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Documento BOE-A-2001-3468

Resolución de 17 de octubre de 2000, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al informe anual relativo al sector público estatal del ejercicio 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2001, páginas 6481 a 6482 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2001-3468

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 17 de octubre de 2000, a la vista del informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del informe anual relativo al sector público estatal del ejercicio 1996, acuerda:

1. Instar al Gobierno para dar cumplimiento, dentro del plazo legal establecido, a la preceptiva rendición de cuentas ante el Tribunal por parte de las sociedades estatales o entes públicos.

2. Instar al Gobierno a garantizar la remisión de los contratos formalizados en el ámbito de la Administración General del Estado al Tribunal de Cuentas, en el plazo establecido por la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

3. Se insta al Tribunal de Cuentas a incluir como parte del informe anual sobre el sector público estatal un apartado dedicado a analizar las variables más significativas que son objeto de revisión en dicho informe, referidos al menos a los tres años anteriores al ejercicio presentado.

4. La Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas insta a éste a que incluya en el informe anual sobre el sector público estatal un apartado dedicado a analizar la incidencia que las modificaciones legales realizadas en el ámbito de revisión del Tribunal de Cuentas (legalidad presupuestaria, contratación administrativa, etc.), ha tenido sobre la variable más significativa examinadas por el Tribunal de Cuentas.

5. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Gobierno para que tome las medidas oportunas para que sean rendidas al Tribunal de Cuentas las cuentas anuales de todas las sociedades mercantiles estatales, y que la rendición se haga en los plazos establecidos para que puedan quedar concluidas en la Fiscalización de las Cuentas Generales del Estado las cuentas de las empresas estatales que forman parte de la Cuenta General de la Administración del Estado. Asimismo, deberá vigilar el cumplimiento de esta obligación por parte de las Fundaciones públicas cuyas cuentas quedan recogidas en la Cuenta General de las Fundaciones.

6. Análogo requerimiento se formula en relación con la remisión al Tribunal de Cuentas de los expedientes de contratación para evitar que, como sucede actualmente, el Tribunal de Cuentas se vea obligado a requerir el envío de expedientes de contratación que, en cumplimiento de la normativa vigente, deben ser rendidos sin más al Tribunal, o requerir el envío de documentación imprescindible para la fiscalización de los expedientes no remitidos de forma completa al Tribunal de Cuentas.

7. La Comisión Mixta insta al Tribunal de Cuentas para que defina el contenido y alcance que a partir de ahora deba tener el Informe Anual del Sector Público Estatal, dada la actual estructura de la Cuenta General del Estado, sobre la que el Tribunal de Cuentas deberá formular la declaración definitiva.

Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de octubre de 2000.‒El Presidente de la Comisión, Gabino Puche Rodríguez-Acosta.‒El Secretario primero, Juan Antonio García-Talavera Casañas.

(En suplemento aparte se publica el informe correspondiente)

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