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Documento BOE-A-2001-24612

Resolución de 14 de diciembre de 2001, de la Universidad de Granada, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica, por el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 2001, páginas 49686 a 49691 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-24612

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la

Junta de Andalucía de 15 de mayo de 1985 y publicados por

Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial de la

Junta de Andalucía" número 74, de 26 de julio, y con el fin de

atender las necesidades de personal de Administración y Servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en

relación con el artículo 3.2.e), de la misma norma, así como en

los artículos 183 y siguientes de los Estatutos de esta Universidad,

resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala

Técnica de la Universidad de Granada, con arreglo a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas de

funcionarios de la Escala Técnica de la Universidad de Granada,

por el sistema de promoción interna.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28

de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de

Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de

la Universidad de Granada; el Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de esta Universidad y lo dispuesto en la

presente convocatoria.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que se acompaña como anexo I a esta convocatoria.

1.4 El procedimiento de selección será el de

concursooposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias

que se especifican como anexo II de esta convocatoria.

1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al

siguiente calendario: El primer ejercicio se iniciará a partir del

15 de junio de 2002. La fecha, hora y lugar del mismo, se fijará

en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de

admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de

acceso a la función pública y, en particular:

a) Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán ser

funcionarios de la Universidad de Granada o funcionarios de otras

Administraciones Públicas con destino definitivo en la misma, que

estén en activo u otra situación administrativa, excepto en la de

suspensión de funciones.

b) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en Cuerpos

o Escalas de Administración General o de Administración

Universitaria del grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, excluidos los Cuerpos o Escalas de

Bibliotecas e Informática. Los servicios reconocidos al amparo de la

Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos o

Escalas anteriormente citados serán computables a efectos de

antigüedad para participar por promoción interna en estas pruebas

selectivas.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero,

Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha

en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse

hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de

la Escala Técnica de la Universidad de Granada.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que se acompaña como

anexo IV a esta convocatoria y que será facilitada gratuitamente

en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, edificio

"Santa Lucía", calle Santa Lucía, número 2 (Granada). A la solicitud

se acompañará una fotocopia del documento nacional de

identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad, o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al

excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de

Granada.

3.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán

indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y, en su

caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la

realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su

modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido

para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no

se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Granada dictará resolución en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos

y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los

ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con

indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar,

en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento

nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para poder

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido

por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28.2

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en el citado artículo 28.2 de la Ley 30/1992.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en

el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros

del Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su

caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de

sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una

antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer

ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones

que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá

todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas

normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad.

Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes, en el

proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá

designar colaboradores en número suficiente para garantizar el

correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulten necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes,

en este sentido se establecerá, para las personas con minusvalía

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio "Santa

Lucía" (calle Santa Lucía, número 2), teléfono 958 24 43 27.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo V del Real Decreto

54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía", de 21 de abril).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará, en

su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos

anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán

hacerse públicas por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado

las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo

de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro

horas, si es nuevo ejercicio.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo

las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso

potestativo de reposición ante el Rector o bien recurso

contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará pública

en el lugar o lugares de celebración de estos, en la sede del Tribunal

y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes

que han aprobado estos ejercicios. Los aspirantes que no se hallen

incluidos en tal relación tendrán la consideración de no aptos

a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

7.2 Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, el

Tribunal hará pública en los lugares indicados en la base 7.1,

la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los

aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa

de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de

valoración.

7.3 Concluidas ambas fases, el Tribunal hará pública en el

Rectorado y en aquellos lugares que estime oportuno la relación

de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso

a las plazas convocadas, por orden de puntuación alcanzada, con

indicación de su documento nacional de identidad. Dicha relación

contendrá la puntuación obtenida en fase de concurso y de

oposición, desglosando esta última en cada uno de los ejercicios

celebrados.

Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad de

Granada para su conformidad, remitiéndose para su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado".

El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá

ser superior al de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos y nombramiento

de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la

publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones

de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores

que figuren en las mismas, deberán presentar en el Servicio de

Personal copia compulsada de aquellos documentos que acrediten

las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala

Técnica de la Universidad de Granada, a excepción de aquellos

que obren ya en poder del citado Servicio como consecuencia

de la aportación realizada para su anterior nombramiento como

funcionario de carrera.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaran la documentación o, del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados,

no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán

anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que

hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 A los aspirantes aprobados se les podrá adjudicar como

primer destino el mismo puesto de trabajo que vinieran ocupando

con carácter definitivo como funcionarios de carrera del Cuerpo

o Escala desde el que acceden, siempre que dicho puesto se

encuentre dentro del intervalo de niveles correspondiente al

grupo A.

8.4 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del

Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios

de carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado".

8.5 La toma de posesión de estos aspirantes se efectuará en

el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación

de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes

pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria

y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin

perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla

facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto

en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios

para el buen orden de las pruebas selectivas.

9.2 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente

recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el

día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el

"Boletín Oficial del Estado", ante el mismo órgano que lo ha

dictado, o interponer directamente recurso

contencioso-administra

tivo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente

a aquel en que tenga lugar su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado", ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley

4/1999, de 14 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio,

Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada

contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas, ante el

Rector de la Universidad, en los términos previstos en los artículos

114 y concordantes de la mencionada ley.

9.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder

a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Granada, 14 de diciembre de 2001.-El Rector, David Aguilar

Peña.

ANEXO I

Programa

A) Bloque general

I. Ordenamiento jurídico:

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y

contenido. Organización del Estado.

Tema 2. Las Comunidades Autónomas: fundamento

constitucional. Delimitación de las funciones y competencias del Estado

y de las Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de

las Comunidades Autónomas.

Tema 3. La Comunidad Autónoma de Andalucía. El Estatuto

de Autonomía de Andalucía: Estructura y contenido básico.

Competencias de la Comunidad Autónoma. Elaboración de las leyes

de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 4. La Unión Europea. Los tratados originarios y

modificativos. Principales Instituciones.

Tema 5. La Administración Pública y el Derecho. El Principio

de Legalidad. Potestades Regladas y Potestades Discrecionales.

Los Conceptos Jurídicos Indeterminados. El control legislativo,

jurisdiccional y político de la Administración.

Tema 6. Relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos

de la relación jurídico-administrativa. Personalidad jurídica de las

Administraciones públicas.

Tema 7. Los Órganos Administrativos. Principios de

Organización. La competencia como técnica de organización

administrativa.

Tema 8. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto

y clase. Jerarquía normativa. La Constitución y las Leyes, Leyes

Orgánicas y Leyes Ordinarias, Disposiciones del Ejecutivo con

fuerza de Ley: Decretos Leyes y Decretos Legislativos. Tratados

Internacionales. Derecho Comunitario: su adecuación al ordenamiento

jurídico español.

Tema 9. El Reglamento. Requisitos y forma que deben adoptar

los reglamentos. Clases de reglamentos. Fundamento y límites

de la potestad reglamentaria. La costumbre, la jurisprudencia y

los principios generales del derecho.

Tema 10. Derechos del ciudadano en el procedimiento

Administrativo. El interesado. El silencio administrativo y sus efectos.

Tema 11. La responsabilidad de las Administraciones

Públicas: Consideraciones generales, presupuestos, requisitos

temporales y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y

personal.

Tema 12. El Acto Administrativo. Concepto y Caracteres.

Elementos. Clases. Notificación y publicación. Distinción entre Acto

y Reglamento.

Tema 13. Eficacia y validez del acto administrativo. Nulidad

de pleno derecho y anulabilidad, convalidación y conversión.

Irregularidades no invalidantes. La Ejecutividad del acto

administrativo.

Tema 14. El Procedimiento Administrativo: Concepto,

principios generales y clases. Procedimiento Administrativo General:

Fases, clases de iniciación y ordenación del procedimiento.

Tema 15. Procedimientos especiales: Tipología. Las

reclamaciones previas al ejercicio de las acciones en vía judicial.

Tema 16. Los recursos administrativos: Concepto y clases.

Objeto, competencia, plazos, motivos de impugnación y

procedimiento. Los recursos en la administración universitaria.

Tema 17. La revocación. La revisión de oficio de los actos

administrativos. Procesos de lesividad.

Tema 18. La Ley de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa. El recurso contencioso-administrativo.

Tema 19. La potestad sancionadora de las Administraciones

públicas. Principios de la potestad sancionadora. El procedimiento

sancionador. Principios generales.

Tema 20. La actividad administrativa de servicio público. La

gestión directa de servicios públicos. Modalidades de gestión

indirecta. La concesión. Empresas mixtas.

II. Gestión universitaria:

Tema 21. La Ley 11/1983, de Reforma Universitaria o, en

su caso, Ley que la sustituya. La Ley 1/1992 de 21 de mayo,

de Coordinación del Sistema Universitario Andaluz. El Consejo

Andaluz de Universidades. Los Consejos Sociales. Creación,

modificación y supresión de Centros de Estudios Universitarios.

Tema 22. Síntesis histórica de la legislación sobre estudios

universitarios en España. Principios generales de la reforma

universitaria. El R.D. de Directrices Generales de los Planes de Estudio

y de los Títulos Universitarios de carácter oficial y validez en todo

el territorio nacional.

Tema 23. La Universidad de Granada. Régimen Jurídico.

Estructura y funciones.

Tema 24. Órganos de Gobierno en la Universidad de Granada.

Principales funciones.

Tema 25. La administración de la Universidad de Granada.

Estructura. Gerencia y servicios administrativos. Servicios de

apoyo a la docencia y a la investigación. Servicios a la comunidad

universitaria.

Tema 26. La gestión descentralizada mediante entidades

creadas o participadas por la universidad: Sociedades y

fundaciones universitarias. La cooperación interuniversitaria en la

gestión y en los servicios.

Tema 27. Los Planes de Estudios: Regulación Legal. Títulos

Oficiales y Títulos Propios. El Catálogo de Títulos Universitarios

Oficiales.

Tema 28. Planes de Estudios: Estructura y contenidos.

Elaboración y homologación de Planes de Estudios.

Tema 29. El acceso a la Universidad. Las pruebas de acceso.

La Preinscripción. Supuestos especiales de acceso a segundos

ciclos.

Tema 30. Permanencia del alumnado en la Universidad:

simultaneidad de estudios, traslados de expedientes, seguro

escolar. Becas y ayudas de la Universidad de Granada. Becas de

Régimen General.

Tema 31. Normativa académica de la Universidad de

Granada: El Reglamento General sobre adaptaciones, convalidaciones

y reconocimiento de créditos. El Reglamento sobre Libre

Configuración Curricular y la Normativa de Planificación Docente y

de la organización de exámenes.

Tema 32. Estudios de tercer ciclo. Gestión del alumnado de

tercer ciclo: Preinscripción, matricula y título.

Tema 33. La acción de las universidades en el extranjero.

Los convenios de cooperación académica, científica y cultural.

Programas de intercambio.

Tema 34. Alumnos de programas de movilidad: Gestión de

matrícula y expedientes. Especial referencia a los Programas

Erasmus y Sócrates.

Tema 35. La investigación en las universidades. Normativa

y ordenación institucional. Fuentes de financiación de los

proyectos de investigación. Los programas de formación de

investigadores.

Tema 36. El Plan Propio de Investigación de la Universidad

de Granada.

B) Bloque específico

III. Régimen económico y financiero:

Tema 37. La Ley General Presupuestaria. Ley General de la

Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

Estructura y principios generales.

Tema 38. El presupuesto: Conceptos y clases. Principios y

funciones del presupuesto. Técnicas presupuestarias. Créditos

presupuestarios. Modificaciones presupuestarias.

Tema 39. Los créditos presupuestarios: Principios generales.

Modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios,

suplementos de crédito, transferencias de crédito. Otras modificaciones

presupuestarias.

Tema 40. Régimen económico y financiero de las

universidades. Autonomía económica y financiera. El Plan General de

Contabilidad Pública: Estructura.

Tema 41. Financiación de la Universidad de Granada.

Ingresos: Concepto y clases. Tasas y precios públicos universitarios.

Contratos de investigación.

Tema 42. El presupuesto de la Universidad de Granada.

Elaboración y aprobación. Estructura. Las normas de ejecución

presupuestaria. Modificaciones en el presupuesto universitario.

Liquidación del Presupuesto.

Tema 43. Ejecución del presupuesto universitario. Gestión

del gasto en Sorolla: Gastos corrientes y de inversión.

Indemnización por razón del Servicio, gastos en moneda extranjera,

gastos inventariables.

Tema 44. Control presupuestario: Concepto y clases. El

control interno: La función interventora en la Universidad de Granada.

El control de legalidad. La auditoría como elemento de control.

Tema 45. Contratos administrativos en la Administración

Pública. Elementos básicos. Tipos de contratos y formas de

contratación.

Tema 46. Aspectos básicos del régimen de los contratos de

obras, de gestión de servicios públicos, de suministro, de

consultoría y asistencia, servicios y trabajos específicos no habituales

de la Administración.

Tema 47. El patrimonio universitario. Titularidad,

administración y disposición: la gestión patrimonial.

IV. Recursos humanos:

Tema 48. Planificación de Recursos Humanos. La oferta de

empleo público. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos

de trabajo.

Tema 49. Los funcionarios públicos: Concepto y clases.

Selección de los funcionarios públicos. Adquisición de la condición de

funcionario.

Tema 50. La carrera administrativa. Sistemas de provisión

de puestos. Situaciones Administrativas.

Tema 51. Los convenios colectivos: Concepto. El III Convenio

Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de

Andalucía.

Tema 52. El Reglamento del Personal de Administración y

Servicios de la Universidad de Granada.

Tema 53. Órganos de representación y participación de los

funcionarios. Derechos de sindicación y de huelga.

Tema 54. El profesorado universitario: Clases y régimen

jurídico general aplicable. Plantillas y plazas de profesorado.

Selección del profesorado: Acceso y carrera docente.

Tema 55. Incompatibilidades de los empleados públicos.

Régimen disciplinario.

Tema 56. La Seguridad Social: Conceptos Generales.

Derechos Pasivos. Mutualismo Administrativo.

Tema 57. Prevención de riesgos laborales. Objetivos de la

política de prevención de riesgos laborales. Funciones y

competencia de la Administración. Obligaciones de los empresarios y

responsabilidad jurídica derivada del incumplimiento de las

normas de prevención.

ANEXO II

Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de

concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse

para superar la fase de oposición.

Fase de oposición:

La fase de oposición estará formada por los siguientes

ejercicios, siendo estos eliminatorios:

Primer ejercicio.-Consistirá en contestar un cuestionario de

preguntas con respuesta alternativa, basado en el contenido del

programa de estas pruebas selectivas que figura como anexo I

a esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una

puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio.-Consistirá en la realización de cuatro

supuestos prácticos, con propuesta de resolución, con la siguiente

distribución:

a) Dos supuestos de entre cuatro propuestos del Bloque

General, debiendo realizar uno de cada módulo (I. "Ordenamiento

Jurídico" y II. "Gestión Universitaria").

b) Dos supuestos de entre cuatro propuestos del Bloque

Específico (III. "Régimen Económico y Financiero" y IV. "Recursos

Humanos"), debiendo realizar uno de cada módulo.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una

puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio.-Desarrollo de dos temas por escrito de entre

cuatro extraídos al azar del contenido del programa referido a

los temas 12 a 36, ambos inclusive, correspondientes al Bloque

General.

El ejercicio deberá ser leído por los opositores, en sesión

pública, ante el Tribunal valorándose la formación general, la claridad

y orden de ideas, así como la facilidad de expresión escrita. El

Tribunal podrá plantear al candidato aquellas cuestiones que, en

relación con los temas elegidos, considere oportunas.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una

puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

Fase de concurso:

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.

Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan

superado la fase de oposición.

Para que el Tribunal valore los méritos, será requisito necesario

que los aspirantes aporten la justificación documental de los

méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso, presentándola

en el Registro General de la Universidad, en el plazo de diez días

naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de

las puntuaciones del segundo ejercicio.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario se valorará

hasta un máximo de 10 puntos teniéndose en cuenta a estos efectos

los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta

convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:

Servicios prestados en la Universidad de Granada en Cuerpos

o Escalas del Grupo B a los que se refiere la base 2.1 de la presente

convocatoria: 0,60/365 puntos por día.

Servicios prestados en la Universidad de Granada en otros

Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984:

0,30/365 puntos por día.

Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en

Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley

30/1984: 0,15/365 puntos por día.

b) Grado personal consolidado: Se valorará el grado personal

consolidado al día de publicación de esta convocatoria,

asignándose las siguientes puntuaciones:

Grado 20 o menor: 5 puntos.

Grado 21: 5,5 puntos.

Grado 22: 6 puntos.

Grado 23: 6,5 puntos.

Grado 24: 7 puntos.

Grado 25: 7,5 puntos.

Grado 26: 8 puntos.

c) Titulación: Se valorará la máxima titulación que posea el

concursante de acuerdo con el siguiente baremo:

Licenciado: 1,50 puntos.

Doctor: 2 puntos

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a

la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer

el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de

esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la

fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese

el empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida

en la fase de concurso y, de no resolverse, a la mayor antigüedad

en la Universidad de Granada.

ANEXO III

Tribunal calificador

El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará

constituído por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Doña María Angustias Montellano Delgado,

Profesora titular de Universidad y Gerente de la Universidad de

Granada.

Vocales: Don Francisco M.Barrera López, funcionario de la

Escala Técnica de la Universidad de Granada, que actuará como

Secretario; don José Enrique Soriano Arias, funcionario de la

Escala Técnica de la Universidad de Granada; doña Nuria Garballo

Amate, funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores de

la Junta de Andalucía, y don José María Rueda Gómez, funcionario

de la Escala Técnica de Administración General- Administración

Local.

Suplentes:

Presidente: Don Manuel Díaz Carrillo, Profesor titular de

Universidad y Secretario General.

Vocales: Don Antonio Palomino Morales, funcionario de la

Escala Técnica de la Universidad de Granada, que actuará como

Secretario; Aurelio Sánchez Vinuesa, Instructor de la Juventud;

don Bernardo Olmedo Cardenete, funcionario de la Escala Técnica

de la Universidad de Granada, con destino en el I.N.S.S., y don

Jerónimo Arjona Luque, funcionario de la Escala Técnica de

Gestión de Organísmos Autónomos.

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