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Documento BOE-A-2001-5469

Resolución de 19 de febrero de 2001, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria específica de ayudas para el Programa Iberoamericano de Formación, en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente, para 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2001, páginas 10366 a 10369 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2001-5469

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas y actividades de cooperación que desarrolla este organismo en el ámbito de la cooperación educativa, cultural, científica y técnica con los países de Iberoamérica, corresponde proceder a la convocatoria del Programa de Formación en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente para el año 2001, la cual debe ser difundida con la necesaria publicidad.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 (Boletín Oficial del Estado de 11 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, esta Presidencia ha resuelto:

Primero.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria específica del Programa de Formación en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente, para el año 2001, con el fin de que técnicos y postgraduados iberoamericanos puedan realizar los cursos que aparecen en la presente convocatoria durante el año 2001, conforme a las condiciones que se recogen en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.

Ordenar la exposición de la convocatoria en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma.

Madrid, 19 de febrero de 2001.–El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» del 12), el Secretario general, Jesús Gracia Aldaz.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con Iberoamérica y Vicesecretario general de la AECI.

ANEXO I
Bases reguladoras de la convocatoria específica de ayudas para el Programa Iberoamericano de Formación en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente para el año 2001
Primera.

En el ámbito previsto en la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992, se convocan 40 ayudas para asistir a los cursos que se relacionan en el anexo II de la presente convocatoria.

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

Ser nacional de cualquier país iberoamericano

Tener formación académica adecuada y/o desarrollar actividad profesional en instituciones públicas o privadas en los ámbitos en que inciden los cursos ofertados.

Poseer aptitud psico-física para la realización del curso solicitado, y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social españolas, si las tuviera.

Segunda.

Estas ayudas serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 12.103.134A.486.00 del ejercicio de 2001, por un importe de 17.800.000 pesetas.

Tercera.

La ayuda cubrirá los siguientes conceptos:

Pasaje aéreo, en clase turista, desde el país de origen hasta España y viceversa. El pasaje será abonado directamente por la AECI a la agencia de viajes que tenga contratada la prestación de este servicio, situando el pasaje al becario en el aeropuerto más próximo a su domicilio, o, en su defecto, en el que aquél designe.

Seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutico. El seguro será contratado directamente por la AECI de acuerdo con la normativa vigente.

Para los 10 becarios que participen en la segunda fase de prácticas en una base para brigadas helitransportadas de extinción de incendios forestales, que se ofrece al finalizar el XVI Curso Superior Iberoamericano sobre Protección contra Incendios Forestales, la AECI prolongará el seguro de asistencia médica primaria durante las dos semanas de duración de las mencionadas prácticas.

Asignación económica de 8.000 pesetas diarias, para gastos de alimentación y alojamiento en los centros de impartición de los cursos, y de bolsillo. El importe de dicha asignación será el resultado de multiplicar la cantidad indicada por los días de duración del curso, más dos días antes del inicio y otros dos después de su finalización. La asignación económica será abonada a los becarios al comienzo de cada curso mediante talón bancario nominativo.

Cuarta.

Los aspirantes a participar en alguno de los cursos que se ofertan en el anexo II, deberán aportar la siguiente documentación:

a) Impreso oficial de solicitud debidamente cumplimentado por duplicado que aparece en el anexo III.

b) Currículum vitae.

c) Documento que acredite ser nacional de cualquier país iberoamericano.

d) Certificado de estudios, con especificación de notas.

e) Copia del título y/o diplomas.

f) Acreditación de desarrollar actividad profesional en instituciones públicas o privadas en los ámbitos en que inciden los cursos ofertados.

g) Breve exposición de las razones que motivan la solicitud de la ayuda y del impacto que la formación que reciba, tendrá en el medio en que se inserta el candidato.

h) Dos cartas de presentación de personas o instituciones iberoamericanas que le avalen.

i) Certificado médico de poseer aptitud psico-física y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

j) Certificado de conocimiento del español, en el caso de que el solicitante no tenga éste como lengua materna.

k) Dos fotografías tamaño carné con el nombre y apellidos al dorso.

l) Justificante de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social españolas, si las tuviera, o declaración expresa y responsable de no tener obligación alguna al respecto. (Anexo IV).

Todos los documentos se acompañarán, en su caso, de su correspondiente traducción al español.

El impreso de solicitud debe ser cumplimentado en su totalidad. No se podrán tener en cuenta los impresos incompletos, aunque se adjunte la documentación acreditativa de los apartados del mismo.

La documentación que se reciba no incluirá documentos originales o que consideren irrepetibles y que les puedan ser necesarios, pudiendo ser fotocopias legalizadas o compulsadas, previo cotejo con el original, por las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España, en que se presente la solicitud.

Quinta.

Las solicitudes deberán ser presentadas como plazo límite antes de las doce horas (hora local) del día 11 de abril, en las sedes de las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países a los que se extiende el ámbito de aplicación de la presente convocatoria, o en cualesquiera otros registros y oficinas de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Sexta.

Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios de cada Embajada de España y en el de la sede central de la AECI en Madrid, la lista de las solicitudes completas e incompletas presentadas en el país correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a la fecha del cierre de la convocatoria, dando un plazo de diez días para completar su expediente y subsanar las deficiencias observadas.

Séptima.

Las unidades receptoras de las solicitudes levantarán acta de las actuaciones efectuadas, que será remitida, junto con los expedientes presentados, a la sede central de la AECI. Este envío deberá efectuarse antes del 28 de abril de 2001.

Octava.

La evaluación de las solicitudes será realizada por una Comisión Evaluadora, que actuará como órgano instructor y estará presidida por el Director general de Cooperación con Iberoamérica o persona que designe, formando parte de la misma cuatro vocales: Dos técnicos de la Agencia Española de Cooperación Internacional, en representación de la misma, y dos del Ministerio de Medio Ambiente, en representación de dicho Ministerio.

La concesión de las ayudas se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva y en la evaluación serán tenidos en consideración, por orden de importancia, los siguientes criterios:

Méritos académicos y experiencia profesional.

Impacto de la formación recibida en el medio en que se inserta el candidato.

Posibilidad de replicación de los conocimientos adquiridos.

Pertenencia a países centroamericanos.

Novena.

La Comisión evaluadora formulará la propuesta de resolución de concesión de las ayudas, en un periodo máximo de cuarenta días, contado a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes.

Décima.

Vista la propuesta, el Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por delegación del Presidente, dictará la correspondiente Resolución de concesión, en el plazo máximo de dos meses, contado a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes, que será notificada a los interesados, a través de las Representaciones Diplomáticas y consulares y a las Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países del ámbito de esta convocatoria.

La Resolución de concesión de las ayudas será oportunamente publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de la AECI (www.aeci.es). La relación de los beneficiarios será asimismo incluida en el resumen trimestral que la AECI publica en el «Boletín Oficial del Estado» conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Orden 26 de marzo de 1992. La relación de ayudas concedidas y solicitudes denegadas, será expuesta en los tablones de anuncios de las Representaciones Diplomáticas y Consulares y en las Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de esta convocatoria, así como en el tablón de anuncios de la Agencia Española de Cooperación Internacional (avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid).

La presente Resolución y la de concesión de las ayudas, que ponen fin a la vía administrativa, podrán ser recurridas ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, mediante la interposición de recurso contecioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Potestativamente se podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14).

Undécima.

Los adjudicatarios de las ayudas están obligados a:

Realizar la actividad objeto de la ayuda en los plazos establecidos en la presente Resolución para cada uno de los cursos.

Comunicar a la Dirección General de Cooperación con Iberoamérica o a la Embajada de España, en un plazo máximo de siete días, su aceptación expresa.

Residir en el centro donde se imparte el curso solicitado, durante el período de la ayuda, y no deberán ausentarse del territorio nacional sin comunicarlo previamente a la Dirección General de Cooperación con Iberoamérica de la Agencia Española de Cooperación Internacional, indicando las causas excepcionales que justifican la ausencia, y el periodo que comprende, resolviendo la Agencia de forma justificada lo que proceda según las circunstancias, en relación a la reducción, revocación y reintegro, en su caso, de la ayuda.

Respetar en todo momento la normativa del centro que imparte el curso.

Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de aplicación de la ayuda.

Comunicar a la Agencia la obtención de ayudas para la misma finalidad, de cualquier procedencia.

El incumplimiento de cualquiera de estas cláusulas puede ser motivo de revocación de la ayuda.

Duodécima.

Los candidatos, al solicitar estas ayudas, se entiende que aceptan en todos sus términos las bases de la presente convocatoria, así como el fallo de la Comisión Evaluadora y la Resolución de la Agencia Española de Cooperación Internacional, sin perjuicio del derecho a la fiscalización judicial.

Decimotercera.

El régimen de ayudas de la presente Convocatoria queda sujeto a la justificación de la actividad promocionada, en los términos que aparecen en la base siguiente, así como a las obligaciones de reintegro y al régimen sancionador cuando proceda, conforme al Real Decreto 2225/93 de 17 de diciembre y al Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, así como a la Orden de 26 de marzo de 1992, parcialmente modificada por la de 21 de enero de 1997, reguladoras del procedimiento general de concesión de becas y ayudas por parte de la Agencia española de Cooperación Internacional, y demás normas reguladoras de las subvenciones y ayudas públicas, que regirán en lo no expresamente previsto en la convocatoria.

Decimocuarta.

Las ayudas concedidas por la Agencia Española de Cooperación Internacional serán justificadas, en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la finalización de la actividad, del siguiente modo:

Gastos de pasaje y seguro: Mediante las facturas emitidas por las empresas contratadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional para la prestación de dichos servicios. A estas facturas habrá de adjuntarse certificado emitido por la Unidad Responsable de cada uno de los cursos, acreditando la incorporación de los beneficiarios a los mismos. El plazo para emisión del certificado mencionado será de una semana a contar desde el inicio del curso.

Asignación económica: Mediante certificado emitido por la Unidad Responsable da cada uno de los cursos, acreditando el aprovechamiento de los mismos y el pago por parte de los alumnos del alojamiento y la manutención, a los centros donde se han impartido.

Decimoquinta.

Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra beca con la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no pudiendo el importe de la ayuda concedida al amparo de la presente convocatoria, aisladamente o en concurrencia con otras, superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. La percepción simultánea de becas y ayudas de diversa procedencia podrá determinar la modificación, o incluso la revocación de la resolución de concesión de ayuda.

Decimosexta.

Corresponde al Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por delegación del Presidente, dictar cuantas normas sean precisas para la interpretación, desarrollo y ejecución de la presente convocatoria.

ANEXO II
Relación de cursos organizados en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente

XVI Curso Superior Iberoamericano sobre Protección Contra Incendios Forestales

Director: Don Ricardo Vélez Muñoz.

Lugar de realización: Madrid y Valsaín (Segovia), con viajes.

Unidad Responsable:

Área de Defensa contra Incendios Forestales.

Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

Ministerio de Medio Ambiente.

Gran Vía de San Francisco, 4.

28005 Madrid.

Teléfono: 34 91 366 51 04. Fax: 34 91 365 83 79.

Correo electrónico: sala.incendiosUgvsf.mma.es

Participantes: Titulados universitarios con responsabilidad en la defensa contra incendios forestales en sus países.

Número de beneficiarios: 20.

Objeto: Presentar el desarrollo de las actividades de prevención y extinción de incendios forestales, las tecnologías aplicadas y los criterios para la toma de decisiones en España.

Fechas: Del 23 de julio al 4 de agosto de 2001.

Se ofrece una segunda fase de prácticas en una base para brigadas helitransportadas de extinción de incendios forestales limitada a diez (10) participantes cuya actividad en su país sea la extinción de incendios forestales, lo que deberá ser demostrado documentalmente.

Esta estancia será de dos semanas a partir del final del Curso (5 a 19 de agosto).

Programa

Julio:

Día 23:

10.00 Recogida de los participantes en el hotel.

11.00 Asuntos administrativos en ICI.

14.00 Comida en DGCN.

16.00 Presentación del Curso, R. Vélez.

17.30 Viaje al CENEAM, Valsaín (Segovia).

Día 24:

9.00 Viaje a Madrid.

10.00 Presentación del Programa de Defensa contra Incendios Forestales. R. Vélez.

11.00 Pausa.

11.30 (sigue) R. Vélez.

12.30 La Central de Operaciones de la DGCN, J. C. Mérida.

13.30 Comida en DGCN.

15.30 Base General de Datos de Incendios Forestales. J.C. Mérida.

17.30 Fin de la jornada. Regreso al CENEAM, cena y alojamiento.

Día 25:

9.00 Viaje a Madrid.

10.00 Visita al Laboratorio del Fuego del INIA, C. Hernando.

12.00 Visita a TRAGSATEC: Programas de planificación contra incendios forestales.

17.00 Regreso al CENEAM, cena y alojamiento.

Día 26:

9.00 Prevención: Las técnicas de investigación de causas y los equipos de prevención integral, R. Vélez y EIMFOR.

11.00 Pausa.

11.30 (sigue) EIMFOR.

13.30 Comida.

15.30 Los programas de concienciación preventiva en España, R. Vélez.

Cena y alojamiento en el CENEAM.

Día 27:

9.00 Normalización y homologación de materiales y selección de personal. I. Pascual.

11.00 Pausa.

11.30 (sigue) I. Pascual. EIMFOR.

13.30 Comida.

15.30 Presentación de informes nacionales por los participantes.

19.00 Fin de la jornada.

Cena y alojamiento en el CENEAM.

Día 28:

9.00 Viaje a Madrid.

Día libre.

Alojamiento en hotel «Reyes Católicos», Madrid.

Día 29:

20.00 Regreso al CENEAM, cena y alojamiento.

Día 30:

8.00 Salida en autobús.

Base HCAR, ACT, ACO y UMMT, La Iglesuela (Toledo), J.L. Fraile, A. Ovalle.

EIMFOR.

13.30 Comida.

15.30 Viaje hasta Cáceres.

21.00 Cena y hotel en Cáceres.

Día 31:

9.00 Salida en autobús. BRIF, Pinofranqueado (Cáceres), J. L. Fraile, TRAGSA.

13.30 Comida.

15.30 Viaje hasta Salamanca.

21.00 Cena y hotel en Salamanca.

Agosto:

Día 1:

9.00 Salida en autobús hacia Matacán.

Base de aviones CL-215, R. Vélez.

13.30 Comida en Matacán.

21.00 Cena y alojamiento en el CENEAM.

Día 2:

9.00 Presentación de informes nacionales por los participantes (todo el día).

Comida, cena y alojamiento en el CENEAM.

Día 3:

9.00 Salida en autobús hacia la Base de Torrejón. CL-215 T.

11.00 Visita a la Base de aviones anfibios, R. Vélez.

11.30 Clausura. Entrega de diplomas.

13.30 Comida en la Base de Torrejón.

15.30 Regreso a Madrid.

Cena y hotel en Madrid.

Fin del Curso.

Día 4: Los participantes que no salgan de Madrid este día tendrán reservada habitación para la noche del 4 en Madrid con cargo a la organización del curso.

VIII Curso Superior Internacional de Restauración Hidrológico-Forestal, Control de la Erosión y Defensa contra la Desertificación

Director: Don Eduardo del Palacio Fernández-Montes.

Lugar de realización: Clases teóricas en CENEAM, Valsaín (Segovia) y viaje de prácticas al sureste mediterráneo español (Almería, Granada, Málaga).

Unidad responsable:

Área de Hidrología y Zonas Desfavorecidas.

Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

Ministerio de Medio Ambiente.

Gran Vía de San Francisco, 4.

28005 Madrid.

Teléfono: 34 91 597 56 01. Fax: 34 91 597 55 65.

Correo electrónico: eduardo.palacioUgvsf.mma.es

Participantes: Técnicos de países iberoamericanos con responsabilidad directa en programas de restauración hidrológico-forestal, control de la erosión y defensa contra la desertificación, con capacidad de decisión y amplia experiencia en este tema.

Objetivos: Proporcionar la información y los conocimientos científicos y técnicos necesarios para un correcto tratamiento de los problemas que afectan a las cuencas, el control de la erosión y la defensa contra la desertificación.

Programa: Elementos del ciclo hidrológico y su influencia en la ordenación de cuencas. El fenómeno torrencial. Hidrotecnias de corrección. Restauración de la vegetación en ecosistemas degradados. Actuaciones selvívocas. Políticas y estrategias de conservación de los recursos agua y suelo.

Fechas: Del 10 al 21 de septiembre de 2001.

Número de beneficiarios: 20.

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