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Documento BOE-A-2002-17901

Resolución de 4 de septiembre de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación de la Adenda al Convenio de 29 de diciembre de 2000, entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña, para la financiación y ejecución de obras de la red viaria, infraestructuras y servicios necesarios para la operatividad de los Planes de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear del Plan Exterior de Emergencia Nuclear de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 14 de septiembre de 2002, páginas 32854 a 32855 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2002-17901

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha 18 de julio de 2002 una Adenda al Convenio de 29 de diciembre de 2000, entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña, para la financiación y ejecución de obras de la red viaria, infraestructuras y servicios necesarios para la operatividad de los Planes de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear del Plan Exterior de Emergencia Nuclear de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 4 de septiembre de 2002.‒El Secretario general técnico, Fernando Manzanedo González.

ANEXO
Adenda al Convenio de 29 de diciembre de 2000, entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña, para la financiación y ejecución de obras de la red viaria, infraestructuras y servicios necesarios para la operatividad de los Planes de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear del Plan Exterior de Emergencia Nuclear de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós

En Madrid a 18 de julio de 2002.

REUNIDOS

El Excmo. Sr, don Ángel Acebes Paniagua, Ministro del Interior.

La Honorable señora doña Núria de Gisperti i Català, Consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña.

Y reconociéndose las partes la capacidad suficiente para otorgar el presente Convenio,

EXPONEN

Que con el triple objetivo de coordinar el esfuerzo inversor de las Administraciones públicas implicadas, participar conjuntamente en la financiación de las actuaciones y asegurar la celebración y apoyo entre la Admministración Central, Autonómica y Local, en las actuaciones de la red viaria, infraestructuras y servicios municipales correspondientes al ámbito de aplicación de los Planes de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear de los Planes Exteriores de Emergencia Nuclear y en las zonas de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós, en la provincia de Tarragona, el 29 de diciembre de 2001, se firmó un convenio entre el Ministerio del Interior y la Consejería de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña en el que se establecieron las condiciones básicas para la colaboración en la financiación y ejecución de dichas actuaciones.

Que en desarrollo de dicho convenio el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales está formulando, mediante la Comisión de Cooperación Local de Cataluña, órgano de participación y colaboración con las entidades locales para la cooperación económica destinada a financiar inversiones en obras y servicios de su competencia, un programa específico de actuaciones en zonas de emergencia nuclear-2001, del vigente Plan único de obras y servicios de Cataluña, 2000-2003, que se financia con cargo a las aportaciones que las partes establecieron de mutuo acuerdo en el referido convenio.

Que para la financiación y completa ejecución de las actuaciones de la red viaria, infraestructuras y servicios municipales correspondientes al ámbito de aplicación de los Planes de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear, de los Planes Exteriores de Emergencia Nuclear en las zonas de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós, incluidas en el anejo del reiterado Convenio, se hace necesario instrumentar una nueva edición del programa específico, con la cual se pueden financiar, de acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión de Cooperación Local de Cataluña, dichas actuaciones.

Que, de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, las partes comparecientes

ACUERDAN

Primero. Objeto.

Es objeto de la presente adenda al Convenio de 29 de diciembre de 2000, entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña, para la financiación y ejecución de obras de la red viaria, infraestructuras y servicios necesarios para la operatividad de los Planes de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear del Plan Exterior de Emergencia Nuclear de las Centrales Nucleares de Ascó y Vandellós, en la provincia de Tarragona, el establecimiento de las condiciones de participación en la financiación de una nueva edición del «Programa específico de actuaciones en zonas de emergencia nuclear» del vigente Plan único de obras y servicios de Cataluña, 2000-2003.

Segundo. Programación, ejecución, control y seguimiento.

La elaboración y aprobación del programa específico del vigente Plan único de obras y servicios de Cataluña, 2000-2003, la contratación y ejecución de las obras así como las actuaciones para el control y seguimiento de la ejecución de dicho programa se realizará conforme a lo establecido en el Convenio de 29 de diciembre de 2000.

Tercero. Financiación.

La dotación económica de ambas partes para la formulación de la nueva edición del Programa específico es de 3.647.253,05 euros.

La cooperación económica de las partes para su financiación se concreta en las siguientes aportaciones:

Ministerio del Interior:

Cantidad máxima a invertir: 2.990.010,46 euros.

Anualidad 2002: 1.382.327,84 euros.

Anualidad 2003: 1.607.682,62 euros.

Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales:

Cantidad máxima a invertir: 657.242,59 euros.

Anualidad 2002: 237.399,78 euros.

Anualidad 2003: 419.842,81 euros.

Cuarto. Tramitación presupuestaria.

A la firma de la presente Adenda por el Ministerio del Interior y, con cargo a la aplicación presupuestaria 16.01.223A.762, se transferirá al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña la totalidad de la aportación de este Ministerio, indicada en el apartado anterior, correspondiente de la anualidad 2002.

Igualmente, una vez hayan sido aprobados los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2003, por el Ministerio del Interior se procederá a efectuar la transferencia al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña de la totalidad de la aportación de este Ministerio, indicada en el apartado anterior, correspondiente de la anualidad 2003. Dicha transferencia se efectuará dentro de los primeros tres meses de la entrada en vigor del Presupuesto.

Quinto. Vigencia, extinción y prórroga del Convenio.

La presente Adenda entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y extenderá su vigencia hasta la finalización de las obras objeto de la misma y la liquidación del Programa específico indicado en el punto primero, pudiendo ser prorrogado previo acuerdo de las partes.

La presente Adenda se extinguirá por conclusión o cumplimiento del mismo, o cuando concurran, como otras causas de extinción, la resolución por mutuo acuerdo entre las partes o denuncia de incumplimiento de alguno de sus acuerdos, obligándose, en su caso, la Administración receptora de los fondos a su reembolso en el supuesto de incumplimientos no justificados, así como al reintegro de las cantidades no invertidas.

Sexto. Naturaleza y jurisdicción.

La presente Adenda al Convenio de 29 de diciembre de 2000, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.1.c) de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, queda fuera del ámbito de aplicación de dicha normativa, regulándose por las normas peculiares contenidas en el mismo y por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. En su defecto, se aplicarán los principios de la legislación de contratos administrativos para resolver las dudas y lagunas que pudieran plantearse.

Las cuestiones litigiosas que pudieran presentarse en su interpretación y cumplimiento serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, en el lugar y fecha anteriormente aludidos.‒El Ministro del Interior, Ángel Acebes Paniagua.‒La Consellera de Governació i Relacions Institucionals, Núria de Gispert i Català.

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