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Documento BOE-A-2002-16739

Resolución de 4 de junio de 2002, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se delimita provisionalmente el entorno de protección del Palacio del Marqués de Camposagrado, en Mieres.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 20 de agosto de 2002, páginas 30971 a 30972 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2002-16739

TEXTO ORIGINAL

Visto el acuerdo de la Comisión de Patrimonio Histórico de Asturias de 7 de marzo de 2002 por el que se informa favorablemente la delimitación del entorno de protección afectado por la incoación previa de expediente administrativo para la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, del Palacio del Marqués de Camposagrado, en Mieres.

Vistos la Ley1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/1999, de 15 de julio, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.

Proceder a delimitar provisionalmente el entorno de protección del Palacio del Palacio del Marqués de Camposagrado, en Mieres, según la descripción literal y el plano que se adjuntan como anexo de la presente Resolución.

Segundo.

Proseguir la tramitación del expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, del Palacio del Marqués de Camposagrado, en Mieres (incoado por Resolución de 17 de diciembre de 1984 de esta Consejería), incorporando a dicho expediente la delimitación de entorno objeto de la presente Resolución.

Tercero.

Comunicar al Ayuntamiento de Mieres que la delimitación provisional de un entorno de protección determina la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en la zona afectada, así como la suspensión también de los efectos de las que hayan sido otorgadas con anterioridad a esta Resolución y mientras dure la tramitación del expediente.

Cuarto.

Solicitar del Ayuntamiento de Mieres los expedientes de licencias que, de acuerdo con lo expresado en el apartado tercero, queden suspendidos y que por esa Corporación se proceda a notificar la suspensión a los promotores, constructores y técnicos directores de las obras así como a dar cuenta al Registro de la Propiedad para su anotación preventiva.

Quinto.

Que este acuerdo se notifique al Ministerio de Educación y Cultura, al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias», y en el «Boletín Oficial del Estado».

Oviedo, 4 de junio de 2002.‒El Consejero, Javier Fernández Vallina.

ANEXO
Descripción literal de la delimitación del entorno

La descripción del entorno monumental delimitado está basada en el catastro urbano de la villa de Mieres (TN79, 41N, E:1:1000) del año 1997.

El entorno delimitado recorre todo el muro de cierre oriental del palacio, siguiendo la alineación de la calle Ramón y Cajal desde el extremo NE de la parcela catastral número 01 de la manzana 49180, la parcela ocupada por el palacio y el Instituto, hasta el vértice SE de la expresa parcela. Desde este punto sigue el muro de cierre meridional del palacio, situado entre el palacio y las instalaciones del pozo Barredo, hasta la esquina SO de la parcela 01 en su confluencia con el vértice SE de la parcela catastral número 02 de la misma manzana 49180, correspondiente al solar trasero del palacio. Sigue el muro de cierre meridional de este solar trasero, que está alineado y es la prolongación del muro meridional del palacio que estamos siguiendo, hasta el extremo SO de la parcela 02 en su intersección con la punta SE de la parcela catastral 03 de esta misma manzana 49180, donde enlaza con el muro de cierre del Colegio Público «Clarín». El entorno se prolonga en este sector por el cierre oriental del Colegio, entre el Colegio y el pozo Barredo, desde la indicada punta SE de la parcela 03 hasta el vértice NO de esta misma parcela, desde la que sigue el cierre septentrional del Colegio, que corre paralelo al cauce del arroyo Duró, hasta la esquina NE de la parcela 03, en su confluencia con el vértice NO de la parcela número 02 ocupada por el solar trasero del palacio. Desde este punto, la línea del entorno, coincidente con el muro de cierre septentrional del mencionado solar, avanza, paralela al arroyo Duró, hasta el extremo NE de la parcela catastral 02, donde enlaza con la esquina NO de la parcela 01 perteneciente al palacio. El muro perimetral por el flanco norte del palacio, igualmente paralelo al arroyo Duró, cierra por este lado el entorno hasta confluir en la punta NE de la parcela 01.

Parcelas afectadas por la delimitación

Parcelas del Catastro Urbano afectadas íntegramente:

Manzana 49180.

Números: 01, 02 y 03.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2002/199/16739_14442695_image1.png

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