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Documento BOE-A-2001-6544

Resolución de 29 de enero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo Adicional al Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2001, páginas 12498 a 12499 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-6544

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se determinan las aportaciones económicas de las Partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de enero de 2001.–El Secretario general técnico, Luís Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo Adicional al Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid, a 8 de noviembre de 2000.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000 de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, de 28 de abril de 2000), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del día 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, la excelentísima señora doña Ana Garrido Chamorro, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura suscribieron, en fecha 9 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de Proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de Mayo, de creación, 839/1996 de 10 de mayo que establece su estructura orgánica y la Orden Ministerial de 21 de mayo de 1996 por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Extremadura de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1983 de 25 de febrero, 8/1994 de 24 de marzo y 12/1999 de 6 de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.

En la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2000, y en la Ley 3/1999 de 22 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquel para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes Anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Extremadura y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo Adicional suscrito el 16 de diciembre de 1999, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Sexto.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo Adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, y de la Cláusula Décima del Convenio de Colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional» el cual se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura incorporan, al Convenio de Colaboración de fecha 9 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo Adicional se establece por un año desde la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 2000, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de doscientos dieciocho millones cuatrocientas setenta y siete mil doscientas (218.477.200) pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, cien millones ochocientas cincuenta y tres mil trescientas (100.853.300) pesetas; concepto 19.04.313L.457, dieciséis millones setecientas setenta mil quinientas (16.770.500) pesetas, y concepto: 19.04.313L.750, cien millones ochocientas cincuenta y tres mil cuatrocientas (100.853.400) pesetas.

La Comunidad Autónoma de Extremadura y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de doscientos dieciocho millones cuatrocientas setenta y siete mil doscientas (218.477.200) pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.–Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en nombre y representación del Gobierno de la Nación.–Ana Garrido Chamorro, Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura en nombre y representación de la Comunidad Autónoma.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Extremadura y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian: Financiación 2000 (según Protocolo)

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

 

C.A./C.L.

Pesetas

MTYAS

Pesetas

Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.452  
Proyectos Mantenimiento:
Higuera la Real (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 2.395.800 2.395.800
Puebla de Maestre (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 3.890.000 3.890.000
Feria (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 1.529.250 1.529.250
Salvaleón (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 1.650.000 1.650.000
Hornachos (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 2.400.000 2.400.000
Campanario (Badajoz)-Residencia. 1.200.000 1.200.000
Mérida (Badajoz)-Residencia. 12.050.000 12.050.000
Aliseda (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 2.651.906 2.651.906
Sierra de Fuentes (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 3.295.120 3.295.120
Malpartida de Plasencia (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 5.066.224 5.066.224
Malpartida de Plasencia (Cáceres)-Residencia Nuestra Señora de la Luz. 12.700.000 12.700.000
Malpartida de Cáceres (Cáceres)-Residencia. 1.425.000 1.425.000
Plasenzuela (Cáceres)-Residencia Padre Damián. 25.600.000 25.600.000
Trujillo (Cáceres)-Residencia Ntra. Sra, de la Victoria. 25.000.000 25.000.000
   Total. 100.853.300 100.853.300
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.457  
Proyectos de mantenimiento de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias:
Badajoz-Atención diurna/Servicio respiro. 6.000.000 6.000.000
Mérida (Badajoz)-Atención diurna/Servicio de respiro. 2.663.234 2.663.234
Cáceres-Atención diurna/Servicio de respiro. 5.645.892 5.645.892
Plasencia (Cáceres)-Atención diurna/Servicio de respiro. 2.461.374 2.461.374
   Total. 16.770.500 16.770.500
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.750  
Proyectos Inversiones:
Barcarrota (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 5.000.000 5.000.000
La Garrovilla (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 2.500.000 2.500.000
Granja de Torrehermosa (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 2.500.000 2.500.000
Navalvillar de Pela (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 4.853.400 4.853.400
Malcocinado (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 5.000.000 5.000.000
Quintana de la Serena (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 4.000.000 4.000.000
Valle de la Serena (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 7.000.000 7.000.000
Zarza-Capilla (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 4.250.000 4.250.000
Alconchel (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 4.000.000 4.000.000
Berlanga (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 4.000.000 4.000.000
Monesterio (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 4.000.000 4.000.000
Valle de Sta. Ana (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 4.000.000 4.000.000
Guareña (Badajoz)-Vivienda Tutelada. 4.000.000 4.000.000
Casar de Palomero (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 15.000.000 15.000.000
Aldeacentenera (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 4.000.000 4.000.000
Casillas de Coria (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 750.000 750.000
Moraleja (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 3.000.000 3.000.000
Viandar de la Vera (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 4.000.000 4.000.000
Arroyo de la Luz (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 7.500.000 7.500.000
Brozas (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 7.500.000 7.500.000
Navaconcejo (Cáceres)-Vivienda Tutelada. 4.000.000 4.000.000
   Total. 100.853.400 100.853.400
    Suma totales. 218.477.200 218.477.200

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