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La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, en su artículo 52, atribuye al Consejo Superior de Deportes, en colaboración con las Federaciones Deportivas Españolas y, en su caso, con las Comunidades Autónomas, la competencia para elaborar las relaciones de deportistas que deben tener la consideración de alto nivel.
En desarrollo de la citada Ley del Deporte, el Real Decreto 1467/1997, de 19 de septiembre, sobre deportistas de alto nivel, establece los criterios que deben ser tenidos en cuenta para determinar qué deportistas deben poseer tal consideración; atribuyendo, asimismo, a la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel la función de proponer al Consejo Superior de Deportes la aprobación de las relaciones anuales de deportistas de alto nivel, así como las correspondientes modificaciones.
En consecuencia, atendiendo la propuesta elevada por la mencionada Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel, en su sesión del pasado 18 de julio de 2002,
Este Consejo Superior de Deportes ha resuelto determinar la relación de corrección de errores a las mencionadas Resoluciones.
Corrección de errores a la Resolución de 20 de febrero de 2001, del Consejo Superior de Deportes, sobre la relación anual de deportistas de alto nivel del año 2000, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 3 de marzo de 2001:
El DNI del deportista don Jaime Serrano Alonso es erróneo, siendo válido el siguiente 46.750.964.
Corrección de errores a la Resolución de 29 de mayo de 2002, del Consejo Superior de Deportes sobre la relación de deportistas de alto nivel del primer trimestre del año 2002, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de junio de 2002:
El DNI de la deportista doña María Teresa Martínez Jiménez es erróneo, siendo válido el siguiente: 12.391.908.
Madrid, 23 de julio de 2002.–El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Juan Antonio Gómez-Angulo Rodríguez.
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