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Documento BOE-A-2002-16841

Resolución de 31 de julio de 2002, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Aragón y Caja Inmaculada, para el desarrollo de actuaciones de restauración del Patrimonio Cultural y Artístico de Aragón.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 2002, páginas 31235 a 31236 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-16841

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma

de Aragón y Caja Inmaculada han suscrito un convenio de colaboración

para el desarrollo de actuaciones de restauración del Patrimonio Cultural

y Artístico de Aragón, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en

el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 2 de marzo de 1990,

procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio,

que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 31 de julio de 2002.-La Directora general, Áurea Roldán Martín.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte, la Diputación General de Aragón y Caja Inmaculada, para

la realización de trabajos de restauración en bienes del Patrimonio

Cultural y Artístico de Aragón

En Madrid a 16 de julio de 2002.

REUNIDOS

De una parte la excelentísima señora doña Pilar del Castillo Vera,

Ministra de Educación, Cultura y Deporte, en nombre y representación del

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de las competencias que

le atribuye el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización

y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE)

y el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

De otra parte el excelentísimo señor don Javier Callizo Soneiro,

Consejero del Departamento de Cultura y Turismo de la Diputación General

de Aragón, actuando según lo dispuesto en el artículo 148.1 16 de la

Constitución y el artículo 35, apartado 1.22 del Estatuto de Autonomía de

Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto y reformado

por la Ley Orgánica 6/1994, de 24 de marzo.

De otra parte el ilustrísimo señor don Fernando Gil Martínez, Presidente

del Consejo de Administración de Caja Inmaculada, en su nombre y en

cumplimiento del acuerdo del Comité de Obra Social, de 18 de diciembre

de 2000.

Manifiestan su voluntad de colaborar estrechamente en la restauración

del Patrimonio Cultural y Artístico de Aragón.

Por todo ello, las partes firmantes,

EXPONEN

Que siendo el Baldaquino y Altar de la Iglesia Parroquial de Calamocha

(Teruel), el Órgano de la Colegiata de Daroca (Zaragoza), las Fachadas

de la Plaza Mayor de Graus (Huesca), la Capilla de los Arcángeles de

La Seo de Zaragoza y la Decoración mural del presbiterio de la Catedral

de Tarazona (Zaragoza) unos Bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural

Aragonés, de importante interés artístico y siendo necesaria una

intervención que asegure su puesta en valor y conservación futura, el Ministerio

de Educación, Cultura y Deporte, la Diputación General de Aragón y Caja

Inmaculada,

ACUERDAN

La restauración de: el Baldaquino y Altar de la Iglesia Parroquial de

Calamocha (Teruel), el Órgano de la Colegiata de Daroca (Zaragoza), las

Fachadas de la Plaza Mayor de Graus (Huesca), la Capilla de los Arcángeles

de La Seo de Zaragoza y la Decoración mural del presbiterio de la Catedral

de Tarazona (Zaragoza) con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tendrá una vigencia de veinticuatro

meses, a partir de la fecha de su firma, suponiendo una inversión de

un millón ochocientos tres mil treinta y seis euros con treinta céntimos

(1.803.036,30 euros).

Segunda.-Los estudios previos necesarios, así como la redacción del

proyecto de restauración serán efectuados por los servicios técnicos del

Instituto del Patrimonio Histórico Español y aprobados por la Dirección

General de Patrimonio Cultural de la Diputación General de Aragón.

Tercera.-La dirección de los trabajos corresponderá al Instituto del

Patrimonio Histórico Español asistido en sus labores de supervisión por

el técnico designado por cada uno de los restantes firmantes del Convenio.

Cuarta.-Los trabajos de restauración del Baldaquino y Altar de la

Iglesia Parroquial de Calamocha (Teruel), Órgano de la Colegiata de Daroca

(Zaragoza), Fachadas de la Plaza Mayor de Graus (Huesca), Capilla de

los Arcángeles de La Seo de Zaragoza y Decoración mural del presbiterio

de la Catedral de Tarazona (Zaragoza), con una inversión estimada de

un millón ochocientos tres mil treinta y seis euros con treinta céntimos

(1.803.036,30 euros), serán financiados de acuerdo con la siguiente

distribución:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: 601.012,10 euros.

Diputación General de Aragón: 601.012,10 euros.

Caja Inmaculada: 601.012,10 euros.

Los análisis necesarios para la realización de los trabajos serán

efectuados por los laboratorios del Instituto del Patrimonio Histórico Español,

con cargo al presupuesto de gastos corrientes de ese Instituto y con

independencia de la inversión correspondiente al Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte arriba indicado.

Quinta.-Las aportaciones correspondientes a cada una de las

Instituciones se distribuirán en las siguientes anualidades y cantidades:

SIGUE CUADRO (Ver imagen página 31235)

2002

-Euros

2003

-Euros

2004

-Euros

Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte ...... 120.202,42 240.404,84 240.404,84

Diputación General de

Aragón .................... 120.202,42 240.404,84 240.404,84

Caja Inmaculada .......... 120.202,42 240.404,84 240.404,84

Efectuándose con antelación suficiente para realizar los pagos

derivados del contrato a que se refiere la cláusula siguiente.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a tramitar

en los correspondientes proyectos de Presupuestos Generales del Estado

una subvención nominativa a favor de Caja Inmaculada, con cargo al

artículo 78 del Programa 458C "Conservación y Restauración de Bienes

Culturales" del Anexo de Presupuestos del Instituto del Patrimonio Histórico

Español.

Sexta.-Con el fin de facilitar la continuidad de los trabajos, la

contratación de los mismos y demás actuaciones necesarias para la

restauración del Baldaquino y Altar de la Iglesia Parroquial de Calamocha

(Teruel), el Órgano de la Colegiata de Daroca (Zaragoza), las Fachadas de

la Plaza Mayor de Graus (Huesca), la Capilla de los Arcángeles de La

Seo de Zaragoza y la Decoración mural del presbiterio de la Catedral de

Tarazona (Zaragoza), será efectuada por Caja Inmaculada, transfiriendo

las otras partes firmantes a esta Institución la aportación correspondiente

a cada una de ellas.

El pago de las certificaciones periódicas requerirá la conformidad del

director de los trabajos y de la Subdirección General del Instituto del

Patrimonio Histórico Español.

Séptima.-Para el control y seguimiento del presente Convenio se

constituirá una comisión de la que formarán parte los representantes de cada

una de las Instituciones firmantes designados al efecto, así como un

representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de

Aragón.

Octava.-En la difusión, por cualquier medio, de los trabajos objeto

del Convenio suscrito, habrá de hacerse mención expresa de todas las

partes que lo integran y de la autoría del Instituto del Patrimonio Histórico

Español en la redacción del proyecto de restauración.

Novena.-La vigencia del presente Convenio finalizará en el momento

en que las actuaciones previstas lleguen a término, o en el plazo marcado

en la cláusula primera, pudiendo ser prorrogado por el tiempo necesario

para la finalización, previo acuerdo de todas las partes.

Décima.-Cualquier modificación en la inversión contemplada en la

cláusula cuarta será asumida por todas las partes en las proporciones

en ella establecidas.

Undécima.-La efectividad del presente Convenio queda supeditada a

la condición de que en los Presupuestos Generales del Estado, en los de

la Diputación General de Aragón y en los de Caja Inmaculada, para el

periodo de su vigencia, se consignen las cantidades necesarias para su

cumplimiento.

Duodécima.-Es responsabilidad de los propietarios de los Bienes objeto

de este Convenio el mantenimiento y conservación de los mismos, una

vez finalizada su restauración, sin perjuicio del periodo de garantía

establecida al efecto.

Decimotercera.-Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se

regirá por lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, por el Real Decreto Legislativo

2/2000, de 16 de junio, de la Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas, y por la legislación sobre la materia objeto del mismo y demás

normas del Derecho Administrativo aplicables y, en defecto de este último,

por las normas de derecho privado, siendo competente para entender en

los litigios que pudieran surgir la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En prueba de conformidad, se firma este Convenio, por triplicado,

en el lugar y fecha indicados.

La Ministra de Educación, Cultura y Deporte, Pilar del Castillo Vera ;

el Consejero de Cultura y Turismo, Javier Callizo Soneiro ; el Presidente

del Consejo de Administración de Caja Inmaculada, Fernando Gil Martínez.

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