombre y representación del Gobierno de la Nación en virtud de lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de reforma de la misma previas autorizaciones otorgadas por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica en 25 de enero de 2001 y del Consejo de Ministros en su reunión de 29 de junio de 2001.
El excelentísimo señor don Federico Trillo-Figueroa y Martínez Conde, Ministro de Defensa, y el Presidente del Consejo Rector de la Gerencia de Infraestructura de la Defensa que actúa en nombre y representación del Gobierno de la Nación en virtud de lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de reforma de la misma previas autorizaciones otorgadas por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica en 25 de enero de 2001 y del Consejo de Ministros en su reunión de 29 de junio de 2001.
Y de otra, el excelentísimo señor don Manuel Fraga Iribarne, Presidente de la Junta de Galicia, actuando en nombre y representación de la misma, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y de su Presidente.
EXPONEN
Que con fecha 30 de diciembre de 1999 se formalizó el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Defensa y la Junta de Galicia, para la realización y financiación de las obras de restauración y rehabilitación de los edificios: «Antigua Prisión San Campio» y «La Herrería», así como del edificio de los antiguos depósitos de agua del Arsenal de la Armada en Ferrol (A Coruña).
En dicho Convenio de colaboración y concretamente en su cláusula segunda establece las anualidades y los porcentajes a financiar por cada una de las partes intervinientes. La cuantía total asciende a 540.000.000, pesetas, repartidas en las siguientes anualidades:
1999 | 2000 | 2001 | 2002 | Totales | |
---|---|---|---|---|---|
Ministerio de Fomento. | 10 | 80 | 120 | 60 | 270 |
Ministerio de Defensa. | 10 | 50 | 38 | 10 | 108 |
Junta de Galicia. | 10 | 50 | 62 | 40 | 162 |
30 | 180 | 220 | 110 | 540 |
Así mismo, en la cláusula tercera del referido Convenio de colaboración se establece que el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, será la encargada de redactar y supervisar el referido proyecto de restauración y rehabilitación.
En la cláusula cuarta se establece también que el Ministerio de Fomento realizará la contratación de las obras.
Razones técnicas surgidas en el proceso de supervisión del proyecto motivó que se le tuvieran que hacer importantes modificaciones, porlotantolalicitacióndelasobrasqueenunprincipioseteníaestablecido que se licitaran en el ejercicio del año 2000, no puede llevarse a cabo.
Una vez subsanados los problemas técnicos del proyecto, estará supervisado y listo para su licitación a principios del ejercicio 2001.
Como consecuencia de lo expuesto con anterioridad, se hace necesario proceder a realizar un reajuste en el referido Convenio de colaboración y que afectará exclusivamente a la cláusula segunda del mismo.
En consecuencia, el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Defensa y la Junta de Galicia, acuerdan formalizar la presente Addenda al Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto de la presente Addenda al Convenio de colaboración es realizar un reajuste de cuantías y anualidades en el financiamiento de las obras de restauración y rehabilitación de los edificios: «Antigua Prisión San Campio» y «La Herrería», así como del edificio de los antiguos depósitos de agua del Arsenal de la Armada en Ferrol (A Coruña).
Lo que se modifica con la formalización de esta Addenda es reajustar las anualidades y las cuantías establecidas en un principio en el Convenio de colaboración, de forma que las anualidades y las cuantías quedan establecidas de acuerdo con el cuadro siguiente:
2001 | 2002 | 2003 | Totales | |
---|---|---|---|---|
Ministerio de Fomento. | 100 | 140 | 30 | 270 |
Ministerio de Defensa. | 40 | 50 | 18 | 108 |
Junta de Galicia. | 22 | 80 | 60 | 162 |
162 | 270 | 108 | 540 |
En cuanto a los porcentajes de financiación quedan de igual manera que los establecidos en el Convenio de colaboración y son los siguientes:
50 por 100 por el Ministerio de Fomento con cargo al concepto presupuestario 17.09.432A.611.
20 por 100 por el Ministerio de Defensa con cargo al concepto presupuestario 14.107.214A.650.
30 por 100 por la Comunidad Autónoma de Galicia con cargo al concepto presupuestario 10.03.356A.700.0.
Las cláusulas no afectadas en el Convenio de colaboración por la presente Addenda permanecerán vigentes en su totalidad y de acuerdo con la formulación que tienen.
El plazo de vigencia de la presente Addenda será hasta el fin del ejercicio de 2003, si bien podrá ser prorrogado por la partes, si llegado su término existen razones que así lo aconsejen y en todo caso hasta el cumplimiento de sus previsiones, dándose por concluido con la recepción y liquidación de las obras objeto del mismo.
Esta Addenda tiene naturaleza administrativa. Las dudas que se presenten en su interpretación y ejecución se sujetará a lo establecido en el Convenio de Colaboración.
Y en prueba de conformidad, se suscribe la presente Addenda, en lugar y fecha arriba indicados, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, quedando uno de ellos en poder de cada una de las partes.
Firmado: El excelentísimo señor Ministro de Fomento, don Francisco Alvarez-Cascos Fernández, el excelentísimo señor Ministro de Defensa, don Federico Trillo-Figueroa y Martínez Conde y el excelentísimo señor Presidente de la Junta de Galicia, don Manuel Fraga Iribarne.
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