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Documento BOE-A-2001-6542

Resolución de 29 de enero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2001, páginas 12495 a 12496 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-6542

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, por el que se determinan las aportaciones económicas de las Partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de enero de 2001.‒El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla y León por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid, a 15 de diciembre de 2000.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14), según redacción dada a la misma por el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Carlos Fernández Carriedo, Consejero de Sanidad y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, competencia que le atribuye el texto refundido de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, aprobada por Decreto Legislativo 1/1998, de 21 de julio.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir.

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla y León suscribieron, en fecha de 26 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de Proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación; 839/1996, de 10 de mayo, que establece su estructura orgánica, y la Orden de 21 de mayo de 1996 por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.

En la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2000, y en la Ley 7/1999, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Castilla y León y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Comunidad de Castilla y León justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo adicional suscrito el 29 de diciembre de 1999, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Sexto.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Castilla y León y aprobados, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 26 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla y León incorporan, al Convenio de colaboración de fecha 26 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo adicional se establece por un año desde la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 2000, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de 575.795.500 pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, 528.473.400 pesetas, y concepto 19.04.313L.457, 47.322.100 pesetas.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corrresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de 575.795.500 pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.‒Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación.‒Carlos Fernández Carriedo, Consejero de Sanidad y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Castilla y León y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian. Financiación 2000 (según Protocolo)

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN

 

C.A./C.L.

Pesetas

MTYAS

Pesetas

Aplicación presupuestaria 19.04.313L.452    
Proyectos mantenimiento:    
Piedrahíta (Ávila). Residencia «El Estanque Dorado». 48.195.073 48.195.073
Rabe de la Calzada (Burgos). Residencia «Elite». 8.000.000 8.000.000
Espinosa de los Monteros (Burgos). Residencia «Nuestra Señora del Carmen». 10.000.000 10.000.000
Palacios de la Sierra (Burgos). Residencia «Fundación Tercera Edad». 5.000.000 5.000.000
León. Residencia «Buendía». 2.296.145 2.296.145
Pola de Gordón (León). Residencia «Nuestra Señora del Buen Suceso». 35.000.000 35.000.000
Riello (León). Centro Residencial Riello. 4.000.000 4.000.000
Venta de Baños (Palencia). Residencia «Bañosalud». 8.000.000 8.000.000
Salamanca. Residencia «Montevideo». 50.000.000 50.000.000
Aldeavila de la Ribera (Salamanca). Residencia «La Llanada». 10.000.000 10.000.000
Santa Marta de Tormes (Salamanca). Residencia «Hijas de San Camilo». 50.000.000 50.000.000
Béjar (Salamanca). Residencia «San Miguel». 15.000.000 15.000.000
Nava de la Asunción (Segovia). Residencia «La Alameda». 10.000.000 10.000.000
Serón de Nágima (Soria). Residencia «Virgen de la Vega». 10.000.000 10.000.000
San Esteban de Gormaz (Soria). Residencia «Virgen del Rivero». 1.310.886 1.310.886
San Pedro Manrique (Soria). Residencia «Virgen de la Peña». 15.000.000 15.000.000
Tordesillas (Valladolid). Residencia «Villa del Tratado». 25.000.000 25.000.000
Zamora. Residencia «San Gregorio». 35.000.000 35.000.000
Villaralbo (Zamora). Centro Asistencial San Torcuato. 15.000.000 15.000.000
Proyectos de mantenimiento dirigidos a enfermos de Alzheimer y otras demencias:    
Ávila. Residencia «Infantas Elena y Cristina». 30.000.000 30.000.000
Arévalo (Ávila). Residencia «Santa Teresa de Arévalo». 13.952.193 13.952.193
Palencia. Residencia «San Luis». 42.719.103 42.719.103
Palencia. Centro asistencial «San Juan de Dios». 50.000.000 50.000.000
Palazuelos de Eresma (Segovia). Centro Psicogeriátrico «Nuestra Señora de la Fuencisla». 25.000.000 25.000.000
Valladolid. Centro Hospitalario «Benito Menni». 10.000.000 10.000.000
 Total. 528.473.400 528.473.400
Aplicación presupuestaria 19.04.313L.457    
Proyectos de mantenimiento de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias:    
Ávila. Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Ávila. 738.570 738.570
Burgos. Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Burgos. 738.570 738.570
Aranda de Duero (Burgos). Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Aranda de Duero. 738.570 738.570
Miranda de Ebro (Burgos). Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Miranda de Ebro. 492.380 492.380
León. Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de León. 738.570 738.570
León. Centro de día «Odón Alonso». 2.500.000 2.500.000
Ponferrada (León). Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Ponferrada. 738.570 738.570
Palencia. Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Palencia. 738.580 738.580
Palencia. Centro Asistencial San Juan de Dios. Programa integral de respiro familiar: Aguilar de Campoo-Carrión de los Condes. 15.115.781 15.115.781
Palencia. Residencia «San Luis». 7.280.897 7.280.897
Salamanca. Centro de día. Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Salamanca. 5.000.000 5.000.000
Salamanca. Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Salamanca. 738.570 738.570
Béjar (Salamanca). Programa de autoayuda comunitaria de la Federación Regional de Asociaciones de Familiares de Enfermos de Alzheimer. 3.239.952 3.239.952
Segovia. Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Segovia. 738.570 738.570
Soria. Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Soria. 738.570 738.570
Valladolid. Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Valladolid. 492.380 492.380
Valladolid. Teléfono de información y asesoramiento sobre la enfermedad de Alzheimer. 5.815.000 5.815.000
Zamora. Atención al Alzheimer a través de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Zamora. 738.570 738.570
 Total. 47.322.100 47.322.100
 Suma totales. 575.795.500 575.795.500

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