Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-22456

Real Decreto 1266/2001, de 16 de noviembre, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la Real Fábrica de Artillería de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2001, páginas 44236 a 44236 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-22456

TEXTO ORIGINAL

En 27 de diciembre de 1994, el entonces Ministerio de Cultura incoó expediente de declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento, de la Real Fábrica de Artillería de Sevilla.

La Real Fábrica de Artillería de Sevilla representa un importante hito de la arquitectura industrial sevillana, íntimamente relacionada con la expansión ultramarina española en la Edad Moderna.

Juan Morel, hijo del famoso fundidor y artillero Bartolomé, instaló sus talleres en 1565 en el sitio que hoy ocupa este establecimiento. El 11 de marzo de 1634 dispuso el rey Felipe III que fuesen aquéllos adquiridos para el Estado y en 1782 Carlos III mandó edificar el edificio actual, el cual ha sido mejorado de día en día según lo han exigido las necesidades del arte militar.

Tipológicamente responde a la concepción de las Reales Fábricas, con un gran sentido unitario de los diferentes espacios en los que se desarrolla, incorporando esquemas de morfología urbana en su interior y proyectándose sobre el resto de la trama del barrio. Estilísticamente, la Fábrica responde a un modelo barroco tardío con incorporaciones neoclásicas según modelos ya experimentados en otros edificios coetáneos de gran superficie, proyectados por ingenieros militares.

El monumento está afectado a un servicio público de titularidad y gestión estatal y, por lo tanto, la competencia para tramitar el expediente de que se trata corresponde, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.b) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, a la Administración General del Estado (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte). La tramitación del citado expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en la citada Ley 16/1985 y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de noviembre de 2001,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de bien de interés cultural.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la Real Fábrica de Artillería de Sevilla.

Artículo 2. Delimitación.

La zona afectada por el presente Real Decreto comprende solamente el monumento de referencia, con la siguiente delimitación:

Comprende un polígono formado por los siguientes lados: la fachada principal a norte por la avenida de Eduardo Dato (entrada por el número 18), excepto las fincas números 14 y 16; siguiendo por el este, por la calle Portaceli y calle Marqués de Estrella, al sur, por la calle Alonso Tello, calle Almonacid y calle Cofia, excepto los números 1 y 3; y al oeste, por las fincas números del 1 al 29 de la calle San Bernardo.

Artículo 3. Descripción complementaria.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Real Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en el plano y demás documentación que obran en el expediente.

Dado en Madrid a 16 de noviembre de 2001.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,

PILAR DEL CASTILLO VERA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid