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Documento BOE-A-2001-7008

Resolución de 27 de marzo de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convocan subvenciones dirigidas a fundaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales, para el desarrollo de actividades formativas dentro del campo de la educación de personas adultas, tendentes a elevar el nivel de formación que permita el desarrollo de la capacidad de participación política.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2001, páginas 13210 a 13213 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-7008

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del

Sistema Educativo dedica su Título tercero a la Educación de Personas

Adultas, y dispone que el referido sistema educativo garantizará que las

personas adultas puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus

conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional.

De acuerdo con lo anterior, la citada Ley Orgánica establece, entre

los objetivos de la educación de las personas adultas, el de desarrollar

su capacidad de participación en la vida política propia de una sociedad

democrática.

La necesidad, en efecto, de favorecer la participación política en el

seno de una sociedad pluralista y democrática hace conveniente que las

Administraciones educativas fomenten las actividades formativas

tendentes a desarrollar e incrementar entre la población adulta la participación

a que se ha hecho referencia, mediante la colaboración con Fundaciones

con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las

Cortes Generales, que realizan tareas orientadas a tal finalidad.

En su virtud y de acuerdo con lo previsto en el artículo 81 del Real

Decreto legislativo 1091/1988 de 23 de septiembre, por el que se aprueba

el texto refundido de la Ley 11/1977, de 4 de enero, General Presupuestaria

y el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba

el Reglamento de procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

Esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.-Convocar subvenciones en régimen de concurrencia

competitiva, dirigidas a fundaciones con dependencia orgánica de partidos

políticos con representación en las Cortes Generales para el desarrollo durante

el año 2001 de actividades formativas dentro del campo de la educación

de adultos, tendentes a elevar el nivel de formación que permita el

desarrollo de la capacidad de participación política.

Segundo.-La cuantía del crédito destinado a esta convocatoria es de

75.000.000 de pesetas que se librarán con cargo al crédito 18.10.422K.480.04

del vigente Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y

Deporte.

Tercero.-Las solicitudes para participar en la presente convocatoria

se formalizarán en el modelo de instancia que se establece en el anexo I

de esta convocatoria, al que deberá acompañarse la siguiente

documentación:

Memoria explicativa de los programas o actividades a los que se

dedicará la subvención en la que consten, como mínimo, el plan de actividades

que se proyecta y fechas de realización, indicando objetivos que se

pretenden y presupuesto global.

Acreditación de la personalidad jurídica de la fundación solicitante,

así como copia autenticada del número de identificación fiscal, con

indicación del partido político del que depende.

Declaración jurada de no haber obtenido otra subvención pública o

privada para los mismos fines.

Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento

de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto

de las entidades que resulten beneficiarias esta documentación deberá

estar actualizada en el momento del pago.

Asimismo en ese momento deberán tener sus datos bancarios dados

de alta en el Fichero Central de Terceros del Ministerio de Economía

y Hacienda.

Cuarto.-1. Las referidas solicitudes dirigidas al Director general de

Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, se presentarán

en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,

calle Los Madrazo, 17, de Madrid, pudiendo utilizar para su envío

cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, siendo imprescindible que

en la misma aparezca la fecha de recepción en el organismo público

correspondiente. Si en uso de este derecho, la solicitud es remitida por correo,

será necesario que se presente en sobre abierto para que sea fechada

y sellada por el funcionario de Correos antes de que éste proceda a su

certificación.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales

a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de la presente

Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

En el supuesto de que la solicitud no se presente directamente en

el Registro General a que se refiere el anterior apartado 4.1, será necesario

que la entidad solicitante comunique a la Dirección General de Educación,

Formación Profesional e Innovación Educativa la remisión de la misma,

mediante fax o telegrama, en el mismo día de su presentación.

3. Las instancias deberán ir acompañadas de la documentación que

se indica en el anexo II; si dicha documentación estuviera incompleta

o existieran defectos de forma la Subdirección General de Formación

Profesional requerirá al solicitante para que subsane los defectos observados,

concediéndole un plazo de diez días y advirtiéndole de que si así no lo

hiciera se le tendrá por desistido de su petición archivándose la misma

sin más trámite según dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto.-La concesión de las subvenciones que se convocan se efectuará

de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Valoración de la calidad del programa o actividad propuesto y

su grado de viabilidad.

b) Valoración de la Metodología y medios didácticos que se propone

utilizar.

c) Valoración del ámbito territorial de desarrollo y características

de la población atendida.

Sexto.-El estudio y valoración de las solicitudes se llevará a cabo por

una Comisión integrada por los siguiente miembros:

El Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación

Educativa que actuará como Presidente.

El Subdirector general de Formación Profesional que sustituirá al

Presidente en caso de ausencia.

El Subdirector general de Acción Educativa.

Un funcionario de la Dirección General de Educación, Formación

Profesional e Innovación Educativa.

El Jefe del Servicio de Adultos, que actuará como Secretario con voz

y voto.

Séptimo.-La Dirección General de Educación, Formación Profesional

e Innovación Educativa instruirá el expediente y formulará la

correspondiente propuesta de resolución, previo el preceptivo trámite de audiencia

a los interesados, según dispone el artículo 5.3 del Real Decreto 2225/1993,

de 17 de diciembre.

Octavo.-La concesión y denegación de subvenciones se efectuará por

Resolución motivada de la Secretaría de Estado de Educación y

Universidades, en el plazo de quince días desde la fecha de elevación de la

propuesta de resolución y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

no pudiendo exceder de seis meses el plazo máximo de resolución del

procedimiento.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá

interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el

Secretario de Estado de Educación y Universidades, en el plazo de un

mes o contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su

publicación, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia

Nacional, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

Noveno.-El importe de las subvenciones concedidas se hará efectivo

anticipadamente a los respectivos beneficiarios sobre la base del acuerdo

de concesión y previa la constitución, a disposición de la Dirección General

de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, de una

garantía equivalente al 25 por 100 del importe de la subvención concedida.

Dicha garantía habrá de constituirse en la Caja General de Depósitos

o en sus sucursales, en cualquiera de las modalidades previstas en el

Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 25)

que aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos y con los

requisitos establecidos en el mismo para dichas garantías.

Décimo.-Finalizada la actividad subvencionada y en todo caso antes

del 15 de enero de 2002, las fundaciones beneficiarias de la subvención

deberán presentar ante la Dirección General de Educación, Formación

Profesional e Innovación Educativa (calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid)

la siguiente documentación:

Declaración del responsable de la entidad de haber sido cumplida la

finalidad para la cual fue concedida la subvención.

Memoria explicativa de las actividades subvencionadas con una

descripción detallada de las actividades realizadas especificando fechas y lugar

concreto de celebración, que permita asegurar la relación directa de las

mismas con los justificantes de gastos que se aporten.

Cuando los justificantes de gastos incluyan gastos generales deberá

especificarse el porcentaje que significa la actividad subvencionada en

relación con la totalidad de las que realice la entidad.

Carpeta índice con la totalidad de los originales de las nóminas, recibos

y facturas acreditativas de la utilización de la subvención que deberán

corresponderse con gastos corrientes y/o de personal.

Relación de beneficiarios de la acción formativa.

Undécimo.-La no justificación de la subvención percibida en el plazo

citado en el apartado anterior conllevará el reintegro de las cantidades

no justificadas y la exigencia de los intereses de demora desde el momento

del pago de la subvención, sin perjuicio de la responsabilidad

administrativa en que se pueda incurrir con arreglo a los artículos 81 y 82 de

la vigente Ley General Presupuestaria.

Duodécimo.-Los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados a

facilitar cualquier información que les sea requerida por el Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte y el Tribunal de Cuentas.

Decimotercero.-Toda alteración en las condiciones tenidas en cuenta

para la concesión de las ayudas y, en todo caso, la obtención concurrente

de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o

Entidades públicas, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de

concesión.

También procederá la modificación de la resolución de la concesión,

el reintegro del exceso que corresponda y el abono del interés de demora

desde el momento del pago de la ayuda, cuando el importe otorgado sea

de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones

o ayudas de las Administraciones Públicas o de otros Entes públicos o

privados, nacionales o extranjeros, supere el coste de la actividad a

desarrollar por el beneficiario.

Decimocuarto.-Contra la presente Resolución que pone fin a la vía

administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en

el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de

la Audiencia Nacional, computándose dicho plazo desde el día siguiente

al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 27 de marzo de 2001.-P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001,

"Boletín Oficial del Estado" del 9), el Director general de Educación,

Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Mira Lema.

Ilmo. Sr. Director general de Educación, Formación Profesional e

Innovación Educativa.

ANEXO I

1. Datos de la entidad solicitante:

Nombre: .......................................................................................................................................................... NIF: .................

Domicilio: ....................................................................................................................................................... Tfno.: .................

C.P. ................. Localidad: .................................................................... Provincia: ....................................................................

Partido político del que depende: ......................................................................................................................................................

2. Datos del/la representante legal:

Nombre: .......................................................................................................................................................... DNI: .................

Domicilio: ...................................................................................................................................................... Cargo: .................

C.P. ................. Localidad: .................................................................... Provincia: ....................................................................

3. Subvención solicitada:

Denominación de las acciones formativas para las que solicita subvención:

................................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................................

Cuantía solicitada en pesetas .......................................................................................................................................................

4. Certifico que la entidad a la que represento reúne todos los requisitos de la convocatoria.

5. Acepto el compromiso de someterme a las normas de convocatoria, facilitar la información y documentación que se solicite, en su caso.

6. Adjunto la documentación exigida en la convocatoria:

.................................. a ............. de .............................. de 2001

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL E INNOVACIÓN EDUCATIVA.

ANEXO II

Nombre de la entidad: ....................................................................................................................................................................

Localidad: ................................................................................. Provincia: .................................................................................

Justificación de la actividad para la que se solicita subvención:

Memoria conteniendo, al menos, los siguientes datos:

1. Razones que justifican la acción.

2. Plan de actividades cuantificadas y con indicación de su duración.

3. Objetivos.

4. Metodología y medios didácticos, indicando número de Profesores que intervendrán.

5. Ámbito territorial de actuación, indicando localidades o provincias a que alcanza.

6. Características de la población atendida, indicando número de beneficiarios.

7. Presupuesto global de la actividad.

8. Colaboración con otras instituciones, si existiese.

Resumen:

Número

de destinatarios

Características

de los destinatarios

Medios didácticos

a utilizar

Número

de ProfesoresActividades a desarrollar Duración

en horas

Provincias

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