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Documento BOE-A-2001-7491

Resolución de 30 de marzo de 2001, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hace público el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural del año 2001, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 2001, páginas 14005 a 14005 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-7491

TEXTO ORIGINAL

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 18 del Real Decreto 2717/1998, de 18 de diciembre, y en el artículo 59 del Real Decreto 537/1997, de 14 de abril, modificado por el artículo 40 del citado Real Decreto 2717/1998,

Esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del primer trimestre del año 2001 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:

Emisión Fecha subasta

Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado

Porcentaje

Bonos del Estado a tres años al 4,65 por 100, vencimiento 31-10-2004 7-3-2001 4,580
Bonos del Estado a cinco años al 4,95 por 100, vencimiento 30-7-2005 7-2-2001 4,691
Obligaciones del Estado a diez años al 5,40 por 100, vencimiento 30-7-2011 8-3-2001 5,067
Obligaciones del Estado a quince años al 4,75 por 100, vencimiento 30-7-2014 7-2-2001 5,293
Obligaciones del Estado a treinta años al 5,75 por 100, vencimiento 30-7-2032 7-3-2001 5,599

2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 59 y 18 de los Reales Decretos 537/1997 y 2717/1998, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el segundo trimestre natural de 2001 son el 3,664 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 3,753 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete, y si se tratara de activos con plazo superior, el 4,054 por 100 para el plazo de diez años, el 4,234 por 100 para el de quince años y el 4,479 por 100 para el de treinta años, siendo de aplicación, en cada caso, el tipo de referencia correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

Madrid, 30 de marzo de 2001.–La Directora general, Gloria Hernández García.

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