Ambas convocatorias se regirán por las mismas bases. Los
aspirantes deberán optar por presentarse únicamente a una de las
dos convocatorias. En ningún caso las plazas que pudieran quedar
vacantes en la convocatoria de promoción interna podrán
acumularse a la convocatoria del turno libre.
Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto
198/2002, de 15 de febrero, ("Boletín Oficial del Estado" del 16),
por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año
2002, y con el fin de atender las necesidades de personal del
Ministerio de Economía, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 1 a) del Real Decreto 1084/1990, de
31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre),
previo informe favorable de la Dirección General de la Función
Pública, este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para
el ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, código 0603,
con sujeción a las siguientes
Bases de las convocatorias
1. Normas generales
1.1 En la convocatoria para turno libre se convocan pruebas
selectivas para cubrir tres plazas.
1.2 En la convocatoria para promoción interna, se convocan
pruebas selectivas para cubrir dos plazas de las previstas en el
artículo 5 del Real Decreto 198/2002, de 15 de febrero ("Boletín
Oficial del Estado" del 16).
1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto
198/2002, de 15 de febrero, y lo dispuesto en las presentes
convocatorias.
1.4 Cada proceso selectivo constará de una fase de oposición,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso
selectivo.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de estas convocatorias.
1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.
1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará
antes del día 15 de octubre de 2002 y la duración máxima de
esta fase será de ocho meses, contados a partir de la realización
del primer ejercicio.
1.8 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad competente. Estos funcionarios en
prácticas deberán superar el curso selectivo que se determina en
el anexo I.B), el cual comenzará en el plazo máximo de dos meses,
a partir de la terminación del fijado en la base 8.1 de las presentes
convocatorias.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada, y apreciada por la
Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, una
vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial,
intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con
la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el
derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo.
1.9 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
convocatoria. Cualquier propuesta de aprobados superior al
número establecido será nula de pleno derecho. Por tanto, este número
no podrá ser superior a tres en la convocatoria de acceso libre,
ni superior a dos en la convocatoria de promoción interna.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones propias del Cuerpo de Inspectores del
SOIVRE.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones
Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por la
convocatoria de promoción interna deberán pertenecer el día de la
publicación de las presentes convocatorias en el "Boletín Oficial
del Estado" a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, estar
incluidos en el ámbito de aplicación del apartado 1 del artículo
1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, tener una antigüedad de,
al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a la que pertenezcan
al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes
y reunir los demás requisitos exigidos en estas convocatorias.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o actividades
semejantes a los de los Cuerpos o Escalas del Grupo B serán
computables, a efectos de antigüedad, para participar en la
convocatoria de promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1, y 2.2,
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de
posesión como funcionarios de carrera.
2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de
funcionarios de organismos internacionales habrán de ajustarse a los
requisitos y condiciones que, para el acceso a los mismos en los
Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado establece el
Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de
funcionarios de nacionalidad española de organismos internacionales
a los Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la instancia (modelo 790) que será
facilitada gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno
en las provincias, en el Centro de Información Administrativa del
Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General
de la Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración
Pública, en la Subdirección General de Recursos Humanos y
Organización del Ministerio de Economía y en las representaciones
diplomáticas o consulares de España en el extranjero.
Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del
Documento Nacional de Identidad.
Las instrucciones para cumplimentar el impreso 790, son las
que se detallan a continuación:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne
Ministerio de Economía.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consigne
Subsecretaría.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria,
señale 02.
En el recuadro 15. Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o
Categoría, consigne el texto del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE
y el Código 0603.
En el recuadro 17. Forma de acceso: Consigne la letra
mayúscula tomando la que corresponda con arreglo a la siguiente clave:
Letra: L. Forma de acceso: Libre/nuevo ingreso.
Letra: R. Forma de acceso: Promoción interna.
Letra: S. Forma de acceso: Promoción interna/Cuerpo
Ingenieros Técnicos del SOIVRE.
En el recuadro 18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante.
Consigne el Ministerio de Economía.
En el recuadro 19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" de esta convocatoria.
En el recuadro 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado
de minusvalía según dictamen del órgano competente.
En el recuadro 25. En el apartado A) debe consignarse la
titulación poseída; en el apartado B) el idioma elegido para la
realización de la parte voluntaria del segundo ejercicio y en el
apartado C) el Cuerpo de pertenencia.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General del Ministerio de Economía, Paseo de la Castellana, número
162, de Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, desarrollado por el Real Decreto 772/1999, de
7 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" del 22), en el plazo de
veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación
de estas convocatorias en el "Boletín Oficial del Estado", y se
dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Economía.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizarán los recuadros números 21y
22 de la misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en
el recuadro número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y
medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación
sea necesaria.
3.4 La tasa por derechos de examen será de 24,52 euros
y se ingresará en efectivo en cualquier banco, caja de ahorros
o cooperativa de crédito, de las que actúan como entidades
colaboradoras en la recaudación tributaria.
Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero
ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número
0182-9091-51-020234503 del BBVA.
Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas de
la convocatoria para promoción interna gozarán de una
bonificación del 50 por 100 de la tasa, siendo su cuantía 12,26 euros.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
100, debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
publicación de las presentes convocatorias. Será requisito para
el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición
de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley,
se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional
de Empleo o en los órganos competentes de las Comunidades
Autónomas. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará
mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.
Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las entidades
mencionadas supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la
base 3.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el
Subsecretario de Economía dictará Resolución en el plazo máximo
de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y
excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín
Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentran
expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes
admitidos y excluidos, y se determinará el lugar o lugares y la
fecha de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán
ser expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del
Ministerio de Economía, en las Delegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, así como en la Dirección General de la Función Pública
y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas. En las listas deberán constar, en todo
caso, los apellidos, nombre y número del Documento Nacional
de Identidad, así como , en su caso, la causa de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo
órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente de acuerdo
con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto
de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los
documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución
de los derechos de examen.
En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la
tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y
Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos
indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de
septiembre, corresponderá al Departamento ministerial
convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo
la posterior tramitación para su abono. A estos efectos, se aplicará
el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del
Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998, modificada
por la Orden del Ministerio de Hacienda de 11 de diciembre de
2001. La iniciación de un expediente de devolución podrá
realizarse bien de oficio por la Administración o a instancia del
interesado mediante solicitud dirigida al Departamento ministerial
convocante, según los casos.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a estas convocatorias.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Subsecretario del Ministerio de Economía,
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si
hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de estas
convocatorias.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de
celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos, y para
actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente
y Secretario, o en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad
al menos de sus miembros, titulares o suplentes. Se celebrará
la sesión de constitución, previa convocatoria del Presidente, en
el plazo máximo de treinta días a partir de su designación, y como
mínimo diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El
procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento
a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada
por Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de
Economía, a propuesta del Tribunal a través de la Subdirección
General de Recursos Humanos y Organización.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas competentes.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Recursos Humanos y Organización del
Ministerio de Economía, Paseo de la Castellana, 162,
planta 14, de Madrid. A efectos de información, se dispone de los
teléfonos (91) 583 54 66, (91) 583 54 67 y (91) 583 53 34.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá
interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el
plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"
del 30).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial
del Estado" de 2 de abril de 2002), por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "S", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "T", y
así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento del proceso selectivo, los
aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con
la finalidad de acreditar su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios, se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación, con al menos veinticuatro horas de antelación a la señalada
para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo
ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior, en la citada sede del Tribunal y por
cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas,
al menos, de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por las presentes
convocatorias, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Subsecretario de Economía, comunicándole,
asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en
la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante
podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su
notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano
Judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública,
en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos
otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes
de aspirantes aprobados, tanto en la convocatoria de acceso libre
como en la promoción interna por orden de puntuaciones
alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará, a través de la Subdirección
General de Recursos Humanos y Organización, copias certificadas
de ambas listas de aprobados al Subsecretario de Economía,
especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de
los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial
del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día en que las relaciones definitivas sean publicadas en el "Boletín
Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar
en la Secretaria General Técnica del Ministerio de Economía,
Subdirección General de Recursos Humanos y Organización, paseo
de la Castellana, número 162, planta 14, Madrid, los siguientes
documentos:
A) Fotocopia del documento nacional de identidad.
B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios
necesarios para la obtención del título.
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a estas
convocatorias.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo formular opción por la remuneración que deseen
percibir durante su condición de funcionarios en prácticas de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10
de febrero, "Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo. Igualmente,
deberán hacerlo así quienes tengan la condición de personal
laboral o funcionario interino.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza
mayor no presentasen la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.4 Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa
oferta de los mismos. Los opositores de la convocatoria de
promoción interna tendrán preferencia para cubrir los puestos
vacantes sobre los aspirantes de la convocatoria de turno libre.
8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas
convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de
Economía, funcionarios de carrera mediante Resolución del
Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará
en una única relación en el "Boletín Oficial del Estado", en la
que figurarán los aspirantes aprobados en el proceso selectivo
ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con
expresión de los destinos que se les adjudiquen y la convocatoria (libre
o de promoción interna) por la que hayan accedido.
8.7 La toma de posesión como funcionario de carrera de los
aspirantes aprobados se efectuará en el plazo máximo de un mes,
contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su
nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en
colaboración con los Centros de Formación de funcionarios
competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
Las presentes convocatorias y cuantos actos administrativos
se deriven de ellas y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 10 de junio de 2002.-El Vicepresidente Segundo del
Gobierno y Ministro de Economía, P. D. (Orden de 3 de agosto
de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 11), El Subsecretario,
Miguel Crespo Rodríguez.
Ilmos. Sres. Secretario general Técnico del Ministerio de Economía
y Presidente del Tribunal.
ANEXO I
El procedimiento de selección para el acceso al Cuerpo de
Inspectores del SOIVRE, constará de dos fases:
A) Fase de oposición.
B) Curso selectivo.
A) Fase de oposición
EJERCICIOS Y VALORACIÓN
1. Ejercicios
Constará de cinco ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto
la parte voluntaria del examen de idiomas.
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en
el tiempo máximo de seis horas, de cuatro temas. Cada uno de
los temas se elegirá al azar, para todos los opositores, de cada
uno de los grupos formados por los siguientes temas:
El primero incluirá los temas 1 al 21.
El segundo del 22 al 36.
El tercero del 37 al 55.
El cuarto del 56 al 70.
Posteriormente se procederá a la lectura pública, por parte
del opositor, de su texto escrito. El Tribunal podrá formular
preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para
una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas
escritos.
En la convocatoria de promoción interna, los funcionarios
pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE estarán
exentos de realizar el tema correspondiente al primer grupo, por
lo que sólo desarrollarán tres temas, en un tiempo máximo de
cuatro horas y media, correspondientes al segundo, tercero y
cuarto de los grupos señalados.
Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba sobre idiomas
extranjeros, debiendo demostrar el opositor el conocimiento del
inglés, de forma obligatoria. De forma voluntaria podrá escoger
entre: Francés, alemán, italiano, portugués y ruso. Para ello se
realizarán las siguientes pruebas:
a) Lectura a los opositores de un texto en el idioma de que
se trate, durante un tiempo máximo de quince minutos, pudiendo
aquellos, si así lo desean, tomar notas durante la misma. A
continuación, realizarán una composición por escrito, en el mismo
idioma, durante un tiempo máximo de noventa minutos, sobre
el contenido del texto leído y sobre las preguntas que el Tribunal
formule sobre el citado texto. Se permitirá el uso del diccionario.
b) Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor,
durante un plazo máximo de cinco minutos, de un texto en el idioma
de que se trate debidamente seleccionado por el Tribunal, seguida
de una exposición oral en el mismo idioma durante un tiempo
máximo de diez minutos, sobre el tema del texto leído y sobre
las preguntas que formule el Tribunal en relación con aquél.
Asimismo se procederá a la lectura de la prueba escrita a la que
se refiere el párrafo anterior.
De forma voluntaria el opositor podrá escoger uno o más de
entre los idiomas ya mencionados y el desarrollo del ejercicio
voluntario de idiomas será igual al del idioma obligatorio.
Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba oral, en la que los
opositores desarrollarán, en el plazo máximo de una hora, tres
temas, de la parte del programa señalada para este ejercicio. Uno
del grupo de temas del 1 al 17, otro del 18 al 36 y otro del
37 al 55. Para ello el opositor elegirá de cada grupo un tema
entre dos extraídos al azar. Los opositores contarán con quince
minutos de preparación previa y, al término de su exposición,
el Tribunal podrá dialogar con los mismos sobre cuestiones
relacionadas con los temas desarrollados.
Cuarto ejercicio: Será de carácter práctico, con una duración
máxima de cuatro horas y consistirá en la resolución de un
conjunto de supuestos prácticos preparados por el Tribunal, sobre
asuntos relacionados con el contenido de la parte del temario
correspondiente a los ejercicios primero y tercero.
Finalizada por parte del opositor la lectura pública de la
resolución de los supuestos prácticos, el Tribunal podrá formularle
cuantas preguntas considere pertinentes para una adecuada
valoración de sus conocimientos.
En la convocatoria de promoción interna, los aspirantes
pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE, estarán
exentos de la realización de este ejercicio.
Quinto ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, de
tres temas, durante un plazo máximo de cuatro horas, de la parte
del temario correspondiente al quinto ejercicio. Los citados temas
se elegirán al azar, por el Tribunal, de entre los tres grupos
siguientes:
El primero incluirá los temas del 1 al 18.
El segundo del 19 al 38.
El tercero del 39 al 55.
En la convocatoria de promoción interna, todos los aspirantes
estarán eximidos de realizar el tema correspondiente al tercer
grupo, por lo que sólo se desarrollarán dos temas en un tiempo
máximo de dos horas y media.
2. Valoración
Todos los ejercicios son eliminatorios, excepto la parte
voluntaria del ejercicio de idiomas. En todos los ejercicios que se
califiquen por el sistema de puntos será imprescindible para superarlos
haber obtenido un mínimo del 50 por 100 de la puntuación máxima
asignada a cada ejercicio y no ser calificado en ningún tema con
cero puntos.
Primer ejercicio: Se calificará de cero a cuarenta puntos.
Segundo ejercicio: El ejercicio de inglés se puntuará entre cero
y 15 puntos y cada uno de los idiomas voluntarios que haya elegido
el opositor se puntuarán entre cero y 5 puntos. Los puntos
obtenidos por los opositores en los idiomas de los que se examine
voluntariamente solamente serán computables en la puntuación
global del ejercicio cuando alcance, como mínimo, el 50 por 100
de la puntuación máxima posible de este ejercicio voluntario.
Tercer ejercicio: Se calificará cada uno de los temas de cero
a 10 puntos.
Cuarto ejercicio: Se calificará con "Apto" o "No apto".
Quinto ejercicio: Se calificará cada uno de los temas de cero
a 10 puntos.
Calificación final: Vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la
fase de oposición. Si al obtener dicha puntuación hubiere dos
o más aspirantes con la misma calificación, se determinará el orden
de prelación por la mayor puntuación alcanzada en el primer
ejercicio; si hubiere igualdad por la mayor del quinto ejercicio y si
aún persistiere el empate por la del segundo ejercicio. En el caso
de que el empate continuase, se determinará a continuación por
la puntuación del tercer ejercicio y del cuarto ejercicio,
sucesivamente.
B) Curso selectivo
El curso selectivo será organizado por la Subsecretaría de
Economía, de acuerdo con la Secretaría General de Comercio Exterior,
y en colaboración con instituciones privadas y públicas de
formación de funcionarios. Se iniciará en el plazo máximo de dos
meses desde que finalice el previsto en la base 8.1 para la
presentación de documentos, y tendrá como finalidad primordial la
adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica
de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del
Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
La duración máxima del curso selectivo será de dos meses.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los
aspirantes de unas pruebas prácticas en relación con las áreas básicas
de formación que se imparten.
El curso se calificará con "Apto" o "No apto", siendo necesario
para superarlo obtener la calificación de "Apto".
La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición,
tomando en cuenta únicamente aquellos aspirantes calificados de
"Aptos" en el curso selectivo.
ANEXO II
Primer ejercicio.-Conocimiento de productos. Normalización,
control y certificación:
1. Frutos cítricos.
2. Frutas de hueso y pepita.
3. Frutos tropicales y subtropicales.
4. Otras frutas: Fresas, uvas, melón, sandía.
5. Hortalizas frescas aprovechables por sus frutos.
6. Hortalizas frescas aprovechables por sus hojas, tallos e
inflorescencias.
7. Hortalizas frescas aprovechables por sus tubérculos,
bulbos y raíces.
8. Frutos secos.
9. Granos y semillas de consumo humano, harina, sémolas
y pastas alimenticias.
10. Condimentos y especias.
11. Conservas y semiconservas, productos de la Cuarta gama
a base de frutas y hortalizas. Aceitunas de mesa.
12. Mostos, zumos y néctares de frutas y hortalizas, bebidas
refrescantes y aguas de bebidas envasadas.
13. Vinos, cerveza, alcoholes y bebidas espirituosas.
14. Productos apícolas, azúcares y melazas.
15. Aceite de oliva y demás aceites vegetales comestibles,
grasas (animales, vegetales y anhidras).
16. Carnes.
17. Pescados, moluscos y crustáceos.
18. Leche y derivados lácteos. Huevos y ovoproductos.
19. Conservas, semiconservas y salazones cárnicas,
embutidos crudos y curados.
20. Conservas, semiconservas y salazones de pescado.
21. Platos preparados y precocinados, alimentos dietéticos
y de régimen.
22. Aditivos alimentarios. Descripción, clasificación,
legislación aplicable, listas, toxicidad, identificación.
23. Plaguicidas. Descripción, clasificación, toxicidad y uso.
Legislación aplicable.
24. Especimenes de origen vegetal sujetos al Convenio sobre
comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora
silvestres (CITES): Especial referencia a las especies de plantas
ornamentales y a las especies maderables.
25. Especimenes de origen animal sujetos al Convenio
CITES (I): Generalidades. Principales grupos zoológicos. Especial
referencia al comercio de animales vivos.
26. Especímenes de origen animal sujetos al Convenio
CITES (II): Comercio de partes, derivados y manufacturas.
27. Envases y embalajes. Legislación y normalización de
envases. Materiales en contacto con alimentos. Interacciones
producto-envase. Ensayos y defectos. Procedimientos de control.
Legislación europea sobre residuos de envases. Implicaciones
comerciales.
28. Normalización internacional (I): La Comisión Económica
para Europa de Naciones Unidas (CEPE/UN).Actividades de la
División de comercio: Comité de Comercio, Grupo de Trabajo de
Normalización y Productos perecederos. Procedimiento de trabajo.
Protocolo de Ginebra y Normas-Cuadro.
29. Normalización internacional (II): El Régimen OCDE para
la aplicación de la Normalización Internacional. Antecedentes.
Funcionamiento. Participación. Actividades. Procedimientos de
ampliación y aplicación al control.
30. Normalización internacional (III): Actividad
normalizadora en el seno de la Comisión de la Unión Europea. Las
Organizaciones Comunes de Mercado sectoriales. Normalización de
productos. Ámbito de aplicación y alcance de las normas
comunitarias. Sistema de adopción.
31. Normalización internacional (IV): El CODEX. Programa
conjunto FAO/OMS sobre normas alimentarías. La Comisión y
Comité Ejecutivo Codex. Los Comités Regionales y Horizontales.
Los Comités Sectoriales y de Productos. Procedimientos de
elaboración de normas.
32. Organismos internacionales y nacionales de
Normalización, con carácter privado. Especial referencia a AENOR:
Organización, funcionamiento y actividades. ISO, CEN, CENELEC,
otros.
33. Armonización y reorganización de actividades
normalizadoras en el ámbito internacional. Mandatos y procedimientos
de armonización. Simplificación de tareas y reorganización
internacional. Aplicabilidad de las normas.
34. Control oficial de productos alimenticios. Directiva
89/397/CEE y su transposición nacional. El reglamento (CE) de
control de frutas y hortalizas frescas. Autocontrol de operadores
comerciales.
35. Certificación y homologación en el Comercio
Internacional. Los servicios de control. Los organismos certificadores
acreditados. Los certificados OCDE y UE para el comercio internacional
de frutas y hortalizas.
36. Calidad. Evolución del concepto y de su valoración.
Normalización de la calidad comercial. Razón y utilidad. Aspectos
de la calidad en los alimentos. Evaluación y certificación de la
calidad comercial.
37. Criterios normalizadores de Calidad Comercial (I):
Identificación. Descripción. Composición físico-química y nutricional
de los alimentos. Características mínimas. Clasificación por
categorías comerciales de calidad. Factores y parámetros de calidad.
38. Criterios normalizadores de Calidad Comercial (II):
Etiquetado y marcado de envases de productos alimenticios. Criterios
generales y específicos. Directiva 79/112/CEE y su transposición
nacional. Casuística de los preenvasados de frutas y hortalizas.
El etiquetado nutricional.
39. Criterios normalizadores de Calidad Comercial (III):
Residuos de plaguicidas, de medicamentos veterinarios, de
finalizadores y de disolventes de extracción. Contenidos de aditivos
alimentarios. Contaminantes y toxinas. Límites y dosis máximas
admisibles.
40. Criterios normalizadores de calidad comercial (IV):
Condiciones microbiológicas de la calidad. Microbiología de alimentos
tratados por el calor. Microbiología de alimentos tratados por el
frío. Parámetros de calidad: Calidad higiénica, microorganismos
indicadores, estándares microbiológicos.
41. Acreditación: Concepto y regulación en España. Entidad
Nacional de Acreditación (ENAC). Procedimientos de acreditación.
42. Aseguramiento de la calidad en la industria alimentaría.
El grupo de normas ISO 9000 (EN 29000). Conceptos básicos,
definiciones y ámbito de aplicación de este grupo de normas. Su
articulación con el grupo de normas EN 45000.
43. Control higiénico-sanitario. Concepto y principios básicos
del sistema ARCPC (análisis de riesgos y control de puntos
críticos). Aplicación del sistema ARCPC en la industria
agroalimentaria de productos no transformados y transformados.
Directiva 93/43/CEE y su transposición nacional.
44. Variable aleatoria. Función de probabilidad. Función de
distribución. Medidas de centralización y dispersión.
Distribuciones probabilísticas más usuales.
45. Muestreo: connotaciones del muestreo físico y del
muestreo estadístico. Población y muestra. Tipos de muestreo. Fases
o etapas del muestreo. Muestreo probabilístico. Estimadores.
Estimación de la media y el total. Precisión de las estimaciones.
Tamaño de la muestra.
46. Estimación por intervalos. Intervalos de confianza de un
parámetro poblacional. Casos. Test de hipótesis. Errores y
regiones críticas. Tratamiento matemático de datos experimentales.
Fuentes y tipos de error. Tratamiento estadístico del error.
Conceptos básicos. Cálculo de errores.
47. Inspección del muestreo por atributos lote a lote. Planes
de muestreo simple, doble y múltiple. Clasificación de los planes
de muestreo. Tablas: breve descripción de las mismas y referencia
especial al plan de muestreo del MIL-STD-105D.
48. Inspección del muestreo por variable lote a lote: Criterios
generales de inspección. Estimación del porcentaje defectuoso.
Especial referencia al plan para inspección por variables
MIL-STD-414.
49. Control estadísticos de procesos. Tipos básicos de
diagramas de control y supuestos más frecuentes de su aplicación
en la industria alimentaría. Concepto y determinación o cálculo
de la estabilidad y de la capacidad de los procesos, y de los límites
estadísticos superior e inferior.
50. Análisis de resultados: Pruebas de significación.
Comparación de una media experimental con un valor conocido.
Comparación de las medias de dos muestras. Test de t. Test de F.
Análisis de varianza. Comparación de varias medias. ANOVA.
51. Errores en análisis instrumental: regresión y correlación.
Gráficas de calibración en análisis instrumental. Coeficiente de
correlación. Rectas de regresión. Errores en la pendiente y
ordenada en el origen de la recta de regresión. Cálculo de una
concentración.
52. Límites de detección. Método de las adiciones estándar.
Comparación de métodos analíticos.
53. Control de calidad en laboratorios: Gráficos de control.
Definición y conceptos generales. Muestras de control. Tipos de
gráficos de control y su construcción. Aplicaciones de los gráficos
de control. Evaluación externa de la calidad de un laboratorio:
Ejercicios interlaboratorio. Cuestiones generales. Evaluación
estadística de los resultados.
54. Validación de métodos. Criterios fundamentales de
validación. Exactitud. Precisión. Linealidad. Sensibilidad. Límite de
detección. Límite de cuantificación. Selectividad y Especificidad.
Cálculo de la incertidumbre de un método.
55. Números índice: Objeto, propiedades y clases. Índices
de precios, de cantidad y de valor. Índices más importantes
elaborados en España.
56. Análisis sensorial. Valoración de los atributos de la
calidad a través del examen organoléptico. Paneles de cata. Otros
métodos de análisis sensorial aplicados al ámbito alimentario.
57. Determinación de propiedades físicas en productos
alimenticios. Densidad. Peso específico. Viscosidad. Dureza.
Resistencia. Instrumentación necesaria en cada caso.
58. Disoluciones químicas. Concepto y tipo de disoluciones.
Concentración y solubilidad: factores de que dependen.
Preparación de disoluciones. Formas de expresar la concentración.
59. Técnicas de preparación de muestras. Extracciones.
Mineralizaciones por vía seca y por vía húmeda. Precipitaciones. Otras
técnicas preparativas. Fundamentos. Instrumental necesario para
cada técnica. Aplicaciones al análisis en el campo alimentario.
60. Ensayos fisicoquímicos (I). Gravimetría. Volumetría.
Instrumentación necesaria en cada caso. Descripción, fundamentos
e instrumentación necesaria. Calibración del instrumental
necesario. Aplicaciones en el ámbito alimentario.
61. Ensayos fisicoquímicos (II). Potenciometría.
Conductimetría. Polarografía. Fundamentos, descripción, e instrumentación
necesaria en cada caso. Aplicaciones en el ámbito alimentario.
62. Técnicas ópticas. Microscopía. Refractometría.
Polarimetría. Fundamentos, descripción e instrumentación necesaria en
cada caso. Calibración del instrumental necesario. Aplicaciones
en el ámbito alimentario.
63. Técnicas de análisis cromatográfico (I): Fundamentos
generales de la cromatografía. Cromatografía en placa fina.
Cromatografía en columna. Cromatografía de intercambio iónico.
Aplicaciones en el ámbito alimentario.
64. Técnicas de análisis cromatográfico (II): Cromatografía
de Gases. Fundamentos y descripción. Sistemas de inyección y
de detección. Métodos de identificación y cuantificación.
Aplicaciones al análisis en el ámbito alimentario.
65. Técnicas de análisis cromatográfico (III): Cromatografía
líquida de alta resolución. Fundamentos y descripción. Sistemas
de detección. Métodos de identificación y cuantificación.
Aplicaciones al análisis en el ámbito alimentario.
66. Técnicas espectrofotométricas. Fundamentos generales
de la espectrofotometría. Espectrofotometría de
ultravioleta-visible. Espectrofluorimetría. Procedimientos de calibración. Métodos
de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito
alimentario.
67. Espectrometría de emisión y absorción atómica.
Fundamentos y descripción. Análisis por llama, cámara de grafito y
generador de hidruros. Procedimientos de calibración. Métodos de
cuantificación. Aplicación en el ámbito alimentario.
68. Otras Técnicas espectrométricas: Espectrometría de
masas. Espectrometría de infrarrojos. Fundamentos y descripción.
Procedimientos de calibración. Métodos de identificación y
cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario.
69. Electroforésis y enfoque isoeléctrico. Descripción y
fundamentos. Cuantificación densitométrica. Aplicaciones en el
ámbito alimentario.
70. Técnicas de análisis aplicables al control de especímenes
sujetos al Convenio CITES. Especial referencia a pruebas genéticas
de consanguinidad. Pruebas para la identificación de especies.
Contenido de los temas (1 a 20):
Designación y descripción de los principales productos
incluidos en el tema. Principales variedades, especies, razas o clases
en su caso.
Factores que determinan su calidad comercial o
correspondencia con sus normas reguladoras. Condicionantes de estos factores,
en su caso. Alteraciones de la misma.
Normativa aplicable. Referencia a normativa de producción
ecológica, integrada y UNE, en su caso.
Análisis sectorial de los mismos: Producción española.
Comercio exterior. Principales países competidores. Organización
Común de Mercados específica, en su caso.
Tercer ejercicio.-Comercio exterior e interior:
1. El comercio internacional. Marco general y principales
magnitudes. Tendencia evolutiva: globalización y concentración.
Principales áreas de integración económica y comercial.
2. Teoría y practica del comercio internacional. La teoría del
comercio internacional: la ventaja comparativa. La relación real
de intercambio. Librecambio y proteccionismo.
3. El comercio exterior español: Principales rasgos. La
exportación y la importación españolas: índices representativos,
estructura sectorial, destinos principales, tendencia evolutiva y
perspectivas futuras.
4. La empresa ante el comercio internacional.
Particularidades de la empresa exportadora española: formas y grados de
internacionalización de la empresa; tamaño y número de empresas;
propensión exportadora; organización de la empresa; ventajas y
desventajas genéricas del país; países competidores; organización
del departamento de marketing internacional.
5. El marketing internacional. Concepto y funciones. La
investigación de mercados y las fuentes de información. El marketing
mix: Concepto y componentes.
6. Las formas de acceso a los mercados. La venta directa.
La venta compartida con recurso a intermediario. La venta
subcontratada.
7. Otras estrategias de actuación en los mercados
internacionales. Las empresas conjuntas. La cesión de tecnología
industrial. La franquicia internacional. Las Agrupaciones Europeas de
Interés Económico. La implantación integral: sucursales y filiales
extranjeras.
8. Instrumentos financieros de apoyo a la exportación (I). El
Crédito Oficial. Características principales; el crédito
suministrador y el crédito comprador; el Consenso OCDE; el Convenio de
Ajuste Recíproco de Intereses.
9. Instrumentos financieros de apoyo a la exportación (II).
El Seguro de Crédito. Características generales. Riesgos
susceptibles de cobertura: clasificación. La Compañía Española de Seguro
de Crédito a la Exportación. Principales modalidades de póliza.
10. Instrumentos comerciales de apoyo a la exportación.
Instituciones involucradas. Principales actuaciones: especial
referencia al Plan 2.000; el Plan Cameral.
11. Instrumentos fiscales no aduaneros de apoyo a la
exportación. Los impuestos especiales. El IVA en el comercio exterior
y la aplicación del INTRASTAT. Bonificaciones y deducciones en
el Impuesto de Sociedades a la actividad exportadora.
12. El Factoring, el Leasing y el Forfaiting. Concepto,
características generales y operativa.
13. El Fondo de Ayuda al Desarrollo y el Fondo de Estudio
de Viabilidad. Objeto y características generales. Marco regulador.
14. Financiación de las operaciones de comercio exterior:
Operaciones en el mercado de divisas y cobertura del riesgo de
cambio. Concepto de divisa, convertibilidad y formación de los
cambios. El riesgo de cambio y su cobertura: el seguro de cambio;
las opciones sobre divisas; futuros de divisas y autoseguros.
15. Financiación de la importación y de la exportación.
Generalidades. Financiación de la importación en euros y en divisas.
Financiación de la exportación en euros y en divisas.
Prefinanciación.
16. Medios de pago y cobro internacionales (I):
Generalidades. Billetes de banco. Cheque personal y bancario. Transferencia
bancaria. Orden de pago. Remesas simples y documentarias.
17. Medios de pago y cobro internacionales (II): Crédito
documentario: características, clasificación, procedimiento de utilización,
cláusulas y operaciones especiales. La carta de crédito comercial.
18. Contratación internacional (I): Generalidades. Los
contratos de intermediación comercial. Contrato de mediación o
corretaje. Contrato de representación. Contrato de agencia. Contrato
de comisión. Contrato de distribución. Contratos de exportación
de plantas llave en mano. Contratos de arrendamiento financiero.
19. Contratación internacional (II): Los INCOTERMS.
20. Contratación internacional (III): Incumplimiento de
obligaciones y resolución de conflictos. Casos más frecuentes de
incumplimiento. Prevención de conflictos. Resolución de
conflictos: especial referencia al arbitraje comercial.
21. El comercio de compensación. Concepto, clases de
acuerdos de comercio compensado. Sus riesgos y costes.
22. Inversiones extranjeras en España: Características
generales, evolución y formas de inversión. Inversiones españolas en
el extranjero: características generales, evolución y formas de
inversión. Instrumentos de apoyo a la inversión española en el
exterior. Medidas Fiscales. Instrumentos financieros. Instrumentos
de garantía. Otros instrumentos.
23. El régimen aduanero del comercio exterior (I): la política
aduanera comunitaria. El código aduanero. El arancel de aduanas.
24. El régimen aduanero del comercio exterior (II): economía
arancelaria; el origen de las mercancías; el valor en aduana.
25. Los destinos aduaneros comunitarios. Generalidades y
tipos. El despacho a libre práctica. El tránsito. La exportación.
26. Los regímenes aduaneros económicos. El depósito
aduanero. El Perfeccionamiento Activo. El Perfeccionamiento Pasivo.
Transformación bajo control aduanero. Admisión temporal.
27. Trámites a seguir en los procedimientos de exportación
e importación. Principales documentos utilizados.
28. El transporte internacional marítimo. Aspectos generales.
Formas de contratación: carga masiva y carga fraccionada.
Responsabilidad sobre los gastos de carga y/o descarga. Documentos
utilizados en el transporte marítimo.
29. El transporte internacional aéreo. Aspectos generales.
Contratación de la carga aérea. El Conocimiento Aéreo y las
responsabilidades del porteador aéreo.
30. El transporte internacional por carretera y ferrocarril.
Aspectos generales. Convenio CIM y régimen TIF para el transporte
por ferrocarril. El Convenio CMR y el régimen TIR para el
transporte por carretera. Documentos de transporte: La Carta de Porte.
31. Balanza de Pagos. Concepto. Presentaciones,
metodología y estructura. Equilibrio y desequilibrio de la Balanza.
32. Barreras comerciales: Evolución y caracterización de las
mismas en la actualidad. Obstáculos técnicos al comercio.
33. Medidas de armonización y transparencia en el marco
multilateral (I): Acuerdo sobre obstáculos técnicos al Comercio.
Contenido y evolución del acuerdo. Órganos. Consultas y solución
de diferencias en la OMC.
34. Medidas de armonización y transparencia en el marco
multilateral (II): Acuerdo sobre aplicación de medidas sanitarias y
fitosanitarias. Contenido y evolución del acuerdo. Funcionamiento.
35. Medidas de armonización y transparencia en el marco
multilateral (III): Medidas de armonización y transparencia en la
Unión Europea, Directiva 98/34 (CE). Procedimiento de queja e
infracción.
36. Medidas de armonización y transparencia en el marco
multilateral (IV). La Base de Datos de Acceso al Mercado de la
Comisión. Estructura y funciones. Gestión de la base de datos.
37. Reglamento de obstáculos comerciales (ROC). Contenido.
Funcionamiento. Procedimientos de queja.
38. Política comunitaria en materia de normas y evaluación
de la conformidad. Directivas de Enfoque global y de nuevo
enfoque. El marcado CE. El principio de reconocimiento mutuo.
39. Acuerdos de reconocimiento mutuo sobre evaluación de
la conformidad (ARM). Instrumento comercial para la
armonización internacional de normas y reglamentos técnicos. Objetivos
y beneficios comerciales. Base legal en el ámbito internacional
y comunitario. Requisitos y características técnico-comerciales.
Acuerdos suscritos y sectores cubiertos. Protocolos sobre
Evaluación de la Conformidad a los Acuerdos Europeos (PECAS).
40. El Convenio CITES: Objetivos. Contenido del Convenio.
41. La reglamentación comunitaria relativa a la protección
de especies de fauna y flora silvestre a través de la protección
de su comercio. Su aplicación en España.
42. El Convenio CITES como instrumento de política
comercial. Su relación con el GATT. Medidas de regulación comercial
específicas del Convenio y la reglamentación comunitaria de
aplicación.
43. Controles aduaneros y policiales del comercio exterior
de productos de fauna y flora silvestre. Normativa comunitaria
e internacional. Relación con la Organización Mundial de Aduanas
e Interpol. La legislación sancionadora en España.
44. La Ordenación del Comercio Minorista y su desarrollo
reglamentario. Competencias y legislación estatal y autonómica.
45. Los nuevos instrumentos de la política del comercio
interior: El plan marco de modernización del comercio y el
Observatorio de la Distribución Comercial.
46. El comercio mayorista en España. La red de Unidades
Alimentarías. La Empresa Nacional MERCASA. Centrales de
distribución y canales alternativos.
47. La estructura del comercio minorista en España. Análisis
de los distintos formatos comerciales.
48. La distribución comercial en España y en la Unión
Europea; su importancia económica.
49. Las nuevas formas de venta: Venta directa, venta a
distancia, "vending". El comercio electrónico.
50. Las ventas en régimen de franquicia. Las tiendas de
conveniencia. El comercio ambulante.
51. El impacto de la introducción del euro en el comercio
interior.
52. Información y seguimiento de precios en el mercado
interior. El Indice de Precios de Consumo.
53. El Sistema Cameral español. Las Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria y Navegación; sus Consejos Superiores.
54. La protección al consumidor. Estructura competencial de
las Administraciones Central, Autonómica y Local en la inspección
del mercado interior.
55. La defensa de la libre competencia en España y su
regulación. Principales objetivos. Órganos que intervienen. Normas
aplicables a las empresas: conductas restrictivas de la
competencia; fusiones y adquisiciones. Normas aplicables a las ayudas
públicas. Competencia Desleal.
Quinto ejercicio.-Estructura económica española. Unión
Europea y Organismos internacionales. Derecho Administrativo y
Constitucional:
1. La agricultura, ganadería y sector forestal en España.
Política agraria. Situación actual y perspectivas.
2. El sector pesquero en España. Situación actual y
perspectivas.
3. La industria y la política industrial en España. Valoración.
Referencia a la política medioambiental y a la política tecnológica.
4. El sector energético y minero en España. Política
energética.
5. Sectores de bienes intermedios: Siderúrgico, químico y
materiales no férreos.
6. Sectores de la industria agroalimentaria y de los bienes
de consumo.
7. Sectores de bienes de equipo y de alta tecnología. El sector
del automóvil.
8. El sector servicios: características y análisis actual.
Políticas de liberalización.
9. Los sectores de transportes y telecomunicaciones. Política
de transportes y telecomunicaciones.
10. El turismo en España. Evolución y situación actual.
Análisis de la política turística.
11. Desequilibrios territoriales y política de desarrollo
regional en España.
12. La Unión Europea: Antecedentes y evolución. El Tratado
de Maastricht. El Tratado de Amsterdam.
13. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo
Europeo. El Consejo de Ministros. La Comisión. El Parlamento europeo.
El Tribunal de Justicia.
14. Política comunitaria de la calidad: Indicaciones
Geográficas y denominaciones de origen.
15. La política agrícola de la Unión Europea: Objetivos,
instrumentos, normas y procedimientos. Proceso de reforma.
16. La política pesquera de la Unión Europea:
Funcionamiento. Normas y procedimientos. Futuro de la política pesquera.
17. Política de protección de los consumidores y de su salud.
Historia de la protección de los consumidores en Europa. Objetivos
y futuro de la política de los consumidores.
18. Política económica y monetaria de la Unión Europea:
Objetivos. Coordinación de políticas económicas y presupuestarias
de los Estados miembros. Criterios de convergencia. Integración
financiera. El programa de convergencia de España. Aspectos
esenciales de la introducción del euro.
19. Política industrial de la Unión Europea: Objetivos.
Fomento de la competitividad.
20. Política empresarial de la Unión Europea: Objetivos y
acciones. Crecimiento, competitividad y empleo.
21. Política de medio ambiente de la Unión Europea:
Objetivos e instrumentos. Seguridad nuclear y protección civil. Calidad
medioambiental y recursos naturales. Industria y medio ambiente.
22. La Política Comunitaria de Competencia. Principales
objetivos. Normativa aplicable a las empresas: conductas
restrictivas de la competencia; adquisiciones y fusiones. Normativa
aplicable a las ayudas concedidas por los Estados. Procedimiento y
control.
23. La política regional de la Unión Europea. Los fondos
estructurales. La cohesión económica y social. Situación especial
de Canarias, Ceuta y Melilla tras la adhesión.
24. El principio de libre circulación de mercancías, servicios,
personas y capitales. El Mercado Único europeo.
25. La política comercial exterior y de relaciones económicas
exteriores de la Unión Europea (I): Marco general y desarrollo.
Los acuerdos preferenciales con terceros países.
26. La política comercial exterior y de relaciones económicas
exteriores de la Unión Europea (II): El Espacio Económico Europeo.
El Espacio Euromediterráneo.
27. La política comercial exterior y de relaciones económicas
exteriores de la Unión Europea (III): La Ampliación a los países
del Este europeo. Relaciones con Rusia y repúblicas ex soviéticas.
28. La política comercial exterior y de relaciones económicas
exteriores de la Unión Europea (IV): Relaciones con países ACP.
Convenio de Lomé.
29. La política comercial exterior y de relaciones económicas
exteriores de la Unión Europea (V): Diálogo Transatlántico.
Relaciones con América Latina.
30. La política comercial exterior y de relaciones económicas
exteriores de la Unión Europea (VI): Relaciones con los países
asiáticos. China, ASEM y ASEAN.
31. La cooperación económica internacional: El Fondo
Monetario Internacional. Antecedentes; objetivos y funciones; recursos
del FMI; la condicionalidad.
32. Las negociaciones comerciales multilaterales: principios
del Sistema Mundial de Comercio; antecedentes históricos: el
GATT; las Rondas de negociación comercial; la Ronda Uruguay.
33. La Organización Mundial de Comercio. Diferencias con
el GATT. Funcionamiento de la OMC: estructura; representación
nacional y adopción de decisiones; principales actuaciones. El
sistema de solución de diferencias.
34. La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio
y el Desarrollo (UNCTAD).Antecedentes y objetivos: comercio
internacional y países en desarrollo. Estructura y organización.
El Sistema de Preferencias Generalizadas.
35. La OCDE: Objetivo, estructura y funciones. Principales
ámbitos de actividad.
36. Naciones Unidas: Objetivos y Órganos principales de
funcionamiento. Organismos dependientes de Naciones Unidas: FAO,
UNCTAD, CEPE/UN, PNUMA.
37. Otros procesos asociativos internacionales de carácter
económico o comercial: TLCNA, Mercosur, EFTA. Estructura y
objetivos.
38. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda al
desarrollo. El Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo.
39. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales. La Monarquía
Parlamentaria. El Estado Español como Estado Social y Democrático.
40. La representación política: Democracia directa y
representativa en la Constitución Española. Participación política.
Régimen jurídico de los partidos políticos y sindicatos. El sistema
electoral español. Organización del sufragio y procedimiento electoral.
41. El Gobierno. El Consejo de Ministros. Composición.
Funciones. Responsabilidad. El Gobierno y la Administración:
Separación y relaciones.
42. El funcionamiento de las Cortes: Procedimiento de
elaboración, debate y aprobación de las leyes. Competencias del
Defensor del Pueblo.
43. La Justicia constitucional. Recurso de
inconstitucionalidad y Cuestión de inconstitucionalidad. Conflictos
constitucionales entre Órganos del Estado. Conflictos positivos y negativos con
las Comunidades Autónomas. Funcionamiento y competencias del
Tribunal de Cuentas.
44. La delimitación constitucional de competencias entre el
Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de
Autonomía: Naturaleza, contenido, reforma.
45. La legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las
leyes de transferencia o delegación. Las leyes de armonización.
Tipología de las normas de las Comunidades Autónomas. Las leyes
autonómicas. Las disposiciones autonómicas con fuerza de ley.
46. La Administración Pública: Concepto. La Administración,
las funciones y los poderes del Estado. El Ministerio de Economía.
Organización y competencias. Servicios Centrales, Territoriales
y en el Exterior. La Administración Institucional del Ministerio
de Economía.
47. El Administrado. Clases. Capacidad de los administrados
y sus causas modificativas. Derechos de los ciudadanos en sus
relaciones con las Administraciones Públicas. La participación en
las Administraciones Públicas.
48. Los órganos de la Administración Pública. Origen y
contenidos. Estructura. Tipos de órganos.
49. El procedimiento administrativo: sus fases. Iniciación del
procedimiento. Instrucción. Terminación. El silencio
administrativo.
50. Contratos de las Administraciones Públicas. Principios
comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los
contratos. Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de
los contratos. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios
públicos, suministros, consultoría y asistencia técnica, servicios y
trabajos específicos y concretos no habituales en la las
Administración.
51. La potestad sancionadora de la Administración Pública.
Principios generales. El procedimiento sancionador. El
procedimiento económico-administrativo. El recurso
contencioso-administrativo: naturaleza y procedimiento.
52. Función pública y burocracia. Los derechos políticos de
los funcionarios públicos. Su regulación en España.
Responsabilidad de los funcionarios. Régimen de incompatibilidades.
Régimen disciplinario. Los delitos de los funcionarios.
53. La contratación laboral en la Administración Pública:
personal laboral fijo y eventual. Las peculiaridades del derecho laboral
en su aplicación en las Administraciones Públicas.
54. El sistema tributario español: evolución histórica y
régimen actual. La Hacienda Pública. Los ingresos públicos: Concepto
y clasificación. Tasas y precios públicos.
55. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de
presupuestos. El Presupuesto: concepto y naturaleza. Contenido y
Estructura. Elaboración y aprobación. Modificaciones
presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos.
Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.
ANEXO III
Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso
en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE
Titulares:
Presidente: Don Rafael Gómez Pascual, del Cuerpo de
Inspectores del SOIVRE.
Vocales:
Don Enrique Godínez Calonge, del Cuerpo Superior de
Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
Don Aurelio del Pino González, del Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Doña Carmen Arroyo Waldhaus, del Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Don Rafael Jaén Vergara, del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
Don Julián Briz Escribano, del Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
Secretaria: Doña Ana Terreros Gómez, del Cuerpo de
Inspectores del SOIVRE.
Suplentes:
Presidente: Don Agustín Velilla Sanz, del Cuerpo de Inspectores
del SOIVRE.
Vocales:
Don Rafael Fuentes Candau, del Cuerpo Superior de Técnicos
Comerciales y Economistas del Estado.
Doña Consuelo Sánchez Mas, del Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Doña Inmaculada Corriente Rivero, del Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Don José María Luengo Hernández, del Cuerpo de Inspectores
del SOIVRE.
Don Donato Fernández Navarrete, del Cuerpo de Catedráticos
de Universidad.
Secretaria: Doña Ángeles Pérez Cerezo, del Cuerpo de
Inspectores del SOIVRE.
ANEXO IV
Don ..................................................., con
domicilio en ..............................................., y documento
nacional de identidad ................................., declara bajo
juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del
Cuerpo ........................................................., que
no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
En ............., a ............. de ............. de .............
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