Visto el expediente de indulto de doña Aurora Montoya Reyes, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada
por el Tribunal Supremo, Sala Segunda, en sentencia de fecha 24 de julio
de 2000, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra otra de
la Audiencia Provincial, Sección número 7, de Madrid, de fecha 10 de
marzo de 1999, como autora de un delito contra la salud pública, a la
pena de tres años y seis meses de prisión y multa de 1.500.000 pesetas,
con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta
del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 5 de julio de 2002,
Vengo en conmutar a doña Aurora Montoya Reyes la pena privativa
de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 5 de julio de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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