Por el Cabildo Insular de Lanzarote se emite propuesta de incoación
de expediente para la declaración, como bien de interés cultural, al amparo
del artículo 10 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español.
Considerando que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte es
competente para su declaración, de conformidad con lo que al efecto
establece el artículo 6.o b) de la Ley citada, y dado que en él pueden concurrir
los requisitos legales exigidos en su artículo 9 para su declaración,
Esta Dirección General, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 11.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial
de la Ley 16/1985, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero,
ha resuelto tener por incoado expediente de declaración de bien de interés
cultural con categoría de monumento del faro de Punta Delgada, en el
islote de Alegranza, en el término municipal de Teguise, en Lanzarote.
Asimismo, se dispone la apertura de un periodo de información pública,
a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el
expediente y alegar lo que estimen conveniente en orden a dicho bien,
durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente
a la publicación de la presente Resolución, en la Subdirección General
de Protección del Patrimonio Histórico, Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, plaza del Rey, número 1, de Madrid.
Asimismo, se dará el oportuno trámite de audiencia al Cabildo Insular
de Lanzarote, al Ayuntamiento de Teguise, a la Autoridad Portuaria de
Las Palmas y a Patrimonio del Estado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.1 del Real Decreto 111/1986,
de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, modificado por
el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, la descripción del bien, la
delimitación literal del bien y la delimitación literal del entorno de protección
del bien, cuyo plano se adjunta, se publican como anexo a la presente
Resolución.
La presente Resolución, según lo dispuesto en el artículo 12.3 del Real
Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero,
determina, en relación con el bien afectado, la aplicación del régimen
de protección previsto para los bienes de interés cultural en el artículo
16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español.
La presente Resolución se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
de acuerdo con el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero,
de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 10 de enero, modificado por
el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 28 de agosto de 2002.-El Director general, Joaquín Puig de
la Bellacasa Alberola.
ANEXO
Faro de Punta Delgada
Descripción
El faro, situado en Punta Delgada, en la parte este del islote de
Alegranza, término municipal de Teguise, forma parte del Parque Natural
del Archipiélago Chinijo y la Reserva Integral de Los Islotes.
Alegranza es un islote que forma parte del grupo de ellos situados
al norte de Lanzarote. Probablemente el topónimo responde al nombre
italiano "Allegranza" de una de las galeras utilizada por los hermanos
Vivaldi que salieran en 1291 desde el puerto de Génova hacia las islas
Afortunadas.
El faro fue subastado para su construcción el 12 de abril de 1861
por un presupuesto de 295.855,47 reales e inaugurado el 30 de abril de
1865, cuatro años más tarde. Poseía un aparato catadióptico de 4.2 orden,
con luz giratoria con eclipses cada 30 segundos, con un alcance de 13
millas en la latitud 29o 23' 48'' N y 7o 17' 20'' O de San Fernando. Se
eleva 17,5 m s.n.m. y 15 metros sobre el terreno. La torre es de forma
cónica de color gris a la que se le adosa en el SE la vivienda de la persona
torrera. Posee una linterna octogonal que ilumina un arco de horizonte
de 20o entre NO y el SO por el E. Estos datos que figuran en anuario
del Instituto de Hidrografía son uno de los pocos documentos que existe
sobre esta señalización marítima.
El aparato iluminador y la linterna, con 1,8 metros de diámetro y
cristales planos, fueron comprados en la casa Lepaute por 12.272 pesetas.
La óptica la componían 12 paneles que giraban sobre palés en 6' puesta
en marcha por una máquina de relojería con cuerda de cánamo y regulador
de aletas y el alumbrado era producido por una lámpara moderadora de
aceite de oliva, sustituyéndose posteriormente por parafina y luego por
petróleo. En 1883 fue modificado, instalándose una lámpara Maris de una
mecha. El sistema de iluminación mejora al cambiarse el aparato óptico
por otro fijo de 4.o orden y 250 mm de distancia focal. Las nuevas piezas
fueron adquiridas a la casa B.B.T. y se componía de tres paneles y una
pantalla para producir un sector de oscuridad de 90' y la Maris por un
destellador AGA de llama desnuda, con tres boquillas de 25 litros, una
batería de tres acumuladores de gas acetileno que daba destellos blancos
cada 2'', alcanzando una distancia de 16 millas. En 1963 se proyectó edificar
una nueva torre en la montaña de la Rapadura que sustituyera a la ya
existente. Esta nueva torre, que nunca llegó a levantarse, se elevaba
110 metros sobre el mar y se situaba cerca del faro actual.
En cuanto al inmueble, es de planta circular de 14 metros de lado
albergando el cuerpo del faro y una vivienda para las familias de los torreros
que atendían el mantenimiento del faro. El espacio doméstico se organiza
a partir de un patio central, al que se accede por un vestíbulo-zaguán.
A partir de éste se accede por una puerta lateral derecha a un recinto
destinado al ingeniero, y a la izquierda a otro espacio para uso del torrero
ordinario. Ambas habitaciones poseen ventanas hacia el exterior. Desde
el patio, a la derecha se accede a una habitación para el torrero auxiliar
desde la que se accede a dos recintos más, destinados al uso doméstico.
En la parte frontal a la puerta de entrada se encuentra el acceso hacia
la torre del faro, y a otros dos recintos destinados a albergar útiles de
limpieza y para almacén. También desde el patio se pasa a una habitación
destinada al torrero ordinario, y desde ésta a otro recinto también, de
uso privado para la familia.
En la parte central del patio se encuentra un aljibe que recoge las
aguas de las lluvias del techo. Debido a la baja frecuencia de las lluvias,
el agua era insuficiente para abastecer a las dos familias, por lo que se
construye otro aljibe a 20 metros del faro, para recoger y almacenar el
agua de la montaña. El depósito presenta una planta rectangular y techo
curvo. La torre del faro está fabricada con piedras de sillería. Se alza
a 11,15 metros de altura y se encuentra empotrada en la fachada SE del
edificio. La base está cimentada sobre un cuerpo troncónico de 2,50 metros,
enrasada con la explanada de la cimentación general sobre la que se alza
el edificio.
Delimitación literal del bien
El bien queda delimitado por las líneas exteriores de un rectángulo
grafiado en el plano, formado por las siguientes líneas:
Línea 1-2, línea recta que parte del punto número 1, con coordenadas
X = 13o 29' 15'' latitud norte e Y = 29o 24' 7'' longitud oeste, hasta el
punto número 2, con coordenadas X = 13o 29' 5'' latitud norte e Y = 29o
24' 7'' longitud oeste, y una longitud de 300 metros.
Línea 2-4, línea recta con origen en el punto número 2 y final en el
punto número 4, con coordenadas X = 13o 29' 5'' latitud norte e Y = 29o
24' 2'' longitud oeste, y una longitud de 125 metros.
Línea 1-3, línea recta con origen en el punto número 1 y final en el
punto número 3, con coordenadas X = 13o 29' 15'' latitud norte e Y = 29o
24' 2'' longitud oeste, y una longitud de 125 metros.
Línea 3-4, línea recta con origen en el punto número 3 y final en el
punto número 4, con una longitud de 300 metros.
Delimitación literal del entorno de protección del bien
El entorno de protección del bien queda delimitado por las líneas
exteriores de un rectángulo grafiado en el plano, formado por las siguientes
líneas:
Línea 1-2, línea recta que parte del punto número 1, con coordenadas
X = 13o 29' 18'' latitud norte e Y = 29o 24' 8'' longitud oeste, hasta el
punto número 2, con coordenadas X = 13o 28' 54'' latitud norte e Y = 29o
24' 8'' longitud oeste, y una longitud de 650 metros.
Línea 2-3, línea recta con origen en el punto número 2 y final en el
punto número 3, con coordenadas X = 13o 28' 54'' latitud norte e Y = 29o
23' 59'' longitud oeste, y una longitud de 275 metros.
Línea 3-4, línea recta con origen en el punto número 3 y final en el
punto número 4, con coordenadas X = 13o 29' 18'' latitud norte e Y = 29o
23' 59'' longitud oeste, y una longitud de 650 metros.
Línea 4-1, línea recta con origen en el punto número 4 y final en el
punto número 1, con una longitud de 275 metros.
SIGUE PLANO (Ver imagen página 33062)
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